SECTOR AGROPECUARIO ARGENTINO - SU IMPORTANCIA EN LA ECONOMÍA NACIONAL Y SU RELACIÓN CON EL SECTOR FINANCIERO

Autor: Noelia S. Macchi

Comercio internacional

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01-2004

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La financiación al sector agropecuario por parte de las instituciones privadas, nacionales y provinciales se ha modificado en la última década.
En la Argentina en 1987, los bancos públicos (nacionales y provinciales) asistían crediticiamente en un 76% al agro, mientras que el resto se repartía entre los bancos privados y otros. En 1999, entre los bancos nacionales y provinciales se reparten el 61% y el resto lo cubren los bancos privados.
La colocación de créditos del sector financiero privado para el agro, está concentrada en los grandes productores. Los bancos provinciales cubren básicamente al pequeño/mediano productor agropecuario (PMPA), y en la evolución podemos observar que la cantidad de créditos para este sector ha sufrido una importante caída, representada por una disminución del 15%.
 

Esta disminución del 15% reflejaría el desplazamiento de recursos producido desde el pequeño/mediano productor agropecuario (PMPA), hacia el gran productor agropecuario.
Los bancos privados no cambiaron sus modalidades de otorgamiento de créditos a favor del PMPA, por lo que las variaciones observadas no nos estaría indicando que los bancos privados comenzaron a darle crédito a dicho sector y que los bancos públicos cedieron esa cartera, sino que esta variación se debería a que las entidades financieras privadas comenzaron a otorgar más créditos a los grandes productores (nuevos y ya existentes) y que una parte de los PMPA que tenía acceso al crédito en 1987, en la actualidad ya no lo tienen. Uno de los motivos de la falta de financiación actual podría ser la pérdida de las propiedades, único modo conocido de acceso al crédito (a través de una hipoteca). Esto además se confirmaría con la nueva modalidad que se verifica en la actividad agropecuaria, en donde hay un elevada suba de arrendatarios y de mucha mano de obra agropecuaria dedicada a otras actividades no afines.

4) Opiniones del sector financiero y de asociaciones del sector agropecuario

El contenido de esta sección corresponde a una síntesis de opiniones de Gerentes y Directivos de bancos y de asociaciones del sector agro que brindan asesoramiento y financiamiento al sector agropecuario. Estos son algunas de los puntos comentados.

Las heridas que el año pasado se abrieron por el fin de la convertibilidad fueron dramáticas para los productores agropecuarios y los bancos. Mientras los primeros se quedaron sin financiamiento, entre otros problemas, los segundos sufrieron la pesificación de sus préstamos concedidos en dólares y trastornos como la falta de liquidez.

Pero la crisis también sirvió de marco para reflexionar sobre cómo hacer mejor algunas cosas. Una de ellas es acerca de las condiciones en las cuales debe ser evaluado y analizado el riesgo crediticio por más que aún el financiamiento no se reanudó.
En este sentido, en los bancos se afianzó la idea de que el valor patrimonial de las empresas agropecuarias no es el elemento decisivo para considerar en los proyectos que presentan los productores.

Desde las entidades financieras dicen que la garantía física es un componente adicional que tiene que ser estudiado juntamente con otros aspectos igualmente importantes.

El factor clave es tratar de observar la viabilidad futura del plan del empresario y cuál es el flujo de fondos vinculado a las actividades propias de su explotación. No se trata de nuevas reglas. Es más, en los bancos sostienen que siempre se buscó la viabilidad.

De todas modos el concepto que ahora interesa destacar es que el posible repago del crédito no debe salir de las garantías reales que el cliente pueda presentar. Por el contrario existe el convencimiento de que la devolución del dinero prestado tiene que venir de las sustentabilidad y del manejo financiero que surja del proyecto.

Así la “lupa” de los bancos parece detenerse en la capacidad del productor para generar riqueza. Y esto es así porque además de no querer financiar proyectos sin base sólida, en las entidades saben que su negocio no es quedarse con los campos.

“Es necesario marchar hacia un cambio en los criterios de evaluación del riesgo crediticio. El valor de la garantía es un elemento importante, pero no suficiente; es indispensable analizar la viabilidad económica del proyecto a financiar” dice Julio Martín, asesor del Directorio del Banco Nación en temas agropecuarios y consultor privado.

Para el especialista, las entidades bancarias tendrán que poner a prueba indicadores que permitan hacer un diagnóstico en el tiempo sobre la capacidad de repago del proyecto.

