
Sistema de Gestión de Ventas de Productos al por Mayor
Artículo para publicación de investigaciones concluidas
Ing. Donel Vázquez Zambrano
Acta, Escritura, Resolución, Documento protocolizado ante Notario u
otro documento legal de constitución de la entidad o empresa,
conjuntamente con su objeto social. Contrato de compraventa firmado y
acuñado, según Pro forma de Contrato (Anexo No 4)
Los Contratos de Compraventa Mayorista serán promovidos por la Unidad de
Venta, Producción o Servicio, ajustando las cláusulas de la pro forma de
contrato (Anexo 4) al comprador con el que se está suscribiendo. Una vez
precisados con el Comprador los términos en que se realizará el contrato y los
intereses de compra del cliente en el territorio debe ser remitido a la Asesoría
Legal de la Sucursal Provincial para su revisión.
El Contrato de Compraventa Mayorista será suscrito a nombre de la entidad
que publica el sistema y será firmando por el Director de la Sucursal Territorial
y el Director Comercial. Los contratos tendrán alcance a todas las Unidades de
Ventas Mayoristas del Territorio previamente pactadas en los Contratos. En el
Contrato se deberán relacionar en anexo expreso las Unidades del territorio
donde se realizaran las Ventas Mayoristas al Comprador con el que se suscribe
el Contrato, determinando las que se comercializaran en cada una de las
Unidades.
En ningún caso los contratos de ventas mayoristas abarcaran Unidades o
Áreas Mayoristas de otros territorios. Una vez suscrito el Contrato Mayorista la
Asesoría Jurídica de la Sucursal Provincial certifica las copias de las Unidades
a las que tiene alcance el contrato. La Dirección Comercial de la Sucursal es
responsable de proporcionar las referirías copias certificadas a las Unidades
que ampara el Contrato.
En casos de nuevos clientes, la Sucursal Provincial solicitará a la Dirección de
Comercio de la Casa Matriz el No. de Cliente según lo establecido sobre el
Nomenclador Corporativo de Clientes y Proveedores. Las Unidades que no
cuenten con las copias certificadas de los contratos o no se encuentren
actualizados los referidos contratos y no esté habilitado en el sistema el Código
de Cliente, no podrán efectuar las ventas hasta tanto no quede actualizada en
el expediente de la Unidad la documentación establecida y habilitado el No. de
Cliente en el Nomenclador.
Los Contratos que se suscriban con Empresas u Organismos estatales para la
venta de módulos a sus trabajadores tendrán definida la Unidad Especializada
para la venta mayorista al detalle y no tendrá alcance a otras unidades,
territorios o tipos de venta.
Para los Contratos de Compraventa con las Sucursales de las Sociedades
Mercantiles Extranjeras radicadas en Cuba, así como los Operadores de Zona
Franca serán firmados solamente por el representante de las mismas,
debidamente autorizado para ello. Los documentos requeridos para suscribir
contratos con éstas entidades con los siguientes:
Licencia de la Cámara de Comercio o MINVEC, según sea el caso, con
lo cual se notifique su estatus en el país.