1. Generalidades
El derecho comparado tiene diversas ramas, siendo una de ellas el derecho civil comparado, sobre la cual trata la presente investigación, la cual redactamos con mucho cariño, para todos los civilistas comparatistas, dejando constancia que el derecho civil comparado, no sólo se limita a efectuar comparaciones en el derecho civil, sino que también se debe tener en cuenta otras instituciones del derecho comparado, dentro de las cuales podemos citar el caso de la recepción, circulación, importación, exportación, migración, y transformación, entre otras, sin embargo, la presente investigación no es exhaustiva, sino que se limita a comentar a ciertos aspectos, como la estructura de los Códigos civiles mas importantes del medio, con lo cual esperamos contribuir con el desarrollo de la rama del derecho estudiada, como lo es el derecho civil comparado.
El derecho civil comparado ha motivado publicaciones, las cuales no sólo pueden ser de doctrina, sino también de otras fuentes del derecho, por ejemplo se puede hacer derecho comparado de jurisprudencia civil, ejecutorias civiles, principios civiles, realidad social civil, manifestación de voluntad civil, entre otras fuentes del derecho.
Se hace necesario dejar constancia que los Códigos consultados para el presente trabajo de investigación constituyen dispositivos legales, mas conocidos como normas legales, que son iguales entre si, sino que son diferentes, la cual viene a ser una característica bastante importante en el estudio del derecho civil comparado, y esto no sólo ocurre en los códigos civiles, sino en todos los códigos, normas, libros, ejecutorias, y demás partes del derecho, lo que viene a ser un tema bastante conocido por parte de los comparatistas, los cuales son los especialistas en derecho comparado, a la cual se dedican pocos abogados y esto también ocurre en el derecho peruano.
Cuando se realizan estudios de derecho comparado, no sólo se comparan códigos, sino también otras partes del derecho, por ejemplo se pueden comparar otras fuentes del derecho, dentro de las cuales podemos citar el caso de la doctrina, y dentro de ésta podemos citar el caso de la doctrina civil, la que es bastante importante en el estudio del derecho, por lo tanto, en la presente sede también se estudia doctrina civil de diferentes países, citándose para tal efecto autores extranjeros, los cuales han efectuado importantes aportes al derecho civil extranjero, lo que sido recepcionado al derecho civil peruano.
El derecho civil peruano no sólo está conformado por códigos civiles, sino que existen otras normas que lo complementan, e igualmente existen otras fuentes del derecho que deben ser tenidas en cuenta en todo estudio de derecho comparado, por ejemplo un estudio importante podía ser el derecho familiar comparado o derecho de familia comparado, y para tal efecto se debe tener en cuenta los códigos de familia extranjeros, es decir, debemos precisar que en algunos países existe este tipo de códigos, el cual no existe en el derecho peruano, lo que constituye una importante diferencia con el derecho de algunos otros países, lo cual dejamos constancia para motivar estudios en dicha rama del derecho, la que se ubica dentro del derecho mixto, la que para muchos es diferente al derecho social, y sobre este importante tema puede consultarse libros de teoría general del derecho o introducción al derecho, el cual es importante curso que es poco tomado en cuenta en pregrado, pero en maestría, doctorado y en estudios que se cursan con posterioridad a estos son tenidos en cuenta.
Sobre el derecho civil comparado pueden realizarse abundantes publicaciones, las cuales no sólo serán de legislación, sino también de otras fuentes del derecho, dentro de las cuales podemos citar el caso de la jurisprudencia civil, ejecutorias civiles, doctrina civil, principios civiles, valores, realidad social civil, entre otras.
El presente trabajo contiene aportes que esperamos sean tomados en cuenta por parte de la comunidad jurídica, la cual no sólo es peruana, sino que también es extranjera, por ejemplo existen en otros países y en otros continentes. En tal sentido, existe comunidad jurídica en Argentina y en Europa, los cuales son parte del extranjero.
Se hace necesario dejar constancia que el presente trabajo de investigación puede motivar publicaciones no sólo en el derecho civil comparado, sino también en otras ramas del derecho comparado, dentro de las cuales podemos citar el caso del derecho penal comparado, derecho constitucional comparado, derecho procesal comparado, entre otras ramas.
En el derecho inglés no existe Constitución escrita, ni tampoco existe Código Civil, por lo tanto, en estas ramas del derecho, debe acudirse a otras partes del derecho constitucional y derecho civil, respectivamente, las cuales constituyen ramas del derecho bastante importantes en el estudio del derecho. Es decir, el derecho civil es diferente en todos los países y debemos precisar además que al codificación es propia de la familia jurídica romano germánica, pero no de la familia jurídica opuesta, como lo es la familia jurídica anglosajona o del comon law. Lo que es ampliamente estudiado por parte de los comparatistas, a los cuales también se conoce como comparativistas, que son los dedicados al estudio y aplicación del derecho comparado, dentro del cual se ubica el derecho civil comparado, sobre lo cual trata el presente trabajo de investigación. Es decir, para un jurista inglés resulta difícil estudiar los códigos, lo que dejamos constancia para profundizar nuestros estudios de derecho comparado.
Existen varias clasificaciones del derecho, siendo la que nos interesa en la presente sede la que divide al indicado en las siguientes partes: 1) derecho codificado, y 2) derecho no codificado. La primera de las indicadas se encuentra conformada por los códigos, siendo algunos de ellos los códigos civiles, y algunos de ellos son los códigos civiles peruanos.
2. Definición
Un tema importante en todo trabajo de investigación constituye la definición, por lo tanto, a continuación definiremos el tema estudiado, con el propósito de tener una noción mas exacta del tema a estudiar en el presente trabajo de investigación.
El derecho civil comparado puede ser definido como la rama del derecho comparado que estudia y aplica las instituciones de esta última al derecho civil, es decir, no es lo mismo que la comparación de derechos, sino que es mas amplia, lo que hemos explicado en diversas sedes y sobre lo cual estamos realizando investigaciones que esperamos sean del agrado de todos.
Habiendo definido el tema a desarrollarse continuamos con nuestra investigación, con el deseo que nuestros conocimientos de la rama del derecho comparado a estudiarse se incrementen, al igual que se incremente nuestra capacidad crítica, para lo cual efectuamos comentarios sobre el derecho civil comparado.
Fernando Jesús Torres Manrique - fhernandotorresarrobahotmail.com
Ex Juez Titular Decano. Ex Registrador Público Titular. Ex Jefe Titular de Registros Públicos. Consejero de la Revista Jurídica Derecho y Cambio Social. Maestría en Derecho Civil y Comercial en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y estudios parciales de Doctorado en Derecho en la misma universidad.
Autor del tratado titulado: “Derecho Empresarial”.
El tratado mencionado lo estará terminando de redactar posteriormente, y con el mismo esperamos contribuir con el derecho empresarial. Estudios parciales de maestría en derecho empresarial en la Universidad Católica de Santa María. Ha recibido una serie de diplomas, felicitaciones, entre otros tantos reconocimientos. Ha cursado abundantes diplomados, especializaciones, y postgrados al igual que una serie de otros estudios, tanto en el territorio peruano, como en el extranjero.
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