Cartas de crédito e instrumentos del mercado financiero internacional

El presente trabajo trata sobre los instrumentos del mercado financiero internacional y la importancia del estudio de las finanzas internacionales; así como los pasos y procedimientos que deben llevarse a cabo para las solicitudes de estos instrumentos, sus ventajas y desventajas.

  1. IMPORTANCIA DEL ESTUDIO DE LA FINANZA INTERNACIONAL

En tiempos actuales donde el tema globalización se encuentra dentro del portafolio de las naciones desarrolladas y subdesarrolladas se hace vital el conocimiento de las finanzas internacionales para ver de la forma en que influyen los factores internacionales en la economía loca.

Los beneficios del estudio de finanzas internacionales podemos identificar algunos como son:

  • Ayuda a predecir la manera en que los eventos internacionales afectaría a nuestra empresa.
  • Ayuda a anticipar las acciones a seguir para contrarrestar estos hechos.
  • Ayuda a explotar oportunidades de negocios.
  • Importancia del estudio de las finanzas internacional.
  • Reducción de las barreras comerciales
  • Reducción del espacio geográfico
  • Reducción del papel del estado en la economía
  • Especialización de los países en la producción de bienes y servicios en cuya elaboración son relativamente eficientes.
  • Globalización de los mercados.

1.1 Ventajas Comparativas y Competitivas

Comparativas: Es la ventaja que posee el país de producir un bien a un costo mas bajo que otros países, dentro de estos tenemos factores geográficos y mano de obra. Es cuando un país se especializa en la producción y exportación de los bienes que puede producir a un costo relativamente bajo que importa los bienes que produzca a un costo relativamente alto.

Competitivas: Suele denominarse así, las ventajas corporativas que no provienen de la dotación especifica de los recursos naturales de un país o de otro factor semejante, sino de las habilidades y la tecnología que se incorpora a los procesos. Riesgos del Comercio Internacional, riesgos del país.

  1. CARTAS DE CRÉDITO

Las cartas de crédito, son un instrumento de pago, sujeto a regulaciones internacionales, mediante el cual un banco (Banco Emisor) obrando por solicitud y conformidad con las instrucciones de un cliente (ordenante) debe hacer un pago a un tercero (beneficiario) contra la entrega de los documentos exigidos, siempre y cuando se cumplan los términos y condiciones de crédito. En otras palabras, es un compromiso escrito asumido por un banco de efectuar el pago al vendedor a su solicitud y de acuerdo con las instrucciones del comprador hasta la suma de dinero indicada, dentro de determinado tiempo y contra entrega de los documentos indicados. Este instrumento es uno de los documentos más sencillos en su forma y de los más complejos en cuanto a su contenido. Llamada también «Crédito Comercial», «Crédito Documentario», y en algunas ocasiones simplemente crédito.

Toda carta de crédito tiene su origen en un contrato de compra-venta de mercancías (aunque puede originarse en la prestación de servicios).

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En resumen las cartas de crédito son: una promesa de un banco o instituto de crédito de pagar una cierta suma de dinero; se paga contra la presentación de documentos que certifican un hecho o acto jurídico; su plazo para hacer uso de la carta de crédito debe estar pre-establecido. Vencido el plazo, el beneficiario de la carta de crédito no puede girar sobre esta; debe ser emitido por un banco comercial.

El contrato de crédito es el que regula la relación entre el banco emisor y ordenante. En este contrato se definen las condiciones bajo las cuales el banco esta dispuesto a emitir cartas de crédito por cuenta del ordenante. En este contrato, como en todo contrato de crédito, se crea una obligación del banco de poner a disposición de su cliente (ordenante del crédito) un crédito por un plazo determinado y bajo condiciones determinadas.

El contrato de crédito no es un pre-contrato ni una promesa de contratar, sino por el contrario, un contrato vinculante para el banco es precisamente tener a favor del cliente una disponibilidad determinada para emitir las cartas de crédito aprobadas en el contrato, siendo el objeto mismo del contrato la existencia de la disponibilidad de crédito a favor del cliente y no propiamente la carta de crédito.

Descripción de carta de crédito

Las características o descripción del contrato de crédito deben contemplar lo siguiente:

  1. Nombre y dirección del ordenante y beneficiario
  2. Monto de la carta de crédito
  3. Documentos a exigir , dentro de estos podemos citar:
  4. Conocimiento de embarque marítimo
  5. Guía aérea
  6. Factura Comercial
  7. Lista de empaque
  8. Certificado de origen
  9. Lista de precios
  10. Certificado de análisis
  11. Certificado de Seguro
  12. Puntos de Salida y destino
  13. Fecha de vencimiento de la carta de crédito.
  14. Descripción de la mercancía
  15. Tipo de carta de crédito (Irrevocable, Confirmada, etc).
  16. Tipos de embarques (Parciales (permitidos o no permitidos)
  17. Cobertura de Seguros.
  18. Formas de pago
  19. Instrucciones especiales

