He insistido en que, durante muchos años, la no deflactación ha
supuesto pérdida del poder adquisitivo de los contribuyentes, y que esa
pérdida puede y suele no estar distribuida por un igual en todos los
estratos sociales.
Para el año 2008 el actual gobierno ha tenido a bien deflactar la tarifa
del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas en consonancia con
la inflación, pero únicamente en un 2%. Como novedad respecto a otras
ocasiones en que se procedió a la deflactación, para el 2008 también se
aplica a la reducción por rendimientos del trabajo y al mínimo personal
y familiar.
Si comprobamos el resultado de la liquidación del I.R.P.F. de un
supuesto contribuyente, el Sr. Magín, para el año 2007 y el que
resultará de la liquidación del 2008, en base a la deflactación aprobada
y al incremento de inflación del 4,3% previsto de 2007, podremos evaluar
el efecto que se produce en relación a la presión fiscal.
El Sr. Marín tuvo en 2007 unos ingresos brutos por rendimientos del
trabajo de 56.960 euros, como empleado de una multinacional. Es casado,
con dos hijos menores de edad que conviven con él y su esposa, que tiene
ingresos propios, por lo cual sus I.R.P.F.s, se declaran
individualmente. El matrimonio paga una hipoteca afecta a su vivienda
habitual, adquirida en octubre de 2006, que les supone 16.000 euros
anuales. El coste de la Seguridad Social a cargo del Sr. Magín es de
2.000 euros el 2007 y 2.040 euros el 2008.
Liquidación I.R.P.F. 2007
Rendimientos brutos del trabajo 56.960
- seguridad social - 2.000
- reducción - 2.600
Rendimiento neto reducido 52.360
Aplicación tarifa general a la base imponible 15.766,40
- mínimo personal y familiar:
(5.050 + 900 + 1.000) x 0,24 - 1.668
Cuota 14.098,40
Deducción por vivienda habitual
8.000 x 0,15 - 1.200
COSTE FISCAL 12.898,40
DISPONIBILIDAD LIQUIDA 44.061,60
Liquidación I.R.P.F. 2008, si no se deflactara la tarifa y al Sr. Magín
le incrementan su salario en un 4,3%
Rendimientos brutos del trabajo 59.409,28
- seguridad social - 2.040
- reducción - 2.600
Rendimiento neto reducido 54.769,28
Aplicación tarifa general no deflactada 16.802,39
- mínimo personal y familiar - 1.668
- deducción por vivienda habitual - 1.200
COSTE FISCAL 13.934,39
DISPONIBILIDAD LIQUIDA 45.474,89
Para mantener su poder adquisitivo el Sr. Magín precisaría disponer de
44.061,60 x 1,043 = 45.956,25 euros. En cifras absolutas, tiene una
disminución de 481,36 euros, que en porcentaje sobre su disponibilidad
en 2007 la disminución es del 1,0585%
Liquidación I.R.P.F. 2008, con la deflactación aprobada
Rendimientos brutos del trabajo 59.409,28
- seguridad social - 2.040
- reducción - 2.652
Rendimientos neto reducido 54.717,28
Aplicación tarifa, reducción del trabajo y mínimo personal
familiar deflactados
Tarifa base general 16.645,06
- mínimo personal y familiar
(5.151 + 918 + 1.020) x 0,24 - 1.701,36
Cuota 14.943,70
- deducción por vivienda habitual - 1.200
COSTE FISCAL 13.743,70
DISPONIBILIDAD LIQUIDA 45.665,58
Con la deflactación aplicada, tiene una disminución de poder
adquisitivo, en cifras absolutas, de 290,67 euros. En porcentaje, el
0,65969%.
¿Qué puede decirse de la presión fiscal? La realidad es que, en su
conjunto, ha seguido subiendo (ya lo hacía antes) en la última
legislatura, y que la subida, sólo en este período, se evalúa
aproximadamente en un 2,50%.
Miembro del consejo Asesor Área Fiscal, Financiera y Patrimonial. Área de Formación. De Ibáñez & Almenara Abogados y Economistas.
División de Expansión - Comunicación.
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