Buenas prácticas ante la influencia y manipulación de los niños en procesos de divorcio

Cuando un matrimonio o la unión de hecho entre convivientes llega a su fin por encontrarse irremediablemente rota la relación, surge el problema de cómo quedará la atribución de los derechos y obligaciones sobre los hijos e hijas, los tiempos de convivencia con los mismos, con quien deben vivir, quien debe educarlos, alimentarlos y decidir sobre la conducción de su persona, lo cual obedece en muchos casos a que la tenencia de los hijos e hijas significa muchas veces para los padres obtener cierto control sobre el otro progenitor a través del chantaje emocional y/o económico.

Lo que hace años era una situación poco común o pasaba desapercibida en la sociedad, se ha convertido en una circunstancia cada vez más frecuente y más evidente; pero esto no evita que el divorcio o la separación de los convivientes en unión de hecho, provoque un vuelco radical en la vida de los hijos e hijas quienes resultan ser los más afectados en el proceso de separación, con traumas que los pueden marcar para toda la vida.

Tanto las Convenciones Internacionales, como la legislación y la jurisprudencia le dan a las relaciones entre padres, madres, hijos e hijas un carácter inalienable y recíproco, precisamente porque abarcan las manifestaciones de afecto, de trato continuo y comunicación permanente, que contribuyen a satisfacer en unos y otros, naturales y legítimas aspiraciones derivadas del vínculo filial, por lo cual no puede un progenitor, caprichosa o arbitrariamente, impedir que se lleve a cabo un régimen de comunicación y visita con sus hijos e hijas por parte del otro  progenitor que no ejerce el cuido y crianza, o manipular e influenciar a los hijos e hijas para que rechacen ese contacto o incidir en su opinión acerca de con qué progenitor le gustaría vivir, pues quien así actúa, según los lineamientos trazados por las Convenciones Internacionales y la ley nacional, termina frustrando en sus hijos e hijas las naturales tendencias de afecto, respeto y consideración hacia ambos padres, en igualdad de condiciones y de posibilidades.

No es aceptable, ni moral ni jurídicamente, el que uno de los progenitores sin justa causa impida la relación del otro progenitor que no ostenta el cuido de sus hijos e hijas o que pretenda manipular los sentimientos y afectos de sus hijos e hijas para incidir en una resolución judicial que le confiera el cuido y crianza por manifestar el niño, niña u adolescente que prefiere convivir con un progenitor y no con el otro, llegando incluso a rechazar la relación. El padre o la madre que así actúa, se hace indigno de mantener el cuido y representación, debiendo promoverse, según convenga, la interrelación entre los hijos e hijas y el padre o la madre que no ostenta el cuido, por cuanto el derecho a tener una adecuada comunicación con éstos, se instituye más en función de los niños, niñas u adolescentes que en función de los padres, derecho que es inalienable e irrenunciable, y sólo puede ser suspendido cuando medien causas de extrema gravedad que pongan en peligro la seguridad de los niños, niñas y adolescentes o su salud física o moral.

Una separación es una situación en la que no sólo está involucrada la pareja, sino toda la familia y donde los hijos ven alterada su estabilidad emocional, al verse divididos entre el cariño de papá y mamá y como suele suceder, toda separación está precedida por un clima de tensión, discusiones, y reproches, a lo cual se añade el proceso judicial, al cual los niños, niñas y adolescentes asisten en la generalidad de los casos como meros espectadores, sabiéndose impotentes al no poder hacer nada para cambiar las cosas, porque son precisamente sus padres quienes representan sus intereses y preguntándose si volverán a ver a su papá o a su mamá, si su papá o su mamá los seguirán queriendo, incluso sintiendo que su papá y su mamá se separaron por su culpa, porque no hicieron algo.