2.1 Clasificación o Tipos de Cartas de Crédito

Dentro de las cartas de crédito podemos encontrar numerosos tipos y entre los más importantes están:

  1. Carta de crédito revocable
  2. Carta de crédito irrevocable
  3. Carta de crédito transferible
  4. Carta de crédito «Back to Back»
  5. Carta de crédito único y rotativo
  6. Carta de crédito Stand By
  7. Carta de crédito condicional
  8. Carta de crédito confirmado
  9. Carta de crédito no confirmado

A continuación describimos algunos de los tipos de cartas de crédito más importantes:

  • Revocable: Una carta de crédito revocable permite reformas, modificaciones y cancelaciones en cualquier momento y sin el consentimiento del exportador o beneficiario de los términos explicados en la carta de crédito. Debido al riesgo considerable para el exportador, no se aceptan normalmente.
  • Irrevocable: Una carta de crédito irrevocable requiere el consentimiento del banco emisor, del beneficiario o exportador y el solicitante para rendir cualquier reforma, modificación o cancelación de los términos originales. Este tipo de carta de crédito es la que más se usa y la preferida por los exportadores o beneficiarios, debido a que el pago siempre está asegurado y presentados los documentos que cumplen con los términos de la carta de crédito. Las cartas de crédito irrevocables pueden estar o no confirmadas. La Carta de Crédito irrevocable no podrá revocarse unilateralmente. Debe contar con la conformidad de todas las partes intervinientes.
  • Transferible: Una carta de crédito irrevocable puede también transferirse. Según las cartas de crédito transferibles, el exportador puede transferir todo o parte de sus derechos a otra parte según los términos y condiciones especificadas en el crédito original con ciertas excepciones, de esta forma, resulta difícil mantener flexibilidad y confidencialidad, aunque sean necesarias. Las cartas de crédito transferibles se usan a menudo cuando el exportador es el agente del importador o un intermediario entre el proveedor y el importador, en lugar de ser el proveedor real de la mercancía. Cuando se usa una carta de crédito transferible, el exportador utiliza el crédito concedido por el banco emisor y evita el tomar prestado o usar sus propios fondos para comprar la mercancía de su proveedor. De ahí, que es una viable herramienta de financiación previa a la exportación. Para que una carta de crédito se transfiera, la transferencia debe indicarse en los términos de la carta de crédito. Antes de realizar la transferencia, el exportador debe ponerse en contacto por escrito con el banco encargado del desembolso de los fondos (banco que hace transferencia). El banco que hace la transferencia, tanto si ha confirmado o no la carta de crédito, sólo está obligado a efectuar la transferencia hasta un punto y de la manera expresada específicamente en la carta de crédito. Las cartas de crédito transferibles implican riesgos específicos. Cuando un banco abre una carta de crédito transferible para un comprador, ninguna de las partes puede estar segura del proveedor. Ambas deben confiar en las evaluaciones del importador de la reputación del exportador y la capacidad de operar. Con el fin de reducir todo el riesgo e impedir el envío de la mercancía de inferior calidad, se requerirá en el documento un certificado independiente de inspección. Para simplificar, muchos bancos prefieren simples transferencias en lugar de múltiples transferencias, sin embargo se realizarán múltiples transferencias si las condiciones están correctas. Las transferencias parciales se pueden realizar por uno o varios proveedores si los términos de la carta de crédito originales permiten envíos parciales. El proceso de este tipo de cartas de crédito puede ser complicado y difícil, requiriendo un alto nivel de precisión en la coordinación. La información incompleta y/o ambigua de las cartas de crédito transferibles son siempre un factor que origina un problema. Además, el beneficiario de la carta de crédito transferible debe estar disponible durante todo el proceso de la negociación de la carta de crédito para poder asistir al banco que realiza la transferencia.
  • Confirmada: La carta de crédito confirmada añade una segunda garantía de otro banco. El banco avisador, la sucursal o el banco corresponsal mediante el banco emisor envía la carta de crédito, añade su obligación y compromiso de pago a la carta de crédito. Esta confirmación significa que el vendedor / beneficiario puede observar de manera adicional la solvencia del banco que confirma para asegurar el pago.

