Marco jurídico para mejorar los procedimientos de necropsia en México

Introducción

Encontramos que el aumento y la diversidad de las causas de muerte ya sea natural o de índole violenta van relacionadas directamente con los matices médico legales, ya que éstas requieren de un estudio muy minucioso y específico que contribuya realmente a la total investigación.

En base a lo anterior, debemos recordar que las omisiones en el procedimiento técnico, generan la mayoría de las veces errores en las conclusiones y la imposibilidad de elaborar otro tipo de opiniones técnicas indispensables.

Hoy en día se menciona que es importante y vital para las instituciones que realizan actividades en materia de Medicina Forense o Legal, unificar los criterios, apegándose a los lineamientos y estándares internacionales de calidad, no obstante, se debe considerar que dichas actividades relacionadas a la práctica de estudios de necropsia médico legal, son limitadas, ya que en la actualidad existen diferentes factores, ya sean culturales, sociales, económicos, políticos, jurídicos y hasta religiosos que dificultan la ejecución del total de las actividades recomendadas internacionalmente; verbigracia de lo anterior es el hecho de que el perito no acude al sitio del hecho; en ese sentido cabe mencionar que aunque el médico forense no pueda estar presente en el lugar de los hechos, es su obligación allegarse de todos aquellos documentos informativos disponibles y que puedan estar a su alcance; a través de las diligencias o actuaciones que sean redactadas por los peritos especializados en sus disciplinas o las autoridades ministeriales, de igual forma se debe de considerar la posibilidad de obtener todas aquellas fotografías tomadas por personal participante de la Procuraduría General o encargados en tomarlas.

En base a lo anterior es importante contar con una legislación que regule los aspectos jurídicos que a su vez permita el estudio, mejora y desarrollo de las técnicas médicas y científicas de la Necropsia Médico Legal, ya que encontramos que su realización no siempre es del todo correcta, con los anterior se contaría con una normatividad y unificación de técnicas a nivel no solo Nacional, sino Internacional, ya que la Necropsia es de suma importancia para determinar la causa de la muerte, el origen de la misma, es decir, si fue accidente, suicidio u homicidio, entre otras, es por eso que los médicos o científicos encargados de realizarla, lo deben hacer de la mejor forma posible para poder hallar las respuestas que se esperan encontrar o se van a probar.

Objetivo

El objetivo que buscamos con la presente investigación es poder investigar y analizar lo referente a la necropsia médico legal, su correcta realización; buscamos poder delimitar y proponer una técnica quirúrgica adecuada para la realización de la necropsia, a cargo de un médico preparado o científico especializado; se busca hacer una pequeña comparación de la realización de la necropsia, sus técnicas, su regulación, entre países latinoamericanos. Se busca establecer y mencionar los lineamientos y criterios técnicos requeridos para la realización de los estudios de necropsia, a efecto de poder delimitar o proponer la creación de un documento que unifique y regule los elementos indispensables a seguir por parte de los peritos, médicos o científicos forenses durante su práctica.

Desarrollo de la temática

I. Antecedentes

Concepto de Medicina Legal: Son los conocimientos médicos que se aplican para auxiliar en la Procuración, Administración e Impartición de la Justicia.

Hablar de Necropsia Médico-Legal nos hace entrar en un debate, ya que es un tema muy amplio que abarca ciertos y determinados criterios que son importantes para su entendimiento y estudio, de igual manera es importante mencionar que no es un tema muy reciente.

II. Antecedentes históricos

Egipto, el primer experto en la materia de quien se tiene conocimiento es IMHOTEP, quien vivió aproximadamente 3000 a.C. fue alta autoridad judicial del Rey Zoser y arquitecto de la gran pirámide de Sakkara. La medicina egipcia en esta época era socializada, el estado pagaba a los médicos por sus servicios y se castigaba a los errores profesionales.

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Asiria y Babilonia, el Código de Hammurabi (1700 a.C.) y el código de la medicina y de la ley, en el primero se encuentra la jurisprudencia médica, civil y criminal, así como los castigos que se aplicaban por actos de negligencia, e incluso hasta se les mutilaban las manos al responsable.

Hebreos, aportaron la idea de un “Dios único” en su origen divino, las enfermedades son un castigo para las culpas del hombre, en principio místico se practicaban circuncisiones, cesáreas y sangrías.

