CONCEPTO DE CONVERSIÓN
El concepto de “conversión” implica transformar, reexpresar o trasladar
los estados contables elaborados originalmente en una moneda “A”, en
otra moneda “B”.
Una conversión es una reexpresión monetaria en la cual:
· el objeto (lo que se expresa) es una medición en moneda de origen;
· el producto es una medición (equivalente a la anterior) en una moneda
de conversión;
· la segunda medición se obtiene a partir de la primera y de algún tipo
de cambio que indica la cantidad de unidades de la moneda de origen por
las que se puede cambiar una unidad de la moneda de conversión, o
viceversa.
Cuando lo que se convierte es el conjunto de datos que integra un juego de estados contables, se habla de conversión de estados contables.
OBJETIVO DE LA CONVERSIÓN
Fowler Newton establece que las conversiones de datos aislados son imprescindibles cuando en una contabilidad llevada en una moneda deben reconocerse los efectos de compras, ventas, pagos y cobranzas en otras monedas; y los efectos de los cambios en los valores de activos y pasivos en esas monedas. También es necesaria la conversión cuando se desea llevar la contabilidad en más de una moneda.
Con respecto a estados contables, la conversión de los mismos a otra moneda puede obedecer los siguientes propósitos:
a) obtener información para la toma de decisiones en una moneda distinta
de la local;
b) brindar información a accionistas del exterior que se sienten más
cómodos usando datos expresados en la moneda de su propio país o en otra
de uso universal;
c) para que una sociedad que prepara estados contables en otra moneda y
posee acciones del emisor de los estados contables pueda consolidar o
combinar los estados contables de la emisora o aplicar el método del
Valor Patrimonial Proporcional.
CONVERSIÓN Y AJUSTE INTEGRAL POR INFLACIÓN
Tanto las conversiones como los ajustes integrales por inflación implican reexpresiones monetarias, pero en las primeras el reemplazo de una medición por otra obedece al cambio de la moneda de un país por la de otro; y en los segundos a la consideración de los cambios en el poder adquisitivo de una moneda determinada.
La conversión de estados contables no puede sustituir al ajuste por inflación porque:
- prácticamente ninguna moneda está exenta de inflación;
- aunque la moneda de conversión esté afectada por una tasa de inflación
relativamente baja, ésta tiene un efecto acumulativo importante y puede
afectar significativamente los indicadores que miden la rentabilidad;
- los datos en moneda extranjera raramente son aceptados por la
legislación como base para la toma de decisiones societarias;
- la inflación que afecta a una moneda de origen no tiene por qué
comportarse del mismo modo que el tipo de cambio entre ella y la moneda
de conversión elegida.
Por lo tanto es preciso combinar las conversiones con los ajustes por inflación, para lo cual se han propuesto dos enfoques básicos:
A) Convertir / Ajustar:
1) reemplazar la medición en moneda de origen por otra en moneda de
conversión, utilizando el tipo de cambio que corresponda;
2) ajustar por inflación la medición en moneda de conversión,
considerando los cambios en el poder adquisitivo de ésta;
B) Ajustar / Convertir:
1) primero se ajustan las mediciones en moneda de origen para que queden
en moneda de la fecha del informa contable a preparar;
2) los importes ajustados se convierten luego a moneda de conversión
utilizando un tipo de cambio de la fecha del informe contable.
TIPOS DE CAMBIO A EMPLEAR
Para las conversiones de datos en otra moneda
Las principales operaciones expresadas en moneda extranjera que deben
convertirse a moneda nacional son:
ð Las que generen créditos y deudas (ventas y préstamos efectuados,
compras y préstamos recibidos).
El tipo de cambio a emplear debería ser el que corresponde al momento (o período) de devengamiento de la transacción. En general hay que determinar:
· si la posterior cancelación del crédito (o la deuda) se hará en la
propia moneda extranjera (recibiendo o entregando billetes) o en moneda
nacional ( a través de una entidad financiera);
· en caso de haber tipos de cambio diferenciales, cuál es el aplicable;
· si de acuerdo con las características de la operación debe
considerarse un tipo de cambio comprador o vendedor.
ð Las que cancelan créditos y deudas.
Los pagos en moneda extranjera por compras al contado o para cancelar
deudas deberían convertirse al tipo de cambio al cual podrían haberse
liquidado (a la fecha de la operación) las divisas entregadas.
Los cobros en moneda extranjera por ventas al contado o por cobranzas de
créditos en ella deberían convertirse al tipo de cambio al cual podrían
liquidarse (a la fecha de la transacción) las divisas recibidas.
Para las revaluaciones de saldos deberían considerarse los tipos de
cambio correspondientes a la fecha de la nueva medición contable.
Para las conversiones de datos a otra moneda
Hay acuerdo en que para estas conversiones se utilice el tipo de cambio
correspondiente al mercado al que deba recurrirse para pagar dividendos.
Esto considera el punto de vista de los inversores extranjeros, que son
las personas en cuyo interés suelen efectuarse las conversiones de
estados contables.