Tipos de cartas de crédito irrevocables de uso poco frecuente:

  • Sin confirmar: Una carta de crédito sin confirmar es cuando el documento soporta sólo la garantía del banco emisor. El banco avisador simplemente informa al exportador los términos y condiciones de la carta de crédito, sin añadir sus obligaciones de pago. El exportador asume el riesgo de pago del banco emisor, que normalmente se encuentra en un país extranjero.
  • Cartas de crédito respaldadas: Las cartas de crédito respaldadas son dos cartas de crédito que, juntas, conforman una carta de crédito transferible alternativa. La carta de crédito respaldada permite a los exportadores (vendedores o intermediarios) quienes no califican para un crédito bancario sin garantía para obtener una segunda carta de crédito a favor del proveedor.
    Si un comprador extranjero emite una carta de crédito a un exportador, algunos bancos y entidades financieras emitirán cartas de crédito independientes a los proveedores del exportador para que pueda efectuarse la compra de la mercancía. Si la carta de crédito inicial no ha sido debidamente completada, la segunda sigue siendo válida y el banco emisor está obligado a pagar de acuerdo a las condiciones establecidas. Muchos bancos son reacios a este tipo de acuerdos. Debido a que las cartas de crédito respaldadas implican dos transacciones separadas, es probable que varios bancos participantes se involucren y el riesgo de confusión y de disputa sea más alto. Para protegerse a sí mismo, un banco requerirá que el exportador presente todos los documentos relevantes que sean parte de la primera carta de crédito antes de emitir la segunda carta de crédito. La segunda se formula para confirmar la original y la fecha de caducidad aparecerá antes de la fecha de la primera, asegurando que el vendedor cuenta con tiempo suficiente para presentar los documentos en el plazo límite de la primera. Carta de crédito Standby: A diferencia de la carta de crédito comercial que básicamente es un mecanismo de pago, una carta de crédito Standby es una especie de garantía bancaria que se utiliza para cubrir obligaciones financieras por falta de pago. El banco emite una carta de crédito Standby que retiene el vendedor que, a su vez, proporciona al cliente condiciones de cuenta abierta. Si el pago se lleva a cabo de acuerdo con las condiciones estipuladas por el vendedor, la carta de crédito no se emite. Sin embargo, si el cliente no puede efectuar el pago, el vendedor presenta una letra de cambio con copias de las facturas al banco para efectuar los pagos, y demás documentos necesarios. La carta de crédito standby generalmente caduca después de doce meses. Adelanto a cuenta contra carta de crédito: Un Adelanto a cuenta contra carta de crédito funciona de la misma manera que las cartas de crédito respaldadas con la excepción de que el banco o la entidad financiera emiten dinero en efectivo a los proveedores en lugar de emitir otra carta de crédito.

2.2 Beneficios de la Carta de Crédito

  • Asesoría especializada para verificar términos y condiciones del crédito.
  • Disponibilidad de comprobante de todas las comisiones y gastos.
  • Revisión de documentos para asegurar que se apeguen al contrato.
  • Rapidez en el pago.
  • Información oportuna y veraz sobre el estado de cuenta de sus operaciones en créditos comerciales.
  • Comprobantes de todas las comisiones y gastos cobrados por este servicio.

Requisitos: Solamente requiere presentar el instrumento original.

2.4 Carta de crédito para la importación

El crédito documentario (Carta de Crédito) es el instrumento que formaliza el acuerdo en virtud del cual un banco, actuando a solicitud de un importador y de conformidad con sus instrucciones, se compromete a efectuar el pago a un exportador, contra la presentación de una serie de documentos exigidos dentro de un tiempo límite especificado, siempre y cuando se hayan cumplido los términos y condiciones previstos en el crédito. Por lo general el importador requiere tener una línea de crédito con el banco o hacer la provisión de fondos necesaria a fin de tramitar el crédito. Por medio de este contrato dirigido a personas físicas, el banco se obliga -por cuenta del importador- a pagar a su proveedor una determinada suma de dinero por la compra de productos o servicios, siempre y cuando se cumplan las condiciones y términos establecidos, asegurando la recepción de los documentos correspondientes a la transacción.

Beneficios

La ventaja de las cartas de crédito es que confiere a ambas partes un alto grado de seguridad, de que las condiciones previstas serán cumplidas ya que permite al importador asegurarse de que la mercancía le será entregada conforme a los términos previstos, además de la posibilidad de obtener un apoyo financiero, en tanto que el exportador puede asegurar su pago.

El pago se efectúa contra los documentos que representan las mercancías y por consiguiente, que posibilitan la transmisión de derechos sobre dichas mercancías. El banco en ningún momento se responsabilizará por la mercancía objeto de la transacción, su responsabilidad se limita a los documentos que la amparan, de ahí el nombre de crédito documentario.

Requisitos

Contar con un contrato de apertura de crédito documentario y un instrumento de protección contra riesgos cambiarios.

Tener línea de crédito o autorización especial de línea de crédito.

Firmar un pagaré.

Presentar orden de compra, pedido o factura pro-forma o contrato de compra-venta.

2.5 Partes que intervienen en una carta de crédito

Quienes la ofrecen: La carta de crédito son ofrecidas por las instituciones bancarias es decir el banco emisor (que abre o emite la carta de crédito).

Quienes son los usuarios: En este tipo de instrumento los usuarios son los compradores o importadores (ordenante o solicitante de la carta de crédito).De igual manera, también es usuario el vendedor (beneficiario de la carta de crédito).

