Teoría general del derecho comparado

I. PROBLEMA 1. Idea, tema y título – 1.1. Idea 

Muchos comparatistas confunden el derecho comparado con la comparación, por lo tanto, concluyen que la indicada disciplina jurídica se limita a simples comparaciones, por lo tanto, dejan de lado otras instituciones comparatistas, dentro de las cuales podemos citar el caso de la recepción, transplante, fusión, escisión, constitución, reorganización, transformación, influencia, exportación importación, migración, entre otras.

1.2. Tema

Se desarrollará la parte general del Derecho Comparado.

1.3. Título

Teoría General del Derecho Comparado.

2. Formulación del problema

Los comparatistas no tienen libros especializados en el estudio de la teoría general del derecho comparado, lo cual atenta contra la investigación en tan importante disciplina jurídica, incluso se ha advertido que muchos de los libros de derecho comparado consideran al mismo como una simple comparación de derechos de diferentes países, y otros llegan al extremo de considerar al indicado como la simple comparación de leyes de varios países, por ejemplo cuando comparan el Código Penal peruano de 1991 con el Código Penal español de 1995, o el Código Civil peruano de 1984 con el Código Civil español de 1889, o la Constitución Política peruana de 1993 con la Constitución Política española de 1978, o el Código Civil peruano de 1984 con el Código Civil italiano de 1942, Código Civil francés de 1804 y con el Código Civil alemán de 1896, vigente a partir de 1900, entre otros tantos supuestos de comparación legal internacional, que si bien es cierto son casos importantes de derecho comparado, también es cierto que no son toda el indicado, sino que existen otros casos como la comparación de jurisprudencia, ejecutorias, realidad social, costumbre, principios, doctrina, manifestación de voluntad, entre otros supuestos.

Además debe tenerse en cuenta que además de la comparación existen otras instituciones del derecho comparado, las cuales pueden aplicar a todas las fuentes del derecho y a todas las ramas del mismo.

Todo lo indicado determina que los legisladores, operadores jurídicos, investigadores, profesores, doctrinarios, académicos, y demás agentes que se desenvuelven no cuenten con herramientas que les sea de utilidad en su labor.

3. Objetivos de la investigación

Los objetivos de la presente investigación son los siguientes:

  • Conocer las instituciones del derecho comparado.
  • Demostrar que el derecho comparado, no se limita a la simple comparación de derecho.
  • Demostrar que el derecho comparado no sólo es internacional.
  • Publicar sobre temas de la teoría general del derecho comparado.

4. Justificación

Se justifica la presente investigación por los siguientes motivos:

  • El estudio de la teoría general del derecho comparado se encuentra descuidado dentro del derecho comparado.
  • Muchos abogados consideran que no existe la teoría general del derecho comparado.
  • Es necesario conocer la teoría general del derecho comparado para estudiar cualquiera de las disciplinas jurídicas del indicado.
  • Todo comparatista debe dominar la teoría general del derecho comparado.
  • Muchos comparatistas desconocen que el derecho comparado se divide en dos partes que son las siguientes: teoría general del derecho comparado y aplicación del derecho comparado.

5. Limitaciones

Las grandes limitaciones del presente trabajo de investigación han sido principalmente las siguientes:

  • Carecer de estudios de otros idiomas, pero con nivel técnico jurídico, el cual es distinto a la traducción pública juramentada.
  • No haber cursado estudios de doctorado en derecho comparado, maestría en derecho comparado, cursos de post grado en derecho comparado, diplomados en derecho comparado, cursos de especialización en derecho comparado, entre otros tantos.
  • Tener en la República Peruana pocos libros de derecho comparado.
  • Carecer en el estado peruano de bibliotecas especializadas en derecho comparado.
  • Los estudios de derecho comparado son escasos, sobre todo en el idioma castellano.
  • Existen pocos profesores que dominen el derecho comparado.
  • El derecho comparado es estudiado poco como disciplina jurídica autónoma, pero si es bastante estudiado como un tema dentro de la teoría general del derecho.

