El Perú ha seguido modelos de gestión pública descentralizada que no han
dado resultados. El actual Gobierno ha emprendido una reforma que
tendría como pilar la descentralización política, económica y
administrativa, y que serviría como instrumento para aumentar la
eficiencia del gasto público. Sin embargo, dado el riesgo de generar
desequilibrios fiscales, es indispensable analizar la aplicación de
criterios o restricciones fiscales y reglas de comportamiento.
Marco general
La descentralización puede definirse como el proceso de devolución de
poderes políticos, económicos y administrativos a los órganos de
Gobierno local y regional, básicamente, como consecuencia de la
democratización de las sociedades. En ese sentido, se
distinguen hasta cuatro tipos de descentralización: la política, la
administrativa, la fiscal y la económica.
Estos tipos no son independientes ni mutuamente excluyentes entre sí;
por el contrario, siguen procesos que se traslapan unos a otros.
Adicionalmente a la influencia de la sociedad, existen aspectos de
optimización económica que justifican la descentralización. En ese
aspecto, la eficiencia
del gasto tiende a ser mayor, porque las autoridades proveedoras de los
servicios públicos conocen con mayor acuciosidad las preferencias de la
población y porque existe un mayor control por parte de la última sobre
la primera. A pesar de ello, se han manifestado problemas en los
procesos de descentralización latinoamericanos, por la poca capacidad
técnica con la que cuentan los gobiernos subnacionales y el escaso
desarrollo institucional de la sociedad civil.
El proceso de descentralización en el Perú
El Perú es uno de los países más centralizados de Latinoamérica. Dicha
característica está asociada con la trayectoria de gobiernos
autocráticos, combinada con los fracasos económicos y políticos de los
anteriores intentos de descentralización.
Es a partir del año 2002, con la Ley de Reforma Constitucional sobre
Descentralización (Ley 27680), que se establecen principios claros
acerca de la forma de organización del Estado, la creación de las
regiones, su autonomía política y administrativa, la conformación de su
estructura orgánica y los alcances del poder que detentan. Asimismo, se
estableció la Ley de Elecciones Regionales (Ley 27683) y la Ley Bases de
la Descentralización (Ley 27783). Uno de los puntos más importantes de
la Ley de Bases es la creación del Consejo Nacional de Descentralización
(CND), encargado de la dirección y conducción del proceso.
En el ámbito fiscal, la normatividad señala el mecanismo de
sostenibilidad del proceso de descentralización que deberá incorporar la
Ley de Prudencia y Transparencia Fiscal.
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