Propiedad intelectual y transferencia de tecnología

Se realizó un estudio sobre la relación entre la propiedad intelectual y la transferencia de tecnología y la utilización que pueden darle las entidades del sector agropecuario.

Se pone de manifiesto que aún subsiste un desconocimiento sobre la utilización de la propiedad intelectual en la transferencia de tecnología, por lo que las entidades agropecuarias deben comprender que las tecnologías que se transfieren están protegidas de una forma u otra por la Propiedad Intelectual y que esta no está en contraposición con la transferencia de tecnología, sino que puede facilitar el proceso dándole herramientas a la entidad para conocer la organización que va a establecer la transferencia y qué valor tiene la tecnología que se va a adquirir.

Introducción

Se conoce que los recursos y capacidades de una organización se basan en la información y el conocimiento, por lo que no tienen límites definidos en cuanto a su capacidad de utilización.

Los centros de I+D que son organizaciones basadas en el conocimiento, se caracterizan por generar, procesar y gestionar la información para transformarla en conocimiento y crear nuevos productos y procesos.

Estos nuevos productos y procesos, entiéndase en sus sentido más amplio, pueden ser difundidos a otros centros de I+D, empresas o productores, para fomentar la explotación de los mismos o para obtener nuevos conocimientos a partir de estos.

Sobre estos nuevos productos y procesos se pueden obtener derechos de Propiedad Intelectual que dan un amparo jurídico- legal territorialmente que es importante que las organizaciones dominen pues le otorgan derechos exclusivos de explotación comercial, sin embargo aún existe desconocimiento entre el sector agropecuario al respecto y existe la creencia de que los derechos de propiedad intelectual interfieren en la transferencia de tecnología.

El presente estudio tiene por objetivo demostrar la relación entre la propiedad intelectual y la transferencia de tecnología y su utilización por las entidades del sector agropecuario.

Materiales y Métodos

El estudio se basó en el método teórico histórico lógico para estudiar la propiedad intelectual y la transferencia de tecnología, además de realizar una revisión de la bibliografía dispersa existente mediante el método análisis-síntesis para posibilitar la integración de los aspectos más importantes en cada tema y establecer la relación existente.

Resultados

Propiedad Intelectual

La propiedad adquirida por una persona natural o jurídica sobre las creaciones del intelecto humano es lo que se denomina mundialmente como Propiedad Intelectual. Esta, constituye una herramienta al servicio del desarrollo económico y la creación de riqueza cuyo potencial no se ha explotado plenamente, en particular, en el mundo en desarrollo (Idris, 2003).

La propiedad intelectual está conformada por dos ramas: Derecho de Autor y Propiedad Industrial.

El Derecho de Autor se define como la propiedad adquirida sobre las obras científicas, artísticas, literarias y educacionales de carácter original, que se hayan hecho o puedan hacerse de conocimiento público por cualquier medio lícito, cualesquiera que sean sus formas de expresión, su contenido, valor o destino (Ley # 14, 1977). Actualmente por esta rama también se protegen los softwares y las Bases de Datos.

La Propiedad Industrial es un tipo de propiedad que permite a los empresarios, instituciones y personas naturales ejercer sus derechos sobre ciertos bienes para competir lícitamente en el mercado.

Esta comprende las Invenciones y Modelos de Utilidad, que son creaciones de carácter técnico; los Dibujos y Modelos Industriales como creaciones estéticas; así como los Signos Distintivos:

Marcas, Lemas Comerciales,

Nombres Comerciales y las Indicaciones Geográficas que incluyen las Indicaciones de Procedencia y Denominaciones de Origen(Pérez et al., 1999).

Existen diferencias entre estas dos ramas de la Propiedad Intelectual.

El Derecho de Autor surge con la creación de la obra; el único requisito que se exige para su registro es que la obra sea original; la protección en un país miembro de la Convención de Berna, lo hace extensivo a todos los países miembros de la misma; se protege solo la forma de expresión de la obra y ante un jurado independientemente del registro, hay que demostrar la autoría real sobre la obra.

La Propiedad Industrial está dividida en varias modalidades, para su registro son necesarios varios requisitos en dependencia de la modalidad, la protección es solo en el país o los países en los que se presentó el registro y si la entidad capacitada la concedió. Sin embargo la concesión de la titularidad sobre el registro si es prueba definitiva ante un jurado por un pleito.

