Análisis del beneficio de la reforma energética en México

Introducción

El presente tema se desarrolla para conocer el tema de la reforma energética enfocado a la energía eléctrica, así como cuáles serán las modificaciones a los artículos de la constitución.

Todos hablan de la reforma energética, sobre todo el petróleo, sin embargo de la energía eléctrica muy poco se sabe, por lo que en este trabajo de investigación daremos a conocer más a fondo el análisis en relación a este tema.

Durante los últimos 30 años se ha registrado a nivel mundial un proceso de cambio estructural en la organización industrial de los sectores eléctricos. El objetivo principal ha sido transformar una industria monopólica en una organización industrial.

En el marco de la reciente aprobación de la reforma energética, mucho se ha hablado de las implicaciones en materia de hidrocarburos, pero poco sobre los acuerdos en el sector eléctrico.

Se describen cuales son los motivos para realizar dicha reforma y sus beneficios a largo plazo en este ramo.

El papel del Estado se ha enfocado a la planeación, la regulación y el establecimiento de reglas de operación, con lo cual se rompe el paradigma de que el Estado debe estar a cargo predominantemente de la provisión del servicio eléctrico.

Antecedentes

CFE y la electricidad en México

La generación de energía eléctrica inició en México a fines del siglo XIX. La primera planta generadora que se instaló en el país (1879) estuvo en León, Guanajuato, y era utilizada por la fábrica textil “La Americana”. Casi inmediatamente se extendió esta forma de generar electricidad dentro de la producción minera y, marginalmente, para la iluminación residencial y pública.

En 1889 operaba la primera planta hidroeléctrica en Batopilas (Chihuahua) y extendió sus redes de distribución hacia mercados urbanos y comerciales donde la población era de mayor capacidad económica.

Responde esta encuesta sobre consumo de redes sociales. Nos ayudará a brindarte mejor información.

¿Usas sitios de redes sociales para encontrar información académica o laboral?*

¿Usas sitios de redes sociales para encontrar información académica o laboral?*

¿Qué sitios de redes sociales utilizas para investigación académica o laboral*

¿Qué sitios de redes sociales utilizas para investigación académica o laboral*

Puedes seleccionar las opciones que quieras.

Que tipo de dispositivo usas al utilizar redes sociales*

Que tipo de dispositivo usas al utilizar redes sociales*

¿Cuántas cuentas de redes sociales tienes?*

¿Cuántas cuentas de redes sociales tienes?*

¿Cuántas horas a la semana le dedicas a las redes sociales?*

¿Cuántas horas a la semana le dedicas a las redes sociales?*

No obstante, durante el régimen de Porfirio Díaz se otorgó al sector eléctrico el carácter de servicio público, colocándose las primeras 40 lámparas «de arco» en la Plaza de la Constitución, cien más en la Alameda Central y comenzó la iluminación de la entonces calle de Reforma y de algunas otras vías de la Ciudad de México.

Algunas compañías internacionales con gran capacidad vinieron a crear filiales, como The Mexican Light and Power Company, de origen canadiense, en el centro del país; el consorcio The American and Foreign Power Company, con tres sistemas interconectados en el norte de México, y la Compañía Eléctrica de Chapala, en el occidente.

A inicios del siglo XX México contaba con una capacidad de 31 MW, propiedad de empresas privadas. Para 1910 eran 50 MW, de los cuales 80% los generaba The Mexican Light and Power Company, con el primer gran proyecto hidroeléctrico: la planta Necaxa, en Puebla. Las tres compañías eléctricas tenían las concesiones e instalaciones de la mayor parte de las pequeñas plantas que sólo funcionaban en sus regiones.

En ese período se dio el primer esfuerzo para ordenar la industria eléctrica con la creación de la Comisión Nacional para el Fomento y Control de la Industria de Generación y Fuerza, conocida posteriormente como Comisión Nacional de Fuerza Motriz.

Fue el 2 de diciembre de 1933 cuando se decretó que la generación y distribución de electricidad son actividades de utilidad pública.

En 1937 México tenía 18.3 millones de habitantes, de los cuales únicamente siete millones contaban con electricidad, proporcionada con serias dificultades por tres empresas privadas.

En ese momento las interrupciones de luz eran constantes y las tarifas muy elevadas, debido a que esas empresas se enfocaban a los mercados urbanos más redituables, sin contemplar a las poblaciones rurales, donde habitaba más de 62% de la población. La capacidad instalada de generación eléctrica en el país era de 629.0 MW.

