La legislación tributaria es rígida y no incluye interpretación de la misma ante situación de dudas frecuentes que existen sobre ella. Tampoco muestra procedimientos para su aplicación correcta.
El presente trabajo en relación con la teoría precedente, considera esto y propone soluciones, lo que es validado con aceptación desde mayo del pasado año 2008 en la Oficina Provincial de administración Tributaria de Sancti Spíritus; y en diferentes entidades estatales.
Desarrollo
Contribución a la Seguridad Social
Es válido un muestreo de Plantilla aprobada y cubierta para el período evaluado, cotejando luego ésta con la relación de trabajadores en Nóminas evaluadas y la extracción de cheques debe corresponderse con el Resumen de éstas.
Contribución Especial de los trabajadores a la Seguridad Social.
Los papeles de trabajo se pueden confeccionar de la siguiente forma:
Si se aplica la Resolución 247/05 | Si se aplica la Resolución 105/08 |
Nómina Devengado. .
. . . . Sub total 1 XX
Nómina Vacaciones Pagadas . . . . Sub total 2 XX
Subt 1 (+) Subt 2 = Base imponible
(*) 5% determinado XX 5% pagado XX diferencia XX
|
Salario devengado Grupo Escala .
IV y en Nómina I . II . III . adelante . . Total XX XX XX XX
Vacaciones pagadas Grupo Escala . IV y en Nómina I . II . III . adelante . . Total XX XX XX XX
Grupo Escala . IV y en Concepto I . II . III . adelante S. deveng XX XX XX XX V. Pagadas XX XX XX XX Base imp. $ 1 $ 2 $ 3 $ 4
Base multiplicado por . Imponible 1 % . 2.5% 3.5% 5% Total $ 1 XX XX $ 2 XX XX $ 3 XX XX $ 4 XX XX Total XX XX XX XX XXX Determinado XXX Pagado XXX Diferencia XXX
|
Impuesto por Utilización de la Fuerza de trabajo
Ejemplo del papel de trabajo para recálculo del impuesto:
Mes o quincena
N° Nómina Devengado
..
.
.
TOTAL $ …………………………..XXX
(+) Acumulado 9.09%……….. XXXX
(=) Base Imponible $ …………XXXX
(x) 25 % determinado ………..XXXX
25 % pagado …………………….XXXX
diferencia $ ………………………XXX
Impuesto sobre Utilidades
La revisión y análisis del Estado de Situación y el Estado de Resultado son muy importantes cuando se inicia la auditoría al Impuesto. También la observación del Expediente Único con el resultado de controles anteriores (no relacionadas directamente con las obligaciones tributarias), y la apreciación actual del ambiente de control interno ofrecen elementos necesarios para determinación de la muestra a revisar y rastrear en sus documentos más primarios. Con la simple observación de estos Estados y Documentos en ocasiones son detectados rasgos de evasión o riesgo fiscal. También es válido observación del Presupuesto aprobado para el período evaluado analizando detenidamente cada indicador.
Aporte por Rendimiento de la Inversión Estatal
Fuente: Utilidad del período = Utilidad contable (-) Reservas Obligatorias (-) Impuesto sobre Utilidades (*) Porciento aprobado en Modelo según Instrucción N° 1, detallado posteriormente en este punto.