La generación de activos protegibles por la propiedad intelectual tiene importancia porque, al igual que otros tipos de propiedad, estos pueden crearse y gestionarse con fines económicos pues contribuyen a generar ingresos a partir de la venta de productos y de regalías derivadas de licencias, aumentan el PIB y las exportaciones, generan oportunidades de empleo y refuerzan las instituciones de I+D, atraen importantes inversiones directas del extranjero y fomentan las empresas conjuntas, aumentan el valor de las empresas y contribuyen a la movilización de fondos para actividades de I+D, lo que ayuda a crear tecnologías y productos necesarios.

Transferencia de Tecnología

El termino tecnología se define como el conjunto de conocimientos e información propios de una actividad que pueden ser utilizados en forma sistemática para el diseño, desarrollo, fabricación y comercialización de productos, o la prestación de servicios, incluyendo la aplicación adecuada de las técnicas asociadas a la gestión global (Castro, 2001).

De ahí que, una organización necesite identificar sus necesidades, adquirir la tecnología, instalarla, explotarla, mantenerla, adaptarla, mejorarla y desarrollarla.

La tecnología es tanto la actividad de búsqueda de aplicaciones a los conocimientos científicos existentes, o proceso de desarrollo tecnológico, como el resultado de ese proceso: el paquete de conocimientos que integran una aplicación dada.

Cuando es novedosa en relación con las disponibles, se denomina invención y puede ser objeto de patentación.

No solo tiene origen en los conocimientos científicos, sino también en los conocimientos provenientes directamente de la práctica (Centeno, 2002).

El conocimiento de estas tecnologías permite a la empresa definir prioridades en la elección entre diferentes opciones tecnológicas.

De forma ideal, una empresa competitiva debería realizar las siguientes acciones: controlar todas sus tecnologías claves, conocer al menos una de las tecnologías emergentes que existen en el sector, reducir el apoyo a sus tecnologías de base de forma selectiva y evitar las tecnologías emergentes que requieren un largo período de desarrollo.

La investigación científica y el desarrollo tecnológico (I+D) son aquellas actividades sistemáticas y creadoras destinadas a incrementar los conocimientos ya existentes, tanto en el ámbito de las ciencias exactas, naturales y técnicas, como en el ámbito de las ciencias sociales y humanas.

La transferencia de tecnología es el proceso mediante el cual la ciencia y la tecnología se difunden en las actividades humanas, es un proceso de incorporación a una unidad productiva de los conocimientos desarrollados fuera de ella, esta transferencia de tecnología puede ser gratuita u onerosa.

Se clasifica en externa (entre sistemas productivos de diferentes países) e interna (entre empresas o sistemas productivos de un país), además de vertical (entre unidades de un mismo sector económico o industrial) y horizontal (entre unidades de diferentes sectores económicos o industriales).

La gestión tecnológica es el conjunto de acciones gerenciales encaminado a aumentar la capacidad de manejo de la tecnología por una entidad de ciencia y tecnología o productora de bienes y servicios, entendiendo por esto, sobre todo la capacidad de seleccionar, negociar, adaptar y modificar la tecnología requerida en función de la proyección competitiva de la entidad.

La extensión agraria no es más que el proceso educacional cuya finalidad es ayudar a los hombres de campo a resolver los múltiples problemas relacionados con sus empresas y de fomentar el desarrollo de la comunidad agraria, o dicho de una manera más concreta, trata de incrementar los ingresos de los agricultores y de mejorar sus medios de vida en beneficio de su familia y de su comunidad.

Es el nexo que existe entre las instituciones dedicadas a la investigación y los productores agropecuarios.

Propiedad Intelectual y Transferencia de Tecnología

La ciencia progresa gracias a la puesta en común y la transferencia de las actividades, metodologías y resultados de todos los científicos, pero esta difusión de los resultados hace que los mismos sean de dominio público (Represa et al., 1999), aspecto este que invalidaría la protección por la rama de Propiedad Industrial.

Por otro lado, las empresas son las que han de integrar, por sí mismas o con la ayuda de las entidades de I+D, los conocimientos y resultados obtenidos en las investigaciones; pero necesitan disminuir, en la medida de lo posible, el riesgo de las inversiones asociadas al desarrollo e industrialización de los citados resultados.

La solución para salvar esta aparente dicotomía a la que se enfrentan los investigadores entre la difusión de resultados, necesaria para contribuir al progreso del conocimiento, y la protección de los mismos, imprescindible para permitir la explotación exclusiva industrialmente, es protegiendo los resultados mediante la Propiedad Intelectual antes de difundirlos.