Para dar respuesta a esa situación que no permitía el desarrollo del país, el gobierno federal creó, el 14 de agosto de 1937, la Comisión Federal de Electricidad (CFE), que tendría por objeto organizar y dirigir un sistema nacional de generación, transmisión y distribución de energía eléctrica, basado en principios técnicos y económicos, sin propósitos de lucro y con la finalidad de obtener con un costo mínimo, el mayor rendimiento posible en beneficio de los intereses generales. (Ley promulgada en la Ciudad de Mérida, Yucatán el 14 de agosto de 1937 y publicada en el Diario Oficial de la Federación el 24 de agosto de 1937).

La CFE comenzó a construir plantas generadoras y ampliar las redes de transmisión y distribución, beneficiando a más mexicanos al posibilitar el bombeo de agua de riego y la molienda, así como mayor alumbrado público y electrificación de comunidades.

Los primeros proyectos de generación de energía eléctrica de CFE se realizaron en Teloloapan (Guerrero), Pátzcuaro (Michoacán), Suchiate y Xía (Oaxaca), y Ures y Altar (Sonora).

El primer gran proyecto hidroeléctrico se inició en 1938 con la construcción de los canales, caminos y carreteras de lo que después se convirtió en el Sistema Hidroeléctrico Ixtapantongo, en el Estado de México, que posteriormente fue nombrado Sistema Hidroeléctrico Miguel Alemán.

En 1938 CFE tenía apenas una capacidad de 64 kW, misma que, en ocho años, aumentó hasta alcanzar 45,594 kW. Entonces, las compañías privadas dejaron de invertir y CFE se vio obligada a generar energía para que éstas la distribuyeran en sus redes, mediante la reventa.

Hacia 1960 la CFE aportaba ya el 54% de los 2,308 MW de capacidad instalada, la empresa Mexican Light el 25%, la American and Foreign el 12%, y el resto de las compañías 9%.

Sin embargo, a pesar de los esfuerzos de generación y electrificación, para esas fechas apenas 44% de la población contaba con electricidad. Por eso el presidente Adolfo López Mateos decidió nacionalizar la industria eléctrica, el 27 de septiembre de 1960.

A partir de entonces se comenzó a integrar el Sistema Eléctrico Nacional, extendiendo la cobertura del suministro y acelerando la industrialización. El Estado mexicano adquirió los bienes e instalaciones de las compañías privadas, las cuales operaban con serias deficiencias por la falta de inversión y los problemas laborales.

Para 1961 la capacidad total instalada en el país ascendía a 3,250 MW. CFE vendía 25% de la energía que producía y su participación en la propiedad de centrales generadoras de electricidad pasó de cero a 54%.

En esa década la inversión pública se destinó en más de 50% a obras de infraestructura. Se construyeron importantes centros generadores, entre ellos los de Infiernillo y Temascal, y se instalaron otras plantas generadoras alcanzando, en 1971, una capacidad instalada de 7,874 MW.

Al finalizar esa década se superó el reto de sostener el ritmo de crecimiento al instalarse, entre 1970 y 1980, centrales generadoras que dieron una capacidad instalada de 17,360 MW.

Cabe mencionar que en los inicios de la industria eléctrica mexicana operaban varios sistemas aislados, con características técnicas diferentes, llegando a coexistir casi 30 voltajes de distribución, siete de alta tensión para líneas de transmisión y dos frecuencias eléctricas de 50 y 60 Hertz.

Esta situación dificultaba el suministro de electricidad, por lo que CFE definió y unificó los criterios técnicos y económicos del Sistema Eléctrico Nacional, normalizando los voltajes de operación, con la finalidad de estandarizar los equipos, reducir sus costos y los tiempos de fabricación, almacenaje e inventariado. Posteriormente se unificaron las frecuencias a 60 Hertz y CFE integró los sistemas de transmisión en el Sistema Interconectado Nacional.

En los años 80 el crecimiento de la infraestructura eléctrica fue menor que en la década anterior, principalmente por la disminución en la asignación de recursos a la CFE. No obstante, en 1991 la capacidad instalada ascendió a 26,797 MW.

A inicios del año 2000 se tenía ya una capacidad instalada de generación de 35,385 MW, cobertura del servicio eléctrico del 94.70% a nivel nacional, una red de transmisión y distribución de 614,653 kms, lo que equivale a más de 15 vueltas completas a la Tierra y más de 18.6 millones de usuarios, incorporando casi un millón cada año.

A partir octubre de 2009, CFE es la encargada de brindar el servicio eléctrico en todo el país.