Ampliando este capitulo, a continuación detallamos las partes que intervienen en una carta de crédito:

A) Ordenante: (comprador en la relación fundamental) Comprador–Importador. Solicita la apertura de la carta de crédito. El ordenante de la carta de crédito es la persona que acude al banco para ordenar que se abra una carta de crédito por su cuenta y a favor de un beneficiario determinado, el cual podrá girar la carta de crédito contra la presentación de ciertos documentos, normalmente los documentos que evidencian el embarque de cierta mercancía. 

El ordenante de la carta de crédito participa en dos vínculos diferentes:

  1. Un vínculo de compra-venta que corre directamente entre el ordenante de la carta de crédito y el beneficiario.
  2. Un vinculo de crédito entre el ordenante de la carta de crédito y el banco emisor de la misma. El banco emisor conviene con el ordenante, sujeto a las condiciones convenidas de crédito, que establecerá por cuenta del ordenante una carta de crédito a favor del beneficiario.

En la relación documentaria debe siempre existir por lo menos un banco emisor que es el acuerda con el ordenante en abrir el crédito documentario, y a su vez, es el que se coloca como obligado principal en la cadena de crédito documentario. Además del banco emisor, pueden existir una multiplicidad de bancos adicionales en la cadena, los cuales hacen, en mayor o menor grado, las funciones del banco emisor en relación de crédito documentario.

B) Beneficiario (Vendedor):

Exportador a favor de quien se emite la carta de crédito. Tiene derecho de exigir el pago una vez cumplido los términos y/o condiciones establecidas en la misma.

El beneficiario de la carta de crédito es la persona que tiene el derecho de girar contra la carta de crédito y exigir el pago de la misma mediante la presentación de los documentos establecidos en esta. El beneficiario de una carta de crédito es el sujeto activo de la relación jurídica de crédito documentario, o sea tiene el derecho de crédito que nace de la carta de crédito. Al mismo tiempo, el beneficiario de la carta de crédito es el vendedor en la relación fundamental o sea el contrato de compra-venta de determinados bienes y servicios.

C) Los bancos en relación:

Banco emisor: Emite la carta de crédito a favor del beneficiario por orden del importador. Adquiere la responsabilidad frente al ordenante de notificarle al vendedor y pagarle a través de nuestro banco corresponsal una vez que haya cumplido los términos y condiciones establecidas en la carta de crédito.

Banco confirmador: Asume frente al beneficiario la obligación de cancelar el o los montos de la carta de crédito independientemente que haya recibido o no el reembolso del banco emisor. Una carta de crédito confirmada conlleva el compromiso de pago frente al beneficiario de dos bancos: el emisor y el confirmante.

Banco Corresponsal Notificador: Cuando el banco emisor no tiene sucursal en la plaza del beneficiario utiliza los servicios de un banco corresponsal para que notifique al beneficiario de la apertura de la carta de crédito. El banco corresponsal puede actuar como simple banco notificador sin adquirir ninguna obligación ante el beneficiario, aunque es de uso regular que el banco corresponsal confirmador, con lo cual adquiere la obligación de pagar al beneficiario, una vez que haya cumplido con los términos y condiciones de la carta de crédito.

Banco pagador o reembolsado: Es el banco que efectuara los pagos al beneficiario, su nombre esta indicado en el texto de la carta de crédito. No esta obligado a efectuar pagos hasta no recibir los fondos del banco confirmador o el emisor.

Banco Negociador y banco aceptante: Banco que decide negociar los documentos (adelantar el pago) al beneficiario contra presentación de los documentos requeridos en la carta de crédito.

De acuerdo a lo anterior, podemos establecer el procedimiento para tramitar un crédito documentario de la siguiente manera:

  1. Ambas partes, comprador y vendedor deben celebrar un contrato de compraventa y un pedido en forma pactando las condiciones generales de la transacción, y el pago de la misma mediante una carta de crédito.
  2. El comprador o importador notificará al banco de su preferencia en su localidad que emita un crédito a favor del vendedor o exportador.
  3. El banco emisor a su vez debe solicitar a otro banco corresponsal en el país del vendedor que notifique o confirme el crédito al vendedor conforme a las condiciones pactadas.
  4. El banco notificador o confirmador, según sea el caso, deberá informar al vendedor sobre la existencia de un crédito a su favor.
  5. El vendedor debe acudir ante el banco en el cual está disponible el crédito a presentar toda la documentación que compruebe que el embarque de mercancía ha sido efectuado conforme a lo estipulado a fin de poder solicitar el pago de acuerdo al vencimiento especificado.
  6. En virtud de que los bancos actúan únicamente como intermediarios entre comprador y vendedor, limitándose exclusivamente a la revisión de la documentación que ampara el crédito, es de gran importancia revisar cuidadosamente los siguientes aspectos, entre otros, para evitar futuras complicaciones:
  7. El tipo de crédito (notificado, confirmado, revocable, irrevocable).
  8. Los derechos y obligaciones de las partes, conocidos como Incoterms, como los que se mencionan a continuación:
  9. C.I.F. (costo, seguro y flete) El vendedor deposita la mercancía en el lugar señalado y cubre el costo de flete y prima de seguro.
  10. C&F (costo y flete) El vendedor deposita la mercancía en el lugar señalado y cubre el costo de flete.
  11. F.O.B.( libre a bordo) El vendedor se limita a depositar la mercancía a bordo del medio de transporte.
  12. El precio establecido, considerando el tipo de cambio aplicable
  13. La descripción de la mercancía debe coincidir con el pedido.
  14. Fechas previstas para efectuar el embarque y presentación de documentos.
  15. Condiciones de embarque.

