Estados financieros dictaminados

El resultado final del trabajo del auditor es su dictamen o informe. A través de él pone de conocimiento de las personas interesadas los resultados de su trabajo y la opinión que se ha formado a través de su examen.

El dictamen o informe del auditor es en lo que va a depositar la confianza de los interesados en los Estados financieros para prestarles fe a las declaraciones que en ellos aparecen sobre la situación financiera y los resultados de operación de la empresa.

Es principalmente a través del informe o dictamen, como el público y el cliente se dan cuenta del trabajo del auditor y, en la mayoría de veces, es la única parte de dicho trabajo que queda a su alcance.

Por lo anterior, los Estados Financieros dictaminados son aquellos que han sido revisados por contador Público independiente a la negociación y de los cuales emiten su opinión sobre la imparcialidad de los estados financieros.

Es muy importante con los Estados Financieros dictaminados, ya que con esto se certifica el haber sido revisado mediante una auditoría financiera, la auditoria es uno de los mecanismos que ayuda a controlar las operaciones financieras.

Por otra parte, contar con un dictamen sin salvedades es resultado de un control interno adecuado y de una aplicación eficiente de las normas contables y fiscales por parte de las áreas contables, administrativas y financieras de una entidad.

El auditor en su informe o dictamen debe observar en los Estados financieros que:

  •  Hayan sido preparados con apego a los principios de Contabilidad.
  •  Que dichos principios fueron aplicados sobre bases consistentes;
  •  Que la información presentada en los mismos y en las notas relativas, es adecuada y suficiente para su razonable aplicación.

Por lo tanto, en caso de haber excepciones a lo anterior, el auditor debe mencionar claramente en qué consisten las desviaciones y su efecto cuantificado sobre los Estados Financieros.

Una de las aplicaciones más frecuentes del dictamen es su utilización por parte de las autoridades fiscales para verificar el correcto pago de los impuestos federales de los contribuyentes obligados a dictaminar sus Estados financieros.

Si bien el dictamen que los contribuyentes entregan para efectos fiscales, es el mismo que se emite para efectos financieros, éste adopta ciertas características de forma derivadas de las disposiciones del Código Fiscal de la Federación y su Reglamento, entre otras están las siguientes:

a).- El dictamen se emite en primera persona y se firma anotando el número de registro del Contador Público.

b).- En virtud de que los Estados Financieros dictaminados se entregan en discos magnéticos, en el párrafo del alcance del dictamen se debe identificar el número de serie del disco magnético en que se encuentra la información financiera dictaminada.

c).- toda vez que los Estados Financieros se presentan y clasifican de acuerdo a formatos diseñados por las autoridades fiscales, se debe limitar su utilización exclusivamente para los fines que fueron preparados.

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Lara Martinez Octavio Rolando. (2006, febrero 18). Estados financieros dictaminados. Recuperado de https://www.gestiopolis.com/estados-financieros-dictaminados/
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