El servicio al cliente es prioridad para la empresa, por lo que se utiliza la tecnología para ser más eficiente, y se continúa la expansión del servicio, aprovechando las mejores tecnologías para brindar el servicio aún en zonas remotas y comunidades dispersas.

CFE es reconocida como una de las mayores empresas eléctricas del mundo, y aún mantiene integrados todos los procesos del servicio eléctrico. (CFE, 2014)

Evolución en otros países

La estructura que se desarrolló en cada país difiere de acuerdo con los objetivos y los factores que motivaron la reestructuración de la industria eléctrica: 1) importantes compromisos de inversión para el desarrollo de estructura de generación, transmisión, distribución y suministro; 2) la introducción de mecanismos de competencia para incrementar la eficiencia de la industria eléctrica y mejorar la calidad de los servicios.

Sin tratar de hacer un análisis económico exhaustivo, los componentes básicos de una industria eléctrica competitiva son los siguientes:1) mercados eléctricos competitivos; 2) suministro y comercialización; 3) mercados paralelos de instrumentos para mitigar la volatilidad del precio; 4) regulación de actividades monopólicas; 5) acceso indiscriminado a las redes de trasmisión y distribución; 6) segmentación de actividades: a) desintegración vertical, mediante una separación jurídica o administrativa (la separación incluye: generación, transmisión, distribución y suministro de energía eléctrica); b) desintegración horizontal, por medio de la reducción de la participación en la industria de las empresas dominantes, particularmente en lo que se refiere a la concentración de la capacidad de generación.

Definición de conceptos

Los conceptos de reestructuración, privatización y regulación son utilizados de manera confusa. A continuación se cita una definición aplicable a los procesos de reforma de las industrias eléctricas.

  • Privatización: conjunto de políticas públicas que tiene por objeto reducir la intervención del Estado mediante la transferencia de bienes públicos a los sectores sociales y privados, primordialmente relacionadas con prestaciones de servicios públicos.
  • Reestructuración: se limita a la reorganización de la estructura de la industria eléctrica. Puede consistir en la desintegración vertical u horizontal de la industria y la introducción de esquemas de competencia y de selección de proveedores de servicio.
  • Regulación: función del Estado que abarca el conjunto de actividades vinculadas con la expedición de directivas administrativas tendiente a la ordenación del mercado en beneficio de los usuarios de servicios públicos prestados en red.

La reestructuración y la privatización son dos procesos independientes. En la experiencia extranjera se observa que se ha optado por instrumentar ambos conceptos en los procesos de reforma; por ejemplo, en Chile, Reino Unido, Argentina, Brasil y Colombia.

Los esquemas que tienen relación directa con la propiedad, la organización y la administración de la industria eléctrica pueden ser:

  • Propiedad pública. Su objetivo principal es contar con un sistema que proporcione servicio a todo el país o a una región entera. La planeación del sector eléctrico es responsabilidad única del Estado. Éste era el antiguo marco aplicable a México.
  • Propiedad privada. Utilizado en la mayor parte de Estados Unidos, permite al sector privado prestar el servicio eléctrico a todo el territorio a través de prácticas corporativas. El Estado sólo se dedica a inhibir abusos de los inversionistas. Lo han adoptado Chile, España, Gran Bretaña y Nueva Zelanda. Hacia allá se inclina la reforma mexicana.
  • Propiedad mixta. El Estado participa en algunas empresas de la industria eléctrica como accionista. Este esquema lo han adoptado algunas provincias de Canadá, Brasil y Colombia.

Los modelos que puede seguir México son los siguientes: a) monopolio, b) comprador único, c) competencia en mayoreo y d) competencia en menudeo. Pero parece inclinarse hacia los modelos de competencia en mayoreo y de competencia en menudeo, limitándose la CFE a ser un administrador de la red.

a) Monopolio. No contempla competencia en ninguna de las actividades de la industria eléctrica. Adoptado en sus inicios por la mayoría, actualmente es utilizado por pocos países (Costa Rica y Corea del Norte, entre ellos).

b) Comprador único. Se caracteriza por la existencia de competencia en la actividad de generación. Se permite la participación de diferentes empresas que compiten para vender su capacidad de generación y energía asociada al distribuidor de energía eléctrica.

Este modelo introduce competencia en la generación, fomentando la eficiencia en esta actividad, la cual generalmente representa la mayor parte de la factura eléctrica de los usuarios finales. Destaca la apertura de nuevos inversionistas que conlleva inversiones extrajeras en el monopolio.