Aunque hoy en día la utilización de cartas de crédito representa el medio más seguro en el comercio internacional, no está exento de la posibilidad de fraudes, por lo que se sugiere obtener referencias comerciales de la contraparte antes de formalizar la operación.

2.6 Términos de la Carta de Crédito: Costos, Plazos, Garantías, Máximo Monto a Financiar:

TÉRMINOS: Son los compromisos de entrega de la mercancía, establecidas en las cartas de crédito, previo acuerdo entre un comprador y un vendedor. Dentro de los términos mas comunes, podemos citar los siguientes:

FOB (free on board): Significa que el vendedor cumple con su obligación de entrega cuando la mercancía ha sobrepasado la borda del buque en el puerto de embarque convenido. Esto significa que el comprador ha de soportar todos los gastos y riesgos de pérdida o daño de la mercancía a partir de aquel punto. El termino FOB exige que el vendedor despache la mercancía de exportación. Sólo puede emplearse en el transporte por mar o por vías navegables interiores. Cuando la borda del buque no revista ningún fin practico, como en el caso del trafico roll-on /roll-off o en el containerizado, es preferible utilizar el termino FCA.

FAS (Free Alongside Ship): Significa que el vendedor cumple su obligación de entrega cuando la mercancía ha sido colocada al costado del buque, sobre el muelle o en barcazas, en el puerto de embarque convenid. Esto quiere decir que el comprador ha de soportar todos los gastos y riesgos de pérdida o daño de la mercancía a partir de aquel momento.

El termino FAS exige del comprador que despache la mercancía en aduana para la exportación. No debe usarse este termino cuando el comprador no pueda llevar a cabo, directa o indirectamente, los tramites de exportación.  Este término puede usarse únicamente para el transporte por mar o por vías acuáticas interiores.

EXW (Ex Works): Significa que el vendedor ha cumplido su obligación de entrega cuando ha puesto la mercancía, en su establecimiento (p.e, fabrica, taller, almacén, etc), a disposición del comprador. En especial, no es responsable ni de cargar la mercancía en el vehículo proporcionado por el comprador, ni de despacharla de aduana para la exportación, salvo acuerdo en otro sentido. El comprador soporta todos los gastos y riesgos de tomar la mercancía del domicilio del vendedor hacia el destino deseado. Este término, por tanto, es el de menor obligación para el vendedor. Este término no debería de usarse cuando el comprador no pueda llevar a cabo directa o indirectamente las formalidades de exportación. En tal circunstancia, debería de utilizarse el término FCA.
D) FCA (Free Carrier)= Significa que el vendedor ha cumplido su obligación de entregar la mercancía cuando la ha puesto, despachada de aduana para la exportación , a cargo del transportista nombrado por el comprador, en el lugar o punto fijado. Si el comprador no ha indicado ningún punto específico, el vendedor puede escoger dentro del lugar o zona estipulada, el punto donde el transportista se hará cargo de la mercancía. Cuando, según la practica comercial, se requiera la ayuda del vendedor para concluir el contrato con el transportista (como en el transporte por ferrocarril o por aire), el vendedor puede actuar por cuenta y riesgo del comprador. Este término puede emplearse con cualquier modo de transporte, incluido el multimodal.

CFR (Cost and Freight): Significa que el vendedor ha de pagar los gastos y el flete necesario para llegar la mercancía al puesto de destino convenido. El término CFR exige que el vendedor despache la mercancía de exportación. Sólo puede emplearse en el transporte por mar o vías de navegación.

