Políticas contra el riesgo de sobreendeudamiento en créditos

Ante el incremento de la morosidad de los créditos a microempresas que se vive actualmente en el sistema financiero regulado y no regulado, se hace necesaria la adopción de políticas prudenciales para menguar el riesgo de sobre endeudamiento. Al respecto, las buenas prácticas recomiendan la adopción de políticas antes y después del desembolso de los créditos.

ANTES DEL DESEMBOLSO

Número de instituciones financieras con las que trabaja el cliente

Considerando, que a mayor número entidades crediticias se incrementa el riesgo de incumplimiento, y que muchas Instituciones de Microfinanzas – IMF otorgan créditos sin evaluar el destino para capital de trabajo, lo recomendable sería reducir el número máximo permitido para acceder a un crédito, tanto para clientes nuevos como recurrentes.

Un número prudente de máximo de entidades permitidas podría sería tres (3), considerando incluso la entidad otorgante del crédito. El mismo tope se aplicaría para la suma de entidades del titular y cónyuge.

Nivel de escalonamiento interno del cliente con la IMF

Muchas entidades no reguladas aún no han implementado esta buena práctica de antaño. Por lo que es común que los clientes incrementen el monto de su endeudamiento de manera desproporcionada de un crédito a otro, incrementando el riesgo de incumplimiento.

Lo correcto sería definir montos de corte, que dependerá de los montos históricamente desembolsados en cada entidad.

Por ejemplo, el corte podría ser S/.2,000. Así tenemos, que para montos menores de S/.2,000, en un segundo crédito podríamos otorgar hasta el doble (hasta 100% más); y para montos mayores de S/.2,000, en un segundo crédito podríamos otorgar hasta el 50% más.

Nivel de escalonamiento del cliente en el sistema financiero.

Consiste en tomar en cuenta el endeudamiento total del cliente en el sistema financiero y fijar un tope máximo a prestar, respecto a este total.

Por ejemplo, prestar como máximo hasta el 50% del total adeudado en el sistema, según último reporte de la Central de Riesgo.
El Ratio de Endeudamiento Patrimonial. El ratio debe considerar el impacto del nuevo endeudamiento a otorgar. Un error común es considerar un ratio estándar para todas las actividades económicas, sin considerar que existen diferencias entre cada una de estas.

Mi sugerencia es definir ratios de endeudamiento patrimonial por actividad económica.

El Ratio Cuota Límite o Ratio de Cuota Libre

Un grave error es considerar este ratio como determinante para el otorgamiento de los créditos para capital de trabajo, cuando debería utilizarse únicamente para evaluar la capacidad de pago para créditos con destino activo fijo.

Lo recomendable es definir ratios máximos por rango de crédito.

Ratio de Préstamo para Capital de Trabajo

La manera correcta de medir el monto máximo a prestar para capital de trabajo es relacionando el Préstamo para Capital de Trabajo con el Activo Corriente, con un Límite de 1.5 veces el Capital de Trabajo Neto (leer artículo: http://elanalista.com/?q=node/230).

Amortización Mínima.

Lo saludable sería que el cliente cancelara la totalidad del crédito, antes de otorgarle uno nuevo. Sin embargo, es práctica común en el Sistema Financiero, renovar y ampliar el crédito antes de su cancelación. Algunos renuevan el crédito al pago del 50% del capital o cuotas pactadas, otros al 30% y los más arriesgados, no toman en cuenta ningún criterio.

Mi sugerencia es ser conservadores y considerar el máximo de amortización posible, a efecto de conocer la real capacidad de pago del cliente, así como capacidad moral.

Más de uno afirmará que la adopción de las presentes políticas afectará el negocio, lo cual es posible si se continúa trabajando con el mismo universo de clientes, cuando lo recomendable es la búsqueda de nuevos mercados con clientes no bancarizados, y no seguir trabajando con los misma base de clientes, aumentando las colocaciones a través del incremento del saldo medio de créditos.

DESPUÉS DEL DESEMBOLSO

Se recomienda lo siguiente:

Elaboración de Informes Trimestrales de Sobreendeudamiento, dividido en siete (07) partes:

  1. Índice de Calidad de Cartera.
  2. Nivel de escalonamiento interno del cliente con la IMF.
  3. Nivel de escalonamiento del cliente en el sistema financiero.
  4. Endeudamiento Patrimonial.
  5. Ratio Cuota Límite.
  6. Análisis de la Cartera Sobre-endeudada.
  7. Seguimiento a campañas de créditos

A efecto de evaluar el cumplimiento y efectividad de las políticas implementadas.

Implementación de Señales de alerta temprana

Los cuales son una serie de indicadores, cuyo propósito es informar sobre el posible riesgo de sobreendeudamiento de la cartera, para que se tomen las medidas de control respectivas.

Dentro de las medidas de control se encuentran la realización de visitas a los clientes considerados como sobreendeudados, a cargo de la Unidad de Riesgos en coordinación con el personal del negocio. Estas visitas se realizarán con la finalidad de tomar las acciones correctivas o mejoras, según sea el caso.

Una recomendación final es para las Cooperativas de Ahorro y Crédito, que si bien no están obligadas a implementar la normatividad obligatoria para las entidades supervisadas, deberían efectuarlo como medida prudencial contra el riesgo de sobre-endeudamiento.

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Lozano Flores Iván. (2015, octubre 28). Políticas contra el riesgo de sobreendeudamiento en créditos. Recuperado de https://www.gestiopolis.com/politicas-contra-el-riesgo-de-sobreendeudamiento-en-creditos/
Lozano Flores Iván. "Políticas contra el riesgo de sobreendeudamiento en créditos". gestiopolis. 28 octubre 2015. Web. <https://www.gestiopolis.com/politicas-contra-el-riesgo-de-sobreendeudamiento-en-creditos/>.
Lozano Flores Iván. "Políticas contra el riesgo de sobreendeudamiento en créditos". gestiopolis. octubre 28, 2015. Consultado el . https://www.gestiopolis.com/politicas-contra-el-riesgo-de-sobreendeudamiento-en-creditos/.
Lozano Flores Iván. Políticas contra el riesgo de sobreendeudamiento en créditos [en línea]. <https://www.gestiopolis.com/politicas-contra-el-riesgo-de-sobreendeudamiento-en-creditos/> [Citado el ].
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