En ocasiones, los problemas aparecen cuando los niños visitan a uno de sus padres y luego vuelven con el otro a la casa donde viven, ya que frecuentemente se interroga al niño, niña u adolescente acerca de lo que el otro está haciendo, a quien está frecuentando, qué relaciones tiene, si alguien visita la casa, que hace con el dinero, etc. convirtiendo al niño, niña u adolescente en un mensajero entre una casa y la otra y obligándolo a tomar partido de las diferencias de sus progenitores, convirtiéndolos en un árbitro de cuestiones que están más allá de su comprensión y entendimiento. Se hace sentir incómodo al niño, niña u adolescente, quienes no entienden por qué papá o mamá quieren que ellos dejen de querer al otro, no comprenden porque papá y mamá que se querían tanto ahora se odian, porque papá habla mal de su mamá y dice que lo único que quiere es el dinero y por qué mamá dice que papá los dejó porque ama más a otra mujer y que ya no los quiere ni le importan.

Estos son los Procesos de Influencia y Manipulación de niños, niñas y adolescentes o como otros le denomina Alienación Parental o SAP, de que tratara esta guía para ofrecer a los y las operadores de justicia en materia de familia elementos para identificar e intervenir en dichos procesos evitando su instauración y tomando las medidas apropiadas para evitar su reiteración así como su incidencia en las decisiones judiciales.

Podrá truncarse la vida amorosa de los padres, pero su unidad como pareja de progenitores constituye un lazo perenne que se inscribe en la continuidad social. Desde la mirada del niño, niña y adolescente, su interés es “no divorciarse de ninguno de sus padres”.

LA ÚLTIMA CARTA

(UNA HISTORIA REAL)

Hace pocos días, Javier había cumplido quince años, pero no estaba contento.

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Me quiero despedir, me voy, pero siempre te estaré cuidando, siempre estaré muy cerca tuyo”, le dijo, repleto de ternura a su abuelita, y luego apagó su celular.

Estaba muy triste. Eran muchos dolores acumulados por cosas que años atrás no había sido capaz de comprender.

Mucha rabia contenida por tanto, tanto tiempo… pero en ese instante ya no sentía el tiempo, solo espero que su madre saliera de la casa donde habitaba con ésta y comenzó a escribir muy rápido…

Querida mamá: Yo te quiero mucho, siempre estuve a tu lado. Hice todo lo que tú me dijiste y dije todo lo que tú querías, fui tú aliado incondicional… ¡Y qué orgullosa te sentías de eso!…más aún si tu objetivo se cumplía: alejar de mí a quien tú odiabas y que, según afirmabas, no me cuidaba bien. Te considerabas una madre ejemplar. Pero, al mismo tiempo, me separabas de una de las personas más importantes de mi vida, quien me amo incondicionalmente desde los primeros minutos de vida y dejó su corazón y muchos de sus tiempos por pasillos y salas, donde el criterio y la justicia debieron reinar. Me imagino que ya sabes a quien me refiero. Me alejaste de él e hiciste que lo perdiera. Tú hiciste que no lo quisiera ver, que lo criticara, que lo odiara casi como tú a él, pero la verdad, mamá, es que a quien más odie fue a ti por haberme separado de quien más me amaba, el ser más valioso que puede haber conocido en mi vida: MI PAPÁ. Ojala ahora entiendas. Tu hijo.”

Luego la mano de Javier gatilló un ruido enorme, frío y seco… y de esa forma, por fin, su corazón descanso…

Javier no es su nombre verdadero, pero este adolescente de 15 años si existió… y ahora su madre sólo puede guardar y “cuidar” esa carta.

Rogamos porque ningún hijo o hija jamás tenga que escribir una carta parecida… No permitamos los PROCESOS DE INFLUENCIA Y MANIPULACIÒN O ALINEACIÓN PARENTAL.

GUÍA DE BUENAS PRÁCTICAS PARA LA IDENTIFICACIÓN Y ADOPCIÓN DE MEDIDAS CONTRA LOS PROCESOS DE INFLUENCIA Y MANIPULACIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES EN EL ÁMBITO DE LOS CONFLICTOS FAMILIARES.