China, se permitía el uso del opio como recurso terapéutico, se castraba a los niños para cumplir con determinados ritos religiosos, los médicos practicaban la acupuntura que consiste en la punción con agujas de distintos metales y en diversas partes del cuerpo humano, (emperador Shen -Nung 2800 a.C.).

India, Suscruta, inició la enseñanza de la medicina y de la cirugía, se administraba licor como anestesia, los discípulos debían renunciar a los placeres carnales, a la crueldad, ira, avaricia, ignorancia, pereza, envidia, venganza, orgullo, etcétera conocido como “ juramento hipocrático” que son normas para orientar la ética médica, Galeno , desarrollo el máximo de su habilidad en roma.

Roma, cultura clásica que se ha destacado por los avances de su época con el diseño de las leyes y aplicación del derecho, así como la regulación en la práctica médica. Numa Pompilio, indicó el examen médico a las mujeres embarazadas que morían. El emperador romano promulgó la “Ley Aquilia” esta responsabiliza a los médicos de negligencia profesional y les imponía un castigo ejemplar, la “Ley Cornelia” prohibía el aborto, se ejercía un registro y vigilancia de las prostitutas.

Edad Media, la herencia griega es conservada y transmitida fundamentalmente por las traducciones de los árabes, quienes además completan algunos aspectos. Inocencio III, exige a los médicos con orden judicial visitar a los heridos de guerra y enfermos.

Renacimiento, Leonardo da Vince (anatomista-escultor), dibujaba al corazón y sus grandes vasos, William Harvey, descubre la circulación sanguínea, Andrés Vesalio, diseccionaba en cadáveres robados de ejecutados (actividad prohibida y penada por la ley) y pudo con sus experiencias corregir errores de Galeno, Miguel Servet, fue quemado vivo en la hoguera por diseccionar con cadáveres, Pablo Zachia, practicó y describió las docimasias hidrostáticas pulmonares y escribió su obra “Cuestiones médico -legales”, Ambrosio Pare, nacido en Laval Francia en 1510, practicó como “Barbier Chirugucen” en el hotel Dieu, en 1536 se enroló en el ejército de Francisco I, y lo acompañó en el Piamonte, por ser autodidacta fue despreciado por los cirujanos facultativos , sin embargo por méritos propios se convirtió en experto, siendo entonces nombrado cirujano en jefe de Francisco II, en la batalla de Turín, substituyo el aceite hirviente por las esencias de rosas y yema de huevo para lavar las heridas y favorecer su cicatrización, Pare también fue nombrado cirujano de Enrique II, quien murió en sus manos al ser herido por una lanza en el ojo, siendo juzgado como regicida, pero absuelto por su calidad humana y científica, también obtuvo el título de cirujano en jefe de los ejércitos de Francia con el rey Carlos IX, trataba la sífilis con mercurio, ligaba los vasos sanguíneos rotos en lugar de cauterizarlos durante las amputaciones, diciendo “yo los vendo y dios los cura”, perfecciono también algunas técnicas obstétricas y murió en 1590.

Medicina legal moderna y Contemporánea, se comenzó a ilustrarse más seriamente la aplicación de la justicia con la aparición y auxilio de Orfilia, Devergie, Tardieu, Brouardel, Pirogroff, Lombrosso, Vucetich, Bertillon, Vivert, Thoinot, Laccasagne, Bernard, Lister, Leevwenhoek, Teichman, entre otros y que le dieran además una base científica.

La medicina legal en México

Durante la conquista y la colonia fue época obscura para la medicina y el derecho, influenciada por la magia y posesiones diabólicas, aplicaban disposiciones de la “Santa Inquisición”.

No fue sino hasta 1833 en que se fundó el establecimiento de las ciencias médicas, se logró también la creación de la cátedra de medicina legal, siendo el primer titular en impartirla Don Agustín de Arellano, después Don Luis Hidalgo y Carpio, (reconocido como precursor), quien aparte de escribir la primera obra literaria de medicina legal, colaboró con en la integración del Código Penal que promulgara el Lic. Benito Juárez, su definición de lesión aun es vigente en nuestros días, se preocupó también por la correcta clasificación de las lesiones, aporto importantes ideas para basar la responsabilidad médica y el secreto profesional.

