El presente análisis tiene como objetivo conocer el grado de sobrepoblación y personas privadas de su libertad sin sentencia del sistema penitenciario estatal en México. Para ello se realizó una revisión de la información estadística sobre la población de reclusos del sistema penitenciario estatal en México del año 2016, la fuente fue el INEGI utilizándose análisis descriptivo. La sobrepoblación carcelaria en las entidades federativas de 2011 a 2015 presento cifras críticas. El 35% de la población reclusa no contaba con sentencia.
Palabras clave: Cárcel, sobrepoblación, status jurídico.
INTRODUCCIÓN
La intención de la cárcel en México, es lograr la reinserción del sentenciado a la sociedad y aspirar a que no vuelva a quebrantar la ley. Para ello, el trabajo, la capacitación, la educación, la salud y el deporte son el medio, en el marco del respeto a los derechos humanos.
No obstante, la cárcel en México se ha convertido en gran medida, en el sitio para alojar a personas acusadas por delitos no graves o que se encuentran en espera de un proceso judicial y la determinación de una sentencia (México Evalúa, 2012).
La finalidad del presente análisis es conocer el grado de sobrepoblación y personas privadas de su libertad sin sentencia del sistema penitenciario estatal en México.
METODOLOGÍA
Se realizó una revisión de la información estadística sobre la población de reclusos del sistema penitenciario estatal en México, del año 2016, en relación a las variables de sobrepoblación y personas privadas de su libertad sin sentencia, para ello se consultó información del Instituto Nacional de Estadística y Geografía
(INEGI), se utilizó análisis descriptivo.
RESULTADOS Y DISCUSIÓN
En el año 2016 en el país, se registró un total de 188 mil 262 personas encarceladas en los centros penitenciarios de estatales, de las cuales 95% eran hombres. En relación a su estatus jurídico, el 35% de la población reclusa no tenía sentencia. El 59% ejerció alguna ocupación durante su reclusión; El 38% se encontraban estudiando y/o recibiendo capacitación. El 69% de las personas privadas de su libertad eran jóvenes con vigor laboral entre 18 y 39 años (INEGI, 2017).
Durante el 2016, se ingresaron a los centros penitenciarios estatales un total de 104 mil 363 personas, de estas, el 89% ingresaron por delitos del fuero común, cuyo principal grupo de ilícitos fue el relacionado con el patrimonio 41% y el 13% fue de tipo reincidente.
La sobrepoblación es uno de los principales problemas en las cárceles estatales de México, del 2011 al 2015 la sobrepoblación tuvo niveles críticos, ya que superó en más de un 20% la capacidad instalada, para 2016 la sobrepoblación fue de un 10% lo cual representa una mejora significativa (Fig.
1).
Para Bergman y Azaola (2007), el aumento de la población reclusa en México puede atribuirse al incremento de los índices delictivos, a las reformas que han endurecido las penas y medidas administrativas que dificultan la pre liberación.
En nuestro entorno, tan agraviado por el crimen, insistimos en la cárcel como castigo ejemplar para todo tipo de delitos. Sin embargo, en el caso de delitos menores y no violentos, otros mecanismos de sanciones pudieran ser más efectivos en términos sociales y económicos.
Fig. 1 Población reclusa en los centros penitenciarios estatales (INEGI, 2019).
El rebosamiento de las cárceles se debe, parcialmente, a las personas acusadas de cometer un delito que aún se encuentran en proceso, sin sentencia. Al cierre del 2016, el 35% de la población reclusa se encontraba en esta circunstancia (Fig. 2). El uso excesivo de la prisión preventiva ha contribuido a llenar las cárceles llegando a la sobrepoblación de estas y con ello dificultando la finalidad de reinserción social (CESOP, 2017).
Fig. 2 Status jurídico de la población reclusa en los centros penitenciarios estatales (SEGOB, 2017).
Es conveniente poner especial atención en los reclusos sin condena que pueden acceder a las medidas cautelares.
CONCLUSIÓN
En 2016, la mayoría de las personas que se encontraban encarcelados eran hombres, mexicanos, entre 18 y 39 años, en la edad de mayor vigor productivo. Quienes ingresaron a la cárcel lo hicieron principalmente por la comisión de delitos que atentan contra el patrimonio (41%). La reincidencia tiene un promedio histórico de 15%.
La sobrepoblación carcelaria en las entidades federativas es una problemática que presentó cifras críticas de 2011 a 2015, con una disminución durante 2016. La separación de las personas que cumplen una sentencia de aquellas que están en proceso es un desafío para los penales estatales, debido a la carencia de infraestructura. El 35% de la población reclusa no tenía sentencia.
REFERENCIAS
- Bergman, M. y Azaola, E. 2007. Cárceles en México: Cuadros de una crisis. Revista Latinoamericana de Seguridad
Ciudadana. No. 1.
http://revistas.flacsoandes.edu.ec/ urvio/article/view/74–87/966, (Fecha de consulta: 8/07/2019).
- 2017. Los centros penitenciarios en México. ¿Centros de rehabilitación o escuelas del crimen? Carpeta No. 70. México. 49p.
- 2017. Estadística sobre el sistema penitenciario estatal en México. Documentos de análisis y estadística. Justicia. México. 80p
- 2019. Censo Nacional de Gobierno, Seguridad Pública y Sistema Penitenciario Estatales 2011 a 2017. México.
- México Evalúa, Centro de análisis de políticas públicas. 2012. La cárcel en México: ¿Para qué? México. 80p
- Secretaría de Gobernación,
Comisión Nacional de Seguridad. 2017. Cuaderno mensual de información estadística penitenciaria nacional, México.