Acoso moral y administración pública en Chile

1.- Desprotección de los empleados públicos.

¿Acoso moral legalizado?

Es un hecho digno de Kafka, que los diferentes funcionarios de las distintas reparticiones del Estado, se encuentren en la más completa orfandad de defensa cuando son motivo de acusaciones, persecuciones políticas como el caso del Sr.

uadrado, nieto del General Prat, asesinado por la dictadura, y como ocurre con decenas de maestros o docentes, funcionarios de la Salud y del Poder Judicial, solamente por mencionar algunos de los servicios del Estado.

Podríamos señalar que existe un procedimiento adecuado estrictamente al beneficio de la infamia de quien caiga en él.

Una especie de prurito de probidad se ubica en la conciencia de los superiores jerárquicos y estos ponen la máquina demoledora a funcionar rápidamente. No importan los antecedentes del funcionario, su probidad calificada durante años.

No.

Basta que uno de los superiores jerárquicos tenga algún leve encono, molestia e incluso diferencia de opiniones, con el trabajador para desatar la ira inquisidora por la vía de la “investigación sumaria”.

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Los pasos para destruir una carrera son:

1. Acusar al funcionario de una falta que permita realizar una investigación sumaria.
2. La investigación sumaria solo permite informar al acusado no defenderse.
3. La investigación se dirige a refutar todo lo informado por el acusado o investigado.
4. La investigación sumaria no tiene otro objeto que aparentar legalidad.
5. En esta investigación no hay tiempo de prueba.
6. Tampoco ningún acto o trámite que se asemeje al principio del Debido Proceso.
7. El investigador expone su argumentación condenatoria sin más participación del investigado.
8. Notificado el funcionario investigado del cargo puede apelar.
9. Esta apelación no va acompañada de antecedentes nuevos.
10. El Superior jerárquico resuelve en base a lo dictaminado y resuelto por el investigador.
11. Se sanciona al funcionario.

Como se observa esta grave violación a los derechos procesales de cualquier persona, ocurre diariamente en todos los servicios públicos en Chile y se dice que alrededor del %90 por ciento de los casos el funcionario es castigado, incluyendo en el castigo la remoción del cargo.

A tales manifestaciones de arbitrariedad se pueden oponer los siguientes principios de legitimidad o legalidad:

1. Determinación exacta de los hechos por los que se acusa.
2. Principio de las normas del Debido Proceso.
3. Principio de las normas Procesales de garantía y legalidad del procedimiento.
4. Que los acusadores no voten, pues ya emitieron opinión.
5. Etapa de investigación pública, necesaria para la seguridad del funcionario imputado.
6. Formalización de los cargos en forma debida, claramente establecidos los hechos y los fundamentos legales.
7. Una etapa de defensa formal.
8. Una etapa probatoria o de descargos.
9. Respeto a las Garantías Constitucionales especialmente las relativas a la Vida e Integridad, Dignidad personal y familiar e Igualdad ante la Ley E Igualdad De Protección ante la Ley.
10. Opción de comparecer a la defensa por sí o por abogado.
11. Probidad procesal, en el sentido de no presionar a los pares en pro o en contra del investigado.
12. Tener una conciencia real y clara de los hechos y las violaciones legales imputadas al formalizado.
13. Opción de publicidad para el investigado.
14. Pesar la prueba y los antecedentes al momento de resolver.

Es decir, no se está solicitando al legislador nada que no sea materia de habitualidad jurídica en los países civilizados, porque si estos principios son respetados desde los antiguos tiempos en las civilizaciones europeas o sajonas, no corresponde que en Chile se esté acunando diariamente una aberrante costumbre de destruir a una persona en base a meros “cahuines” domésticos internos, que han sido estudiados y analizados por los especialistas en la materia y han concluido que existe un grado de agresión psicopática, en quienes usan y abusan de este sistema para sancionar y castigar dentro de las instituciones del Estado o la Administración Pública, a sus funcionarios.

Hablamos de acoso moral.

Dos pasos necesita dar el legislador en este aspecto:

1. Crear un procedimiento de investigación y sanción que se encuentre en armonía con los pasos que la doctrina de los procesos infraccionales exige para su legalidad, a fin de resguardar el prestigio de las instituciones y no desviar el asunto a límites que no corresponden a la verdad.

Al mismo tiempo, proteger al funcionario en sus garantías esenciales, claramente conculcadas en todo sumario administrativo.

