Marco legal y control ético en la formulación de políticas públicas

La existencia de las políticas públicas se remonta desde tiempos antiguos, históricamente desde que el hombre comprendió que sólo a través del pragmatismo de formas de vidas organizadas provocaría revulsivamente condiciones que marcarían hitos en los paradigmas en todos los estratos sociales. Delineando los modelos políticos imperantes bajo una nueva concepción. Desde este punto de vista se tiene que las:

“Políticas públicas es un proceso integrador de decisiones, acciones, inacciones, acuerdos e instrumentos adelantado por autoridades públicas con la participación eventual de los particulares, y encaminado a solucionar o prevenir una situación definida como problemática. La política pública hace parte de un ambiente determinado del cual se nutre y al cual pretende modificar o mantener.”  Velásquez, (2010:156).

Las políticas públicas en sus diferentes niveles deben estar enfocadas en solventar las problemáticas colectivas y no particularistas de lo contrario pierden su esencia, dependiendo estas del ámbito en que se desenvuelven; de las características socio-culturales y económicas del medio donde inciden, y de las problemáticas colectivas presentadas. Sus actores y protagonistas deben estar enfocados unilateralmente de forma unánimes, para evitar que estas se desvirtúen, propiciando las interacciones pueblo-gobernantes las respuestas concretas y efectivas ante las coyunturas presentes y las previsiones futuras. El Marco Legal “proporciona las bases sobre las cuales las instituciones construyen y determinan el alcance y naturaleza de la participación política. En el regularmente se encuentran en un buen número de provisiones regulatorias y leyes interrelacionadas entre sí.” Rocio, (2011).

Conviene aclarar que estos elementos reguladores que condicionan, inciden en el diseño, evalúan y controlan las políticas públicas, abarcan tres aspectos fundamentales: a) Los de Rangos Jurídicos: representados por los cánones, en todos sus rangos, ya sean de niveles fundamentales, legales y sublegal; siendo la de mayor jerarquía la CONSTITUCIÓN DE ESTADO, seguido de las demás leyes inherentes a los casos, constituyendo de este modo el marco legal que rigen las formulaciones de las políticas públicas. La “constitución denota un cierto conjunto de normas jurídicas: (…) el conjunto de normas (en algún sentido fundamentales) que caracterizan e identifican todo ordenamiento.” Guastini (1999:162). De tal modo que es ineludible el marco de las prescripciones constitucionales y legales en los procesos administrativos de las políticas públicas.

Esta capacidad de hecho y de derecho que deben detentar las políticas públicas, son de carácter taxativo, cuando su formulación no obedece a las prescripciones jurícas imperantes en la nación, estas incurren en hechos punibles, cuyas consecuencias nefastas yace en las comunidades, nuestra carta magna, La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en su Artículo 25 cita: “Todo acto dictado en ejercicio del Poder Público que viole o menoscabe los derechos garantizados por esta Constitución y la ley es nulo; y los funcionarios públicos y funcionarias públicas que lo ordenen o ejecuten incurren en responsabilidad penal, civil y administrativa, según los casos, sin que les sirvan de excusa órdenes superiores.” deduciendo “que toda política pública necesita de una o varias leyes, pero no toda ley necesita de una política pública.” Solís M. (2017). b) Los aspectos Técnicos.

En los aspectos técnicos es necesario resaltar que previamente a la implementación de las políticas públicas, se debe realizar un análisis exhaustivo de la problemática, es decir durante su formulación, analizarla epistemológicamente y ontológicamente, evitando el empirismo o sistemas mecanizados por medio del ensayo y error, sino basados en MÉTODOS CIENTÍFICOS para logar la mayor pertinencia de los resultados arrojados, ya que los métodos científicos nos aseguran una mayor precisión y mejor exactitud en los resultados que proporcionan, aun cuando inicialmente nos basemos en situaciones que hipotéticamente puedan generarse. Durante el análisis otro factor influyente necesario considerarse para la formulación de las políticas públicas son los objetivos y las metas que deseamos lograr, cuyos productos atinados deben ser el bienestar social.

Una vez obtenido el producto final, la parte ostensible de las políticas públicas, previamente a la praxis estas deben ser filtradas por los parámetros éticos, representando estos, c) Los aspectos Éticos: se tiene que la ÉTICA permite modificar el carácter de la acción humana, desde el punto de vista filosófico es la que estudia lo correcto o equivocado del comportamiento humano, delinea sus costumbres bajo las acciones estimadas como buenas. Jonas & Sánchez, (1995:167); este aspecto concierne en realizar un análisis axiológico, en conocer y aprobar lo que les conviene a las comunidades y rechazar de manera rígidas las articulaciones contrarias a ello o a los beneficios individuales o privados.

