Nociones acerca de las Normas Generales de la Auditoria.
Normas de la Auditoria.
Empresas obligadas a presentar el estado financiero auditado.
Durante el proceso de globalización las empresas compiten, principalmente, por capitales, mercados y tecnología; las exigencias de los usuarios nacionales e internacionales de estados financieros auditados crecen y son más sofisticados, por lo que el requerimiento de que los auditores cumplan con normas de auditoría internacionales es actualmente una realidad.
Algunos conceptos esenciales en la auditoría no cambian; ni pueden ni deben cambiar y las normas de auditoría permanecen como los requisitos mínimos de calidad, los lineamientos de conducta que debe observar el auditor.
En este contexto se desarrolla la auditoría, como actividad por excelencia del contador público que lo identifica con sus características más esenciales, como son responsabilidad e
Es así que el auditor, para llevar a cabo sus funciones, requiere tener conocimientos profundos sobre principios y normas internacionales de contabilidad, normas internacionales de auditoría, procedimientos de auditoría, principios de ética profesional, sistemas de información e impuestos.
Aspectos Generales
La AUDITORIA FINANCIERA ES EL EXAMEN DE LA INFORMACIÓN FINANCIERA POR UN TERCERO, independiente, distinto al que lo preparó, con la intención de establecer su razonabilidad y presentando los resultados del examen a través de su opinión, o dictamen.
Los auditores independientes y las sociedades de auditoria son los que realizan este tipo de trabajo, apoyándose en la Normas Internacionales de Auditoria (NIAs). Los clientes requieren la Auditoria Financiera fundamentalmente porque desean conocer si sus estados financieros están razonablemente presentados y pueden confiar en ellos para tomar decisiones; algunos otros, felizmente cada vez menos, la requieren sólo por cumplimiento de disposiciones de los organismos de control.
Aspectos Generales
En nuestro país se encuentran vigentes las NIAs; sin embargo, es de uso común el citar las Normas de Auditoria Generalmente Aceptadas (NAGAs).
Actualmente existen pocas diferencias entre ambas, las primeras; las NIAs son emitidas por el IFAC (Federación Internacional de Contadores) y las NAGAs por el Instituto Americano de Contadores – AICPA.
II . Normas de la Auditoria
Introducción
La Normas de la Auditoria son los principios fundamentales de auditoría, los auditores deben enmarcar en su desempeño a estas normas durante el proceso de la auditoria. El cumplimiento de estas normas garantiza la calidad del trabajo profesional del auditor.
Las normas de la Auditoria constituyen un requisito formal que debe cumplir el auditor independiente y éstas han ido adaptándose a los cambios, producto de la apertura de mercados y globalización.
Origen
Las NAGAs, tiene su origen en los Boletines emitidos por el Comité de Auditoría del Instituto Americano de Contadores Públicos de los Estados Unidos de Norteamérica en el año 1948
Las NIAs han sido emitidas por Federación Internacional de Contadores, entidad que fue creada en 1977 para uniformizar la normatividad de los diferentes países que la conforman (de la cual Perú es país miembro), fueron codificadas en 1995 y comprende
36 secciones sobre normas y 10 secciones sobre prácticas. La Federación Internacional de Contadores ha realizado un importante esfuerzo, pero debe ser aún mayor para la armonización mundial de la auditoria.
Normas de la Auditoria
Es necesario precisar que durante muchos años en el Perú se ha utilizado como base del trabajo y redacción de informes las denominadas “Normas de Auditoría Generalmente Aceptadas” (NAGAs), éstas han sido y son emitidas por el AICPA; las NIAs, por su amplia aplicación en diversos países, se constituyen en la consecuencia lógica del proceso de evolución de las NAGAs. En general, las NIAs comparten con las NAGAs muchas semejanzas y pocas diferencias.
NAGAs
Clasificación de las NAGAs
En la actualidad las NAGAS, vigente en nuestro país son 10, las mismas que constituyen los (10) diez mandamientos para el auditor y son:
Estas normas por su carácter general se aplican a todo el proceso del examen y se relacionan básicamente con la conducta funcional del auditor como persona humana y regula los requisitos y aptitudes que debe reunir para actuar como Auditor.
La mayoría de este grupo de normas es contemplado también en los Códigos de Ética de otras profesiones. Las Normas detalladas anteriormente, se definen de la forma siguiente:
1. Entrenamiento y capacidad profesional
«La Auditoria debe ser efectuada por personal que tiene el entrenamiento técnico y pericia como Auditor».
Como se aprecia de esta norma, no sólo basta ser Contador Público para ejercer la función de Auditor, sino que además se requiere tener entrenamiento técnico adecuado y pericia como auditor. Es decir, además de los conocimientos técnicos obtenidos en los estudios universitarios, se requiere la aplicación práctica en el campo con una buena dirección y supervisión.