Es más, de oficio el Tribunal Constitucional debiera vigilar la normativa actual y declararla derechamente contraria a la Constitución, porque se encuentra en contradicción con las disposiciones que las tratan. Ejemplo: Estatuto Administrativo; Estatuto Docente; Código Orgánico de Tribunales; Código Militar y las diversas normas orgánicas de los servicios Públicos que expresan esta forma inconstitucional de procesos de castigo.

2. Un segundo asunto es que no puede existir ningún proceso, por infracciones administrativas sin que se expresen las normas del Debido Proceso y este sea garantizado por un funcionario externo de la más alta jerarquía y que, bien puede ser el Defensor del Ciudadano, único capaz de enfrentar el inmenso poder del Estado manifestado por sus agentes y órganos.

Concluimos, señalando que esta situación ha dejado decenas o cientos de buenos funcionarios públicos al margen del servicio a la comunidad, pues, en las estridencias del procedimiento de investigación y castigo, se han visto discriminados, perseguidos y alejados de sus funciones. Si el asunto se estudia con mayor detención, podríamos llegar a concluir que se trata de una aberración jurídica máxima que permite el acoso moral, la discriminación y la persecución por causas ajenas a la de las funciones que el funcionario realiza, como por ejemplo en el caso del Sr. Cuadrado.

Dignidad personal, objetivo del acoso moral.

ONG estudio y prevención de la violencia.

Cuando nos enfrentamos al tema de los Derechos Humanos, surge casi espontáneamente el concepto de dignidad de la persona humana, y ciertamente sentimos que nos abocamos al conocimiento de un tópico perfectamente claro, sobre el que todo el mundo se encuentra de acuerdo. No obstante esta percepción, saludable, por cierto, la dignidad de la persona humana merece más de una palabra y una reflexión. Claramente no necesitamos mayores esfuerzos para apreciar, muy objetivamente, que frente a una persona humana, nos encontramos con un ser distinto, especial y diferente a todo lo que existe sobre el planeta.

Captamos, más que por conocimiento, por intuición, que en el otro hay algo en que nos reflejamos notablemente y que no es lo material o físico, sino, en cuanto a aquello que multiplicado en cada ser independiente y unitario, resulta propio y común al mismo tiempo para todos los individuos. Ello, no es un valor o una medida de ser persona. Más que eso, es la sustancia o la esencia que perteneciendo a todos, se encuentra particularmente en cada uno, dando a la persona un carácter especial, privativo de esta calidad. Inútil sería traer a este breve trabajo los conceptos de los filósofos griegos, o de la ilustración o del modernismo, pues, más que una comprensión lógica o una definición científica, el concepto de dignidad humana, es una cuestión de conciencia formada en miles de años de desarrollo del conocimiento y de la formación de la conciencia social de la humanidad, reimpulsada en estas últimas décadas por la doctrina de los derechos humanos.

Desde Hamurabi hasta Jesús y Aristóteles a la Declaración de los Derechos Universales del Hombre, todo ha sumado para adquirir y desarrollar el concepto que la persona humana resguarda en sí misma, las propiedades que la sociedad requiere para su sobrevivencia:

El Derecho a la Dignidad.

El origen de la dignidad de la persona representa otro desesperado esfuerzo intelectual para desentrañar el misterio de este enigma.

Pero, ¿es en realidad un problema que en el que debamos hacer denodados esfuerzos para dilucidar? La verdad es que no.

La dignidad de la persona es parte de ella misma, de sus atributos esenciales como la vida y la integridad física y psíquica.

Llega a este mundo envuelto en ella y no se separa bajo ninguna circunstancia, pues, no se encuentra en el comercio humano, no es transferible, renunciable, desechable e íntegra. Esto último en cuanto no puede separarse, dividirse o minimizarse. La dignidad de la persona es su vida. El hálito superior y universal que lo integra al paisaje social, geográfico y humano con todos lo que le corresponde, por el solo hecho de existir.

Nuestra sociedad política reconoce esta idea y la plasma en el artículo primero de la Carta Fundamental:

“Las personas nacen libres e iguales en dignidad y derechos”

En otras palabras trae consigo al llegar a la vida, como ser independiente, su propia dignidad, así como su propia vida, y junto con ella los derechos necesarios para desarrollarse como persona.

Vida y Dignidad, vienen a ser el mismo bien jurídico integrado en la triada conceptual Vida, Dignidad, Derechos.