La INSTRUCCIÓN No. 1 de 13 de enero de 2006 emitida por Viceministro del MFP detalla el modelo necesario y su detalle e instrucciones para las Reservas Voluntarias después del pago del Impuesto y Financiamiento del Plan Financiero de Inversiones
EMPRESA:
ÓRGANO u ORGANISMO:
MUNICIPIO:
PROVINCIA: _________________________________________ AÑO: __________
U.M: Pesos
No. |
CONCEPTOS |
IMPORTE |
|||
INFORMACIÓN DEL EJERCICIO QUE SE LIQUIDA | |||||
1 |
Utilidad real contable después del impuesto | ||||
2 |
Utilidad después del impuesto a retener | ||||
3 |
De ella: Reserva para Inversiones | ||||
4 |
De ella: Amortización de Créditos Bancarios para Inversiones | ||||
5 |
Reserva para Desarrollo e Investigaciones (incluye Ciencia y Técnica) | ||||
6 |
Reserva para Estimulación por la eficiencia económica de los trabajadores | ||||
7 |
Incremento de Capital de Trabajo | ||||
8 |
Financiamiento de pérdidas contables de años anteriores | ||||
9 |
Otros destinos (detallar) | ||||
10 | Aporte por el Rendimiento de la Inversión Estatal | ||||
11 | Provisión para inversiones acumulada (saldo de la cuenta al cierre del año) | ||||
12 | De ella: A aportar al Presupuesto | ||||
13 | Reserva para inversiones acumulada (saldo de la cuenta al cierre del año) | ||||
14 | De ella: A aportar al Presupuesto | ||||
15 | Otras reservas acumuladas (detallar según saldos de las cuentas al cierre del año) | ||||
16 | De ellas: A aportar al Presupuesto | ||||
INFORMACIÓN DEL NUEVO EJERCICIO | |||||
17 | Depreciación de Activos Fijos Tangibles | ||||
18 | De ella: A aportar al Presupuesto | ||||
19 | Plan de Inversiones propuesto | ||||
20 | Plan Financiero de Inversiones | ||||
A financiar con: | |||||
21 | Crédito bancario | ||||
22 | Depreciación de Activos Fijos Tangibles | ||||
23 | Venta de Activos Fijos Tangibles o sus partes por desmantelamiento | ||||
24 | Amortización de Gastos Diferidos a Largo Plazo provenientes de inversiones enExplotación | ||||
25 | Provisión para inversiones de años anteriores | ||||
26 | Reserva de utilidades | ||||
27 | De ella: De años anteriores | ||||
28 | Del año que se liquida | ||||
29 | Presupuesto del Estado | ||||
Elaborado por:Nombres y Apellidos:
__________________ Firma: ___________________ |
Aprobado por:Nombres y Apellidos:
__________________________ Firma: __________________________ |
FECHA |
|||
D |
M |
A |
|||
Luego del análisis en correspondencia con lo legislado, el papel de trabajo en determinación de la obligación fiscal podría ser así:
Utilidad contable ………………………………………………………………XXX
Menos Reserva acumulada para Contingencias (obligatoria) …….XXX
Impuesto sobre Utilidades ………………………………………………….XXX
= Rendimiento de la Inversión Estatal.
Nota aclaratoria: El resultado Rendimiento obtenido se aportará en el % indicado (total, parcial o nada) en correspondencia ello con lo autorizado a través del modelo detallado anteriormente.
3.6 Activos Fijos Tangibles
La obligación por Depreciación acumulada, Baja y por Venta.
El modelo autorizado (por el MFP) de “Creación y Resultado de la Utilización de las Reservas Voluntarias después del Impuesto y Financiamiento del Plan Financiero de Inversiones” detallado en el punto 3.5, establece la obligación o no (total o parcial) del pago de estos tributos.
El papel de trabajo se puede confeccionar de la siguiente forma:
Número Depreciación Número O b l i g a c i ó n Aporte
Comp. Mes . Comp . Contabiliz. Determin. Realizado Diferencia
Total $ XXX – $ XXX $ XXX $ XXX $ XXX
3.7 Impuesto sobre el transporte terrestre
Base imponible: Peso bruto de los vehículos (peso del vehículo más su capacidad de carga). Se paga por la posesión, aunque no estén circulando.
En la auditoría se debe cotejar el Listado que posea en sus controles el Responsable del transporte en la entidad, con lo registrado en Contabilidad.
Luego hay que verificar que la suma total del valor de los AFT Equipos de transporte en el Registro de los mismos (Registro Primario y Submayor), coincida con lo reflejado en el estado de Situación. Aquí hay que separar los vehículos en: de motor y tracción animal dedicados al transporte terrestre que requieren permiso para circular; y en los que no lo requieren (que no pagarían entonces impuesto, ejemplo: bicicletas). Debe tenerse en cuenta además el movimiento de equipos de este tipo durante el año. Será oportuno la verificación física de equipos seleccionados para la muestra así como su correspondencia con los datos declarados para cada uno.
Tasa por Radicación de Anuncios y Propaganda Comercial
Sujeto Pasivo: Personas naturales y jurídicas cubanas o extranjeras que sitúen placas, afiches, carteles, rótulos, vallas publicitarias y demás anuncios o elementos similares con fines de: propaganda comercial, o publicidad, o identificación social.