Este modelo ha sido utilizado como un esquema de transición entre una estructura monopólica y un sistema con mayor apertura a la competencia. México contaba con un modelo de esta naturaleza..

c) Competencia en mayoreo. La distribución permanece como una actividad monopólica delimitada geográficamente. Los usuarios finales no cuentan con la libertad para elegir a su distribuidor.

Sólo las empresas de distribución y usuarios calificados pueden optar por participar en el mercado eléctrico y, por ende, seleccionar a su suministrador.

Este modelo tiene acceso abierto e indiscriminado a las líneas de transmisión y distribución de energía eléctrica y permite una mayor competencia en las actividades que involucran al sector eléctrico. Resulta más competitivo y más dinámico que el modelo de comprador único.

d) Competencia en menudeo. Considera el mayor grado de apertura y competencia en las industrias eléctricas al permitir que los consumidores, sin importar su tamaño ni sus características, puedan elegir al suministrador de energía, ya sea a través de un contrato directo con los generadores o por medio de los servicios de un comercializador.

Desarrollo

La reforma energética en materia eléctrica

Los principales acuerdos de la reforma energética en el sector eléctrico son los siguientes:

Como se puede apreciar, el reto no es menor, y el tiempo para tomar decisiones fundamentales ya está aquí. México cuenta con los recursos naturales; lo que se busca con la reforma constitucional, al igual que en el sector de los hidrocarburos, es sentar las bases constitucionales para que las leyes y el resto del marco jurídico aplicable a la industria eléctrica posibilite una mayor participación del sector privado, conservando la nación el control de las actividades que, por ser monopolio natural, conviene mantener dentro del control estatal.

Para lograr lo anterior, es indispensable alcanzar la desintegración horizontal de los procesos de generación, transmisión, distribución y comercialización de energía eléctrica, por lo cual el Estado se deberá convertir en el operador del sistema eléctrico nacional que, a través del Ejecutivo federal, dictará las políticas en materia energética. Se reservarán exclusivamente para el Estado las materias relativas a la operación del sistema y la transmisión y distribución de la energía eléctrica, pudiendo al efecto contratar con particulares, en los términos que establezcan las leyes, mismas que habrán de determinar la forma en que éstos podrán participar en las demás actividades de la industria eléctrica, y se abrirán a la competencia la generación y la comercialización.

El decreto de reformas constitucionales que se dictamina, al igual que en tratándose del petróleo y demás carburos de hidrógeno sólidos, líquidos y gaseosos, contempla obligaciones puntuales tanto para el Congreso de la Unión como para el Ejecutivo federal, con el fin de sentar las bases constitucionales para un adecuado y decidido apoyo a la industria eléctrica.

El decreto de reformas constitucionales establece ciertas obligaciones para el Poder Legislativo federal. Específicamente, en un plazo de ciento veinte días naturales siguientes a la entrada en vigor del decreto aludido, el Congreso de la Unión deberá realizar las adecuaciones que resulten necesarias al marco jurídico, a fin de establecer en las leyes las distintas competencias tanto de la secretaría del ramo en materia de energía como de la CFE, en materia de electricidad.

Por otra parte, en el plazo antes señalado, el Congreso de la Unión deberá realizar las adecuaciones al marco jurídico, con el fin de regular las modalidades de contratación para que los particulares, por cuenta de la nación, lleven a cabo, entre otros, el financiamiento, instalación, mantenimiento, gestión, operación y ampliación de la infraestructura necesaria para prestar el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica, en términos de lo dispuesto en el decreto que aquí se dictamina.

Dentro del plazo de doce meses siguientes a la entrada en vigor de la ley reglamentaria de la industria eléctrica, el Ejecutivo federal deberá proveer la creación del organismo público descentralizado denominado Centro Nacional de Control de Energía, encargado del control operativo del sistema eléctrico nacional; de operar el mercado eléctrico mayorista, y del acceso abierto y no indebidamente discriminatorio a la red nacional de transmisión y a las redes generales de distribución.

El Ejecutivo federal deberá proveer lo conducente para que la CFE transfiera los recursos materiales y humanos que el Centro Nacional de Control de Energía requiera para el cumplimiento de sus facultades.

Lo anterior, en virtud de que, al abrir plenamente el sector eléctrico a la competencia en las actividades de generación y comercialización de energía eléctrica, se espera la concurrencia de una pluralidad de participantes que invertirán en infraestructura de generación y que requerirán que la energía que produzcan llegue a los consumidores a través de la red nacional de transmisión y de las redes generales de distribución cuyo control mantendrá el Estado. En virtud de que el Estado seguirá generando energía eléctrica, se creará un organismo público descentralizado a fin de garantizar que la operación del sistema eléctrico nacional se lleve a cabo con imparcialidad, permitiendo el acceso abierto y no discriminatorio a las redes eléctricas.