Otros médicos que se han ganado especiales menciones en su actuación son: José Torres Torija, Alfonso Quiroz Cuarón, Rafael Moreno González, Luis Rodríguez Manzanera, Ramón Fernández Pérez, Mario Rivas Souza, entre otros.

El desarrollo de la medicina legal, ha sido lento, debido a factores como el económico y al poco interés que los “Nuevos Médicos”, tienen por esta disciplina profesional y creen que solo el hecho de ser médicos, harán un buen papel como peritos legistas, lo que constituye un error, porque es bien cierto que: El médico legista no se improvisa, si no que se adquiere sus conocimientos a través de los años de práctica, paciencia y preparación constante. Además la falta de locales apropiados, dignos y funcionales, así como lo reducido de los salarios aplicados, aunado a la responsabilidad que adquieren en sus conocimientos a través de los años de práctica, paciencia y preparación constante.

Además la falta de locales apropiados, dignos y funcionales, así como lo reducido de los salarios aplicados, aunado a la responsabilidad que adquieren en sus dictámenes, hacen que se alejen aquellos que tienen cierta simpatía o interés por esta noble especialidad médica.

Encontramos que se empezó a hablar sobre la obligatoriedad de la necropsia y de su valoración en el año 1220 dentro del Código de Sachsenspuegel, documento con el cuál inicia oficialmente la medicina forense. Con el paso del tiempo y durante épocas Renacentistas se obligaba a que, en casos de infanticidio y homicidio se hiciera una inspección al cadáver y se realizara un protocolo escrito.

Es por eso que desde tiempo atrás la autopsia médico legal se fijó un objetivo bien definido: buscar la causa de la muerte.

Cabe mencionar la obra de Ambrosio Paré, cirujano francés, quien describió con lujo de detalle las lesiones causadas por arma de fuego, por espada, sumersión, ahorcaduras, trató de entender cómo los venenos influían en los diferentes órganos del cuerpo.

Más tarde el italiano Turín Pablo Zacchias, escribió su obra llamada “Cuestiones Médico – Legales”, trataba temas sobre aborto, asesinato, heridas, envenenamientos y las violaciones.

Como dato importante y relevante, relacionado directamente con el objetivo del presente trabajo, encontramos que el italiano Juan Codronchi afirmaba que los médicos deben ser llamados a realizar los peritajes sobre las causas de las heridas y la muerte.

Encontramos que con el paso del tiempo los científicos empezaban a estudiar las causas de la muerte, los efectos de objetos producidos en el cuerpo, lesiones y tramas originado por agentes violentos sobre el cuerpo, esto con el paso del tiempo fue evolucionando y cambiando. Los científicos hacían sus descubrimientos e iban aportando estudios a la medicina legal, la autopsia encontramos que surge desde tiempos muy remotos. En un principio se hacía con fines de investigación en relación a las lesiones o efectos que se producían en el cuerpo, hoy en día encontramos que se hace para comprobar las causas de la muerte, ya que, aunque sea evidente la causa de la muerte, se debe realizar la necropsia médico legal para poder comprobar lo anteriormente mencionado.

¿Qué es necropsia?

Encontramos que en la práctica o uso común se utilizan los términos “Autopsia y Necropsia”, desde mi punto de vista, esto ha ocasionado cierta confusión, sin embargo, me permito presentar las siguientes observaciones:

  1. “Auto” es un prefijo de origen griego que va a significar “propio” o “por sí mismo”.
  2. “Necro” se va a referir a “muerto” o “cadáver”
  3. Psae, prefijo griego que hace alusión a “vista” o “examen”

Una vez que se ha explicado lo anterior podemos deducir que al referirnos a autopsia hacemos referencia a verse o examinarse por sí mismo, por otro lado, y desde mi parecer, es más aceptado el término NECROPSIA, ya que etimológicamente significa “ver o examinar lo muerto o un cadáver”.

Es por eso que a mi criterio, se debe de usar el término necropsia para referirnos al procedimiento técnico instrumental y especializado, por medio del cual se estudiarán las causas de la muerte.

Es importante mencionar y recordar que en México existen tres tipos de necropsias, la primera, va encaminada a la investigación científica respecto al desarrollo, manifestaciones o efectos de las enfermedades y sus tratamientos, a esta se le conoce como necropsia médica; la segunda va encaminada a la práctica dentro de las escuelas de medicina, enfocadas al adiestramiento científico del estudiante de medicina en las disciplinas anatómicas y quirúrgicas, esta es la llamada necropsia didáctica; la tercera y última, es la que nos concierne a nosotros como estudiantes de medicina legal, la necropsia médico legal, la cual requiere una orden emitida por autoridad competente, y que se encargará de determinar las causas que provocaron la muerte.