Sin duda, hay una vinculación intuitiva entre Vida y Dignidad. Así lo ha entendido el legislador al consignar como Garantía Constitucional el respeto y protección a la vida privada y a la honra de la persona y su familia. (Art. 19, N° 4, C.P.R). Más aún, no puede concebirse el ejercicio de ningún derecho si no se encuentra integrado a este valor esencial de la persona humana.

Así, la integridad física y psíquica no puede estar aelada de la dignidad personal. ¿Qué sería de la vida humana sin la correspondiente dignidad?

Aún cuando vemos en los pueblos tercer mundistas y en las distintas capitales imperiales como la vida y la integrada física y psíquica del ser humano se corroe por los vicios sociales: miseria, droga, prostitución, alcoholismo. ¿Cómo puede ser apreciable en su verdadera dimensión cada uno de los derechos establecidos como los propios del Hombre en el Estatuto Internacional?

La honra y la vida privada personal y familiar es en gran parte la respuesta legislativa al reconocimiento de la dignidad de la persona junto con el derecho a la vida y la integridad física y psíquica.

Estos son conocidos dentro de los derechos personalísimos, en tanto, integran la noción de persona como ente físico y somático, por lo que merecen un resguardo notoriamente cuidadoso de parte del constituyente, integrando el derecho y la protección de la vida privada como de la pública y la honra de la persona como de su familia.

La Jurisprudencia no ha sido menos exigente.

Así se demuestra en el fallo de la E.C.S., de 15 de Junio de 1993, rol 21053, que expresa “…el respeto a la vida privada, a la dignidad y a la honra de la persona humana y de la familia constituyen valores de tal jerarquía y trascendencia que la sociedad política se organiza precisamente para preservarlos y defenderlos, de modo que no puede admitirse concepción alguna del bien común que permita el sacrificio de ellos, ni convertir tal sacrificio en medio para que prevalezca otra garantía constitucional”.

En otras palabras, aún asumiendo la pérdida de la belleza de la expresión en beneficio del énfasis, la sociedad se organiza en Estado para preservar y defender el derecho a la vida privada, a la dignidad y a la honra de la persona humana y de su familia.

Toda violación a estos derechos personales desvirtúa la naturaleza del Estado, sus organizaciones, sus agentes, y aún a los particulares, desde que rompe con los fines específicos del ente supraindividual, corroyendo las bases para las que fue creado.

El Estado chileno y sus agentes, en muchas ocasiones han conculcado los derechos personales.

Ejemplo de ello es la situación vivida por F.A.S., quien al solicitar al servicio de Registro Civil e Identificación el término de una inscripción de papel que le hacía aparecer como heredero de una persona que no era su padre, el Servicio, no solo negó la solución pacífica de la irregularidad, sino que quitó por más de seis meses la identidad total de esta persona, quedando en virtud de un acto administrativo vicioso, sin identidad legal por ese lapso.

Se trata del derecho de habeas data, es decir, la de exigir al Estado los antecedentes de vida y la corrección de los existentes, asunto que se encuentra en el concepto de dignidad que analizamos.

Desde aquí podemos apuntar a que la calificación de persona humana reside en la necesidad colectiva de congregar a los iguales con el propósito de proteger y desarrollar las capacidades del individuo, en función de sí mismos y de la sociedad. No se puede entender el hombre aislado, como tampoco se puede entender desechar al individuo por su menor capacidad.

Todas ellas, en su globalidad, consiguen la maximización del bien común, tanto en lo material como en lo ético, elementos indispensables para la sobrevivencia y para el reconocimiento del individuo como base de la sociedad, es decir, como persona.

La dignidad de la persona se objetiviza y se hace palpable y se reconoce por el derecho como el elemento que estructura la esencia del individuo en la que la sociedad toda tiene su columna central.

La plaga del siglo XXI

Pero el hombre se encuentra siempre afectado por las lacras sociales, derivadas de la errada concepción de lo que el mismo hombre es y de cuál es su Oriente. Hoy más que nunca los pueblos de los cinco continentes están convulsionados con conflictos bélicos en los que la humanidad se desangra poco a poco, casi imperceptiblemente, pero a paso seguro. La miseria también ataca a más de 2.800 millones de seres humanos que se debaten en el hambre más espantosa. Las pestes y enfermedades como el VIH, son la tortura de las sociedades africanas y asiáticas y las guerras de depredación impulsadas por los entes de facto, atacan la dignidad de la persona humana como jamás se había visto, ni siquiera en los tiempos más oscuros de la Inquisición.

Ello no es todo. Se ha detectado desde hace años, como el hombre, lobo del hombre, descubre nuevas y siniestras formas de destrucción en el hogar, las empresas y las escuelas.