Es importante que el control del sistema eléctrico nacional se ejerza por un operador neutral respecto de los participantes del mercado eléctrico para asegurar su imparcialidad. Esta separación garantiza que la coordinación de las centrales eléctricas se realice bajo criterios de mínimo costo para el sistema, erradicando los conflictos de interés y evitando favorecer indebidamente a una empresa de generación específica.

Por lo anterior, el Centro Nacional de Control de Energía ejercerá el control operativo del sistema, para lo cual determinará las centrales eléctricas que operarán en cada momento y los niveles de producción, e instruirá las operaciones necesarias en las redes de transmisión y distribución para mantener la seguridad, confiabilidad, calidad y continuidad, así como la eficiencia de la producción.

El director general de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), Francisco Rojas, afirmó que la reforma energética permitirá clarificar y delimitar los procesos del sector eléctrico sin privatizar la dependencia.

Durante su participación en el 27 Congreso Nacional de Ingeniería Civil, organizado por el Colegio de Ingenieros Civiles de México (CICM), dijo que también dará certeza jurídica constitucional a las inversiones públicas y privadas; hará posible la baja de los precios de luz y transparentará el costo real del porteo y de los subsidios.

Con ello, abundó, se garantizará que la electricidad llegue a las comunidades más apartadas del país con un impulso al crecimiento exponencial de los centros urbanos, aumentando la participación de las energías renovables.

Destacó que la reforma energética también hará posibles los apoyos económicos que son indispensables para que el sector eléctrico crezca al tamaño de la demanda, y permitirá que en un escenario de competencia real sobrevivirán los más capaces, con la confianza de que la CFE será la mejor.

El funcionario expuso que el Ejecutivo y la CFE tienen la responsabilidad de que los dos objetivos rectores del proceso eléctrico deben: garantizar la suficiencia energética para la industria, el comercio y los servicios.

Así como asegurar que la gente tenga electricidad en sus casas, en el marco de la rectoría del Estado, contribuyendo así a mejorar la competitividad de la economía del país, informó en un comunicado.

Razones que han impulsado a la reforma

  1. Privatización. Por severas restricciones presupuestarias, se busca la inversión pública con la privada.
  2. Avances tecnológicos. Menores costos, reducción de economías de escala y de tiempos de construcción han facilitado la coordinación eficiente de un mayor número de participantes en la industria eléctrica, en beneficios de sus usuarios.
  3. Regulación ambiental. Se fomenta la utilización de fuentes primarias energéticas que representen menores impactos ecológicos. Se proponen menores emisiones de contaminantes a la atmósfera. Esta intención ha sido clara en la reforma energética aprobada el 13 de diciembre de 2013 en el Congreso de la Unión (en lo sucesivo la reforma energética).
  4. La competencia como medio. Fomentar una mayor eficiencia en la industria eléctrica con el fin de producir beneficios para la población en general.

La transformación ha representado la reducción en el precio y el incremento en la calidad de los servicios.

Evaluación de la reforma

De acuerdo con el artículo 26 transitorio del ordenamiento que permite el cambio de adscripción, PEMEX y la CFE tendrán un régimen presupuestario especial y estarán sujetas al balance financiero y al techo de servicios personales que, a propuesta de la Secretaría de Hacienda, apruebe el Congreso de la Unión.

Por lo pronto, se advierte que la aún empresa pública que provee de electricidad al país tiene un capital negativo de 77,000 millones de pesos; es decir, se encuentra en un escenario de quiebra técnica, pues la firma perdió 6,000 millones en el tercer trimestre del año.

El problema es que el escenario que enfrenta la coloca en la ruta de ‘nacida para perder’, desentendido el Estado de apuntalar su infraestructura tras la apertura que permitió la inconstitucional Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica aprobada en 1988.

La mayoría de sus plantas tiene una antigüedad de 30 años, utilizando combustibles o combustóleos que resultan extremadamente costosos, en un abanico que incluye desde carbón hasta coque de petróleo. Y si le seguimos, sus redes de transmisión y distribución provocan fugas colosales que en 2010 alcanzaron 12 por ciento del total. Solamente en el proceso de enviar la energía a la red se provocan pérdidas colosales.