CIF (Cost ,insurance and Freight): Significa que el vendedor tiene las mismas obligaciones que bajo CFR, si bien, además, ha de conseguir seguro marítimo de cobertura de los riesgos del comprador de perdida o daño de durante el transporte. El vendedor contrata al seguro y paga la prima correspondiente.
Entre otros términos menos comunes podemos citar: CPT (Carriage Paid To), CIP (Carriage and insurange Paid To), DAF (Delivered at Frontier) ,DES (Delivered ex Ship),

Costos: Los costos comprenden los gastos de: apertura, utilización, modificaciones, y el financiamiento en sí de la carta de crédito. Normalmente, las comisiones de apertura y utilizaciones están determinados en forma porcentual aplicada al monto de la carta de crédito y en la moneda indicada. Estos porcentajes varia en función a la relación entre el banco y el cliente, es decir, que aquellos clientes que tengan mayor frecuencia de importaciones y en consecuencia mayor aperturas de cartas de créditos y mayor solidez en su empresa, el porcentaje de estos costos serán menores que aquellos clientes que tengan menor frecuencia de importaciones o riesgos de solidez. Los gastos por concepto de modificación, normalmente son cobrados con valores absolutos en la moneda que fue aperturada la carta de crédito. Otros de los costos relevantes que se tienen en una carta de crédito, son los inherentes al financiamiento en si, el cual normalmente es cobrado con tasas Libor y en algunos casos Prime más un spread, dicho spread esta determinado en función al riesgo país y la solidez de la empresa.

Garantía: En la relación fundamental, el banco podrá exigir al cliente la constitución de las garantías que el banco considere necesarias para los efectos de abrir los créditos documentarios. Si el banco va a exigir alguna forma de garantía sobre los documentos, se debe especificar ésta en el contrato de relación de crédito. Estos documentos deben ir a nombre del banco emisor (sobre los documentos y la posibilidad de denominarlas a nombre del banco.

Plazos: En cuanto a plazos de validación de la carta de crédito, por ser un instrumento de corto plazo básicamente, puede oscilar desde un mes hasta un año, aunque con frecuencia los plazos de validez de la carta de crédito están estipulados en plazos trimestrales, sujetos a extensión o modificación. Los plazos de validez de la carta de crédito son previamente negociados entre el beneficiario y el comprador y esto básicamente esta sujeto a las fechas probables de embarques. Existen también los plazos para el reembolso y el cual consiste en que el ordenante del crédito esta obligado a reembolsar al banco los montos que éste a su vez haya pagado al beneficiario. Es importante que el banco imponga a su cliente limitaciones en cuanto a los plazos para los reembolsos de los montos girados por el beneficiario bajo la carta de crédito. El plazo de reembolso se refiere al plazo que el banco emisor le otorgue al ordenante del crédito para reembolsarle las sumas que el banco, a su vez, debe pagarle al beneficiario del crédito. En principio, si el contrato de crédito no fija plazo, el ordenante del crédito deberá reembolsar al banco emisor de inmediato al requerimiento del banco. En caso que el ordenante desee financiamiento, este será previamente negociado entre el Banco emisor y el ordenante, generalmente estos financiamientos son a corto plazo y se rigen en los casos de importaciones con tasas Libor o Prime.

Maximo Monto a Financiar: El límite del monto a financiar, dependerá de la capacidad de pago de cada cliente o del ordenante de la carta de crédito, ya que, estará sujeto a las garantías que ofrece el ordenante al banco. Normalmente, las grandes empresas y con cierta frecuencia de productos a importar, negocian con las distintas instituciones bancarias nacionales o extranjeras montos de líneas de crédito. Estas líneas de crédito, vienen a ser como un crédito abierto para financiarse el ordenante a través de cartas de crédito por el monto máximo que tenga aprobada su línea de crédito con cada banco.

2.7. Aspectos legales de la carta de crédito

Marco Legal aplicable para Créditos Documentarios.

Además de encontrarse regulados específicamente en la Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito, el marco jurídico de los créditos documentarios deriva de la reglamentación internacional emitida por la Cámara de Comercio Internacional («ICC»), organización empresarial a nivel mundial encargada de establecer las normas que rigen el intercambio de bienes a nivel internacional, a efectos de lo cual ha emitido los «Usos y reglas uniformes relativos a los Créditos Documentarios.»  El texto original de las citadas reglas ha sido modificado en diversas ocasiones y ha sido adoptado oficialmente por la mayoría de los países a nivel mundial, la última revisión de las mismas que se encuentra vigente hasta la fecha se conoce como Publicación 500. La adhesión a dichas reglas y a los formularios específicos elaborados por la Cámara de Comercio Internacional han dado origen a la creación de prácticas uniformes a nivel mundial en materia de créditos documentarios.

Aspectos técnicos operativos

Previa apertura de la Carta de Crédito, el Importador (comprador) y el Exportador (vendedor) deben firmar un acuerdo comercial bajo la modalidad de:
• Un Contrato Comercial (de compra/venta).

  • Factura pro-forma emitida por el exportador y aceptada por el importador.
  • Intercambio de notas (contrato informal).

Ventajas:

  1. El Crédito existe previamente, por lo tanto la operación es expedita.
  2. Se puede utilizar y pagar en montos parciales de la línea total.

Requisitos:

  1. Estados Financieros al Cierre auditados
  2. Junta Directiva vigente.
  3. Registro Mercantil y sus modificaciones
  4. R.I.F.
  5. Fotocopia de Cédula de Identidad del Obligante (firmante).