Necropsia médico – legal:

Como primer punto importante podemos hacer mención a que la necropsia médico legal debe ser realizada dentro de un orden riguroso y cumpliendo fundamentalmente con los principios de ética médica señalados en el Protocolo de Estambul.

La necropsia médico legal puede ser de tres formas, la primera es la necropsia médico legal temprana, la cual debe de ser realizada lo más pronto posible después de la muerte, esto con evitar el fenómeno de autolisis que altera progresivamente los órganos y proporciona caducidad a ciertos exámenes complementarios.

Encontramos también la necropsia médico legal metodológica, la cual va encaminada a que la necropsia debe de ser completa y sistemática, cada uno de los órganos será examinado por principio dentro de su entorno anatómico y después en forma aislada y todo debe de estar debidamente documentado. Por último podemos observar la necropsia médico legal completa, la cual es un acto único que no se debe repetir, excepto en casos muy especiales.

Es en ésta parte del trabajo, llegamos a punto clave del presente ensayo, llegamos al clímax sobre el cual versa esta investigación.

En México encontramos que la necropsia debe de ser realizada por un médico especialista en medicina legal y que mantenga una práctica regular, debe de estar actualizado tanto técnica como científicamente, la necropsia se desarrolla bajo un estricto y riguroso protocolo, con un adecuado plan técnico.

Primero se realizará el reconocimiento exterior, el cual consiste en la identificación antropométrica, conformada por el peso, la talla, el sexo, la raza, la media filiación completa y señas particulares, seguido a esto se hará un examen externo del cadáver, el examen de orificios naturales, examen de manos y uñas.

Se continúa con la apertura de las cavidades, iniciando con una incisión mento pubiana, se examinarán los órganos que se encuentren dentro de la cavidad torácica y abdominal, se hará estudio detallado de órganos y vísceras, se debe de revisar la caja craneal, mediante una incisión realizada detrás de la cabeza de oreja derecha a oreja izquierda, para extraer el cerebro.

Se realiza el examen de esqueleto, cráneo, raquis, pelvis, miembros, etc., todo lo anterior se debe de realizar de manera ordenada, cuidadosa y detallada, al igual que, debe de existir una completa sanidad y esterilización de materiales.

Recordemos que se puede tener auxilio de técnicas especiales como lo es la radiografía, con el fin de encontrar o identificar proyectiles de arma de fuego, sobre todo cuando el cadáver se encuentra en descomposición o carbonizado; para identificar fracturas y su evolución y, en caso de cadáveres no identificados, para determinar la edad ósea o visualizar una prótesis.

Cabe mencionar que la Necropsia Médico Legal, en México, debe de llevarse a cabo de acuerdo con la ética médica y respetando la dignidad del fallecido, se debe de anotar fecha, hora de inicio y terminación, así como lugar del estudio, se debe de realizar por un médico y sus asistentes, los cuales deberán tener conocimientos médicos y prácticos sobre la realización, actualmente haciendo uso de la tecnología se video-graba todo el procedimiento de la necropsia y además de los tradicional como lo es fijar fotográficamente los aspectos relevantes, cuyo resultado se hace constar en un “PROTOCOLO DE NECROPSIA” el cual concluye con un dictamen o informe, el cual es un documento que se emite como respuesta a la orden expedida por el Agente del Ministerio Público, dentro de la Averiguación Previa, además de comprobar la causa de muerte.

Necropsia médico – legal comparada

Es a partir de lo anterior, donde se hace un estudio comparativo en relación a las necropsias médico legales realizadas en diferentes países, dicha comparación es sobre la que versa esta breve investigación.

En México, el encargado de realizar la necropsia médico legal debe de ser un perito médico forense, que debe de estar consciente de la importancia del procedimiento de la necropsia, debe de tener especial cuidado en casos donde exista sospecha de tortura, tratos crueles y degradantes, éste debe de anotar en todo momento las condiciones de la práctica de la necropsia, si éstas fueron idóneas o si existió algún incidente que impidiera el desarrollo óptimo de la investigación, se debe de conducir en todo momento de manera objetiva, profesional, imparcial y sustentada con bases científicas para que su intervención sea de la mejor manera posible y eficaz.