II. MARCO TEORICO 6. Estado del arte

En la actualidad el tema estudiado se encuentra bastante descuidado dentro del derecho peruano y ocurre algo similar en el derecho extranjero, lo cual genera una serie de problemas a los comparatistas, porque carecen de libros actuales, y esto les impide investigar de la manera mas adecuada sobre temas de derecho comparado.

7. Fundamentos teóricos

El derecho comparado no se limita a la simple comparación de leyes, sino que va mas allá, y resulta propicia la oportunidad para aclarar que la comparación es una de las varias instituciones del derecho comparado, la cual puede aplicarse a cualquier fuente del derecho y a cualquier rama del mismo.

III. HIPOTESIS 8. Elaboración de hipótesis

Las hipótesis del presente proyecto son las siguientes:

  • A mayor difusión de la teoría general del derecho comparado, es probable que exista mejor entendimiento del indicado.
  • A mayor cantidad de publicaciones sobre el tema indicado, es muy probable que exista menos problemas para los legisladores, y operadores jurídicos, entre otros.
  • A mayores estudios del tema en mención, es probable que sea más sencillo el estudio y aplicación del derecho comparado.
  • A mayor número de cátedras de teoría general del derecho comparado es probable que su enseñanza sea más sencilla.

9. Operacionalización de las variables

9.1. Primera hipótesis

Variable independiente:

Mayor difusión de la teoría general del derecho comparado.

Variable dependiente:

Mejor entendimiento del indicado.

9.2. Segunda hipótesis

Variable independiente:

Mayor cantidad de publicaciones sobre el tema indicado.

Variable dependiente:

Menos problemas para los legisladores, y operadores jurídicos, entre otros.

9.3. Tercera hipótesis

Variable independiente:

Mayores estudios del tema en mención.

Variable dependiente:

Más sencillo el estudio y aplicación del derecho comparado.

9.4. Cuarta hipótesis

Variable independiente:

Mayor número de cátedras de teoría general del derecho comparado.

Variable dependiente:

Su enseñanza será más sencilla.

IV. METODOLOGIA 10. Diseño de técnicas de recolección de información

Para la recolección de información se utilizará fichas, pero no en soporte papel, sino en soporte electrónico, recurriendo para ello a programas informáticos especialmente diseñados para dicha labor. Además cuando corresponda se hará uso de las notas a pie o notas al calce, lo cual hará sencillo ejercitar el derecho de cita, porque se debe respetar los derechos de autor.

11. Determinar población y muestra

No se desarrolla porque este ítem es sólo para las investigaciones aplicadas y la que pretendemos realizar es de tipo dogmática.

12. Técnicas de análisis

Se hará introducción al tema, pero con diferentes enfoques, además se agrupará las instituciones del derecho comparado para estudiarlas por separado y finalmente se aplicarán estos conocimientos para el estudio de cada institución del derecho comparado por separado, y lo mismo ocurre con cada rama del derecho comparado y por cada fuente del derecho.

13. Indice temático del proyecto

Capítulo I: Generalidades

Capítulo II: Generalidades (Continuación)

Capítulo III: Generalidades (Continuación)

Capítulo IV: Generalidades (Continuación)

Capítulo V: Generalidades (Continuación)

Capítulo VI: Generalidades (Continuación)

Capítulo VII: Generalidades (Continuación)

Capítulo VIII: Generalidades (Continuación)

Capítulo IX: Definiendo Términos de derecho comparado

Capítulo X: Clases de recepción jurídica

Capítulo XI: Clases de recepción jurídica

Capítulo XII: Clases de recepción

Capítulo XIII: Algunos supuestos de coparación jurídica

Capítulo XIV: Algunos supuestos de recepción jurídica y de derecho comparado

Capítulo XV: A propósito de la comparación jurídica interna

Capítulo XVI: Ramas y disciplinas jurídicas del derecho comparado Capítulo XVII: Teoría general del derecho privado comparado