EVALUACIÓN Y RECOMENDACIONES EN TORNO A LOS PROCESOS DE INFLUENCIA Y MANIPULACIÓN DE NIÑOS,  NIÑAS  Y  ADOLESCENTES POR  EL    PRIMER CONGRESO CENTROAMERICANO  Y  DEL  CARIBE DE DERECHO DE FAMILIA CELEBRADO EN SAN JOSE COSTA RICA DEL 5 AL 9 DE AGOSTO 2014.

1. Se reconoce  que  a  nivel  práctico  en  el  ámbito  de  los  conflictos  familiares  se  evidencia  cierta manipulación a la Persona Menor de Edad de parte de:

  1. Padre o madre
  2. Ambos progenitores
  3. Abuelo o abuela
  4. Otras personas de su entorno con lazos consanguíneos o por afinidad.

2. El involucramiento de PME en situaciones conflictivas de pareja se da por el simple hecho de ser miembro de ese núcleo familiar.

Algunas manifestaciones o señales de manipulación son por ejemplo:

  • Insultar o desvalorizar al padre o a la madre, frente a los hijos (as).
  • Impedir injustificadamente el contacto del hijo(a) con el progenitor o la progenitora no conviviente.
  • Subestimar o ridiculizar los sentimientos que manifiesta el hijo o la hija respecto al padre o a la madre.
  • Incentivar o premiar la conducta de rechazo de la PME respecto al padre o a la madre.
  • Involucrar a la PME en los conflictos de los padres sólo conlleva repercusiones negativas a nivel físico, emocional y en su desarrollo integral.
  • Imponer la nueva pareja ante el hijo o hija como nuevo padre o nueva madre, etc.

3. Se identifican en conflictos familiares donde interviene una PME

  1. Conflicto de lealtades.
  2. Ansiedad por Alienación.
  3. Situaciones patológicas en relaciones paterno-filial.

4. Ante la aparición de indicadores de manipulación; la separación de la PME del supuesto -manipulador o del progenitor (a) conviviente; tal como lo recomienda la Teoría del SAP, NO siempre es la mejor alternativa, ni resuelve la situación.

  • Que la ponencia alerta sobre cuestionamientos  metodológicos   de la propuesta SAP, así como de errores histórico sociales. Que parte de que el concepto SAP es una explicación reduccionista del problema que pretende explicar.

CONSIDERACIONES

  1. La globalización no genera la igualdad en las familias, éstas son distintas y   por tanto debe ser un punto de partida para dar un abordaje distinto y de acuerdo a sus particularidad
  2. No  es oportuno  utilizar el término SAP, AP, ALIENACIÓN, ENAJENAR,  SEPARAR, porque conlleva limitación en la comunicación.
  3. Una PME con problemas de socialización de sus emociones en el seno de la familia, difícilmente podrá comunicarse fuera de ella en contextos de angustia, confusión y dolo.
  4. La desvinculación es producto de los roles sociales asignados (generalmente) a la madre a quien se le encarga la crianza de los hijos y que permite formar un vínculo distinto al del pad Ello no exime de casos donde se da un mayor acercamiento de la PME al Padre o hacia un tercero, inclusive.
  5. Observar la influencia de roles sociales y aspectos culturales en el comportamiento del-a progenitor-a (o presunto/a manipulador(a).
  6. Analizar particularmente cada caso en que se involucre una PME, todos tienen realidades distintas. Incluyendo la filiación en estructuras fuera del concepto tradicional de familia.
  7. Costa Rica actualmente no reconoce el SAP.
  8. Panamá, Nicaragua y resto de países centroamericanos y del Caribe tampoco reconocen el SAP en observancia a su desconocimiento como tal, por la Organización Mundial de la Salud.
  9. En Estados Unidos, algunos Estados lo reconocen, otros no y algunos se están replanteando las secuelas que conlleva el planteamiento propuesto por Garner; legalizado en Brasil y algunos lugares en Españ
  10. EL SAP supone un efecto colateral de las situaciones conflictivas de pareja y se traduce en las PME en situaciones de violencia intrafamiliar a través de la manipulación.
  11. El problema de las PME derivado de conflictos de pareja es un tema de desintegración familiar con un eje que atraviesa los derechos fundamentales de las PM 