El acoso Moral, la Violencia Intra-familiar y el Acoso Escolar, forman parte de esta nueva perversión que irrumpe en la paz y tranquilidad social. Chile tiene el triste record de un % 75 de niños maltratados; más de medio centenar de parejas asesinadas por quienes deben convivir en armonía en la construcción de un hogar y, más de un tercio de la masa activa de trabajadores Acosados Moralmente. Todo ello entrega cifras elocuentes como la que más del % 40 de la ciudadanía chilena se encuentra bajo depresión a causa de estos males.

Sin evaluar aún que los acosadores por esencia tienen características psicopáticas innegables, pues, actúan en base a un efímero y temporal poder, impulsados por sus propias taras mentales.

La dignidad de la persona humana, hombre mujer o niño, se ha visto atacada por la violencia psicológica, además de la física, pero nos interesa desentrañar la primera, dado que es la que se mueve en esferas casi invisibles, dejando a su paso una suerte de valle de los caídos, formada por cientos de personas que a lo largo de un tiempo han visto destruida su vida y la de su familia, como efecto inmediato de la persecución y hostigamiento, sufridos en sus funciones y trabajos, sea por sus superiores jerárquicos o por sus propios pares.

El Acoso Moral se desliza por las oficinas de las empresas y servicios públicos como una serpiente, sigilosa y rastrera, capaz de asestar golpes permanentes a la dignidad de la persona, en una persecución sin sentido, sin causa o por motivos nimios o sin trascendencias, pero que ante el psicópata se traducen en un festín de oportunidades para destruir, apabullar, discriminar, hostigar, ofender, maltratar, permitiéndose en un tiempo más o menos breve, de seis meses como señala el Dr. H. Leinzman, para lo que él entiende como característica, o menor en el caso de nuestra idiosincrasia, violenta y directa, al final de los que el acosado se encuentra en un lamentable estado de salud psíquica, que en algunos casos ha producido suicidio. De tal gravedad es el atentado que aísla e incomunica al individuo víctima y en muchas oportunidades, se refugia en sí mismo, aumentando su sufrimiento, lo que el psicópata es, precisamente, lo que busca.

Si nos encontráramos en un sistema social solidario, muchas manos se tenderían al afectado. Pero, nuestra sociedad va perdiendo en caridad lo que gana en soberbia, y tienden a presentir el miedo que el acosador provoca, dejando sola a la víctima. Es lo que se observa y comprueba en los espacios reales. Especialmente en los servicios del Estado o en los órganos de éste, afectados por el sectarismo de grupos y cofradías. Un ejemplo dramático lo describe la periodista Oriana Zorrilla en su obra “Cuando el Estado castiga”, reflejo de lo que ocurre a lo largo y ancho de nuestra patria.

De este modo hemos efectuado un acercamiento al concepto de dignidad humana, y a los fines del acoso moral, psicoterrorismo o mobbing, con el objetivo que los trabajadores, padres y autoridades,
Tengan presente lo que se llama la “plaga del siglo XXI”, y se eviten inequidades que afectan a las personas y el más esencial de los Derechos Humanos: La Vida de la persona y su Dignidad como tal.

1. Una realidad oprobiosa.

Si solo observamos las conductas violentas en las Escuelas y Colegios aludidas por la prensa, nos daremos cuenta que en Chile, los docentes sufren acoso moral en el trabajo, pero al mismo tiempo se encuentran desprotegidos contra las acciones violentistas de alumnos, apoderados o administrativos y “sostenedores”.

Para quienes no conocen las acepciones del tema “sostenedor” es aquella persona, natural o jurídica, que ha obtenido la autorización para administrar educación como empresa.

El tema es preocupante desde que la definición de docente o profesor implica entregar a los educandos: conocimientos, destrezas y valores. Entonces surge la pregunta siguiente ¿Cómo puede estar un docente en disposición de entregar valores, si a él no se le respetan los derechos fundamentales? La respuesta desde todo punto de vista va a resultar negativa.

2. ¿Quiénes contratan a los docentes?

En chile hay dos fuentes laborales para los docentes: El Estado por la vía de la educación fiscal o municipal; y los particulares quienes ostentan el nombre de sostenedores, quienes deben actuar “sin fines de lucro” en la administración de esta actividad.