Z O N A |
CUANTÍA |
1 |
$ 15.00 Y $ 7.50 POR FRACCIÓN. |
2 |
$ 20.00 Y $10.00 POR FRACCIÓN. |
3 |
$ 30.00 Y $ 15.00 POR FRACCIÓN. |
4 |
$ 40.00 Y $ 20.00 POR FRACCIÓN. |
5 |
$ 50.00 Y $ 25.00 POR FRACCIÓN. |
Bonificación del 5% por el pago anticipado de seis meses, y de un 15% cuando el pago corresponde a un año (todo lo anterior efectuado dentro de los primeros quince días naturales del trimestre).
Los soportes con una medida inferior a un metro cuadrado abonarán sólo el 50% del tipo impositivo previsto. Esto sucede comúnmente en los contribuyentes TCP. Por las vallas se aplicará $2.00 por cada metro cuadrado y por cada mes o fracción de mes, con independencia de la zona donde se encuentren. Los que identifiquen la sede de las unidades se tributará $8.00 por cada metro cuadrado, por cada mes o fracción que corresponda. Por cada metro cuadrado que exceda de los 30, se aplicará $1.00 por cada mes autorizado o fracción independientemente de la zona en que se encuentren.Cuando se sitúe por celebración de un evento de cualquier índole antes o durante su desarrollo, el importe será de $1.00 diario por cada metro cuadrado o fracción.
Impuesto sobre los Servicios Públicos
Gastronomía(020012)
Por el Modelo Control de Productos se analizan las Ventas Totales y luego SE comprueba el cuadre con el análisis del comportamiento de las cuentas de Ingresos al cierre del año. El análisis detallará Períodos, Ventas Acumuladas, y Mes (a). Después se debe comprobar las ventas no gravadas por el impuesto (por productos). Para ello es oportuno observar el modelo Control de Productos (en la actividad minorista) donde deberán detallar las ventas efectuadas por productos.
Para finalmente realizar la determinación se tendrá en cuenta:
Período | Del Período | No gravadas |
(a) |
(=) Base Imponible (x) % determinado
Alojamiento (020022)
El reporte del Cajero – Carpetero es igual al reporte de la Ama de Llave y la disponibilidad habitacional diaria debe corresponder con el registro de huéspedes.
Los descuentos habitacionales deben estar amparados por al menos un reporte de mantenimiento.
Una vez comprobados estos aspectos, cotejar los importes con lo reflejado en el Estado de Cuenta y el Registro Diario de Operaciones.
Recreación (020032)
Todos los ingresos en efectivo tienen que estar amparados por documento, que debe reunir los requisitos siguientes:
- Estar foliado.
- Quien realiza la labor anterior, no debe ser la misma persona que vende las entradas.
Impuesto sobre Ingresos Personales
Artistas, profesionales e intelectuales (052012)
Resolución # 21/96. Se aplica escala progresiva por los ingresos acumulados cada mes.
En el papel de trabajo para el recálculo del Impuesto debemos considerar (por cada artista) lo siguiente:
- Nombre del Artista.
- Ingresos acumulados desde inicios del período fiscal.
- Número de nómina del mes.
- Identificación del mes.
- Ingreso bruto del mes.
- Exención autorizada.
- Ingreso Bruto ajustado.
- 10% de Deducción.
- Base Imponible.
- Tipo Impositivo (escala progresiva)
Primeros $3000.00 ************* 5%
Exceso de $3000.00 a $ 6000.00 ** 10
Exceso de $6000.00 a $12000.00 **15
Etcétera.
- Subtotal.
- Deducciones
Pagos a cuenta
Bonificación
Todo lo anterior, para obtener lo determinado en auditoría.
Conclusiones
1- Se comprobó que la organización disponible de las legislaciones fiscales vigentes no se correspondía con las necesidades individuales de conocimiento; tampoco con las exigencias actuales de disminución de los costos en las auditorías.
2- La propuesta realizada permite adecuada formación de auditores fiscales, también comprender y aportar ideas en función de mayor eficiencia en el control tributario. Establece un ambiente cooperativo.
3- Se aplica al proceso de autopreparación de otros consultantes posibilitando además el análisis y perfeccionamiento de procedimientos fiscales.
4- Utiliza Las Tecnologías de la Informática y las Comunicaciones como una vía eficaz para su explotación y vigencia a través del tiempo.