En particular la capital del País al ser el principal centro de desarrollo presenta lo más avanzado en cuanto a la reglamentación en la teoría y platica de una necropsia al contar con Manual de Procedimientos del Servicio Médico Forense a partir del 25 de Febrero de 2010 aprobado por el Tribunal Superior de Justicia del Distrito Federal y el Consejo de la Judicatura, mas sin embargo esta se circunscribe al ámbito del Capital, encontrando la disparidad con los demás estados de la República, ya que este Manual por ser de lo más completo en la teoría y práctica de la necropsia, pudiere ser elevado a título de Reglamento a la par de la promulgación de la Ley respectiva.

En países como Colombia, además del Médico y asistente, debe de estar presente una persona experta en videograbación y en fotografía, así como un experto en biología para auxilio del médico-práctico que realiza la necropsia (El Médico que realiza la necropsia debe de ser experto en Patología). En Chile y Argentina debe de estar de igual forma un químico farmacéutico. En algunos otros países como Honduras y Perú es el agente policiaco quien se encarga de narrar lo que se va haciendo en la necropsia y en ocasiones participa de manera práctica en la misma.

Encontramos otra comparación que a pesar de no ser muy trascendente, es necesario mencionarla, en México se realiza una incisión que va desde la región submentoneana hasta la sínfisis del pubis, y la incisión craneal va detrás de las orejas de derecha a izquierda. En países latinoamericanos como Colombia y Argentina, encontramos que la incisión torácico-abdominal es en forma de “Y”, y encontramos de igual forma que en Chile y Colombia algunos médicos pueden optar por realizar la incisión craneal en la frente, lo cual ocasiona lesiones y desfiguración de la cara del cadáver, dichas lesiones atentan contra la integridad, respeto y cuidado del cadáver o fallecido.

En Argentina se hace alusión a que el encargado de realizar la necropsia es el Médico Legista, auxiliado por un asistente y este solo debe de acreditar o comprobar que tiene la experiencia suficiente para realizarla, mientras que en México y Colombia, debe de comprobar que tiene la experiencia y actualización regular en su campo, es decir, deben de ser Peritos Médicos, acreditados por una Institución, con Licencia para realizarlas, en Argentina solo basta comprobar que se es capaz de realizarla.

En Argentina no se puede empezar con la necropsia si no se ha elaborado el plan a seguir, es decir, se requiere la elaboración de un plan técnico y éste mismo debe de estar aprobado por La Institución de Seguridad Pública a cargo.

Otra distinción va en relación al lugar en donde se realizan las necropsias, esto es en relación a que en tiempos atrás no existía un lugar en específico para realizar las necropsias y éstas se practicaban en los panteones o en lugares totalmente contaminados y no idóneos, tal es el ejemplo de México, en ocasiones nos hemos enterado que en teoría se nos decía que debían de ser lugares en específicos, en anfiteatros, lugares asépticos, pero cuántos de nosotros no nos enteramos que los lugares donde se realizaban las necropsias eran bodegas o cuartos aledaños a cementerios, o en lugares aledaños a servicios forenses, que no cuentan con las medidas de sanidad y seguridad necesarias.

Recordemos que se trata de cuerpos sin vida, que están entrando en estado de putrefacción y que en ocasiones ese proceso ya está empezado o a punto de terminar, lo cual puede ocasionar enfermedades y contagios.

De igual forma las sustancias que emanan del cadáver y los olores, pueden entrar en contacto de manera fácil con el exterior ya que no se cuenta con un lugar destinado para el almacenamiento, o un lugar en específico para verter estos desechos, sustancias que van a ser emitidos por el cadáver.

Recordemos que antes, cuando las necropsias se realizaban en el panteón, toda la sangre, desperdicios y sustancias que resultaban de la necropsia, entraban en contacto con el desagüe público y el aroma era perceptible en las calles.

Dentro de la teoría se nos dice que debe de ser un lugar limpio, aséptico, con agua suficiente y desagües diferentes a los públicos, una adecuada ventilación y una iluminación suficiente, dicho lugar en México se llama anfiteatro, que va a ser un espacio físico en donde se practican las necropsias, se encuentran divididas en dos salas, la primera para cadáveres normales y la segunda para cadáveres en estado de putrefacción o infectocontagiosos, cuenta con dos áreas, una para la recolección de indicios y lavado de cadáver y la otra para la fijación fotográfica. De igual manera cuenta con dos cámaras, una de refrigeración y otra para congelación con capacidad para 198 cuerpos (hablando del Anfiteatro del Distrito Federal).