Este adiestramiento, capacitación y práctica constante forma la madurez del juicio del auditor, a base de la experiencia acumulada en sus diferentes intervenciones, encontrándose recién en condiciones de ejercer la auditoría como especialidad. Lo contrario, sería negar su propia existencia por cuanto no garantizará calidad profesional a los usuarios, esto a pesar de que se multiplique las normas para regular su actuación.
2. Independencia
«En todos los asuntos relacionados con la Auditoría, el auditor debe mantener independencia de criterio».
La independencia puede concebirse como la libertad profesional que le asiste al auditor para expresar su opinión libre de presiones (políticas, religiosas, familiares, etc.) y subjetividades (sentimientos personales e intereses de grupo).
Se requiere entonces objetividad imparcial en su actuación profesional. Si bien es cierto, la independencia de criterio es una actitud mental, el auditor no solamente debe «serlo», sino también «parecerlo», es decir, cuidar, su imagen ante los usuarios de su informe, que no solamente es el cliente que lo contrató sino también los demás interesados (bancos, proveedores, trabaja- dores, estado, pueblo, etc.).
En nuestro país, se encuentran en vigencia una diversidad de normas que tratan de garantizar la independencia del auditor, así tenemos:
- Reglamento para la información financiera auditada (Artículo
5º), aprobada por la Resolución CONASEV (Nº 014-82efc/94.10).
- Ley de profesionalización del Contador Público (Decreto Ley Nº13253).
- Código de Ética Profesional del Contador Público
- Ley del Sistema Nacional de Control (Decreto Ley 26162).
- Reglamento de Designación de Sociedades de Auditoría, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 162-93-CG.
- Normas de Auditoría Gubernamental – NAGU, aprobadas por Resolución de Contraloría Nº 162-95-CG.
- Lineamientos generales para cautelar el adecuado fortalecimiento e independencia de los Órganos de Auditoría Interna, aprobado por Resolución de Contraloría Nº 189-93-CG, etc.
Las cuatro últimas normas regula específicamente la actuación del auditor gubernamental y de las Sociedades de Auditoría cuando realizan auditoría a las entidades estatales.
3. Cuidado O Esmero Profesional
«Debe ejercerse el esmero profesional en la ejecución de la auditoría y en la preparación del dictamen».
El cuidado profesional, es aplicable para todas las profesiones, ya que cualquier servicio que se proporcione al público debe hacerse con toda la diligencia del caso, lo contrario es la negligencia, que es sancionable.
El esmero profesional del auditor, no solamente se aplica en el trabajo de campo y elaboración del informe, sino en todas las fases del proceso de la auditoría, es decir, también en el planeamiento o planeamiento estratégico cuidando la materialidad y riesgo.
Estas normas son más específicas y regulan la forma del trabajo del auditor durante el desarrollo de la auditoría en sus diferentes fases (planeamiento trabajo de campo y elaboración del informe). Tal vez el propósito principal de este grupo de normas se orienta a que el auditor obtenga la evidencia suficiente en sus papeles de trabajo para apoyar su opinión sobre la confiabilidad de los estados financieros, para lo cual, se requiere previamente una adecuado planeamiento estratégico y evaluación de los controles internos. En la actualidad el nuevo dictamen pone énfasis de estos aspectos en el párrafo del alcance.
4. Planeamiento y Supervisión
«La auditoría debe ser planificada apropiadamente y el trabajo de los asistentes del auditor, si los hay, debe ser debidamente supervisado“
5. Estudio y Evaluación del Control Interno
«Debe estudiarse y evaluarse apropiadamente la estructura del control interno (de la empresa cuyos estados financieros se encuentra sujetos a auditoría como base para establecer el grado de confianza que merece, y consecuentemente, para determinar la naturaleza, el alcance y la oportunidad de los procedimientos de auditoría».
6. Evidencia Suficiente y Competente
«Debe obtenerse evidencia competente y suficiente, mediante la inspección, observación, indagación y confirmación para proveer una base razonable que permita la expresión de una opinión sobre los estados financieros sujetos a la auditoría”.
Como se aprecia del enunciado de esta norma, el auditor mediante la aplicación de las técnicas de auditoría obtendrá evidencia suficiente y competente.
La evidencia es un conjunto de hechos comprobados, suficientes, competentes y pertinentes para sustentar una conclusión.
Estas normas regulan la última fase del proceso de auditoría, es decir la elaboración del informe, para lo cual, el auditor habrá acumulado en grado suficiente las evidencias, debidamente respaldada en sus papeles de trabajo.
Por tal motivo, este grupo de normas exige que el informe exponga de qué forma se presentan los estados financieros y el grado de responsabilidad que asume el auditor.