Aunque el nuevo escenario permite la posibilidad de que empresas privadas nacionales y extranjeras se lancen a la comercialización directa de energía, pareciera misión imposible que esté en opción de cubrir las inversiones requeridas para modernizar la red. Bajo la ilegal apertura que se inició en el sexenio salinista, las empresas privadas pueden generar energía eléctrica con varias posibilidades que van desde la autogeneración hasta la figura de productor externo de energía, en cuyo caso la energía producida se le vende a la Comisión Federal de Electricidad.

Hasta hoy han surgido en la modalidad 21 empresas, que poco a poco han ido ganando terreno hasta representar 20 por ciento de la generación nacional. Naturalmente, ninguna de las firmas utiliza tecnología obsoleta. Dicho con todas las letras, su generación se hace por vía de ciclo combinado, utilizando gas natural como combustible: por vía eólica, por vía solar o por alguna otra modalidad que les permite un costo de producción infinitamente menor al de la CFE.

Colocada a fuego cruzado frente a la apertura total en el sector, se diría que el destino de la CFE será convertirla en una agencia de cobranzas de la clientela mayoritaria, en tanto la función del Estado se constreñirá a administrar el Centro Nacional de Control de Energía como organismo público descentralizado encargado de controlar el sistema eléctrico nacional

Si a Luz y Fuerza del Centro la desparecieron por decreto, a la Comisión Federal de Electricidad la llevan al paredón. Quién se acuerda ya que el 27 de septiembre de 1961 el presidente Adolfo López Mateos nacionalizó la industria eléctrica.

Reforma Energética de México Decreto y Régimen Transitorio aprobados por el Congreso de la Unión

Artículo 25 constitucional

El Gobierno Federal mantendrá la propiedad y el control sobre los organismos y las Empresas Productivas del Estado.

  • La Planeación y control del Sistema Eléctrico Nacional; el servicio público de transmisión y distribución de electricidad, y la exploración y extracción de petróleo y demás hidrocarburos, serán llevados a cabo por la Nación conforme al 27 Constitucional.
  • Respecto de dichas actividades la ley normará la administración, organización, funcionamiento, procedimientos de contratación, remuneraciones de personal y demás actos jurídicos, para garantizar su eficacia, eficiencia, honestidad, productividad, transparencia y rendición de cuentas, con base en las mejores prácticas.
  • Bajo criterios de equidad social, productividad y sustentabilidad se apoyará a las empresas de los sectores social y privado.
  • Se establece la obligación pública de conducir el desarrollo (Incluido el industrial), de manera sustentable

Artículo 27 constitucional

  • Tratándose de minerales radioactivos, no se otorgarán concesiones.
  • Corresponde a la Nación, la planeación y control del Sistema Eléctrico Nacional y el servicio público de transmisión y distribución, no pudiendo otorgar concesiones
  • En las demás actividades de la industria eléctrica, los particulares podrán participar mediante contratos con el Estado.
  • Tratándose de petróleo y carburos de hidrógeno sólido; líquido o gaseoso en el subsuelo, la propiedad de la Nación es inalienable e imprescriptible y no se otorgarán concesiones.
  • En los términos de la Ley Reglamentaria, la Nación llevará a cabo las actividades de exploración y extracción mediante asignaciones a Empresas Productivas del Estado o a través de contratos de éstas con particulares.
  • Los organismos del Estado podrán contratar con particulares para cumplir con el objeto de las asignaciones o contratos.
  • La propiedad de la Nación sobre los hidrocarburos en el subsuelo deberá expresarse en las asignaciones o contratos

Artículo 28 constitucional

  • No constituirán monopolios las funciones que el Estado ejerza de manera exclusiva en las siguientes áreas estratégicas: (…); la planeación y control del sistema eléctrico nacional y el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica, y la exploración y extracción de petróleo y de los demás hidrocarburos; petroquímica básica; (…); (…), en los términos de los párrafos sexto y séptimo del artículo 27 de esta Constitución.
  • El Estado contará con un fideicomiso público denominado Fondo Mexicano del Petróleo para la estabilización y desarrollo, cuya fiduciaria será el Banco de México, para recibir, administrar y distribuir los ingresos de las asignaciones y contratos, a excepción de los impuestos.
  • El Poder Ejecutivo contará con los órganos reguladores coordinados en materia energética denominados Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH) y Comisión Reguladora de Energía (CRE).

Empresas productivas del Estado

Las leyes establecerán forma y plazos para que Pemex y CFE se conviertan en Empresas Productivas del Estado.

Durante esta transición Pemex y Subsidiarios podrán recibir asignaciones y celebrar contratos .CFE, por su parte, podrá celebrar contratos de transmisión y distribución eléctrica.