En ese sentido Martín se inclina por aquellas evaluaciones que ayuden a tener una visión amplia del emprendimiento que aparece como sujeto de crédito. “”Los análisis de prefactibilidad y factibilidad económica, comercial y técnica de los proyectos constituyen elementos fundamentales para considerar”, remarca.

“Además la estructura de costos y el flujo de fondos serán pilares principales en la evaluación. Las variaciones climáticas de la zona en cuestión, las tasaciones a valores técnicos de los bienes, y por supuesto, la estructura patrimonial comprometida completarán una serie de datos a tener en cuenta en este proceso evaluatorio”, agrega el asesor del Banco Nación.

Como se puede observar los criterios también apuntan a profesionalizar el proceso de análisis de la misma entidad bancaria, que ahora debería estar más preparada para atender la situación particular de los empresarios agropecuarios.

Lamentablemente no se pudo obtener información del Banco Provincia. Los directivos de la entidad no respondieron los llamados realizados.

Pablo Bullrich, Gerente de Negocios Agropecuarios del Banco Río, coincide en que el patrimonio no es el principal parámetro para estudiar antes de otorgar un crédito.

“Además de la capacidad de repago también consideramos el nivel de endeudamiento de la empresa y el índice de cobertura que relaciona la generación operativa de fondos con el servicio de deuda anual que se paga”, explica. Igualmente el ejecutivo señala que se deben analizar otros aspectos como la antigüedad en el negocio, el nivel de gerenciamiento, la capacidad comercial y técnica y hasta la pertenencia a asociaciones como Aapresid y los grupos CREA.

El proceso de búsqueda de información se complementa con una visita al campo para observar cómo trabaja el productor. Se trata de visualizar aquello que no aparece en un papel donde se peticiona el crédito.

“Entonces, lo ideal sería considerar el proyecto, porque el patrimonio no es suficiente como indicador de la capacidad de devolución. Lo importante es el flujo financiero que maneja el productor” argumenta Ernesto Ambrosetti, economista en jefe de la Sociedad Rural Argentina (SRA).

Según Ambrosetti, los bancos deberían centrarse en el análisis de todas las actividades propias de la empresa del productor, y a partir de ahí incluir aspectos como la cobertura del precio, el riesgo climático y hasta la estacionalidad de los ingresos.

“En los Estados Unidos se sigue más de cerca la viabilidad del proyecto. Acá ese concepto todavía no está bien desarrollado”, indica el experto de la Rural.

Alfredo Rodes, miembro del Consejo Directivo de la Confederación de Asociaciones Rurales de Buenos Aires y La Pampa (Carbap), también está de acuerdo en que los bancos deben mirar a las empresas según sus expectativas futuras y a la capacidad de generar riquezas.

“Hubo un sistema bancario que no mantuvo una buena conjunción con la producción, porque sólo privilegió lo financiero con altas tasas. Por eso todo el crédito tiene que quedar sustentado sobre el flujo de fondos” describe. Mientras tanto Gastón Bourdieu, Gerente de negocios Agropecuarios del Banco Galicia, sostiene que es un error de concepto creer que los créditos se evalúan exclusivamente desde lo patrimonial. “Qué hubiera pasado si los bancos sólo se detenían a considerar la garantías ?”, pregunta, al mismo tiempo que afirma: “en nuestro caso lo primero siempre fue considerar la viabilidad del proyecto”. Él opina que la garantía es un accesorio más por estudiar y se inclina por dejar en claro que el repago del crédito debe salir del mismo flujo de fondos de la empresa. “Nuestro negocio no es quedarnos con los campos; sí que se pueda cobrar el crédito. Por eso es bueno saber para qué se pide y por qué se le concede, porque es un insumo más.”

Otro de los problemas que enfrenta la banca privada en materia de financiamiento agrícola es la falta de información. Para las instituciones privadas el conocimiento del pequeño agricultor como cliente resulta difícil debido a que este no posee ninguna información contable o financiera histórica, o cualquier otro sistema convencional de información que revele su calidad como cliente. Esta información sólo es preparada cuando solicitan un crédito al sistema financiero. Esta falta de información representa para el sector financiero bancario un alto riesgo.

Con respecto al riesgo de incumplimiento, los mismos representantes de las entidades financieras sostienen que el pequeño productor no se caracteriza por ser un deudor moroso, debido en parte a que le preocupa perder sus pocos activos, ante lo cual hace lo imposible para poder cumplir con sus obligaciones. Por consiguiente, el pequeño productor, desde la perspectiva del sistema financiero, muestra mayor disciplina que otros deudores y por lo tanto representaría un buen mercado para el sector financiero.