ALTERNATIVAS

  1. Reemplazar el término SAP, AP, por: “Proceso de Identificación, Influencia y Manipulación”.
  1. Incentivar  la  educación  cívica  desde  toda  instancia,  nivel  social  y  académica;  con  miras  a  la construcción de agentes de cambio y formación de conciencias ante los nuevos retos y paradigmas de la sociedad actual.
  1. Se apuesta a la educación masiva de todas las personas actoras, operadores del derecho, familias y sociedad, mediante campañas de información donde se haga referencia a las secuelas de la desvinculación de la PME con su familia no guardador (padre, madre, familia extensa).
  1. Generar  espacios  de  reflexión  en  la  sociedad  y  profesionales  en  materia  de  familias  sobre  la necesidad de desligar los conflictos de los adultos a los-as niños-as.
  1. Abogados-as con intervención crítica. Por medio de los Colegios profesionales de Abogados en cada país, se  debe proporcionar los mecanismos  de actualización y educación en el manejo de Procesos de Familia; a fin de favorecer el ejercicio y práctica de ésta profesión de manera más efectiva y digna
  1. Provocar un cambio de paradigma en abogados litigantes, donde se priorice la justicia y la solución del conflicto familiar sin efectos secundarios para la PME, sobre el aspecto económico.
  1. Construcción de una nueva propuesta en el marco de la Violencia Intrafamiliar con especial observancia del Principio Interés Superior del Menor, donde la PME es el actor principal y a la luz de herramientas jurídicas existentes: Declaración Universal Derechos Humanos, Convención Derechos del Niño, de eliminación de toda forma de violencia, Constitución Política, Códigos: familia, penal, niñez y adolescencia. Leyes especiales: de pensiones, violencia doméstica. Jurisprudencia.
  1. Perfil de Jueces de Familias (proactivo, negociador, reflexivo y estudioso).
  1. Promover  el  Control  de  Convencionalidad  en  la  motivación  de  las  decisiones  judiciales  de  los Procesos de Familia. Debe “desmitificarse” el Derecho rescatando el verdadero espíritu de la Ley.
  1. Establecer una guía práctica de intervención por parte de Juez-a y demás profesionales en caso que se identifique algún proceso de manipulación. (propuesta Nicaragüense)
  1. Es importante definir  quiénes  y  cómo,  para  que  el  esfuerzo  no  se  pierda  en  tramitología  o burocratización.
  2. Revisión de los recursos con que se cuenta para evitar perder la objetividad.
  3. Establecer mecanismos para propiciar relación paterno, materno filial, mediante un proceso con intervención profesional y  seguimiento.  Apoyarse  con  recursos  adecuados  de  diagnósticos  del conflicto familiar (cámara gessell) y de aquellos recursos disponibles para atenuar la situación.

13. Brindar una atención especializada y seguimientos con apoyo profesional durante todo el proceso de familia:

  • Realizar audiencias de conciliación previas.
  • Brindar orientación a todo el grupo familiar involucrado en el proceso judicial que involucre PME, donde se otorgue la debida información a las partes del proceso; en cualquier fase del mismo; particularmente aquellos procesos derivados del ejercicio de la Patria Potestad (Guarda, Crianza, Educación, Obligación Alimentaria).
  • Contemplar un Programa de Asesoramiento para padres separados o en vías de separación, a fin de orientarlos respecto a sus conflictos de pareja y la necesidad de anteponer el Interés Superior de la PME sobre el interés particular de cada progenitor(a).

Este tipo de intervenciones pueden canalizarse a través de los Equipos Interdisciplinarios que están al servicio de la judicatura en cada país.