Cuando el crédito es con Garantía Aval, se requiere los mismos documentos para el Avalista, si es con garantía Hipotecaria, se requiere Avalúo del inmueble objeto y si es con Prenda, Documento Original.

Cartas de crédito de exportación:

Convenio en virtud del cual un exportador recibe por parte del Banco, la comunicación de que existe una garantía a su favor, para poder exportar su mercancía a cambio de condiciones de su comprador, emisor de la Carta de Crédito. Están regidas por las Reglas y Usos Uniformes Relativos a los créditos Documentarios CCI 500 (Publicación 1993).

Características:

Toda la operación de intermediación por parte de los Bancos, se realiza siempre y cuando se cumplan con las condiciones establecidas en la carta de crédito.  Una vez recibido el importe correspondiente al valor de los documentos, el Banco abonará de inmediato a su cliente.

III. COBRANZAS

Cobranzas – Qué es una cobranza?

La cobranza es el proceso formal de presentar al girado un instrumento o documentos para que los pague o acepte:

  • Pagaré
  • Letras de cambio
  • Documentos de embarque
  • Otro título valor

Para consultar sobre este servicio puede comunicarse con nuestro Departamento Internacional. Un ejecutivo lo atenderá y le proporcionará toda la información para el envío o recepción de cobranzas documentarias.

3.1 Partes que Intervienen en las Cobranzas

Cedente
Llamado también el principal es la parte que solicita a un banco la tramitación de la cobranza.

Banco Remitente
Es el banco al cual el ordenante le solicita la tramitación de la cobranza.

Banco Cobrador
Es cualquier banco, distinto del banco remitente que interviene en la tramitación de la cobranza.

Banco Presentador
El banco cobrador que efectúa la presentación al librado.

Librado (drawee)
Es la persona a quien debe efectuarse la presentación de acuerdo con la instrucción de cobro.

3.2 Características de las Cobranzas

Los derechos y obligaciones de las partes que intervienen en una cobranza, están reguladas por las Reglas Uniformes de Cobranzas URC (Uniform Rules for Collections) 522, de la Cámara de Comercio Intenacional.

Existen dos tipos de cobranzas:

  1. Simples.-Son aquellas que solo comprenden uno o varios documentos financieros (letras de cambio o pagarés).
  2. Documentarias.-Son aquellas que comprenden documentos comerciales y/o acompañados de documentos financieros.

En ambos casos, las cobranzas pueden gestionarse para cobro a la vista o para aceptación a plazo.

Ventajas para el comprador

  • El comprador obtiene un asesoramiento bancario para la gestión de los documentos y el pago de los mismos.

Ventajas para el vendedor

  • Tramitación de los documentos por especialistas de la operación.
  • Mayor seguridad del cobro de los documentos.
  • En los casos de cobranzas a la vista, seguridad en el mantenimiento de la propiedad de la mercancía hasta el cobro.
  • En los casos de cobranzas con pago aplazado (contra aceptación) el exportador puede conseguir un documento ejecutivo (letra de cambio) con el cual puede reclamar judicialmente el pago.
Cobranzas – Proceso básico
El comprador y el vendedor acuerdan los términos de la compra, incluyendo aspectos relacionados con el transporte, período de crédito (si aplica), última fecha de embarque, condiciones de venta («Incoterms»)

El vendedor (cedente) embarca la mercancía y prepara los documentos relacionados tales como factura, lista de empaque y la letra de cambio si es contra aceptación y le solicita a su banco (banco remitente) que le tramite una cobranza y se la envíe a la dirección del banco de la Red Financiera BAC de su pais. El banco remitente adjunta a los documentos una carta de instrucciones y los envía al banco local por courier.

El banco local (banco presentador) recibe los documentos y se los presenta al comprador (librado) y se los entregará siguiendo las instrucciones del banco remitente, de tal forma que si indican:

  1. Entregar documentos contra pago: El banco local solamente podrá entregar los documentos al comprador, cuando éste cancele el valor de la letra de cambio de inmediato.
  2. Entrega de documentos contra aceptación: El banco local de la entregará los documentos de embarque al comprador cuando éste ha aceptado la letra de cambio a plazo. En este caso, antes de vencimiento el banco local llamará al librado y le cobrará la letra.

Al cancelar la cobranza, el banco local de la enviará el pago de acuerdo a las indicaciones de reembolso indicadas en la carta de instrucciones y entregará una copia de la transferencia al librado (comprador) para sus registros, asimismo le entregará los documentos (si es a la vista) o la letra aceptada cancelada (si es a plazo).

  • TRANSFERENCIAS AL EXTRANJERO

Características

  • Se pueden emitir en cualquier divisa.
  • Es un medio de pago rápido.
  • Elimina las posibles pérdidas.
  • Se pagan o abonan en la plaza/ciudad/país que el cliente desee a través de un Banco Corresponsal, que bien puede ser elegido por el cliente.
  • Se utiliza en las relaciones de mutua confianza entre exportador e importador.