Por otra parte, el tipo de cambio a emplear debería ser el de la fecha
en cuyo poder adquisitivo está expresada la medición en moneda de
origen, pues la conversión solo debería apuntar al cambio de unidad de
medida. Por lo tanto, antes de cualquier conversión deberían excluirse
los efectos de los ajustes por inflación que hayan incidido sobre las
mediciones en moneda de origen a convertir.
Como en el ajuste por inflación, debe tenerse un cuidado especial con
las partidas en moneda de origen que resultan de comparar dos o más
mediciones expresadas en distinto poder adquisitivo definido, como las
correspondientes a los resultados de tenencia (financieros y otros). En
estos casos, lo que debe hacerse es: a) convertir cada una de las
mediciones comparadas; b) volver a efectuar la comparación utilizando
las mediciones convertidas.
Casos en que los mercados no son libres
Es posible que las cotizaciones de las monedas extranjeras no surjan del libre juego de la oferta y la demanda sino de resoluciones del gobierno o cuando el Estado interviene comprando y vendiendo divisas en magnitud suficiente para afectar los tipos de cambio.
Estas situaciones provocan dudas sobre la aptitud de las cotizaciones de mercado como base para las conversiones de saldos a largo plazo. Cabe estudiar estos posibles enfoques:
- si hay un mercado oficial y otro paralelo, basar las valuaciones
contables en las cotizaciones del segundo;
- no utilizar ninguna cotización sino alguna paridad de equilibrio o
alguna paridad teórica ;
- aplicar el criterio contable tradicional de emplear los tipos de
cambio del mercado (oficial o libre, según el caso).
Cotizaciones paralelas: su empleo no ha tenido aceptación, en parte
porque pueden no ser representativas ya que el mercado funciona en la
clandestinidad y a su vez, por el volumen de divisas negociado (a veces
muy bajo).
Paridades de equilibrio: implica la utilización de un tipo de cambio
convencional, que se aparte del tipo de cambio oficial de cotización al
cierre.
Paridades teóricas.
Su utilización es de difícil defensa, entre otras cosas porque:
- los cálculos dependen del momento elegido como base;
- las deudas se pagan y los créditos se cobran de acuerdo con los tipos
de cambio reales vigentes a la fecha de su cancelación;
- la evolución de los tipos de cambio reales no depende exclusivamente
de las inflaciones (local y extranjera) que constituyen la base de
cálculo de las paridades teóricas.
MÉTODOS DE CONVERSIÓN DE LOS ESTADOS CONTABLES A MONEDA EXTRANJERA
Los EEUU se han caracterizado por ser quienes históricamente han tenido más inversiones en el exterior, y ello se manifiesta en que han sido los primeros en tratar este tema.
a) Evolución del método de conversión a través del tiempo:
De los diferentes métodos de conversión que se desarrollan a
continuación, los tres primeros sólo tienen valor como antecedente
doctrinario.
Ellos son:
1) Método del tipo de cambio de cierre: donde todas las cuentas se
convertían a tipo de cambio de cierre, sin distinguir si eran corrientes
o no corrientes.
2) Método de lo corriente y lo no corriente: se originó en el
pronunciamiento americano ARB 43, por el cual todas las cuentas
corrientes se convertían al tipo de cambio de cierre y las no corrientes
se traducían a moneda extranjera en función del tipo de cambio de
origen. La mayoría de los items del Estado de Resultados se traducen al
tipo de cambio promedio del período, excepto la depreciación, que se
traduce al tipo de cambio de origen, a efectos de mantener la coherencia
con la partida no corriente que la origina. Este método se utilizó hasta
1975.
3) Método de lo monetario y no monetario: representa un avance respecto
al método anterior, porque ya no desagrega en función de la
clasificación de la cuenta , sino del carácter de la misma, en monetaria
y no monetaria. Las cuentas monetarias que muestran poder adquisitivo de
cierre, se convierten al tipo de cambio de cierre y las no monetarias al
tipo de cambio de origen. El tratamiento para las cuentas del Estado de
Resultados es idéntico al método anterior. El principal obstáculo para
este método es la utilización de Valores Corrientes, ya que cuentas no
monetarias también estarían a poder adquisitivo de cierre.
4) FAS 8: donde a partir de 1976 se adopta el Método Temporal, que
desarrollaremos más adelante.
5) FAS 52: sustituye al FAS 8, a partir de 1981,y considerando dos
Métodos de Conversión: el Método Temporal y el Método de Traslación. Las
principales críticas que se le hacían al FAS 8 eran: que el Resultado
por Conversión siempre se veía reflejado en el Estado de Resultados; los
cambios al convertir las cuentas, podrían confundir respecto a la
performance operativa, mostrando pérdidas operativas, incluso durante
ejercicios rentables; produce varias oscilaciones en los resultados
sobre los cuales no tienen control los gerentes.
6) NIC 21 : elaborada por el IASC, que sigue en líneas generales al FAS
52, pero incorpora una variante en el caso de las economías
hiperinflacionarias.