Pero ello no es así. Las Corporaciones y particulares florecen a costa del trabajo mal remunerado de los docentes y en función de maximizar las utilidades ignoran toda clase de apremios que estos sufren. Veamos algunos ejemplos: Una universidad cobra aproximadamente $ 150.000 mensuales ($US = 535 aprox.), y un profesor obtiene alrededor de $ 500.000 por un curso de cuarenta horas aproximadamente, es decir, se paga con menos del ingreso obtenido por 4 alumnos. No digamos la suerte remuneracional de los maestros primarios cuyos sueldos nos superan esa suma… ¡por jornada completa!

La prensa escrita y la TV en el año recién pasado han estado comunicando cada cierto tiempo la terrible situación de acoso moral en el trabajo de los docentes en todos los niveles. Efectivamente se ha conocidos hechos en que los maestros primarios han sido atacados por apoderados, padres o por los propios alumnos: “La agresión ocurrida en el colegio Nuevos Castaños de la comuna de Maipú, afectó a la profesora Jacqueline Cortéz, quien tras no firmar conforme su planilla de pagos fue brutalmente golpeada por el propio director del establecimiento,
Horacio Henríquez Fuentes, quien ya en dos oportunidades anteriores había amenazado y golpeado a otros dos docentes por reclamar por injustos descuentos en sus sueldos.

Domingo 13 de noviembre 2005” (google)

Otro caso:

Jorge Pavez, Presidente del Colegio Profesores:

«Los profesores no tenemos espacio para denunciar las agresiones de los alumnos»

¿Don Jorge, ha hecho el Colegio de Profesores algún diagnóstico sobre el tema de las agresiones hacia los profesores?

La verdad es que nosotros, en las asambleas nacionales que reúnen a los profesores de todo el país, hemos estado recibiendo sistemáticamente muchas denuncias que revelan que el problema de la agresión hacia los profesores es una realidad.

La realidad misma se manifiesta así, según un sondeo del Ministerio de Educación:

“Principales Resultados del Estudio

En todos los tipos de establecimientos educacionales hubo hechos de violencia durante 2005.

35% de los estudiantes y 52% de los docentes percibieron la agresión como un hecho de alta frecuencia (todos los días o al menos una vez por semana).

Los datos develan que un porcentaje importante de los alumnos que fueron agredidos también agreden.

El 45% de los estudiantes señaló haber sido agredido y, a su vez, el 38% declaró ser agresor.

Las agresiones psicológicas (ignorar, insultos o garabatos, burlas, descalificaciones, gritos y rumores mal intencionados), fueron las más frecuentes. Estas se dieron entre estudiantes, en hombres más que en mujeres, entre 10 y 13 años, y en espacios de libre circulación del establecimiento educacional.

Un 96% de estudiantes y docentes percibieron agresión psicológica en el establecimiento educacional.

El 61% de los docentes y el 83% de los estudiantes percibieron agresiones físicas.

El 32% de los docentes y el 53% de los estudiantes percibieron hechos de discriminación.

Del universo de estudiantes un 45% declaró que fue agredido

Mayoritariamente por otro alumno (38%) y por medio de violencia sicológica (43%).

Un 30% de estudiantes declaró agresión física.

En relación a los profesores consultados, un 32% dijo haber sido agredido.

Un 24% manifestó que el agresor fue un estudiante y mayoritariamente, a través de agresiones sicológicas (45%).

Sólo el 2% reconoció que sufrió violencia física.

Para los alumnos las principales razones para agredir fueron:

La defensa (36%)

El juego (15%)”

Estos antecedentes y el conocimiento de lo que sucede en las Escuelas nos hacen ver una realidad de trasfondo, oculta o disimulada por las autoridades encargadas de hacer cumplir el ordenamiento laboral que rige a los trabajadores de la educación.

3. ¿Cuál es la trascendencia?

Los resultados de las investigaciones permiten apreciar que los docentes y maestros se encuentran desprotegidos en el ejercicio de sus funciones, las que por su naturaleza, desde un punto de vista, fundamentales para el desarrollo formativo y moral de los educandos, y desde otro, esenciales en la constitución de las bases de una sociedad sólida y ajena a la violencia, degeneran en una débil trasmisión de conocimientos y cero formación moral.

4. La política y los docentes.

La Empresas educacionales mal llamadas Corporaciones, adoptan una visión segmentada y dogmática del mundo y de la realidad. Se entiende que si hay un colegio o una universidad de carácter confesional, sus docentes deben ejercer sus funciones de acuerdo a esta “línea de orientación”, perdiéndose absolutamente el raro privilegio del pluralismo en la educación. Ello se traspasa a la educación fiscal, pues, los sostenedores son las Corporaciones Educacionales Municipales que obedecen los mandatos del Sr. Alcalde, muchos de los que se han enriquecido por medio de la industria, la agricultura y el comercio y ninguna formación cultural tienen para orientar la educación democrática, pluralista y antidiscriminatoria en la que deben formarse nuestros educandos.