En lugares como Argentina y Chile, se tienen lugares destinados para la realización de las necropsias, pero se habla de poca capacidad para los cuerpos e inclusive no señala distinción de lugar para cadáveres normales y para cadáveres en estado de putrefacción o infectocontagiosos, en Argentina el Anfiteatro se encuentra en las estaciones policiales y un comandante es el encargado de aprobar la realización de la necropsia.

En Colombia la realización de la necropsia tiene un lugar en específico, el cual va a estar dividido en tres áreas, uno para la recepción del cadáver, una cámara de refrigeración y el sitio donde el patólogo llevará a cabo el proceso de la necropsia.

En Brasil, las necropsias pueden ser realizadas en Hospitales Privados o Públicos, esto es, si las personas han reconocido el cadáver, pueden pagar para que la necropsia sea realizada por un médico en hospital privado, o de oficio en hospital público, de igual forma hay Servicios Forenses Públicos, para casos en los que no hay reconocimiento del cadáver por parte de algún familiar o no se encuentra identificado el mismo.

Por último encontramos otra pequeña, pero no menos importante distinción, esta va en relación al material o instrumental utilizado por Médicos, encontramos en la teoría que deben de ser utilizados, mesa para necropsia y mesa auxiliar, balanzas, bisturíes, tijeras, pinzas de disección y pinzas Kelly, reglas, sierras mecánicas o eléctricas, exploradores, bandejas, agujas de sutura, cucharones, entre otros, y es aquí donde nos damos cuenta que en ocasiones en la práctica no se utilizan los instrumentos adecuados.

En internet circula un video de una Necropsia realizada en Colombia, en la cual podemos observar que la incisión no es realizada con ningún bisturí, sino que es realizada con un cuchillo de carnicero, encontramos que no hay un respeto al cadáver y no se hace con el debido cuidado, el cadáver queda muy lastimado y dañado, cortan las costillas con el mismo cuchillo y no con una pequeña sierra o algo similar con la que debería ser realizada, la incisión craneal, es realizada en la frente y no de una manera cuidadosa.

En algunos países como Venezuela, Perú y Chile, se utilizan serruchos de carpintero para hacer ciertas incisiones o cortar algunos huesos, aun así cuando se señala que se debe de utilizar el material adecuado para el correcto tratamiento del cadáver, además cabe mencionar que los que participan en la necropsia deben de tener una vestimenta o equipo de bioseguridad como gorra, gafas protectoras, guantes, protectores de zapatos, batas, etc., pero en el video podemos observar que el asistente está vestido de manera normal y no cuenta con las medidas de bioseguridad pertinentes.

Conclusión

Una vez que hemos analizado, estudiado e investigado las pequeñas variaciones que llega a haber en las necropsias médico legales en los diferentes países latinoamericanos, podemos llegar a ciertas conclusiones y propuestas que ayudarían a que ésta práctica se lleve a cabo de manera adecuada, correcta, respetuosa y unificada.