7. Aplicación De Principios De Contabilidad Generalmente Aceptados (PCGA)
«El dictamen debe expresar si los estados financieros están presentados de acuerdo a principios de contabilidad generalmente aceptados».
Los principios de contabilidad generalmente aceptados son reglas generales, adoptadas como guías y como fundamento en lo relacionado a la contabilidad, aprobadas como buenas y prevalecientes, o también podríamos conceptuarlos como leyes o verdades fundamentales aprobadas por la profesión contable.
Sin embargo, merece aclarar que los PCGA, no son principios de naturaleza sino reglas de comportamiento profesional, por lo que nos son inmutables y necesitan adecuarse para satisfacer las circunstancias cambiantes de la entidad donde se lleva la contabilidad.
Los PCGA, garantizan la razonabilidad de la información expresada a través de los Estados Financieros y su observancia es de responsabilidad de la empresa examinada.
8. Opinión del autor
«El dictamen debe contener la expresión de una opinión sobre los estados financieros tomados en su integridad, o la aseveración de que no puede expresarse una opinión. En este último caso, deben indicarse las razones que lo impiden. En todos los casos, en que el nombre de un auditor esté asociado con estados financieros el dictamen debe contener una indicación clara de la naturaleza de la auditoría, y el grado de responsabilidad que está tomando».
Recordemos que el propósito principal de la auditoría a estados financieros es la de emitir una opinión sobre si éstos presentan o no razonablemente la situación financiera y resultados de operaciones.
Puede presentarse el caso de que a pesar de todos los esfuerzos realizados por el auditor, se ha visto imposibilitado de formarse una opinión, entonces se verá obligado a abstenerse de opinar.
Por consiguiente el auditor tiene las siguientes alternativas de opinión para su dictamen.
- Opinión limpia o sin salvedades
- Opinión con salvedades o calificada
- Opinión adversa o negativa
- Abstención de opinar
NIAs
Son normas internacionales reguladas por cada pais según sus leyes, que deben ser aplicadas.
En forma obligatoria, en la auditoria de estados financieros, con la adaptación necesaria debe de aplicarse también a la auditoria de otra información y de servicios relacionados.
En circunstancias excepcionales, un auditor puede juzgar necesario apartarse de una NIA para lograr en forma mas efectiva el objetivo de una auditoria. Cuando tal situación surge, el auditor deberá esta preparado para justificar la desviación
Número de Tema y Título de la NIA
- 100 – 199 Información Introductoria
- 200 – 299 Asuntos Generales
- 300 – 399 Planeamiento
- 400 – 499 Control Interno
- 500 – 599 Evidencia de Auditoria
- 600 – 699 Utilización de Trabajo de Otros v 700 – 799 El Dictamen de Auditoria. v 800 – 899 Áreas Especializadas.
- 900 – 999 Servicios Relacionados
- 1000 – 1100 Declaraciones de Auditoria
III . Empresas obligadas a presentar el estado financiero auditado
Normas que regulan la presentación de estados financieros en el Perú.
El reglamento para presentación de estados financieros. NIC 01, Res. CONASEV-103-99-EF, establece:
La CONASEV en el Perú, califica a las Empresas con Personería Jurídica, quienes deben presentar Estados Financieros Auditados, y básicamente son:
- Empresas con Personería Jurídica que Cotizan en Bolsa o inscritas en el Registro Público de Mercado de Valores (RPMV), o SAA.
- Empresas Extranjeras.
- Empresas que tienen subsidiarias (La matriz esta obligado a presentar EE.FF. Auditados incluyendo a sus subsidiarias).
- Agencias de Bolsa
Conclusiones
- El auditor, tiene la responsabilidad basado en su experiencia, principios y normas de generar confianza al momento de dar su opinión, la cual les permita comprender de una forma clara los riesgos, aspectos relevantes, ventajas, debilidades y oportunidades de mejorar, en la actividad o área auditada de modo que el personal pueda sentirse satisfecho del resultado obtenido.
- NAGAs Estas son normas de carácter general se aplican en todo el proceso del examen y se relaciona básicamente con la conducta fundamental del auditor como persona humana y regula los requisitos y aptitudes que debe reunir para actuar como auditor.
- NIAs Estos son normas internacionales reguladas por cada país según sus leyes.
Bibliografía
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- ACUÑA JARA, Silvio Wilder. (2010). Curso de Auditoria Financiera, NAGAs y NIAs. Universidad Alas Peruanas. Lima, Perú. (pp. 9-10)
- CAÑIBANCO, L. (2001). Curso De Auditoria. Ed Pirámide. Madrid, España.
- MAYTA HUIZA, Dora. (2011). Auditoria Financiera. Ed Universidad José Carlos Mariategui. Moquegua, Perú. (pp. 22)