Al contrario, desde estas mismas atalayas de mando surgen las presiones, el hostigamiento, las acciones de acoso moral y toda forma de conducta violenta y agresiva que lentamente va deformando la raíz de la educación, entregando a nuestro niños anti-valores, precisamente aquellos que son necesarios para aceptar una sociedad discriminadora, elitista, sometida en pensamiento y acción a los factores más nefastos para una sociedad sana.

El acoso moral a los docentes es una de las más crueles formas de atacar el sentido moral de la sociedad, pues, este sector representa la conciencia ilustrada de toda nación y su diversidad religiosa, política, académica, étnica y de otra naturaleza, es acogida en la vida y características personales de cada educador, lo que viene a asegurar que en el seno de la educación se mantienen vivas las virtudes de la tolerancia y del respeto al otro, condiciones necesarias para un buen desarrollo libre de violencia.

5. Modos de Acoso Moral a los docentes.

A nuestro entender hay varios modos o formas como se manifiesta el acoso moral a los docentes:

1. Desde el punto de vista del empleador sigue siendo el más común y perverso, pues, adopta una situación de terror psicológico mantenido por largo tiempo. En esta tipo de acoso se encuentran las Corporaciones Educacionales Municipales tanto como las Corporaciones educacionales privadas, es decir, los “famosos” sostenedores.
2. También los docentes sufren acoso moral de parte de los padres y apoderados, quienes haciendo uso de su capacidad de fiscalización han hecho de las acusaciones infundadas un deporte, teniendo presente que los profesores se encuentran prácticamente impedidos de defenderse.
3. La situación grotesca llega a su tope cuando son los mismos alumnos quienes maltratan a sus maestros y promueven una forma de acoso que generalmente no es considerada por la administración de los establecimientos educacionales, pues, estos dan mayor importancia a los ingresos que el alumno genera que a su cuerpo docente.

6. Conclusión

Concluimos estas palabras anotando que el sistema de educación en Chile ha adoptado desde la pérdida del Principio de Estado Docente, formas discriminatorias, no solo contra los alumnos, sino, también y muy especialmente contra los maestros, profesores o docentes, creando condiciones de insatisfacción personal, de pérdida de entusiasmo en el ejercicio de sus funciones que adquieren en toda sociedad la más elevada importancia y de inseguridad física y psicológica, pues, el Chile de hoy no entrega a los docentes las herramientas suficientes para entregar una educación de base plural, democrática, científica y humanista.

Estrés laboral en gendarmería.

Profesor Muñoz A.

1. Apreciaciones Generales.

El conocimiento derivado de haber compartido desde muy cerca con las labores de los funcionarios de Gendarmería (Chile), me obliga a señalar desde un punto de vista distante a ese quehacer, cuales son las debilidades del sistema carcelario chileno respecto a los trabajadores del Estado cuya labor es cuidar, proteger y guardar la disciplina de cientos de miles de detenidos y presos por conductas contrarias a la ley, muchos de los que se encuentran bajo custodia, como medida cautelar, y otros cumpliendo condena.

Recientemente en Chile ha cambiado el sistema del proceso penal, saliendo del atrasado concepto de la justicia penal, que obligaba a establecer una presunción de culpabilidad respecto de todo imputado, y entrando en el nuevo sistema cuyo valor máximo se refiere al reconocimiento que todos los imputados son personas, y por ende debe respetárseles sus derechos esenciales, amén, que se presume la inocencia, a menos que se pruebe la culpabilidad. Ello es un inmenso logro de la doctrina penal en la vida moderna.

Sin embargo se ha demostrado que este sistema no puede marchar solo en base a la transformación de los procedimientos, sino, que requiere de una serie de innovaciones que permitan realmente llevar adelante las reformas procedimentales. Ejemplo de ello ha sido la necesidad de implementar los sistemas de investigación; laboratorios criminalísticos; capacitación de jueces y fiscales, reforma de métodos de trabajo y elementos de modernización de la policía, etc., etc. Muchos otros que sería largo enumerar, pero, que debe entenderse como una globalidad de cambios que han venido paulatinamente, cambiando también la cultura jurídica penadle la población, lo que es, a mi modo de ver, el mayor de los logros:

El cambio cultural.