14. Establecer responsabilidades por abuso del Ejercicio de la Autoridad Par

  • Penales (Ejercicio abusivo de la Autoridad Parental)
  • Familia (suspensión de autoridad parental en caso de reincidencia)
  • Civil.  (Responsabilidad Civil extracontractual).

*Hasta aquí las recomendaciones del Congreso.

CUESTIONES PREVIAS

El denominado SAP es un término que el profesor de psiquiatría Richard Gardner acuñó en 1985 para referirse a lo que él describe como un desorden psicopatológico en el cual un niño(a), de forma permanente, denigra e insulta sin justificación alguna a uno de sus progenitores, generalmente, pero no exclusivamente,  el  padre.  Es  un  proceso  por  el  cual  uno  de  los  progenitores,  mediante  distintas estrategias, realizaría una especie de «lavado de cerebro» para transformar la conciencia de sus hijos con el objeto de impedir, obstaculizar o destruir sus vínculos con el otro progenitor, hasta hacerla contradictoria con lo que debería esperarse de su condición amorosa.

El Dr. William Bernet, profesor emérito de psiquiatría en la Escuela de Medicina de la Universidad de Vanderbilt, nos refiere que el SAP sería un estado mental de un niño cuyos padres están involucrados en un divorcio altamente conflictivo y es influido fuertemente por uno de ellos rechazando relacionarse con el otro sin justificación legítima.

Por su parte, el doctor Miguel Lorente Acosta, profesor de Medicina Legal de la Universidad de Granada, establece que «lo que hace el SAP es evitar que se investigue cuáles pueden ser las verdaderas razones para que los hijos e hijas muestren ese rechazo al padre».

Los hijos que sufren esta influencia y manipulación, desarrollan un odio patológico e injustificado hacia el progenitor no cuidador que tiene consecuencias devastadoras en el desarrollo físico y psicológico de éstos. Algunas veces, sin llegar a sentir odio, tal influencia provoca en el niño, niña u adolescente un deterioro de la imagen que tiene del progenitor «alienado», consecuentemente el niño no se siente orgulloso de su padre o de su madre como los demás niños.

Esta forma más sutil, que se servirá de la omisión-negación de todo lo referente a la persona «alienada» (padre o madre) no producirá daños físicos en los menores, pero sí en su desarrollo psicológico a largo plazo, cuando en la edad adulta ejerzan su rol de progenitores.

Según  estudios  del  denominado  SAP,  los  niños  que  sufren  este  síndrome  padecen perturbaciones y disfunciones debido a que sus propios procesos de razonamiento han sido interrumpidos o coaccionados. Los menores que sufren esto, relacionan sus frustraciones con los pensamientos o recuerdos asociados al progenitor alienado, y por tanto desarrollarán conforme vayan creciendo, tendencia a proyectar toda su negatividad psicológica sobre la imagen que tienen de tal progenitor, lo que termina por destruirla y por extensión a la relación.

Estudios de la Comisión de Justicia en la Cámara de Diputados (México) señalan que cada año alrededor de 182.000 pequeños quedan atrapados en el síndrome de alienación parental. En México DF, será delito específico, tipificado en el Código Penal estatal, la conducta del progenitor que provoque la alienación parental del niño. Para ello el también integrante de la Comisión de Administración y Procuración de Justicia de la Asamblea Legislativa capitalina plantea que la sanción sea de 50 a 200 días de multa, trabajo en favor de la comunidad y tratamiento psicológico obligatorio.

(fuente:http://www.anasap.org/2013/04/22/en-mexico-df-sera-delito-especifico-tipificado-en-el-codigo-penal-estatal-la- conducta-del-progenitor-que-provoque-la-alienacion-parental-del-nino/)

El porqué de esta guía:

La infancia es la etapa de la evolución hacia la madurez en la que existe una gran vulnerabilidad que debe ser protegida y la familia es la primera fuerza que interviene modulando las experiencias y moldeando las conductas infantiles, de ahí la importancia que el desarrollo de las relaciones afectivas paterno filiales sean lo más natural posible, libre de toda influencia y manipulación.