Capítulo XVIII: Teoría general del derecho empresarial comparado

Capítulo XIX: Sistemas jurídicos

Capítulo XX: Ignorancia del derecho comparado

Capítulo XXI: Consecuencias de la aplicación del derecho comparado

Capítulo XXII: Temas de derecho comparado

Capítulo XXIII: Diferencias entre el derecho comparado y otras disciplinas jurídicas

Capítulo XXIV: Características del derecho comparado

Capítulo XXV: Derecho comparado y fuentes del derecho

Capítulo XXVI: Comparación de sistemas legales y derecho comparado

Capítulo XXVII: Codificación

Capítulo XXVIII: Exportación e importación de derecho

Capítulo XXIX: Teorías acerca del derecho comparado

Capítulo XXX: Comparación jurídica y derecho comparado Capítulo XXXI: Recepción jurídica y derecho comparado

Capítulo XXXII: Instituciones jurídicas del derecho comparado

Capítulo XXXIII: Aclimatación de derecho: a propósito del derecho comparado

Capítulo XXXIV: Inclusión en el derecho comparado

Capítulo XXXV: Fusión de derecho y escisión de derecho: a propósito

de la reorganización de derecho aplicable al derecho comparado

Capítulo XXXVI: Clases de derecho comparado

Capítulo XXXVII: Clases de derecho comparado

Capítulo XXXVIII: Aplicación de la recepción, transplante, importación, exportación e incorporación jurídicas: a propósito del derecho comparado

Capítulo XXXIX: Utilidad del derecho comparado

Capítulo XXXX: Derecho comparado

Capítulo XXXXI: Iniciación al estudio del derecho comparado

Capítulo XXXXII: Jurisprudencia: un estudio de derecho comparado

Capítulo XXXXIII: Derecho público, derecho privado y derecho social

Capítulo XXXXIV: Derecho comparado y derecho extranjero Capítulo XXXXV: Copiar en el derecho comparado

Capítulo XXXXVI: Método comparativo: un estudio de derecho comparado

Capítulo XXXXVII: Derecho comparado

Capítulo XXXXVIII: Valores: un estudio de Derecho comparado

Capítulo IL: Química: un estudio de Derecho comparado

Capítulo L: Deportes: un estudio de Derecho comparado

Capítulo LI: Enfermería: un estudio de Derecho comparado Capítulo LII: Filosofía: un estudio de Derecho comparado

Capítulo LIII: Informática: un estudio de Derecho comparado

Capítulo LIV: Grafotecnia: un estudio de Derecho comparado

Capítulo LV: Administración: un estudio de Derecho comparado Capítulo LVI: Contabilidad: un estudio de Derecho comparado Capítulo LVII: Costumbre: un estudio de Derecho comparado Capítulo LVIII: Doctrina un estudio de Derecho comparado

Capítulo LIX: Economía: un estudio de Derecho comparado

Capítulo LX: Ejecutorias: un estudio de Derecho comparado Capítulo LXI: Finanzas: un estudio de Derecho comparado

Capítulo LXII: Ingenierías: un estudio de Derecho comparado

Capítulo LXIII: Instituciones jurídicas: un estudio de Derecho comparado

Capítulo LXIV: Jurisprudencia: Un estudio de derecho comparado Capítulo LXV: Ley: un estudio de Derecho comparado

Capítulo LXVI: Literatura: un estudio de Derecho comparado

Capítulo LXVII: Manifestación de voluntad: un estudio de Derecho comparado

Capítulo LXVIII: Matemática: un estudio de Derecho comparado Capítulo LXIX: Medicina: un estudio de Derecho comparado

Capítulo LXX: Periodismo: un estudio de Derecho comparado

Capítulo LXXI: Política: un estudio de Derecho comparado

Capítulo LXXII: Derecho privado comparado Capítulo LXXIII: Derecho civil comparado Capítulo LXXIV: Derecho de personas comparado