Unido a esto, la propiedad industrial genera una información que permite visualizar el entorno y constituye una herramienta para la concertación de cualquier negocio por parte de la empresa productora.

Esta información supone unos 42 millones de documentos de patentes publicados en todo el mundo en todos los ámbitos de la técnica, a los que se suma otro millón de documentos cada año, constituyendo un auténtico tesoro oculto pues se trata de la mayor colección actualizada y clasificada de documentos técnicos sobre nuevas tecnologías (OMPI, 2005).

Actualmente, gracias a la creación de bases de datos computarizadas que pueden consultarse gratuitamente en Internet, se les han abierto las puertas a la información sobre patentes a todos los usuarios.

Las patentes se conceden generalmente antes de que el producto o proceso patentado se ponga a la venta en el mercado o se comience su transferencia.

Por lo tanto, la publicación de una solicitud de patente es la primera posibilidad que tiene el público de acceder a la información pertinente.

Además, los documentos de patentes contienen una información mucho más detallada acerca de una tecnología específica que cualquier otro tipo de publicación científica o técnica.

A este respecto, se calcula que más del 70 % de la información divulgada en los documentos de patentes no se publica en ningún otro sitio (Global Patent Sources, 1999).

Esta información sobre patentes se ha convertido actualmente en un instrumento estratégico y las empresas agropecuarias deberían hacer un mayor uso de ella pues le permite conocer a la entidad que le va a transferir la tecnología, si es factible la transferencia o no en dependencia de los años de vigencia de la patente y si existen otras entidades que también trabajen ese campo.

Existe un conocimiento que está constituido por know- how (saber hacer), tecnologías o información técnica, como por ejemplo la mejor forma de obtener un producto para la alimentación animal o la forma de que este sea más aprovechado por el animal, pero que por sus características puede protegerse o no por las diferentes modalidades de la Propiedad Industrial pero la organización decide mantenerla en secreto.

Este conocimiento puede protegerse como secreto empresarial o información no divulgada según el Acuerdo de los Aspectos de los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el Comercio (Acuerdos ADPIC).

Esta información no divulgada también puede transferirse y puede ser objeto de los contratos de Asistencia Técnica entre entidades agropecuarias, una forma de proteger esta información.

Los conocimientos que se transmiten de generación en generación (conocimientos tradicionales) sobre el manejo de los animales, sobre la siembra de los cultivos o las plantas que tienen capacidades curativas también son protegidos por la propiedad intelectual y cada país establece las leyes al respecto sobre su protección aunque existe un tratado internacional, el Convenio sobre Diversidad Biológica, que regula a sus países miembros las pautas principales.

Si se analiza que los conocimientos tradicionales existen en todas las regiones de nuestro planeta, cuanta información no puede utilizarse y transferirse por este medio.

Sumado a esto, cuando se lee un libro o una revista que contiene información sobre una tecnología y se aplica en la unidad productiva, granja o empresa, se está transfiriendo tecnología pero la fuente es a través de un medio de información que está protegido por el Derecho de Autor, la otra rama de la Propiedad Intelectual.

Conclusiones

Aún subsiste un desconocimiento sobre la utilización de la propiedad intelectual en la Transferencia de Tecnología que no permite que las entidades agropecuarias comprendan que:

Las tecnologías que se transfieren están protegidas de una forma u otra por la Propiedad Intelectual.

La propiedad Intelectual no está en contraposición con la transferencia de tecnología, sino que puede facilitar el proceso dándole herramientas a la entidad para conocer la organización que va a establecer la transferencia y qué valor tiene la tecnología que se va a adquirir.

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Centeno Miranda Yarely. (2006, febrero 18). Propiedad intelectual y transferencia de tecnología. Recuperado de https://www.gestiopolis.com/propiedad-intelectual-transferencia-tecnologia/
Centeno Miranda Yarely. "Propiedad intelectual y transferencia de tecnología". gestiopolis. 18 febrero 2006. Web. <https://www.gestiopolis.com/propiedad-intelectual-transferencia-tecnologia/>.
Centeno Miranda Yarely. "Propiedad intelectual y transferencia de tecnología". gestiopolis. febrero 18, 2006. Consultado el . https://www.gestiopolis.com/propiedad-intelectual-transferencia-tecnologia/.
Centeno Miranda Yarely. Propiedad intelectual y transferencia de tecnología [en línea]. <https://www.gestiopolis.com/propiedad-intelectual-transferencia-tecnologia/> [Citado el ].
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