No obstante, hay un sector de mayor importancia que no ha sido tocado por la varita mágica de las reformas procesales penales, impidiendo que los beneficios de la modernidad del nuevo sistema llegue a un número importante de personas, aquellas que trabajan con los procesados y condenados, en el interior de los establecimientos penitenciarios.

Hablar de Gendarmería de Chile, es hablar de cientos de trabajadores cuya labor no es reconocida por el Estado ni por la Sociedad, pues, las estrictas normas que les son aplicables y las condiciones de trabajo, constituyen una fuente importante de presión, al punto que cada cierto tiempo observamos las alertas de la prensa dando cuenta de irregularidades en la vida personal de los trabajadores de Gendarmería, como en el orden laboral.

Digamos, que solo recientemente ha empezado una preocupación por este estamento humano en relación a los problemas de seguridad personal, de la que depende la Vida y la Integridad, física y psíquica, de sus miembros.

El Ejecutivo, ha entregado un proyecto para penalizar los ataques a la persona, físicos y síquicos, las amenazas, y todo orden de ilícitos que pudieren afectar a estos funcionarios en el cumplimiento de sus tareas.

2. Origen de los problemas en Gendarmería.

La buena fe en la apreciación de las personas nos obliga a establecer que los funcionarios de gendarmería son probos. Así también ha quedado demostrado por la historia, larga y sacrificada, de los cientos de funcionario de distinto rango que ejercen estas difíciles funciones. Por ello cabe señalar, cuales son, a nuestro juicio, algunos de los problemas que afectan la integridad de dichas personas.

En primer lugar debemos dejar en claro que el total de población recluida ascendió, durante 2003, a 36.331 personas.
De esta cifra, 19.965 corresponde a condenados; 14.178 a procesados en espera de la sentencia judicial y 1.799 a personas detenidas. Además, de las 36.331 personas privadas de libertad, 34.060 pertenecían al género masculino y 438 eran menores de edad. Con una tasa de 237 personas presas cada 100.000 habitantes.

Lo que nos pone, porcentualmente, en los primeros lugares en el concurso de naciones.

Alcanzando el nivel de reincidencia, aproximadamente él % 70, lo que viene a probar que no existe rehabilitación posible en el sistema penitenciario chileno.

Las tasas de crecimiento promedio anual son de 6,5% para el periodo 1995 a 2000, llegando a variaciones anuales de 16% (medida entre diciembre de 1998 y diciembre de 1999). Aparte de lo anterior, ese mismo año la población total atendida por Gendarmería fue de 66.521 personas.

Una muy principal consecuencia de este aumento del crecimiento poblacional penitenciario se observa del estado de hacinamiento inhumano de las cárceles, superando éste largamente el cincuenta por ciento de su capacidad normar de reclusión.

¿Cuál es una de las razones de que esto ocurra?

El hecho concreto que la privación de libertad es utilizada como herramienta de control no sólo en aquellas personas que hayan sido objeto de una sentencia definitiva que los condena a una pena de privativa de libertad, sino también aquellas en que, aún rigiendo la presunción de inocencia a su favor, el tribunal o bien el fiscal estiman que la libertad constituye un peligro ya sea para la seguridad de la sociedad, la víctima, la investigación, o bien para evitar una posible fuga.

Este prurito de severidad, no se condice con la posibilidad cierta que mientras el formalizado pueda cumplir su condición de privado de libertad, en algunos caso en que sea prudente y aconsejable permitirlo, en el ámbito de su propio hogar, pues, debe entenderse también que la privación de libertad se refiere a un solo aspecto de los derechos esenciales, pero no a todos.

En este orden de ideas, no se le limita al ejercicio de compartir con su familia; a su derecho a la privacidad de sus relaciones familiares y conyugales, a las posibilidades de trabajo, de expresión, reunión, etc.

3. Problema infraestructural y humano.

Académicos de la Universidad Diego Portales han advertido serios problemas en Gendarmería al señalar que hoy son unos nueve mil gendarmes para 40 mil reclusos. Este aumento de remuneraciones produjo en un sistema presupuestario rígido la reducción de las remuneraciones. Si antes ganaban 300 mil pesos, los nuevos funcionarios están ganando 200 mil pesos.

Los gendarmes también acusan malos tratos de sus superiores.

Pero el sistema no desea reconocer las debilidades propias de irregularidades que son añejas y que no pueden imputarse sino a desidia estatal que suma más de medio siglo.