El control ético de las políticas públicas se fundamenta en la efectiva ejecución en las acciones convenientes colectivas, en este aspecto el fiscal encargado de ejercer el control ético debe gozar de probidad, de una buena conciencia y estar focalizado constantemente que las políticas públicas cumplan con su fin único satisfacer las demandas y exigencias de la comunidad y solventar las dificultades que indudablemente guardan relación directa con el bien común, es decir anteponer los intereses colectivos antes que los individualistas.

En este sentido los analistas de las políticas públicas deben colocar en una balanza estos tres aspectos convincentes y contraponerlos, hasta lograr una relación homogénea entre ellos, es decir, que los elementos pragmáticos de las políticas públicas deben ser manejados de manera armónica, alcanzar un equilibrio entre estos componentes, fundamentales para lograr la efectividad de las políticas públicas.

Así mismo, los interventores en las políticas públicas (actores-protagonistas), pueblo-gobernantes, beben tener presente que el éxito de las políticas públicas radican en el cumplimiento de las metas pautadas, y para ello es obligatorio ejercer el control no solamente ético, sino ejecutar el control en todas sus fases, el previo, durante y posterior (concomitante) (el antes, durante y después) esto es en todo momento del proceso,  garantizando de este modo la calidad del procedimiento jurídico, técnico y ético. El control se ejerce por medio de inspecciones a las actividades planeadas, en ejecución y ejecutadas, “la inspección tiene como propósito examinar de cerca y en forma crítica el trabajo para comprobar su calidad y de detectar los errores; una vez que estos han sido identificados, personas especializadas en la materia deben ponerles remedio.” Radford (1922), citado por Gutiérrez (1989).

En el proceso de control se encuentran intrínsecos la supervisión, seguimiento y evaluación que se deben ejercer sobre las políticas públicas, pues ellos nos aseguran la optimización de los procedimientos en cada una de sus fases, cosa contraria sucede cuando los dejamos a la deriva sin ningún tipo de control. Si fuese este el caso los objetivos propuestos se vuelven vulnerables, esta vulnerabilidad permite una brecha para la penetración de factores perjudiciales que afectaran a todo el proceso, generando retrasos en cada una de sus áreas, sobre todo si no se aplican los factores correctivos en el tiempo oportuno. Este comportamiento negativo incide directamente sobre los objetivos propuestos prolongando el cumplimiento de la meta, en el peor de los casos haciéndolos inalcanzables, afectando los productos obtenidos y causando un impacto desfavorable en las comunidades.

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Para ello será necesario que los que los interventores en las políticas públicas sean personas competentes, para poder desempeñar ese rol tan vital para el desarrollo de un municipio y por ende de la nación. Focalizados permanentemente en un mismo sentir, es decir centrados en el trabajo mancomunado para lograr un fin común, satisfacer las demandas y exigencias colectivas enmarcadas dentro de nuestra carta magna, la constitución y demás leyes inherentes, dispuesta al logro de los objetivos propuestos a través de su ejecución y la evaluación continua de cada uno de los procesos involucrados por medio del control, para así obtener resultados concretos y efecto positivo en la colectividad, como afirma Weber (2007); esto es, de las acciones racionales y deliberadamente orientadas a la consecución de objetivos concretos.

Por otra parte, se tiene que el poder que ejercen los actores sociales y políticos sobre la formulación de las políticas públicas es fundamental; ante las coyunturas negativas y el antagonismo ostensibles de los sistemas sociales que que desencadenan una serie de conflictos que deben ser abordados por los gerentes públicos y sociales, aunado a ello las exigencias básicas colectivas que guardan relación directa con el bien común, las políticas públicas emergen sistemáticamente como catalizadores con el fin de mitigar la situación conflictiva.

Partiendo inicialmente de un análisis somero e hipotético se establecen estrategias entre los actores sociales y políticos, quienes de manera unánimes deben enfocarse en las circunstancias generadoras de conflictos, en este ámbito los actores sociales representan un rol fundamental, puesto que ocupan el nivel más directo en el que inciden las vicisitudes presentadas, estas circunstancias les permiten conjeturar sobre las posibles causas y soluciones que deben ser analizadas por los expertos, emergiendo de este modo los planes, programas y proyectos que más adelante formaran parte de las políticas públicas.

Allí es donde los actores políticos deben intervenir, con la finalidad de proporcionar las acciones efectivas y previsibles del climax presentado, mediante una labor mancomunada pueblo-gobierno, fundamentándose en la flexibilidad, adaptabilidad e implementación de sistemas estratégicos, con el fin de facilitar los instrumentos legales que le permitan al colectivo un mejor acceso a los servicios públicos; paralelamente imbuir y concientizar a la colectividad en general sobre las causas y consecuencias fácticas punibles en que pudieran incurrir por desconocimiento o incumplimiento de las políticas públicas generadas a partir de las situación adversa.