7) SSAP 20: elaborado por el ASB, parte integrante del FRC (Financial
Reporting Council) de Inglaterra y Gales, que en líneas generales adopta
las soluciones del FAS 52 y la NIC 21.
b) El Método Temporal:
1) Concepto de Conversión:
Consiste en convertir los Estados Contables de moneda de un país a otro,
como si todas las operaciones ocurridas en moneda original, hubieran
ocurrido en la moneda de conversión, en el país de origen. Por lo que
mantiene los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados con que
fueron preparados los Estados Contables en moneda de origen.
Lo que propone este método es una reexpresión de los Estados Contables,
es una “remedición” en moneda extranjera (estamos cambiando la unidad de
medida), y consiste en el replanteo de los Estados Contables en la
moneda extranjera.
Lo que busca es medir la situación patrimonial y los resultados en
moneda extranjera, en consecuencia, los Estados Contables deben ser
aquellos que se obtendrían si la contabilidad se llevara en esa moneda
extranjera a la que se quiere convertir.
¿Cómo se logra esta reexpresión? Hay dos posibilidades, la primera es
llevar una contabilidad paralela en la moneda extranjera, y la segunda,
es aplicar el Método Temporal.
2) Conceptos Fundamentales:
Método de Conversión:
Aplicar el Método Temporal implica convertir los Estados Contables en
moneda local, de acuerdo a las siguientes pautas:
· Las cuentas llevadas a precios de intercambio del pasado, son
convertidas empleando los tipos de cambio históricos, correspondientes a
los momentos en que se fijaron los respectivos precios (fecha de la
operación).
· Las cuentas llevadas a precios de operaciones de compra o venta
corriente o de intercambios futuros, deben ser convertidas al tipo de
cambio corriente (a fecha de cierre).
· En forma complementaria, se debe aplicar la Regla de Costo – Mercado
el menor, a las cuentas convertidas.
Lo anteriormente expuesto implica:
· Convertir los rubros monetarios al tipo de cambio de cierre.
· Convertir los rubros no monetarios dependiendo del criterio de
valuación:
a) Si son valuados al costo, utilizando los tipos de cambio históricos,
o lo que es lo mismo, el tipo de cambio del momento en que el bien
ingresó a la empresa.
b) Si son valuados a valores corrientes, se debe utilizar el tipo de
cambio de cierre o el que corresponde a la fecha en que se determinó ese
valor.
· Las cuentas de resultados, se convierten al tipo de cambio de cada
transacción, excepto aquellas que deriven de cuentas de activos (por
ej.: costo de ventas, depreciaciones, etc.) que deberán seguir el mismo
tratamiento que el activo que les dio origen, a efectos de mantener la
coherencia del método de ajuste.
3) El Proceso de Conversión:
Para convertir Estados Contables a Moneda Extranjera, aplicando el Método Temporal, se deben seguir los siguientes pasos:
1. Convertir los Estados Contables al inicio, reexpresando los activos y pasivos al tipo de cambio correspondiente, tal como se explicó en el punto anterior. Se reexpresan los aportes efectuados por los socios, al tipo de cambio de la fecha del aporte, y por diferencia, se determinan los resultados acumulados en moneda extranjera al inicio.
2. Convertir los Estados Contables al cierre, reexpresando los activos y pasivos aplicando la misma metodología aplicada para los Estados Contables al inicio. A los aportes efectuados por los socios, previo a este ejercicio económico, ya reexpresados al tipo de cambio del aporte, se le suman los nuevos aportes (sólo se consideran los aportes reales). A los Resultados Acumulados ya reexpresados al inicio, se le restan las distribuciones reales efectuadas, y por diferencia, se determina el Resultado del Ejercicio.
3. Las cuentas de resultados, se reexpresan al tipo de cambio de la transacción, excepto aquellas que deriven de cuentas de activos, que seguirán el mismo tratamiento que el activo que les dio origen . Y por diferencia, obtenemos el Resultado por Conversión.
4. Verificar el Resultado por Conversión obtenido por diferencia, el cual se verifica de forma similar que el RDM del ajuste por inflación.
En el Método Temporal, el Resultado por Conversión es un resultado
generado por la tenencia de activos y pasivos monetarios en moneda local
ante la variación de la cotización de la moneda de conversión.
En este método, la Diferencia de Cambio una vez convertidos los Estados
Contables, es la generada por la tenencia de una tercera moneda (que no
sea la moneda local ni la de conversión.) No puede generarse diferencia
de cambio por tenencia de la moneda de conversión.
c) El Método de Traslación o de la Moneda Funcional
Este método surge con el FAS 52 y es recogido por la NIC 21.
Este pronunciamiento del FASB es aplicable cuando las conversiones sean utilizadas para:
· Consolidación
· Combinación
· Equivalencia Patrimonial
Cuando el objetivo sea otro, este será determinado por los interesados en la conversión de los Estados Contables.
1) Concepto de Conversión:
El Método de Traslación, implica medir los Estados Contables no en la
moneda de conversión, sino en la moneda en la que trabaja la empresa, a
la que el FAS 52 la denomina Moneda Funcional.
La moneda funcional de una entidad es la moneda del ámbiente económico
principal en que la entidad opera; normalmente, es la moneda del sistema
en que la entidad inicialmente genera y utiliza fondos.