El problema surge, no por el hecho de que los padres decidan poner fin a su vida en común, sino cuando se hace partícipe a sus hijos e hijas de los conflictos que ha generado su separación. Es por ello que tanto los operadores de justicia como las instituciones involucradas, abogados y abogadas litigantes tienen una importante misión social: cooperar para que en la etapa crítica de la separación de los padres se atenúen los conflictos que tanto dañan a las partes, sus familias, pero principalmente a los niños, niñas y adolescentes.

INDICADORES QUE PERMITEN DETECTAR SÍNTOMAS DE MALTRATO, INFLUENCIA Y MANIPULACIÓN:

  • Impedimento por parte de uno de los progenitores a que el otro progenitor vea a sus hijos o pueda convivir con ellos.
  • Desvalorizar e insultar al otro progenitor en presencia del hijo e hija.
  • Implicar al propio entorno familiar y a los amigos en los ataques al ex cónyuge o ex conviviente.
  • Subestimar o ridiculizar los sentimientos de los niños, niñas u adolescentes hacia el otro progenitor.
  • Incentivar o premiar la conducta despectiva y de rechazo hacia el otro progenitor.
  • Influir en los niños, niñas u adolescentes con mentiras sobre el otro progenitor llegando a asustarlos.
  • Los niños(as) no pueden dar razones o dan explicaciones absurdas e incoherentes para justificar el rechazo.
  • Utilizan  frases  o  palabras  impropias  de  su  edad,  como  diálogos  similares  al  del  progenitor «manipulador(a)».
  • Rehusarse a pasar las llamadas telefónicas a los hijos e hijas.
  • Organizar varias actividades con los hijos e hijas durante el período que el otro progenitor debe normalmente ejercer su derecho de comunicación y visita.
  • Presenta el nuevo cónyuge o conviviente a los hijos e hijas como su nueva madre o su nuevo padre.
  • Rehusar  dar  información  el  otro  progenitor  a  propósito  de  las  actividades  en  las  cuales  están implicados los hijos (partidos deportivos, actuaciones teatrales, actividades escolares, asistencia al médico, etc.)
  • Habla de manera descortés del nuevo cónyuge o conviviente del otro progenitor.
  • «Olvidar» de avisar el otro progenitor de citas o actividades importantes programadas para el niño, niña u adolescente.
  • Tomar decisiones importantes de los hijos e hijas sin consultar el otro progenitor (elección de la religión, elección de la escuela, lugar de residencia, etc.)
  • Desvalorizar la ropa, zapatos, juguetes, accesorios escolares u otros artículos de uso personal que el otro progenitor les ha comprado.
  • Amenazar con castigo a los hijos e hijas si se atreven a llamar al otro progenitor.
  • Reprochar al otro progenitor el mal comportamiento de los hijos e hijas.

CRITERIOS A TOMAR EN CUENTA PARA ASIGNAR EL CUIDO Y CRIANZA DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES SUJETOS A LA AUTORIDAD PARENTAL:

  • Mantener el contexto del niño, niña u adolescente (colegio, amigos y familiares) y el status quo (con quien se quedo tras la separación).
  • La salud mental de los progenitores (psicológicamente quien es más apto).
  • Las habilidades educativas de los padres.
  • Que progenitor está más dispuesto a favorecer el régimen de comunicación y visita con el otro progenitor.
  • Actitud de respeto hacia el o la ex cónyuge o ex conviviente.
  • El desarrollo del apego (en que entorno se siente más cómodo el niño, niña u adolescente).
  • Las  preferencias  expresadas  por  el   niño,  niña  u  adolescente   (lo  que  no  implica  hacer necesariamente lo que éstos quieran sino valorar su opinión en conjunto con los restantes elementos del proceso para no transformarlos en árbitro de cuestiones más allá de su decisión y responsabilidad, no es adecuado trasladar a un niño la responsabilidad de tener que pronunciarse ante hechos que los adultos no han podido resolver).
  • Cuál es el entorno más estable y seguro que además garantizará la satisfacción de las necesidades básicas tanto físicas, emocionales, sociales y cognitivas del niño, niña y adolescente.
  • Preservar el fin querido por la ley de que se comparta el trato y responsabilidad respecto de la formación los hijos e hijas, garantizando el contacto permanente del niño, niña y adolescente con ambos progenitores a fin de brindarles un modelo de organización familiar que se asemeje a la familia intacta.
  • Sostener en la conciencia de los progenitores la responsabilidad que sobre ambos pesa respecto del cuidado y educación de sus hijos e hijas a pesar de la falta de convivencia entre ellos.
  • En todo momento y en caso de dudas el criterio orientador es el interés superior de los niños, niñas y adolescentes, sobre la base de los principios establecidos en nuestra Constitución Política, el Código de Familia y los convenios internacionales de derechos del niño, niña y adolescente y de Derechos Humanos vigentes en Nicaragua.

VENTAJAS QUE NOS SUPONE LA ADOPCIÓN DE ESTAS MEDIDAS

  • Al  convivir  el  hijo  con  cada  uno  de  los  padres,  éstos  quedan  equiparados  en  cuanto  a  la organización de su tiempo, vida personal y profesional (igualdad)
  • Desaparecen los padres periféricos.
  • Se garantiza el mejor cumplimiento de las funciones afectivas y formativas.
  • Disminuyen el impacto traumático del divorcio o separación en los hijos e hijas y su sentimiento de abandono.
  • Se crea un clima donde el niño, niña u adolescente siente que no pierde a ninguno de sus padres.
  • Atenúa el sentimiento de pérdida de quien no  ejerce el cuido, crianza y representación del niño, niña u adolescente, estimulando las responsabilidades del progenitor no cuidador.
  • Previene el desentendimiento de las necesidades materiales     del niño, niña u adolescente.
  • Un padre y una madre afectivamente cercano y disponible es un factor protector y promotor de la autoestima y de la confianza personal de niños, niñas y adolescentes.

DEBE CREARSE CONCIENCIA EN LOS PROGENITORES QUE:

  • Sus hijos e hijas son únicos y a la vez diferentes y deben aceptarlos tal como son y que éstos no pueden ni  deben  ser  perjudicados  por  sus  decisiones,  por  lo  que  no  pueden  imponerles condiciones para poder proveerles sus necesidades y afectos lo que por otra parte es una obligación de ineludible cumplimiento.
  • El amor y afecto que puedan brindar a sus hijos e hijas es indispensable para que éstos puedan afrontar con seguridad la vida por lo cual es fundamental la relación con ambos progenitores.
  • La familia  es  el  primer  contacto  que  un  niño  o  niña  tiene  con  el  mundo,  por  lo  cual  su personalidad y autoestima va a depender en gran medida de las relaciones y sentimientos que experimentan en ella, de ahí la importancia que el niño y la niña se desarrollen en un ambiente de armonía, comprensión, tolerancia y cariño, libre de conflictos y violencia. Los hijos e hijas son espejo de la conducta y actitudes de sus padres.
  • Los hijos e hijas deben poder seguir contando con su padre y con su madre, por eso deben seguir diciendo “nosotros” en las cuestiones relativas a sus hijos e hijas, asegurándoles que puede seguir contando con el apoyo y la comprensión de los dos, por ello no es conveniente que uno de los progenitores descalifique la imagen que el niño, la niña u adolescente tiene respecto del otro progenitor.
  • Ni  el  castigo  físico  ni  el  emocional  enseñan  porque  no  ofrecen  alternativas  a  las  conductas inadecuadas, los niños y las niñas aprenden lo que ven y viven, no sólo lo que les decimos. Una de las formas básicas de aprendizaje es la imitación, por eso debemos tener presente que nuestras actitudes y conductas serán su mayor influencia.
  • Los seres humanos somos seres sociales y por tanto necesitamos el contacto con los demás para ser felices, por lo cual es deber de padres y madres pensar que tan importante como comer o dormir también lo es para el buen desarrollo de sus hijos e hijas jugar y relacionarse con sus amigos y familiares para aprender a comunicarse y desarrollar las relaciones sociales y afectivas, por lo cual deben planificarse su tiempo para fomentar en sus hijos tales vínculos.
  • Para tener una buena relación con sus hijos e hijas es imprescindible una buena comunicación, ellos merecen ser escuchados y que su opinión sea tomada en cuenta, porque si escuchamos, comprendemos y actuamos coherentemente ante las demandas de nuestros hijos e hijas estaremos contribuyendo a que aumenten la seguridad en ellos mismos, solo respetándolos se ganaran también su respeto.
  • Es necesario que los hijos e hijas participen activamente en las decisiones y asuntos que les afectan directamente e indirectamente, el compromiso como padres y madres debe ser educar a personas con capacidad de reflexión y de participación, teniendo presente que sus hijos e hijas tienen sus propias necesidades e intereses.