Sin embargo debe considerarse que esta baja morosidad puede ser producto de diferentes procesos de reestructuraciones de deudas (refinanciaciones). Existe la opinión que en algunos casos los productores no cancelan sus deudas debido a presiones derivadas de otros acreedores y porque en muchos casos están esperando un alivio de sus deudas por malas políticas del gobierno. La cultura de no pago por parte de lo prestamistas han surgido precisamente como resultado de estos procesos.

La banca privada considera que un tipo de instrumento mediante el cual se concede un subsidio que cubre parte de los costos operativos, podría ser un mecanismo interesante por cuanto se eliminaría una de las principales barreras para que el productor agropecuario tenga acceso al crédito. Sin embargo este instrumento por sí sólo no es suficiente. Se requiere facilitar este acceso mediante una legislación adecuada, y que cubra los principales puntos críticos del sector.

5) Aspectos legales sobre la constitución de garantías

Dado el elevado riesgo crediticio que presenta el sector, parecería imposible pensar en otorgar financiación sin algún tipo de garantía, más allá del análisis técnico, económico y comercial que puedan hacerse sobre las empresas agropecuarias.

El poder de una garantía actúa de la misma manera en Estados Unidos, Europa o Latinoamérica. Si bien no debe funcionar como un requisito excluyente para un análisis crediticio, una mejor garantía produce tasas de interés más bajas, períodos de pago más largos y sumas de crédito mayores con relación al ingreso y flujo de caja del prestatario. El problema que surge para las pymes del sector agropecuario latinoamericanas es que su entorno legal no permite que muchos bienes puedan servir de garantía de créditos de manera económicamente eficiente. Este límite para obtener créditos con garantías de bienes aumenta directamente los costos del crédito.

Típicamente el sector del agro cuenta con bienes inmuebles (campos y propiedades) y algunos muebles (maquinarias, producción, etc).

Sin embargo los prestamistas no aceptan en general garantías sobre otro tipo de bienes que no sean propiedades y los pequeños y medianos productores a veces no son ni siquiera propietarios de las tierras que explotan, o si poseen propiedades lo más probable es que ya se encuentren hipotecadas, por lo que comienza el problema de la escasez de garantías para el acceso al crédito.
A ello se le suman otros factores importantes. Por ejemplo, la ley no prevé una manera simple y barata para constituir una garantía real contra un bien del prestatario. Y los altos costos de los profesionales (abogados, escribanos) llegan a veces a limitar completamente el uso de muchas de las figuras de financiamiento con garantía.

Además el marco legal no establece claramente una graduación del rango de prioridad de los diferentes acreedores contra los bienes de un deudor. Los acreedores con diferentes contratos de garantías, y los acreedores con embargos o privilegios especiales por ley, muchas veces litigian por años respecto a su prioridad de cobro. Esta incertidumbre legal hace que bienes con alto valor de compraventa en el mercado, se conviertan en bienes casi sin valor como garantías para los prestamistas.

Finalmente, la ejecución de bienes en garantía de créditos es lenta y cara. Solamente la toma de posesión de bienes en muchos países demora de dos a tres años, cuando se supone que un juicio ejecutivo no debería demorar más de un año. Los prestamistas conocen que estos plazos exceden el tiempo previsto.

Una vez recuperada la posesión, la venta del bien en garantía requiere aun de más procesos judiciales complicados.

Al fin de cuenta, esta leyes procesales colocan a la mayoría del producido de la venta del bien en garantía en manos de tasadores, martilleros, abogados y auxiliares judiciales.

Aun figuras de garantía real híbridas en jurisdicciones de Código Civil, como el leasing, el fideicomiso financiero y la venta con retención del título de propiedad, no alcanzan a resolver el problema de ejecución. Si bien pueden ahorrar el proceso de venta judicial, no pueden evitar los pasos previos de posesión de bien para disponer de él.

Para aquellas pocas pymes del agro afortunadas, cuyos dueños son propietarios de bienes inmuebles, el entorno legal latinoamericano ofrece aun mayores complicaciones.
En la mayoría de los países las figuras legales para bienes inmuebles no van más allá de la hipoteca, que de por sí es una figura cara. Los costos de constitución pueden hacer prohibitivo el uso de ella.

En general, todas la leyes hipotecarias en América Latina exigen que el bien inmueble se encuentre titulado por el gobierno, aun cuando los ocupantes/dueños no pueden obtener una hipoteca sobre su propiedad. Serían más apropiadas otras figuras de garantías reales que puedan gravar en garantía bienes inmuebles sin título de propiedad, o inmuebles que van a recibir título en el futuro, o derechos de uso o usufructo. Sin embargo el marco legal no ha desarrollado estas características más modernas sobre garantías reales.

