Flexibilización de la ley de seguridad y salud en el trabajo en Perú

El problema de la desaceleración económica en los países emergentes es actualmente materia de amplio debate en ambientes académicos, gubernamentales, empresariales y diversos foros de opinión internacional, el Perú no es la excepción y las proyecciones de crecimiento económico para este año 2014, muy optimistas en los primeros meses del año, fundamentalmente por el gobierno peruano van cada vez disminuyendo habiéndose previsto inicialmente un 6% y recientemente en un porcentaje aproximado del 5.5% con respecto al PBI, es en tal sentido que recientemente el gobierno peruano ha anunciado una serie de medidas para enfrentar esta situación, veamos una de ellas.

Un tema que viene generando polémica en diversos sectores empresariales y gremios laborales en el Perú, es el referido a la modificación de la Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo, anunciado como parte del paquete de medidas que usará el gobierno para estimular la economía.

Según el titular del Ministerio de la Producción, Piero Ghezzi, esta ley es una de las principales prioridades del sector privado, y que afecta de manera sustancial a las empresas pequeñas y medianas, que por ser muy oneroso para ellas surge el incumplimiento de la indicada Ley.

Ghezzi sostiene que las exigencias se reducirán, es decir, antes en una empresa se tomaba un examen ocupacional en la entrada, en la salida, o en cualquier momento, pero ahora se está planteando que el examen facultativo pagado por el empleador, dure dos años, así como una especie de Documento Nacional de Identidad (DNI), para así evitar realizar exámenes reiteradas veces.

El ministro de la Producción también afirmó que los trabajadores serán enviados a EsSalud (entidad pública de salud), y ya no a un laboratorio clínico privado. Para ello contarán con un tarifario referencial que les servirá para controlar sus gastos, acotó.

De acuerdo a Ghezzi, las empresas pequeñas y medianas se benefician con esta medida, porque antes preferían mantener su informalidad, que incurrir en este tipo de “gastos”. Evidentemente -agrega- solo las empresas grandes pueden afrontar este tipo de gastos, en cambio las pequeñas, no.

Sobre el particular debo hacer énfasis en que el factor humano es el activo más importante en toda organización y que la actual Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo si bien puede parecer demasiado exigente y resultar oneroso a las empresas privadas y entidades públicas, especialmente a las pequeñas y medianas empresas, es necesaria y debe cumplirse a cabalidad sin flexibilizarse.

Como sabemos de acuerdo al artículo 2°, numeral 1 de nuestra Constitución Toda persona tiene derecho “A la vida, a su identidad, a su integridad moral, psíquica y física y a su libre desarrollo y bienestar. El concebido es sujeto de derecho en todo cuanto le favorece”, así mismo en su artículo 7° “Todos tienen derecho a la protección de su salud, la del medio familiar y la de la comunidad así como el deber de contribuir a su promoción y defensa. La persona incapacitada para velar por sí misma a causa de una deficiencia física o mental tiene derecho al respeto a su dignidad y a un régimen legal de protección, atención, readaptación y seguridad”, además ya inmersos en la segunda década del siglo XXI, en el actual mundo altamente competitivo, cambiante e incierto en cuanto a su evolución económica y geopolítica en el que nos encontramos, solo las organizaciones que administren eficientemente, valoren y respeten a sus recursos humanos podrán ser competitivas y mantenerse en el mercado.

En tal sentido, el planteamiento de flexibilizar la actual Ley de Seguridad y Salud en el Trabajo no tiene un sustento válido ni legal ni organizacional, de acuerdo a los lineamientos de la gestión moderna de los recursos humanos.

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Taype Molina Martín. (2014, julio 7). Flexibilización de la ley de seguridad y salud en el trabajo en Perú. Recuperado de https://www.gestiopolis.com/flexibilizacion-de-la-ley-de-seguridad-y-salud-en-el-trabajo-en-peru/
Taype Molina Martín. "Flexibilización de la ley de seguridad y salud en el trabajo en Perú". gestiopolis. 7 julio 2014. Web. <https://www.gestiopolis.com/flexibilizacion-de-la-ley-de-seguridad-y-salud-en-el-trabajo-en-peru/>.
Taype Molina Martín. "Flexibilización de la ley de seguridad y salud en el trabajo en Perú". gestiopolis. julio 7, 2014. Consultado el . https://www.gestiopolis.com/flexibilizacion-de-la-ley-de-seguridad-y-salud-en-el-trabajo-en-peru/.
Taype Molina Martín. Flexibilización de la ley de seguridad y salud en el trabajo en Perú [en línea]. <https://www.gestiopolis.com/flexibilizacion-de-la-ley-de-seguridad-y-salud-en-el-trabajo-en-peru/> [Citado el ].
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