4. Consecuencias en el factor humano.

Las labores del gendarme se encuentran vinculadas a la vigilancia, control y disciplina de cientos de reclusos, la mayoría de los que se encuentra allí por actos lesivos a la sociedad, siendo elementos de alta peligrosidad y agresividad.

No puede entenderse de otro modo la circunstancia que hombres y mujeres jóvenes se encuentren limitados en sus expresiones fisiosicológicas y humanas por largo tiempo, sin otra actividad de autorrespeto que “hacer la línea” hora tras hora y día a día, esto es, caminar de ida y vuelta en una misma dirección, en cientos de pasos sin sentido y sin destino.
El recluido aumenta de ese modo, y en una interrelación de agotamiento permanente, por la falta de medios, espacio y métodos, sus niveles de por sí elevados y que en un ambiente de violencia permanente se disparan.

En este mundo cerrado y sórdido, el gendarme no es sino un recluido más. Debe andar siempre atento a recibir un ataque o una agresión. Generalmente, sucede que son lesionados por los internos, quienes hasta la fecha no sufren otras sanciones indiferentes que las mismas que cualquier ciudadano en la vida civil.

El gendarme aprende a olvidar el mundo exterior y en el necesario proceso de olvido, indispensable para concentrarse en su tarea de vigilancia y control, aprende también a sospechar de un ataque, sufriendo permanentemente la posibilidad de ser agredido. Ello, de por sí es una situación estresante y deformadora, que muchas veces no termina a la salida de la prisión. En el tiempo de funciones termina por desfigurar humanamente al funcionario y llevarlo a los máximos grados de desconfianza en todas las actividades de su vida fuera del servicio de gendarmería, aún en su propio hogar.

Los funcionarios ven agravada esta situación de estrés por el exceso de horas de trabajo, en algunos casos, turnos terribles en que el gendarme pasa 24 hrs. Sin poder salir del establecimiento carcelario. Cabe preguntar ¿es humana la situación del carcelero? Cuando, en definitiva la sociedad y el Estado se encuentran cobrando la deuda social del delincuente y castigando en exceso a quien debe cuidarlo y controlarlo.

No es difícil intuir que el gendarme se frustrará a poco andar en sus funciones. Será muy fácil lograr vencer el respeto de sí mismo y hacerle zancadillas en su probidad. Es necesario que el Estado y la Sociedad no jueguen con la debilidad humana, llevando al extremo de las exigencias el trabajo de individuos que son mal pagados, al menos no de acuerdo a la función que realizan. Mal considerados, agredidos permanentemente, sujetos a sospechas por los propios procesados y enjuiciados, y permanentemente exigidos por sus superiores.

Si partimos de la base que un chofer de locomoción colectiva no puede trabajar más de cinco horas seguidas, por la seguridad de las personas que lleva en su vehículo, no podemos ni imaginar que un gendarme pueda trabajar cuatro horas seguidas en una función en que arriesga su vida y su integridad, y que debido a la naturaleza de su trabajo, debe interrelacionarse diariamente con cientos de hombres sancionados por delitos, alguno de ellos horrorosos.

Por esta razón parece comprensible, aunque no justificables, los suicidios de gendarmes; las agresiones a detenidos y enjuiciados, las agresiones entre los propios funcionarios; los arranques ocasionales de corrupción, los problemas familiares derivados del exceso de trabajo y de la escasa remuneración. Elementos todos ellos, que llevan a cualquier individuo normal, al descontrol, la angustia, la desesperación, el pánico, miedo conductual y a la ira con los otros y consigo mismo.

Es el estrés de este sector de hombres y mujeres que, debido a la realización de una tarea absolutamente necesaria para la sociedad, son sobre exigido, mal pagado, y su función no reconocida como corresponde, y no reunir las exigencias para que, como trabajadores, tengan un medio digno y amigable para su desarrollo como personas.

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Muñoz A. Profesor M.. (2007, junio 1). Acoso moral y administración pública en Chile. Recuperado de https://www.gestiopolis.com/acoso-moral-y-administracion-publica-en-chile/
Muñoz A. Profesor M.. "Acoso moral y administración pública en Chile". gestiopolis. 1 junio 2007. Web. <https://www.gestiopolis.com/acoso-moral-y-administracion-publica-en-chile/>.
Muñoz A. Profesor M.. "Acoso moral y administración pública en Chile". gestiopolis. junio 1, 2007. Consultado el . https://www.gestiopolis.com/acoso-moral-y-administracion-publica-en-chile/.
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