Es convenientemente dilucidar que las desviaciones de las políticas públicas desencadenan una serie de problemas sociales y gerenciales, estas obedecen a varios factores, uno de ellos es “la percepción generalizadas de que ciertos paradigmas vigentes se encuentran agotados y ya no permiten capturar adecuadamente la realidad social, ni ofrecen guías útiles para transformarla.” Oszlak (2002:12). Turbulencia y obturación en la descripción conflictiva, esta banal perspectiva de la situación crítica latente, genera anomalías en la formulación de las políticas públicas, desvirtuándolas del deber ser de su propósito original.

Otro factor que desvirtúan las políticas públicas sobreviene con la implementación, donde conceptualmente consisten en el beneficio colectivo, pero en la praxis satisfacen a los beneficios individualistas, este antagonismo concita conductas colectivas insidiosas, incrementando la situación adversa en las comunidades; el desatino de las políticas públicas orientan en el ciudadano una fuerte incertidumbre, lo cual repercute directamente sobre la gestión pública y creando desconcierto en las comunidades, donde más que generar soluciones efectivas avivan el climax conflictivo. El conocimiento de estas deviaciones permitirá a los interventores de las políticas públicas accionar mecanismos correctivos en su formulación e implementación, incluso en la gestión pública si fuera necesario.

Por eso cada ciudadano debe fungir como centinela de las políticas públicas, ya que de manera palpable algunos sus actores-protagonistas, pueblo-gobernantes “Pretenden cambios en la estructura de poder establecida, pero en realidad responden a los incentivos que convienen a sus intereses y a los de los grupos que sirven” Hartle citado por Torgerson, (1992:5), dejando a un lado los intereses colectivos, desvirtuando de este modo el verdadero propósito de las políticas públicas, para finalizar, se tiene que “La política pública será exitosa cuando logre producir los resultados previstos por sus autores, contribuyendo a la reducción del problema o a su prevención” Velásquez, (2010:166).

Referencias

Velásquez, R. (2010). Hacia una nueva definición del concepto “política pública”. Desafíos, 20, 149-187. Documento digital disponible: https://revistas.urosario.edu.co/index.php/desafios/article/view/433

Rocio Francisco, (2011). Concepto de Marco Legal. Documento disponible en: https://es.scribd.com/doc/75951216/Concepto-de-Marco-Legal

Guastini, R. (2007). SOBRE EL CONCEPTO DE CONSTITUCIÓN. CUESTIONES CONSTITUCIONALES, (001). Documento digital disponible en:

http://revistas.unam.mx/index.php/cuc/article/view/1985/1547

Solís M. (2017). Módulo V. Marco legal y de políticas públicas para la prevención de la violencia. Documento disponible en:  http://www.repo.funde.org/1248/1/5-Marlegal-PP.pdf

Jonas, H., & Sánchez Pascual, A. (1995). El principio de responsabilidad: ensayo de una ética para la civilización tecnológica (No. 17: 004). Herder.

Gutiérrez, M. (1989). Administrar para la calidad: conceptos administrativos del control total de calidad. Editorial Limusa. Documento digital disponible en: https://books.google.co.ve/books?id=eVQShi8w2AUC&printsec=frontcover&dq=Guti%C3%A9rrez+%281989%29,+control&hl=es&sa=X&ved=0ahUKEwiq3u-0-e7QAhXFQCYKHcM9D4cQ6AEIKDAA#v=onepage&q=Guti%C3%A9rrez%20%281989%29%2C%20control&f=false

Aguilar Villanueva, L. F., ASCHER, W., BEHN, R. D., DROR, Y., GARZON, D., LANDAU, M., … & TORGERSON, D. (2007). El estudio de las políticas públicas. Miguel Angel Purrúa.

Oszlak, O. (2002). Catedra abierta de gerencia social. Editorial Fundación Escuela de Gerencia Social. Venezuela.

Torgerson, D. & et all, (1992). El estudio de las políticas públicas. Editorial Miguel Ángel Porrúa. Documento digital disponible en: http://www.cedet.edu.ar/archivos/bibliotecas_archivos/63torgerson.pdf

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Ybañez Maglys. (2019, febrero 28). Marco legal y control ético en la formulación de políticas públicas. Recuperado de https://www.gestiopolis.com/marco-legal-y-control-etico-en-la-formulacion-de-politicas-publicas/
Ybañez Maglys. "Marco legal y control ético en la formulación de políticas públicas". gestiopolis. 28 febrero 2019. Web. <https://www.gestiopolis.com/marco-legal-y-control-etico-en-la-formulacion-de-politicas-publicas/>.
Ybañez Maglys. "Marco legal y control ético en la formulación de políticas públicas". gestiopolis. febrero 28, 2019. Consultado el . https://www.gestiopolis.com/marco-legal-y-control-etico-en-la-formulacion-de-politicas-publicas/.
Ybañez Maglys. Marco legal y control ético en la formulación de políticas públicas [en línea]. <https://www.gestiopolis.com/marco-legal-y-control-etico-en-la-formulacion-de-politicas-publicas/> [Citado el ].
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