Desarrollo sustentable desde el punto de vista bioético

Debemos partir del principio que el hombre es parte de la naturaleza y debe vivir en armonía con ella. Esto significa que las actividades humanas deben desenvolverse de tal manera que ellas sean compatibles con el mantenimiento y el mejoramiento del entorno ecológico, que lo sustenta y que lo condiciona, y, además, con el respeto y el progreso de los factores culturales que son el fruto de su conciencia moral y de su ser racional.

Uno de los grandes temas que en la actualidad ponen al hombre frente a la naturaleza, es la actividad humana aplicada al desarrollo económico para incrementar la producción de bienes de uso y consumo, así como para intensificar y globalizar la comunicación en un universo cuyo crecimiento demográfico impone necesariamente la preservación del medio ambiente para evitar la degradación, en busca de una mejor calidad de vida.

Exige también un desarrollo sustentable que no comprometa las necesidades de las generaciones futuras, haciendo un uso racional de los recursos naturales evitando así su agotamiento y la extinción de la diversidad de las especies.

Estos enfrentamientos del hombre con la naturaleza muestran un significativo progreso de los conocimientos científicos y una eficaz aplicación de las más avanzadas tecnologías, pero impone a la vez la necesidad impostergable de una profunda reflexión ética, y un análisis meditado de su regulación normativa para no afectar la dignidad del hombre y no inhibir el avance de la ciencia.

Estas necesidades con las que se ha enfrentado la humanidad se han visto reflejadas en los avances científicos de la biotecnología, entendiéndose por tal, un conjunto de técnicas que permiten lograr cambios concretos introducidos por el hombre en el ácido desoxirribonucleico (ADN), es decir , en el material genético de plantas, animales, y sistemas microbianos, hasta lograr productos y tecnologías útiles.

La biotecnología puede prevenir o reducir el deterioro ambiental de diversas maneras. Las herramientas biológicas pueden servir como procesos terminales, donde se purifica un flujo de desechos hasta el punto en el que pueden liberarse en el medio sin ocasionar daños.

Es también posible elaborar biomateriales que sirven de materia prima en la manufactura de productos de bajo impacto ambiental, asimismo, los innovadores procesos de producción biológica pueden generar desechos más fáciles de manejar.

En la actualidad el beneficio ambiental más destacado de la biotecnología es la limpieza de contaminantes; el proceso se conoce como biodescontaminación y consiste en la utilización de micro – organismos que descomponen los contaminantes.

Una de sus primeras aplicaciones fue la de purificar aguas de desechos ,seguida por la depuración de partículas polullentes del aire y de emanaciones de gases .Ahora el enfoque se orienta hacia el tratamiento de desechos sólidos y de suelos contaminados, es por ello que la descontaminación en la actualidad ocupa un lugar destacado pues una gran cantidad de lugares contaminados – y que son verdaderos testimonios de la no sustentabilidad de prácticas pasadas – requieren de la acción reconstructiva urgente y además , porque el costo / eficiencia relativa y creciente de los métodos biológicos supera al de los procedimientos fisicoquímicos más tradicionales.

Pero, si bien nos encontramos frente a estos beneficios, es necesaria una regulación legal que encuadre el tema dentro de un marco ético que no ponga en peligro a las presentes y futuras generaciones.

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Los efectos irreversibles sobre el medio ambiente de manipulaciones experimentales o comerciales, de entidad biológica capaz de reproducir o de trasladar material genético ha conducido a la Comunidad Económica Europea ( ahora Unión Europea ) a reglamentar la utilización y diseminación de esos organismos llamados organismos genéticamente modificados.

Las directivas de la C.E.E. N° 90-219 y 220 del 23 de abril de 1990 instauran un proceso de notificación para la diseminación de OGM, antes de la puesta en marcha. Se debe realizar un documento que conlleva una evaluación de los riesgos para la salud de la humanidad y el medio ambiente.

Asimismo se requiere un intercambio de información y un seguimiento permanente del lugar.

Inspirados en dicha resolución países como Francia han dictado regulaciones específicas sobre la materia.

Mediante la Ley N° 92 – 654 del 15 de julio de 1992 sobre Organismos genéticamente modificados se creó una disposición que requiere consentimiento y autorización previa para la utilización, experimentación y puesta en marcha de actividades relacionadas con esos organismo, así como el derecho de toda persona a ser informada sobre las consecuencias de las diseminaciones voluntarias, para la salud pública y el medio ambiente.

Al aparecer la biología como disciplina que, en función de las investigaciones científicas realizadas juega un papel decisivo en el destino del hombre, merece un estudio particular, ya que la legislación no siempre acompaña ciertos aportes y prácticas en ese campo del saber. Con carácter preventivo en nuestro país se prohíbe la investigación destinada a la clonación de seres humanos.
Pero, sin llegar a ese extremo, existen otros temas que merecen una urgente regulación legal.

