Una importación ordinaria es una de las modalidades de importación y, de acuerdo con Castro Figueroa, consiste en la introducción de mercancías de procedencia extranjera al territorio aduanero nacional con el fin de permanecer en él de manera indefinida y en libre disposición, con el pago de los tributos aduaneros a que hubiera lugar y siguiendo el procedimiento establecido. Para efectos aduaneros, el declarante está obligado a obtener antes de la presentación y aceptación de la declaración de importación y a conservar por un período de cinco (5) años contados a partir de dicha fecha, el original de los siguientes documentos, los cuales deberá poner a disposición de la autoridad aduanera, cuando ésta así lo requiera:
- Registro o licencia de importación que ampare la mercancía, cuando a ello hubiere lugar;
- Factura comercial. cuando hubiere lugar a ella;
- Documento de transporte;
- Certificado de origen, cuando se requiera para la aplicación de disposiciones especiales;
- Certificado de sanidad y aquellos otros documentos exigidos por normas especiales, cuando hubiere lugar;
- Lista de empaque. cuando hubiere lugar a ella;
- Mandato, cuando no exista endoso aduanero y la declaración de importación se presente a través de una sociedad de intermediación aduanera (SIA) o apoderado;
- Declaración andina del valor y los documentos soporte cuando a ello hubiere lugar, y
- Declaración de exportación o el documento que acredite la operación de exportación ante la autoridad aduanera del país de procedencia de la mercancía, en los eventos en que la DIAN así lo exija.
La importación ordinaria es cualquier proceso de importación que se realiza en el territorio nacional, de mercancías procedentes del exterior o de una zona franca industrial de bienes y servicios.
Si la importación se realiza legalmente, el alcance de la mercancía es indefinido y no existirá ningún problema con el uso o usufructo de dicha mercancía. En caso de ser mercancía ilegal, se deben tomar los pasos de legalización, de lo contrario se pueden recibir las consecuencias del delito de contrabando.
Pasos para efectuar una importación ordinaria
- Estudio de mercado y de la factibilidad económica de la importación.
- Trámite del registro sanitario, autorización expresa o inscripción ante alguna entidad.
- Trámite del registro o licencia de importación, que se resume en:
- Radicación de la cédula de ciudadanía o del número de identificación tributaria, NIT, en las oficinas regionales o seccionales del Dirección General de Comercio Exterior (DIGECOMEX)
- Compra y diligenciamiento del formulario «Registro de importación – Hoja principal». Solicitud de visto bueno ante la entidad correspondiente, para aquellos productos que así lo requieran.
- Radicación del formulario en las oficinas regionales o seccionales del DIGECOMEX.
- Aprobación de la importación por parte del DIGECOMEX.
- Pago de la importación (reembolso).
- Se despacha la mercancía hasta puerto colombiano.
- Una vez llegue al país, la compañía transportadora elabora el Manifiesto de carga para la verificación de ésta por parte de la Administración de Aduanas.
- El importador, el usuario aduanero permanente o la sociedad de intermediación aduanera que se delegue, hace los trámites para efectos de nacionalización de la mercancía, que en pocas palabras son:
- Se compran los formularios: “Declaración andina de valor en Aduana” y “Declaración de importación”.
- Se diligencia la Declaración andina de valor en Aduana. Se diligencia la Declaración de importación.
- Se presenta la Declaración de importación en los bancos o entidades financieras autorizados y se cancelan los tributos aduaneros.
- Se presenta la Declaración de importación, junto a los demás documentos en el depósito de Aduana en que se encuentre la mercancía. El empleado del depósito o el funcionario de la Aduana que recibe la declaración captura la información en el Sistema Informático de la Aduana.
- El inspector de la DIAN efectúa verificación física de la mercancía y de los documentos que sustentan la importación.
- El empleado del depósito o el funcionario aduanero autorizan el retiro de la mercancía del depósito, y queda en libre disposición del importador, retirando la mercancía del depósito.
- Las tarifas diferenciales dependen de los aranceles que apliquen a los productos esta información se encuentra en el Ministerio de Comercio Exterior.
Bibliografía
Castro Figueroa, Andrés Mauricio. Manual de exportaciones: la exportación en Colombia, Universidad del Rosario, 2008, p.125 y 126