Capítulo LXXV: Derecho de acto juridico comparado

Capítulo LXXVI: Derecho de sucesiones comparado

Capítulo LXXVII: Derechos reales comparado

Capítulo LXXVIII: Derecho de obligaciones comparado

Capítulo LXXIX: Fuentes de las obligaciones comparadas

Capítulo LXXX: Derecho internacional privado comparado

Capítulo LXXXI: Derecho registral comparado

Capítulo LXXXII: Derecho civil extrapatrimonial comparado

Capítulo LXXXIII: Derecho civil patrimonial comparado

Capítulo LXXXIV: Derecho mercantil comparado

Capítulo LXXXV: Derecho societario comparado

Capítulo LXXXVI: Derecho cambiario comparado

Capítulo LXXXVII: Derecho cartular comparado

Capítulo LXXXVIII: Derecho de quiebras comparado

Capítulo LXXXIX: Derecho concursal comparado

Capítulo XC: Derecho de comunicaciones comparado

Capítulo XCI: Derecho de las telecomunicaciones comparado

Capítulo XCII: Derecho bursátil comparado

Capítulo XCIII: Derecho aeronautico comparado

Capítulo XCIV: Derecho de internet comparado

Capítulo XCV: Derecho de las tecnologias de la informacion y comunicaciones comparado

Capítulo XCVI: Derecho industrial comparado

Capítulo XCVII: Derecho marcario comparado

Capítulo XCVIII: Derecho de patentes comparado

Capítulo IC: Derecho comercial internacional comparado

Capítulo C: Derecho maritimo comparado Capítulo CI: Derecho lacustre comparado Capítulo CII: Derecho publico comparado

Capítulo CIII: Derecho procesal comparado

Capítulo CIV: Derecho procesal civil comparado

Capítulo CV: Derecho procesal penal comparado

Capítulo CVI: Derecho procesal constitucional comparado

Capítulo CVII: Derecho procesal familiar comparado

Capítulo CVIII: Derecho procesal comercial comparado

Capítulo CIX: Derecho procesal registral comparado

Capítulo CX: Derecho procesal notarial comparado

Capítulo CXI: Derecho constitucional comparado

Capítulo CXII: Derecho tributario comparado

Capítulo CXIII: Derecho aduanero comparado

Capítulo CXIV: Derecho administrativo comparado

Capítulo CXV: Derecho notarial comparado

Capítulo CXVI: Derecho político comparado

Capítulo CXVII: Derecho internacional público comparado

Capítulo CXVIIII: Derecho municipal comparado

Capítulo CXIX: Derecho constitucional comparado

Capítulo CXX: Derecho consular comparado

Capítulo CXXI: Derecho diplomatico comparado

Capítulo CXXII: Derecho mixto comparado

Capítulo CXXIII: Derecho laboral comparado

Capítulo CXXIV: Derecho minero comparado

Capítulo CXXV: Derecho familiar comparado

V. ASPECTOS ADMINISTRATIVOS 14. Recursos humanos

Los recursos humanos para la presente investigación serán los siguientes:

  • – Será el autor de la tesis a realizarse.
  • – Será la persona que digite cuando corresponda digitar citas.
  • Corrector de textos.- Será la persona que corregirá los textos digitados por el investigador y digitador.
  • Personal de impresión.- Es la persona que imprimirá el informe de investigación.
  • – Es la persona que empastará la tesis.
  • Diseñador de diapositivas.- Es la persona que se ocupará de diseñar las diapositivas para sustentar el trabajo de investigación.

15. Presupuesto

El presupuesto para la investigación será el siguiente:

  • Digitador: tipeo de mil páginas mil nuevos soles.
  • Corrector de textos: corrección de tres mil páginas diez mil nuevos soles.
  • Impresión: impresión de 30,000 páginas tres mil nuevos soles.
  • Empastador: cincuenta empastes quinientos nuevos soles.
  • Dispositivas: diseño de veinte diapositivas doscientos nuevos soles.
  • Libros: seis mil nuevos soles para la compra de libros y tratados.
  • Pasajes: quinientos nuevos soles. 8) Otros gastos: mil nuevos soles.

Presupuesto total: veintidós mil doscientos cincuenta nuevos soles.