Todos estas figuras descriptas arriba serían totalmente aceptables como garantía para los prestamistas del sector financiero formal en Estados Unidos. Las limitaciones que tienen los países de Latinoamérica al respecto es que mientras las figuras de garantías normadas en la legislación parecerían permitir todo esto, la operación económica de estas leyes no lo hace. No importa que una ley de prenda permita que un productor agrícola pueda gravar una prenda sobre un tractor si al mismo tiempo la ley establece un proceso de prenda bajo el cual no se permite que el acreedor pueda recuperar el valor del bien en caso de incumplimiento.

En la Argentina existe una larga lista de modificaciones de leyes (recientes) que han pretendido proteger a tal punto al deudor que terminan por ser inútiles las gestiones de los acreedores cuando pretenden recuperar los préstamos en mora en instancias judiciales (cambio en la Ley de Concursos y quiebras, dilatación de ejecuciones hipotecarias, etc).

En definitiva, los créditos adecuados para las pymes del agro requieren fondos del sector privado.

 Los fondos del sector privado requieren de un entorno legal moderno y confiable para las relaciones entre acreedores y deudores. Pero cuando llega el momento de sancionar leyes, sólo el gobierno puede actuar.

6) Sistemas de garantías de crédito: otras alternativas

En los últimos años ha surgido un interés renovado en los programas de garantías como un mecanismo para ampliar el acceso a la financiación formal para las pymes, (entre las que incluímos al pequeño y mediano productor agropecuario). Casi no hay conferencia o reunión sobre las pymes, en cualquier país en desarrollo, en la que no se escuche una letanía de quejas de los representantes de la pequeña empresa o funcionarios públicos condenando la renuencia de la mayoría de los bancos comerciales a otorgar préstamos a este sector.

Es más que evidente que el sector de las pymes es hoy ya considerado en toda las economías nacionales e internacionales como un estrato económico esencial y un parámetro de desarrollo del sistema económico actual. Una de sus fuerzas principales es el sostenimiento y la generación del empleo.

Aun se sigue debatiendo si el colateral (garantía) o la ausencia de una forma adecuada del mismo es el obstáculo que impide el acceso al financiamiento bancario.

Algunos argumentos dicen que la baja rentabilidad que se deriva de los altos costos de transacción son la principal causa de la escasez de créditos bancarios. No cabe duda, sin embargo, que el temor a la siniestralidad y la insuficiencia de garantías tradicionales en los préstamos a las pymes aparecen como elementos importantes de las decisiones de los bancos de no otorgar créditos al sector.

Existe en la Argentina una limitada oferta de créditos destinados al agro. Tanto los bancos oficiales como los privados han realizado algunos intentos para tratar de cubrir los requerimientos del sector a partir de diversos tipos de garantías, pero hasta ahora se han generado alternativas que por sus elevados costos terminan por excluir (nuevamente) al pequeño y mediano productor agropecuario.
No existen en la actualidad a nivel nacional o provincial mecanismos de promoción masivos que asesoren sobre otras alternativas vigentes.

A continuación mencionaremos algunos instrumentos que surgen como un reemplazo de la forma tradicional de crédito, con los que se ha pretendido cubrir algunas demandas, pero que aun deben mejorar mucho en cuanto a los costos y al asesoramiento sobre las modalidades de uso y conveniencia de ellos.

a) Seguro agropecuario

En los últimos 10 años el número de Cooperativas y Mutuales en Seguros se redujo de 55 a 35 y la proporción respecto al total de entidades aseguradoras disminuyó del 22% al 14%. Las Sociedades Anónimas concentran más de las tres cuartas partes de la producción total y las Cooperativas y Mutuales algo más del 20%.

La serie de la evolución de la Producción Trimestral desde 1987 tiene una clara tendencia ascendente, con cifras record de producción en seguros de vida, granizo, riesgos de trabajo y otros riesgos patrimoniales. Los demás ramos, sin constituir valores máximos de las series, obtienen guarismos importantes que permiten mantener con solidez el crecimiento del mercado.
Los seguros específicos para el sector agropecuario comprenden básicamente los de granizo y los seguros multirriesgo, en los cuales se cubre además las contingencias de inundación, lluvias en exceso e extemporáneas, vientos fuertes, heladas y nevadas.

De este modo se puede proteger al productor ante eventuales siniestros que provoquen la pérdida total o parcial de su producción y por ende de sus ingresos.

