Deconstrucción es una palabra atribuida e inventada por Jaques Derrida, término utilizado a finales de los años 60’s.
Deconstruir consiste, en efecto, en deshacer, en desmontar algo que se ha edificado o construido, realizado pero no con la intención de destruir, si no tiene la finalidad de comprobar cómo está hecho ese algo.
La palabra deconstruir, poco difícil de entender ya que rompe con todos los esquemas que tenemos como definiciones o conceptos que hemos conocido a lo largo de nuestra vida.
Derivado a lo anteriormente expuesto, quiero compartir mi entendimiento a esta nada fácil y entendible palabra de Deconstruccion.
En el ámbito migratorio, regulado anteriormente por La Ley General de Población, en el Art. 118, se menciona que todo individuo que ingrese de manera “ilegal” a nuestro país será “asegurado” por las autoridades facultadas para llevar a cabo tal detención.
Si bien es cierto, durante muchos años la ley anteriormente citada, fueron utilizadas las palabras o términos ilegal y asegurado, originando con ello en el individuo extranjero ser visto como un delincuente al haber ingresado sin documentos a nuestro país que acrediten su legal estancia, y efectivamente el extranjero realizo un acto ilegal que amerita una sanción administrativa mas no penal, pero los años, la costumbre y mala interpretación de estas palabras aunado a ello el desconocimiento jurídico por parte de elementos migratorios y policía, fueron formando una visión al individuo de delincuente, situación que perduro creando con ello al paso del tiempo serios problemas de carácter internacional, pues si bien es cierto el extranjero infringió una ley de tipo administrativo pero el trato recibido correspondía al de un delincuente que hubiese cometido un delito de tipo penal.
Al paso de los años, reluciendo constantemente la vulnerabilidad de los migrantes, abusos, atropellos, delitos cometidos en contra de ellos, por parte de servidores públicos así como delincuencia organizada, se vio en la necesidad de realizar una Ley de Migración actual, en donde se debieron modificar términos, ajustada a tiempos actuales, en donde el enfoque primordial es la preservación de los Derechos Humanos, en donde el estado garantizara una repatriación segura y ordenada, respetando dignidad y buen trato, pero sobre todo, causara el impacto necesario de crear conciencia sobre todo a los impartidores de justicia así como agentes aprehensores, que el migrante en ningún momento y de ninguna manera es un delincuente por el simple y sencillo hecho de internarse, transitar y permanecer en nuestro país sin documentos, siempre y cuando no viole y cumpla sus obligaciones como extranjero de transito en nuestro país.
Es en este momento a punto personal, donde se aplico la deconstrucción, debido a la política Migratoria del estado Mexicano al fenómeno migratorio de manera integral, como país de origen, transito, destino y retorno de migrantes, pues si bien es cierto ya existía una ley pero debió ser necesario la creación de una nueva, con el mismo fin, controlar flujos migratorios e ingresos y salidas de nuestra nación, pero con una visión humanitaria, para ello se creó la Ley de Migración en donde, para ser mas entendible a lo que hago referencia, se podrá apreciar la diferencia entre ambos ejemplos y por consiguiente así mismo la interpretación:
Ley General de Población.
-Asegurado.
-Ilegal.
-Menor.
Ley de Migración.
– Presentado.
– Irregular.
– Niño o niña.
En otro ejemplo siendo esta una de las tantas causas que motivaron a la realización de una nueva Ley, se deriva en que años anteriores, al detectar personas de nacionalidad extranjera en nuestro país y no tener capacidad las estaciones migratorias con el fin de evitar el hacinamiento, frecuentemente se solicitaba el apoyo y colaboración de autoridades de policía llámese estatal o municipal, en donde los migrantes retenidos en las casetas de control migratorio eran encerrados en los separos, situación que era reprobada por las comisiones de los Derechos Humanos al no ser el lugar adecuado para un resguardo ni siquiera momentáneo, ya que afectaba psicológicamente al individuo, ocupando un espacio, situación y entorno que no correspondía a la realidad de su falta. (Situación regulada en 2003).
Bibliografía:
www.jacquesderrida.com.ar/comentarios/peretti_2.htm
Ley General de Población.
Ley de Migración.