Modalidades de contratación

En 120 días se reformará el marco jurídico para establecer y regular:

  • Las modalidades de contratación para llevar a cabo por cuenta de la Nación la exploración y extracción, incluidas las de las Empresas Productivas con particulares.
  • Las modalidades de contratación deberán ser, entre otras: i) De servicios; ii) de utilidad compartida; iii) de producción compartida, o iv) de licencia.
  • En cada caso, el Estado definirá el modelo contractual para Maximizar los ingresos.
  • Las modalidades de contraprestaciones que pagará el Estado a sus Empresas Productivas o a los particulares, serán entre otras: i) con efectivo para los contratos de servicios ii) con un porcentaje de la utilidad para los contratos de utilidad compartida; iii) con un porcentaje de la producción, para los contratos de producción compartida, iv) con la transmisión onerosa (pago en dinero) de los hidrocarburos extraídos, para los contratos de licencia, ó v) una combinación de las anteriores.
  • Las contraprestaciones y contribuciones a cargo de las Empresas Productivas o los particulares, y los pagos a la Nación por los productos extraídos que se transfieran a las Empresas Productivas o particulares.

Reportes contables

Las Empresas Productivas con asignaciones o contratos; Pemex y Subsidiarios durante la transición, y los particulares con contratos con el Estado o Empresas Productivas para exploración y extracción, podrán reportar para efectos contables y financieros los beneficios esperados, siempre que en el contrato conste que todos esos recursos naturales en el subsuelo son propiedad de la Nación.

Ronda cero

La Secretaría de Energía (SENER) con asistencia técnica de la Comisión Nacional de Hidrocarburos (CNH), adjudicará a Pemex las asignaciones.

Pemex solicitará a SENER dentro de los 90 días posteriores a la entrada en vigor de la reforma constitucional la asignación de áreas para exploración y campos para producción conforme a sus capacidades.

Cadenas productivas

Se promoverá la participación de cadenas productivas nacionales y locales; se establecerán en ley los porcentajes mínimos de contenido nacional en la proveeduría sujetándose a los tratados y acuerdos comerciales, y se fomentará la Industria Nacional en estas materias.

Interés social y orden público

Las actividades de exploración y extracción y el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica se consideran de interés social y orden público. Tendrán preferencia sobre cualquier otro que implique el aprovechamiento de la superficie o del subsuelo; de la misma forma, cuando técnicamente sea posible, se facilitará la coexistencia con otras actividades.

Procedimientos de adjudicación de contrato y asignaciones

Dentro del plazo de 120 días, se modificarán las normas para garantizar que los contratos sean otorgados por medio de mecanismos transparentes, debiendo las bases y reglas relativas al procedimiento, ser difundidas y públicamente consultables.

La ley también preverá:

  • Que los contratos cuenten con cláusula de transparencia para consulta pública;
  • Auditorías externas para supervisar la recuperación; costos incurridos y contabilidad, y
  • Divulgación de contraprestaciones, contribuciones y pagos.

La Comisión Reguladora de Energía (CRE), para:

  • Regular y otorgar permisos para almacenamiento, transporte y distribución por ductos de petróleo, gas natural, gas natural comercial, productos petrolíferos, así como de etano, propano, butano, y naftas;
  • Regular y otorgar permisos para el transporte de petroquímicos por ducto;
  • Regular el acceso de terceros a los ductos de transporte y al almacenamiento de hidrocarburos y sus derivados;
  • Regular y otorgar permisos de generación de electricidad;
  • Regular y autorizar tarifas de proteo para transmisión y distribución eléctrica; y,
  • Regular ventas de primera mano.

La SHCP para:

Establecer las condiciones económicas de las licitaciones y contratos, así como los correspondientes términos fiscales.

SENER; CNH y CRE tendrán competencia para sancionar en los casos que las leyes prevean.

SENER y órganos reguladores deberán estar coordinados en los términos que la ley prevea.

Servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica

El Congreso preverá en la legislación las modalidades de contratación para que los particulares por cuenta de la Nación, lleven a cabo, entre otros, el financiamiento, instalación, mantenimiento; gestión, operación y ampliación de la infraestructura para prestar el servicio público de transmisión y distribución de energía eléctrica.