Ventajas para el cliente

  • Seguridad y rapidez en el pago y situación de fondos a un beneficiario en cualquier ciudad del mundo, donde exista una Institución Bancaria
  • Es un medio mucho más económico que la cobranza y la carta de crédito e incluso el giro bancario teniendo en cuenta los costos del envío del giro o cheque además de la posible pérdida.
  • GIROS BANCARIOS

Parecido a un cheque, un giro de dinero es utilizado para pagar cuentas o hacer compras cuando no se acepta dinero en efectivo. Usualmente se tiene que pagar un costo determinado por el servicio, por lo que necesita comparar para encontrar el mejor precio.

Ventajas para el cliente en los giros

  • El exportador recibe un compromiso de pago por parte de un banco lo que añade seguridad y agiliza el cobro del mismo.
  • El importador sabe en el mismo momento cuál es el tipo de cambio aplicado. En el caso del cheque personal se desconoce hasta el momento de hacerlo efectivo.
  • El costo bancario para el importador es inferior al de la transferencia. Debemos tener en cuenta la posibilidad de pérdida o robo del mismo así como los costos de envío al exportador.
  • GARANTIAS

Estas son garantías emitidas a favor de un beneficiario para respaldar un compromiso contraído por uno de sus clientes, por lo que la institución se compromete a pagar cierta suma de dinero en caso de que el cliente incumpla con su obligación.

Las garantías de participación son utilizadas, como su nombre lo indica, para participar en licitaciones públicas y privadas con el propósito de asegurar la seriedad de la oferta y el compromiso de entregar al beneficiario, en caso de que se le adjudique la licitación, una garantía de cumplimiento.

Por su parte, las garantías de cumplimiento se emiten para asegurar al beneficiario una cierta suma de dinero en caso de incumplimiento por parte del principal (cliente) sobre los términos y condiciones pactados, ya sea como resultado de la adjudicación de una licitación pública o privada u otro fin específico.

CONCLUSIONES

La importancia del comercio internacional radica en la medida que contribuye a aumentar la riqueza de los países y de sus pueblos, riqueza que medimos a través del indicador de la producción de bienes y servicios que un país genera anualmente (PIB). Sobre esta base se ha defendido la libertad de comercio como un instrumento que permite lograr un objetivo que podemos considerar universal: la mejora de las condiciones de vida y de trabajo de la población mundial que está íntimamente relacionada con la renta económica generada y con su distribución.

En la actualidad, esta creencia, sin embargo, no ha sido ni compartida por todos los países ni, sobre todo, aplicada. Por el contrario, el enfoque que más ha prevalecido en la historia económica de los últimos tres siglos ha sido el de limitar y regular los flujos de comercio en función de los diferentes intereses económicos, políticos y sociales de los estados. El grado de intervención y limitación de los intercambios comerciales ha ido variando a lo largo del tiempo, como después analizaremos, pero alcanzó su punto álgido en los años treinta cuando la economía internacional experimentó una de sus peores crisis. Precisamente, para evitar que estos episodios de deterioro en las relaciones económicas internacionales se repitieran, el diseño del orden económico internacional de la posguerra apostó, claramente, por una liberalización del comercio internacional como medio para que la producción y el bienestar de todos los países aumentaran. A pesar de ello, este proceso de liberalización del comercio no ha sido automático ni generalizado.

Finanzas Internacionales: Es el área de la finanzas que estudian todos aquellos aspectos que se generan fuera de las fronteras nacionales de un país y que inciden directa e indirectamente en las decisiones de nuestra empresa.

Los tres aspectos determinantes en el estudio de la globalización:

  • Aspecto Competitivo
  • Aspecto Aduanero
  • Aspecto Cuantitativo

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Mejía Joel. (2004, febrero 8). Cartas de crédito e instrumentos del mercado financiero internacional. Recuperado de https://www.gestiopolis.com/cartas-de-credito-e-instrumentos-del-mercado-financiero-internacional/
Mejía Joel. "Cartas de crédito e instrumentos del mercado financiero internacional". gestiopolis. 8 febrero 2004. Web. <https://www.gestiopolis.com/cartas-de-credito-e-instrumentos-del-mercado-financiero-internacional/>.
Mejía Joel. "Cartas de crédito e instrumentos del mercado financiero internacional". gestiopolis. febrero 8, 2004. Consultado el . https://www.gestiopolis.com/cartas-de-credito-e-instrumentos-del-mercado-financiero-internacional/.
Mejía Joel. Cartas de crédito e instrumentos del mercado financiero internacional [en línea]. <https://www.gestiopolis.com/cartas-de-credito-e-instrumentos-del-mercado-financiero-internacional/> [Citado el ].
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