Este tipo de garantía no está siendo muy usada porque no hay mecanismos de promoción que informen sobre las características generales de los seguros agrícolas. Tampoco existían estudios necesarios para valorizar el riesgo dependiendo de cada cultivo, región o cada fenómeno climático.
Finalmente la sensación que tiene el sector es que el costo de esta herramienta es elevado, considerando además que a la prima se le deben agregar impuestos y gastos varios.

b) Fideicomisos

El fideicomiso permite aislar bienes, flujos de fondos, negocios, derechos, etc. En un patrimonio independiente y separado con diferentes finalidades. Se perfecciona a través de un contrato.

Según la Ley 24.441 habrá fideicomiso cuando una persona (fiduciante) transmita la “propiedad fiduciaria” de bienes determinados a otra (fiduciario), que se obliga a ejercerla en beneficio de quien se designe en el contrato (beneficiario) y a transmitirlo al cumplimiento de un plazo o condición al fiduciante o al beneficiario.

El aspecto distintivo del fideicomiso es la “propiedad fiduciaria” que es un caso de propiedad imperfecta, pues está limitada en el tiempo y en su uso (sólo para los fines establecidos).
El fiduciario, quien maneja los bienes, podrá ser cualquier persona o empresa en el caso de fideicomisos privados. Deberá actuar con la prudencia y diligencia del buen hombre de negocios sobre la base de la confianza depositada en él, en defensa de los bienes fideicomitidos y los objetivos del fideicomiso.

Los bienes fideicomitidos, constituirán un patrimonio separado, quedando exentos de la acción de los acreedores del fiduciario y del fiduciante. Las obligaciones contraídas en la ejecución del fideicomiso sólo serán satisfechas con los bienes fideicomitidos y si resultaran insuficientes para atender las obligaciones del fideicomiso, se procederá a su liquidación, la cual estará a cargo del fiduciario, quien deberá liquidar los bienes del fideicomiso, y el producido deberá distribuirlo conforme al orden de privilegios establecido.

La quiebra del fiduciario no implica la del fideicomiso. Si se diera ese caso, la intervención del juez permitiría nombrar un nuevo fiduciario y transmitirle los bienes fideicomitidos. Si la quiebra es del fiduciante tampoco implica la del fideicomiso. Si éste transmitió una casa, en el registro de la propiedad esa casa figura como patrimonio fiduciario, aunque se aclara que la propiedad es fiduciaria.

La ley diferencia claramente el fideicomiso financiero del ordinario. El financiero tiene la capacidad de emitir títulos valores y su fiduciario debe ser una entidad financiera o una persona jurídica autorizada por la Comisión Nacional de Valores. Puede tener ofeta pública de sus títulos valores por lo que pueden tener una cotización y un precio en el mercado financiero de forma tal que el público pueda acceder a ellos. El fideicomiso ordinario es un contrato que puede celebrarse entre particulares, sin la necesidad de intervención o autorización de ningún tipo.

Otro uso que se hace del fideicomiso es el Fideicomiso de Garantía, por el cual los bienes fideicomitidos sirven de garantía para una operación crediticia. Por ejemplo, un deudor en vez de hacer una hipoteca al sacar un crédito, cede la propiedad y en caso de que el deudor incurra en mora el fiduciario deberá liquidar el bien en el mercado y el producido afectarlo al pago de la deuda y el remanente al deudor. Si todo ocurre normalmente (o sea, el deudor no incurre en mora), cuando se termina de honrar las obligaciones contraídas, se recupera el pleno dominio sobre el bien. En el primer caso el fideicomiso actúa sin recurrir a la justicia y ahorrándose los costos y tiempos asociados al juicio ejecutivo, al remate y precio de venta del bien que este implica.

Teniendo en cuenta la cuasi ausencia de sistema financiero y la imposibilidad de las empresas agro de conseguir financiamiento formal, se presenta como un mecanismo alternativo para formalizar negocios. Sin embargo nos encontramos nuevamente con la traba de los costos.
Para ver más concreta esta modalidad podemos mencionar a la Sociedad de bolsa del Banco de la Nación Argentina (BNA) Nación Bursátil, quien lanzó muy recientemente el primer fideicomiso de riesgo específico que se habilitó en el país, destinado a facilitar el acceso a los mercados de capitales a pequeñas y medianas empresas.

El objetivo anunciado es reconstruir el acceso al crédito de esos sectores y ofrecer alternativas acordes con el marco jurídico postdefault, que minimicen el riesgo inversor.

La sociedad bursátil también habilitó un programa de fideicomisos financieros para fondear otros proyectos de inversión, y un servicio de asesoramiento comercial para el agro, denominado Nación Cereales, a través de una Sociedad de Garantías Recíprocas (SGR).

 

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Noelia S. Macchi

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