16. Cronograma

El cronograma de actividades es el siguiente:

Proyecto de tesis: setiembre 2010.
Compra de libros: octubre 2010.
Digitación: hasta marzo 2011.
Corrección: abril 2011.
Impresión: mayo 2011.
Empastado: junio 2011.
Diapositivas: julio 2011.
Sustentación: 2012.

VI. BIBLIOGRAFIA 1. Tratados

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  • TORRES MANRIQUE, Fernando Jesús. Tratado de Derecho Notarial y

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10)TORRES GONZA, Isaac. De las Escuelas del Derecho. En: Revista de Ciencias Jurídicas & Medios Alternativos de Resolución de Conflictos. Pag. 79. Lima Perú.

11)TORRES MANRIQUE, Fernando Jesús. Análisis Económico del Derecho. Reflexiones sobre los incentivos y desincentivos. En Suplemento Hechos y Derechos de Editora Normas Legales S.A.C. Número 41. Febrero del 2006.

12)TORRES MANRIQUE. Fernando Jesús. Calificación de documentos judiciales. En: Temas de Derecho Registral. Tomo IV. Superintendencia Nacional de los Registros Públicos SUNARP. Pag. 75. Lima Perú. Noviembre 2000.

13)TORRES MANRIQUE, Fernando Jesús. Codificación en el Derecho Peruano. En: Revista de Ciencias Jurídicas y Medios Alternativos de Resolución de Conflictos. Número 1. Año 1. Lima Perú.

14)TORRES MANRIQUE, Fernando Jesús. El Registro reduce los costos de transacción. En: Revista de Ciencias Jurídicas y Medios Alternativos de Resolución de Conflictos. Número 1. Año 1. Lima Perú. Pag. 76.

15)TORRES MANRIQUE, Fernando Jesús. Investigación Jurídica. Trabajo por publicar.

16)TORRES MANRIQUE, Fernando Jesús. La calificación registral de documentos judiciales. En: Revista Crìtica de Derecho Inmobiliario. Año LXXXI. Mayo-Junio 2005. Nùmero 689. Pag. 927. Madrid-España.

17)TORRES MANRIQUE, Fernando Jesús. La Clasificación de los Bienes en el Derecho Positivo Peruano. En: Revista Jurídica del Perú del mes de septiembre del 2004. Tomo 58. Pag. 127. Lima Perú. 2004.

18)TORRES MANRIQUE, Fernando Jesús. Técnica Legislativa (Derogación, Abrogación,  Sustitución, Agregado y Modificación). En:

Revista Normas Legales. Tomo 326. Volumen II. Lima Perú. Julio del 2003.

19)TORRES MANRIQUE, Jorge Isaac y MONCADA MOZOMBITE, José

Italo. Análisis económico del derecho. Trabajo inédito de doctorado en derecho en el curso Epistemología Jurídica en la Universidad Nacional Federico Villareal.

4. Diccionarios

  • ARGERI, Saùl. Diccionario de derecho comercial y de la empresa. Editorial Astrea de Alfredo y Ricardo DEPALMA. Buenos Aires Argentina. 1982.
  • Francisco y GLEESON, Mary. Bilingual Dictionary of Legal Terms. Second Edition. Mc Graw Hill. Madrid España. 1998.
  • CABANELLAS, Guillermo. Diccionario Enciclopèdico de Derecho Usual. Tomo II. Editorial Heliasta. 23 ediciòn revisada, actualizada y ampliada. Buenos Aires Argentina.
  • CABANELLAS, Guillermo. Repertorio Jurìdico. Argentina. 1976.
  • CAPITANT, Henri. Vocabulario Jurídico. Traducción castellana de Aquiles Horacio Guaglianone. Ediciones Depalma. Buenos Aires Argentina. Novena reimpresión. 1986.
  • COUTURE, E. J. Diccionario Enciclopédico Jurídico. Imprenta editores Tipo Offset. Lima Perú.
  • CHANAME ORBE, Raùl. Derecho Constitucional Comparado. Lima Perù. Sin fecha.
  • CHANAMÉ ORBE, Raúl. Diccionario Jurídico Moderno. Editorial Gráfica Horizonte S.A. 2002. Tercera Edición. Lima Perú.
  • CHENETT & PRAELI. Diccionario Jurìdico. Law Dictionary. Primera Ediciòn 2004. Lima Perù.