Decretos para la creación de los Centros Nacionales, del Control del Gas Natural y para el Control de la Energía Eléctrica

En un plazo de doce meses, a partir de la entrada en vigor de la ley reglamentaria del Artículo 27 Constitucional del Ramo del Petróleo, se deberá emitir:

  • El decreto de creación del organismo descentralizado denominado Centro Nacional de Control del Gas Natural, que operará el sistema nacional de ductos de transporte y almacenamiento.
  • Pemex y subsidiarios transferirán los recursos para que el Centro adquiera y administre la infraestructura correspondiente, así como los contratos que tengan suscritos.
  • El decreto de creación del organismo descentralizado denominado Centro Nacional de Control de Energía, que lo faculta como encargado del control operativo del sistema eléctrico nacional, de la operación del mercado eléctrico mayorista, del acceso abierto y no discriminatorio, y demás facultades.
  • CFE transferirá los recursos que requiera para el cumplimiento de sus facultades.

Protección del medio ambiente

En un plazo de 365 días, se adecuará el marco jurídico para promover la protección y cuidado del medio ambiente, mediante: i) la eficiencia en el uso de energía; ii) la disminución en la generación de gases y compuestos de efecto invernadero; iii) la eficiencia en el uso de recursos naturales; iv) la baja generación de residuos y emisiones; y, v) menor huella de carbono.

Los participantes de la industria eléctrica, tendrán la obligación del uso de energías limpias, y reducción de contaminantes.

Sanciones

Las leyes deberán prevenir, identificar y sancionar severamente a los asignatarios, contratistas, permisionarios, servidores públicos y toda persona física o moral, pública o privada, nacional o extranjera, cuando realicen actos u omisiones con el objeto de influir en la toma de decisiones de las Empresas Productivas, para la obtención de un beneficio económico personal.

Conclusión

Lo bueno: mayor apertura en el sector

Los legisladores hicieron una propuesta más ambiciosa que la del Ejecutivo en materia de energía eléctrica para que particulares entren en la generación y comercialización.

En el dictamen que mandó el Senado y no fue alterado por los diputados, sí se hizo una propuesta más ambiciosa en el mercado de energía eléctrica, como debería ser. La comercialización de la energía eléctrica puede ser un mercado de competencia también, como pasa con los gaseros, comenta Miguel Ángel Toro, del CIDAC. (http://www.excelsior.com.mx/nacional/2013/12/19/934644, 2014)

Lo malo: no hay condiciones idóneas de competencia

El Estado seguirá teniendo la rectoría del sistema eléctrico nacional, y el marco regulatorio caerá en la Secretaría de Energía (Sener), cuando debió ser en un organismo público autónomo, considera el especialista.

Finalmente, la Sener sigue siendo una secretaría del Ejecutivo, que son los dueños de la CFE. ¿Cómo va a competir con los demás jugadores? Cuando hay captura regulatoria no hay beneficios tan grandes.,

Para ver realmente el efecto de la reforma energética, será a largo plazo, debido a que un se debe de analizar las leyes regulatorias para la aplicación de la misma y se pueda analizar si efectivamente puede cumplir con las expectativas esperadas tales como:

Bajar las tarifas eléctricas, el precio del gas y alimentos.

Lograr tasas de restitución de reservas probadas petróleo y gas superiores a 100%.

Aumentar la producción de petróleo, de 2.5 millones de barriles diarios actuales, a 3 millones en 2018, y 3.5 millones en 2025, obteniendo más dinero para escuelas, hospitales, carreteras, programas e inversiones públicas.

Aumentar la producción de gas natural de los 5 mil 700 millones de pies cúbicos diarios que se generan actualmente, a 8 mil millones en 2018, y a 10 mil 400 millones en 2025.

Referencias

Cita esta página

de derecho Equipo. (2014, mayo 14). Análisis del beneficio de la reforma energética en México. Recuperado de https://www.gestiopolis.com/analisis-del-beneficio-de-la-reforma-energetica-en-mexico/
de derecho Equipo. "Análisis del beneficio de la reforma energética en México". gestiopolis. 14 mayo 2014. Web. <https://www.gestiopolis.com/analisis-del-beneficio-de-la-reforma-energetica-en-mexico/>.
de derecho Equipo. "Análisis del beneficio de la reforma energética en México". gestiopolis. mayo 14, 2014. Consultado el . https://www.gestiopolis.com/analisis-del-beneficio-de-la-reforma-energetica-en-mexico/.
de derecho Equipo. Análisis del beneficio de la reforma energética en México [en línea]. <https://www.gestiopolis.com/analisis-del-beneficio-de-la-reforma-energetica-en-mexico/> [Citado el ].
Copiar

Escrito por:

Imagen del encabezado cortesía de anktsunamunh en Flickr