Los productos que resultan de la biotecnología figuran, de manera creciente, en la producción agrícola y en la cadena de alimentos.
La comercialización de productos agroalimentarios derivados de la biotecnología pone de relieve ciertas cuestiones regulatorias en términos de la bioseguridad ambiental. Es por ello que organizaciones internacionales como la OCDE han decidido enfocar la labor hacia la temática que requieren el análisis científicos y políticos más profundos , pues estas dos facetas son relevantes para el desarrollo sustentable.

Así se han abordado los siguientes temas:

Bioseguridad ambiental: Conceptos y principios para evaluar la seguridad de cultivos o micro – organismos genéticamente modificados, así como desarrollar una base común para armonizar cuestiones regulatorias.

Seguridad alimenticia: El desarrollo de consensos en cuanto a conceptos para evaluar la seguridad, y así subrayar el desarrollo de regulaciones nacionales e internacionales.

Certificación de semillas: Relevante para el comercio internacional de semillas o la realización de ensayos experimentales en diferentes regiones y países; manejo de recursos biológicos: Los intereses y necesidades de la investigación agronómica, en cuanto a que ésta asimila las técnicas y herramientas de la biotecnología moderna.

Biotecnología y agricultura de los países desarrollados: Muchas aplicaciones de la biotecnología en el mundo desarrollado no responden a las necesidades de los países en desarrollo, donde seguramente los beneficios potenciales derivados de aplicaciones adecuadas y las necesidades son aún muy grandes.

Estos estudios no son irrelevantes, porque, si bien los nuevos alimentos derivados de la biotecnología ofrecen la posibilidad de obtener cosechas más cuantiosas, mayor resistencia a ciertas enfermedades y por consiguiente, menor uso de plaguicidas, contribuyendo así al desarrollo sustentable, se encuentra en estudio determinar la seguridad de los nuevos alimentos.

Se han elaborado métodos de prueba y estrategias para evaluar comestibles derivados de la biotecnología, así como de aquellos sometidos a radiaciones (Food Safety Evaluations, OCDE 1996).

Esta labor aún continúa, sobre métodos de prueba y estrategia para evaluar el potencial toxicológico y nutricional de productos recientes.

Se ha preparado, asimismo, bancos de suero con la finalidad de realizar pruebas sobre posibles reacciones alérgicas inherentes a éstos., así como bancos de datos para asegurar de nuevos alimentos tanto para consumo humano como animal, estudios que se están realizando conjuntamente con otras organizaciones como la FAO y OMS.

Asimismo, no se descartan los problemas que puedan desencadenarse con las semillas modificadas genéticamente, colocándolas en el centro de la problemática de la sustentabilidad.

A esta altura del desarrollo del tema estamos en condiciones de afirmar que no resulta suficiente para satisfacer una aspiración de justicia, el reproche de conciencia individual o la sanción de un tribunal de conducta profesional, cuando la trasgresión bioética compromete la seguridad común y la salud pública o lesionan legítimos intereses individuales. Se impone, la necesidad de convertir en normas jurídicas aspectos diversos y delicados de la biotecnología que alcanzan a agraviar la moral colectiva y a dañar respetables intereses particulares, lo cual justifica sancionar legalmente las conductas culposas o dolosas de los responsables.

El pasaje de la ética al derecho implica la necesidad de la ley.

Si bien el derecho y la ética comparten la búsqueda de las soluciones axiológicamente más valiosas, sólo al derecho le compete traducir principios y valores compartidos en reglas de observación obligatoria para toda la sociedad.

Sin embargo no se debe incitar la actividad legislativa para convertir todos los principios de la bioética en normas jurídicas que bajo la amenaza de responsabilidades legales, inhiban el progreso de la investigación científica, entendiendo la bioética como “el estudio sistemático de las conductas humanas en el área de las ciencias de la vida y el cuidado de la salud, en cuanto que dicha conducta es examinada a la luz de los valores y los principios humanos”.

Frente a esta realidad se impone también la necesidad de revisar nuestra concepción de los recursos naturales, para intentar complementarla con los recursos culturales, que son fruto del obrar humano, y construir con ella un puente más de acercamiento entre las naciones, que impulse decididamente el afianzamiento del derecho internacional.

Las naciones deben comprender que entre el uso de un bien proveniente de la naturaleza y el aprovechamiento actual y futuro de un recurso cultural, existe una influencia recíproca que impone la necesidad de coordinar los efectos que necesariamente van a producirse recíprocamente.

La concepción global de la bioética y su interrelación con la sustentabilidad del desarrollo conduce inevitablemente a la biopolítica, la acción ciudadana para alcanzar que la responsabilidad solidaria se materialice en políticas que necesariamente incluyen la participación protagónica tanto de la sociedad civil, como de los Estados y las organizaciones internacionales de carácter gubernamental o no. Lograr la vertebración y coherencia de estos esfuerzos transita por un cambio sustancial de la educación en valores donde lo moral deja estar separado del conocimiento y pasa a ser parte constitutiva del mismo. La bioética, así interpretada es una cuestión de toda la sociedad y no una temática de la discusión académica entre una elite de iniciados.