  1. Encontramos que en ninguno de los países, incluyendo México, no existe una legislación que regule la práctica de las necropsias, encontramos que hay una guía técnica que puede ser tomada en cuenta, pero no existe ninguna Ley que nos obligue o regule la correcta realización de la necropsia.
  2. Desde mi parecer, ésta práctica debe de estar regulada, así se evitarían que estuvieran mal realizadas, se evitaría que personas que no son médicos o científicos, realizaran las necropsias, ya que desde mi parecer es una práctica que se debe de dejar a los Médicos Legistas, peritos y científicos.
  3. De igual forma la ley debería obligar a que las personas que realizaran ésta práctica sean expertas y estén certificados y tengan una Licencia para poder realizar las necropsias, es decir, aquella persona que quiera o pretenda realizar necropsias debe de estar certificado y autorizado por una Institución que sea la encargada de regular lo anterior, por ejemplo, La SEMEFO puede certificar a sus médicos y científicos, esto con el fin de que se lleve a cabo la necropsia de la mejor manera posible.
  4. La posible Ley y reglamento que regularía las necropsias debe de señalar los lugares para su realización, la técnica que debe de utilizarse, los instrumentos, la vestimenta, el cuidado del cadáver, la ética médica, entre otras.
  5. Esta posible regulación abre las puertas a que no solo los Médicos que realizan las necropsias deban de ser expertos y estar certificados, sino que también todos los peritos que conformen el equipo de La Procuraduría hoy Fiscalías ya sea estatal o general, también lo sean.
  6. Encontramos que los peritos no tienen un reglamento o ley sobre a la cual se deban someter y esto va en relación a que muchas veces encontramos que el perito solo es experto en su materia, pero no tiene una regulación o una base sobre la cual deba de someterse para realizar sus peritajes.
  7. El encargado de realizar la necropsia debe de ser un Perito Médico, Científico, certificado, estudiado.
  8. De igual manera se debe de buscar la unificación no sólo Nacional, sino Internacional, vemos que en países como Estados Unidos, están muy avanzados en necropsias, y en países Latinos todavía estamos con rezagos.
  9. Al unificar las técnicas y práctica de la necropsia se busca que la misma cumpla con sus fines objetivos ya que en ocasiones, por el hecho de no realizarla de manera correcta se violenta la ética médica y no cumple su fin. Es un tema que falto de regulación.
  10. Por cuanto al Reglamento que es el sustento sustantivo establecer la guía de procedimientos para la realización de necropsias medico legales permite manejar los principios y conocimientos de las ciencias médicas en la aplicación de técnicas y procedimientos recibidos a lo largo del entrenamiento sistemático, para que cada testigo experto con una planeación previa y una adecuada apreciación del caso en particular, este en plena capacidad de determinar la causa y la manera de muerte siguiendo una metodología.
  11. El avance tecnológico en cada una de las áreas del conocimiento y la disponibilidad de los recursos nos exige cada vez más el cuidado de las actividades periciales que sin duda, guiada por tan excelente resultado de un trabajo mancomunado producto de la reunión de múltiples esfuerzos, permite de manera práctica enlazar el MANUAL DE NECROPSIA MEDICO LEGAL con un decálogo de componentes básicos que a manera de recordatorio, permitan la sustentación de todos los casos que se llevan a investigación forense.

Bibliografía

  • BRAVO CASAS, Víctor Lisandro, Fin de la existencia de la persona natural, Colombia, Ediciones Ariana, 1982.
  • GIRALDO G., Cesar Augusto, Medicina Forense, 12ª Edición, Colombia, Señal Editora, 2007.
  • MUÑOZ LARA, Antonio Irán, Investigaciones Forenses en la Necropsia, 3ª Edición, México, Ed. Porrúa, 2010.
  • QUIROZ CUARON, Alfonso, Medicina Forense, 9ª. Edición, México, Ed. Porrúa, 1999.
  • ROJAS, Nerio A., Medicina Legal, 12ª Edición, Argentina, Ed. El Ateneo, 1982.
  • VAZQUEZ FANEGA, Héctor Osvaldo, Investigación médico legal de la muerte, Argentina, Ed. Astrea de Alfredo y Ricardo Depalma, 2003.

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Castañeda Espinosa de los Monteros Jorge Rafael. (2015, febrero 9). Marco jurídico para mejorar los procedimientos de necropsia en México. Recuperado de https://www.gestiopolis.com/marco-juridico-para-mejorar-los-procedimientos-de-necropsia-en-mexico/
Castañeda Espinosa de los Monteros Jorge Rafael. "Marco jurídico para mejorar los procedimientos de necropsia en México". gestiopolis. 9 febrero 2015. Web. <https://www.gestiopolis.com/marco-juridico-para-mejorar-los-procedimientos-de-necropsia-en-mexico/>.
Castañeda Espinosa de los Monteros Jorge Rafael. "Marco jurídico para mejorar los procedimientos de necropsia en México". gestiopolis. febrero 9, 2015. Consultado el . https://www.gestiopolis.com/marco-juridico-para-mejorar-los-procedimientos-de-necropsia-en-mexico/.
Castañeda Espinosa de los Monteros Jorge Rafael. Marco jurídico para mejorar los procedimientos de necropsia en México [en línea]. <https://www.gestiopolis.com/marco-juridico-para-mejorar-los-procedimientos-de-necropsia-en-mexico/> [Citado el ].
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