10)EDITORIAL ESPASA CALPE. Diccionario Jurìdico Espasa. Lex. Editorial Espasa Calpe. Madrid España. 2002.

11)EDITORIAL OCÉANO. Diccionario Enciclopédico Océano. Volumen I. Barcelona España. 1988.

12)EDITORIAL SALVAT. La Enciclopedia. Volumen IV. 2004.

13)ENCICLOPEDIA JURÍDICA OMEBA. Tomo II. Editorial Bibliográfica Argentina Sociedad Responsabilidad Limitada. Buenos Aires Argentina. 14)FLORES POLO, Pedro. Diccionario Jurídico Fundamental. Segunda edición. Editora Jurídica Grijley. Lima Perú. 2002.

15)FLORES POLO, Pedro. Diccionario de Términos Jurídicos. Volumen 1. Marsol Perú Editores S.A. 1987. Segunda Edición. Lima Perú.

16)LEXUS EDITORES. LEXUS DICCIONARIO ENCILOPEDICO COLOR.

Ediciòn 2004. Barcelona. España.

17)MASIAS ZAVALETA, Demetrio. Diccionario Jurìdico. Editorial ADRUS. Primera Ediciòn. Junio. 2005. Arequipa Perù.

18)MARCONE MORELLO, Juan. Diccionario Jurìdico Penal y Ciencias Auxiliares. Afa Editores Importadores. Primera Ediciòn. 1995. Lima Perù.

19)OSORIO, Manuel. Diccionario de Ciencias Jurídicas Políticas y Sociales. Editorial Heliasta. 28ª edición actualizada, corregida y amentada por Guillermo Cabanellas de Las Cuevas. 2001. Buenos Aires Argentina.

20)PINTO-BAZURCO RITTLER, Ernesto y otros. Diccionario de relaciones exteriores. Fondo editorial de la Fundación Academia Diplomática del Perú. Segunda edición. Junio del 2006.Lima Perú.

21)RIBO DURAN, Luis. Diccionario de Derecho. Bosch Casa editorial. Barcelona España. 1987. Primera ediciòn.

22)ROSENBERG, J.M. Diccionario de Administración y Finanzas. Océano Centrum. Barcelona España.

23)VASQUEZ OLIVERA, Salvador. Derecho Civil Definiciones. Palestra Editores. Lima Pèru. Abril 2002. segunda ediciòn.

5. Normas legales peruanas

  • Constitución polìtica peruana de 1993.
  • Còdigo Civil peruano de 1984.
  • Código civil peruano de 1936.
  • Código procesal civil peruano de 1993.
  • Còdigo de procedimientos civiles de 1912.
  • Còdigo de Enjuicimientos Civiles de 1852.
  • Código penal peruano de 1991.
  • Código procesal penal peruano.
  • Código procesal penal peruano.

10)Código de procedimientos penales.

11)Código de comercio peruano de 1902.

12)Código de los niños y los adolescentes.

13)Ley general de sociedades., 14)Ley de títulos valores.

15)Ley del mercado de valores.

16)Ley general del sistema concursal.

17)Ley orgánica del Poder Judicial Peruana.

6. Normas legales extranjeras

  • Constituciòn Estadounidense.
  • Còdigo civil alemàn de 1896 vigente a partir de 1900.
  • Còdigo civil español de 1889.
  • El còdigo civil suizo.
  • El còdigo civil austriaco de 1916.
  • Còdigos civil italiano de 1942.
  • Código civil mexicano.
  • Código civil brasileño.
  • Código civil argentino.

10)Código polaco de 1834 11)Código polaco de 1964.

12)Código venezolano de 1942.

13)Código portugués de 1967.

14)Código boliviano de 1976.

15)Código paraguayo de 1987.

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