Por lo que hay que considerar lo que señala Potter al formular que “la bioética representa una ruptura cultural profunda. Se exige del hombre la reconciliación de la moralidad y el saber cómo entidad única; que lo moral sea incorporado al conocimiento como componente importante de la objetividad y legitimidad del saber. Una propuesta de acciones para la formación de sujetos responsables en un entorno cultural de cambio. Ella está llamada a producir una revolución del saber humano, y fue definida por su autor en términos que enfatizan este reclamo…”

Hay que tener presentes que existe un conjunto de valores, propios de nuestra identidad latinoamericana profunda, que aparecen no sólo como pertinentes para el tránsito hacia una cultura de sustentabilidad, sino además como indispensables para transitar hacia una nueva moralidad.

Rigoberta Menchú (2002) afirma que: “Los valores sobre los que los pueblos indígenas hemos construido nuestros complejos sistemas se fundan en la cooperación y la reciprocidad de la vida comunitaria; en la autoridad de los ancianos y nuestra relación con los ancestros; en la comunicación y la responsabilidad intergeneracionales; en el derecho colectivo a la tierra, el territorio y los recursos; en la austeridad y la autosuficiencia de nuestras formas de producción y consumo; en la escala local y la prioridad de los recursos naturales locales en nuestro desarrollo; en la naturaleza ética, espiritual y sagrada del vínculo de nuestros pueblos con toda la obra de la creación.”

Señala asimismo que no es posible introducir valoraciones mercantilistas a concepciones tan complejas de modo que los presupuestos sobre los que se han construido los «derechos de propiedad intelectual» en el derecho internacional y doméstico, que reconocen exclusivamente los derechos de personas «naturales» o «jurídicas» o los de «creadores individuales», negándoselos a entidades colectivas como los pueblos indígenas, no protegen sino la información resultante de «descubrimientos», mientras que el conocimiento indígena que es transgeneracional y comunitario no es protegido. Por otra parte no se reconocen sistemas muy complejos de propiedad, tenencia y acceso como los que caracterizan a muchísimas expresiones de las culturas indígenas, y se persigue darle dueños a los recursos de la naturaleza, mientras que las preocupaciones de los pueblos indígenas son las de prohibir su comercialización y racionalizar su uso y distribución. De un modo similar, se reconocen exclusivamente valores económicos de mercado y no así los valores espirituales, estéticos y culturales, o aún los valores económicos locales, siendo todos ellos objeto de manipulación por grupos de intereses económicos y políticos que determinan que se protegen y a quién se favorece.

Nuestras artificializadas formas de vida nos han ido separando de lo natural, de tal modo que nos llegan a incomodar la humedad, las hojas, el polvo, la lluvia, esto es los elementos constitutivos y esenciales de nuestra existencia, como la tierra y el agua.

Marcos Terena (1995), líder de la etnia yanomami de Brasil y dirigente del Comité Intertribal, nos describe como se le da su primer baño de río al pequeño recién nacido en cuanto despunta el sol y la creatura sale del agua fría llorando a mares, pero luego sonríe, respira hondo y empieza a formar parte del equilibrio natural.

“Así tenía lugar una secular costumbre de nuestro pueblo: iniciar desde el nacimiento nuestra relación con el medio ambiente, en este caso conocer el agua para aprender luego a sorberla y saciar nuestra sed, a navegar en ella con nuestros cuerpos. Haciendo esto, nunca dejaríamos de respetar a la naturaleza, su capacidad para protegernos, para alimentarnos, para fortalecer nuestros espíritus e incitarnos a creer en el Gran Creador.”

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Alegria Caballero Leyvi Diany. (2011, enero 19). Desarrollo sustentable desde el punto de vista bioético. Recuperado de https://www.gestiopolis.com/desarrollo-sustentable-desde-el-punto-de-vista-bioetico/
Alegria Caballero Leyvi Diany. "Desarrollo sustentable desde el punto de vista bioético". gestiopolis. 19 enero 2011. Web. <https://www.gestiopolis.com/desarrollo-sustentable-desde-el-punto-de-vista-bioetico/>.
Alegria Caballero Leyvi Diany. "Desarrollo sustentable desde el punto de vista bioético". gestiopolis. enero 19, 2011. Consultado el . https://www.gestiopolis.com/desarrollo-sustentable-desde-el-punto-de-vista-bioetico/.
Alegria Caballero Leyvi Diany. Desarrollo sustentable desde el punto de vista bioético [en línea]. <https://www.gestiopolis.com/desarrollo-sustentable-desde-el-punto-de-vista-bioetico/> [Citado el ].
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