Incorporación de trabajadores del sector público al nuevo régimen laboral en el Perú

Uno de los temas de amplio debate en el ámbito académico, político y de gremios laborales en diversos países del mundo es la estandarización de los regímenes laborales del sector público, y es que la existencia de más de un régimen laboral en el sector público, siempre ha sido polémico por afectar el clima laboral dentro de las organizaciones del sector público y también materia de conflictos laborales. Sin embargo el tema es complejo y por lo tanto las decisiones sobre el mismo también, para ilustrar un caso veamos la actual situación en el Perú, donde en el sector público existen varios regímenes laborales y se pretende estandarizar a todos los trabajadores en uno, en el denominado régimen laboral del Servicio Civil (Servir).

Ley 30057, del Servicio Civil (Servir), como concepción, establece que el Estado es el único empleador de las entidades públicas, regulando el Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, el cual comprende los siguientes subsistemas:

  • Planificación de políticas de recursos humanos.
  • Organización del trabajo y su distribución.
  • Gestión del empleo.
  • Gestión del rendimiento.
  • Gestión de la compensación.
  • Gestión del desarrollo y la capacitación.
  • Gestión de las relaciones humanas.
  • Resolución de controversias.

Esta Ley sobre la base de la meritocracia, tiene como principal objetivo el establecer un régimen único y exclusivo para las personas que prestan servicios en las entidades públicas del Estado. Sin embargo, el paso de los trabajadores al nuevo régimen laboral que plantea la Ley del Servicio Civil es voluntario, es decir, solo pasarán quienes así lo deseen. En este sentido, los trabajadores de los regímenes 276 y 728, sólo si lo deciden pasarán al nuevo régimen, caso contrario, aun cuando sus  instituciones hayan pasado totalmente a la Ley 30057, continuarán en su respectivo régimen.

Esta Ley fue objeto de amplia polémica y numerosos cuestionamientos, por diversos sectores, principalmente por los gremios sindicales, quienes interpusieron diversas acciones legales contra la indicada Ley. A raíz de lo cual el Tribunal Constitucional (TC), recientemente emitió un fallo, en la que entre otros se obliga a los trabajadores del Banco Central de Reserva del Perú (BCR), así como a los de la Superintendencia Nacional de Aduanas y de Administración Tributaria (SUNAT), Superintendencia de Banca y Seguros y AFP (SBS), Congreso de la República y Contraloría General de la República,  a pasar al nuevo régimen laboral del Servicio Civil (Servir), habiendo hasta hace poco estas entidades autónomas del sector público excluidas de este régimen.

Este fallo motivo al presidente del Banco Central de Reserva (BCR), Julio Velarde a manifestarse en contra del fallo del Tribunal Constitucional (TC) al asegurar que una medida de este tipo afecta la autonomía de la que goza el Banco Central, dado que para varios aspectos dependerán en última instancia de la decisión del Ministerio de Economía y Finanzas (MEF).

Estas declaraciones han generado polémica en diversos sectores políticos, académicos y gremios laborales, en el sentido de que el presidente del ente emisor precisó que de pasar al régimen Servir, se limita el proceso de captación de personal que tiene el BCR, e incluso los cursos de capacitación que dicta la institución tendrían que ser autorizados por la autoridad del Servicio Civil.

A su vez, el presidente de Servir, Juan Carlos Cortés, descartó que el reciente fallo del Tribunal Constitucional (TC), que incorpora al Banco Central de Reserva (BCR) a este régimen, le restará autonomía al ente emisor. “En ningún caso se afecta. La selección la hace la institución, nosotros no intervenimos en las selecciones; solo en dos casos, cuando nos piden que intervengamos y cuando hacemos algún tipo de monitoreo para efectos principalmente de los directivos”, acoto.

El presidente de Servir se mostró a favor del fallo del TC pues destaca que busca que todas las entidades del Estado tengan un régimen similar.

Sobre el papel, el concepto del presidente de Servir, tiene cierta lógica, pero analizando a mi entender un empleado público no debería diferenciarse de uno privado en derechos laborales, pero con Servir se les discrimina, poniendo topes salariales, entre otros. La meritocracia, evaluación del desempeño y capacitación, objetiva y transparente es correcta y necesaria en toda organización sea pública o privada, pero Servir no garantiza ello, dado que el equipo de trabajo que ha elaborado estos lineamientos, no ha sido fruto del consenso y participación activa de la partes involucradas como los gremios laborales y la ciudadanía, por lo que su idoneidad, objetividad y transparencia ha sido cuestionada.

Hay profesionales muy competentes en el BCR, SUNAT, SBS, que bajo el régimen 728, han ingresado mediante concurso público por mérito propio y trabajan mediante resultados, con eficiencia y eficacia, lo cual es verificable viendo las habilidades duras y blandas de su personal frente a otras entidades del estado, por lo que considero que es injusto que a estas entidades se les incorpore al régimen laboral de Servir, porque puede provocar una fuga de talentos lo cual no es beneficioso para el país.

En tal sentido, las declaraciones del presidente del BCR de que su entidad pierde autonomía con la incorporación de sus trabajadores a Servir, tienen sentido al afectar el activo más importante de toda organización, su recurso humano. Siendo esta apreciación aplicable también para las otras entidades autónomas del sector público afectadas como la SUNAT, SBS, Congreso de la República y Contraloría General de la República.

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Taype Molina Martín. (2016, mayo 17). Incorporación de trabajadores del sector público al nuevo régimen laboral en el Perú. Recuperado de https://www.gestiopolis.com/incorporacion-trabajadores-del-sector-publico-al-nuevo-regimen-laboral-peru/
Taype Molina Martín. "Incorporación de trabajadores del sector público al nuevo régimen laboral en el Perú". gestiopolis. 17 mayo 2016. Web. <https://www.gestiopolis.com/incorporacion-trabajadores-del-sector-publico-al-nuevo-regimen-laboral-peru/>.
Taype Molina Martín. "Incorporación de trabajadores del sector público al nuevo régimen laboral en el Perú". gestiopolis. mayo 17, 2016. Consultado el . https://www.gestiopolis.com/incorporacion-trabajadores-del-sector-publico-al-nuevo-regimen-laboral-peru/.
Taype Molina Martín. Incorporación de trabajadores del sector público al nuevo régimen laboral en el Perú [en línea]. <https://www.gestiopolis.com/incorporacion-trabajadores-del-sector-publico-al-nuevo-regimen-laboral-peru/> [Citado el ].
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