ALGUNAS ESTRATEGIAS DE INTERVENCIÓN:

  • Trabajar con los niños, niñas y adolescentes en una primera instancia a través de la psicóloga del Juzgado de Familia y luego a través de los Centros de Atención Psicosocial (CAPS) para propiciar el ajuste de éstos a las nuevas relaciones familiares.
  • Enseñar a los padres y madres comportamientos y habilidades para mejorar la relación con sus hijos e hijas a través de los CENTROS DE ATENCIÓN PSICOSOCIAL (CAPS) y Escuelas para Padres, eliminando prácticas de maltrato y denigración.
  • Promover a través de las Escuelas para padres el intercambio de experiencias centrado en la opinión e interpretación que los padres y madres hacen del comportamiento de sus hijos e hijas así como de sus propios sentimientos y experiencias a fin de reorganizar sus actitudes y comportamientos y potenciar aquellas fortalezas dentro de las familias.
  • Dar seguimiento y el acompañamiento necesario a los casos en que se ordena someterse a terapia psicoeducativa o ingreso a una escuela para padres a fin de evaluar si se cambian las medidas o se dictan otras nuevas.
  • Fomentar la participación de todos los agentes sociales e institucionales que tengan un papel en relación a la acción preventiva de formas de violencia intrafamiliar.
  • Impulsar a través de los Gabinetes de la Familia, la Comunidad y la Vida establecidos en el Código de Familia, facilitadores y mediadores de los procesos de cambio personal y familiar para lograr la preservación de los vínculos afectivos en las familias y el cambio social, considerando que la familia es parte integrante de la comunidad.
  • Conocer de las familias su visión de la realidad familiar, recabando la información por la narración y el diálogo de los integrantes de la propia familia en un contexto de respeto y confianza y teniendo presente las posibles discrepancias en dichas visiones, para lo cual deberá complementarse la información con visitas domiciliarias y entrevistas a vecinos.
  • Impulsar la educación parental para el desarrollo personal de los padres y madres y el fomento de sus competencias parentales sin obviar el papel que juegan los abuelos y abuelas en la educación familiar hasta alcanzar un cambio tanto cognitivo, afectivo y de comportamiento.

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Arana Castillo Diego Manuel. (2016, junio 13). Buenas prácticas ante la influencia y manipulación de los niños en procesos de divorcio. Recuperado de https://www.gestiopolis.com/buenas-practicas-ante-la-influencia-manipulacion-los-ninos-procesos-divorcio/
Arana Castillo Diego Manuel. "Buenas prácticas ante la influencia y manipulación de los niños en procesos de divorcio". gestiopolis. 13 junio 2016. Web. <https://www.gestiopolis.com/buenas-practicas-ante-la-influencia-manipulacion-los-ninos-procesos-divorcio/>.
Arana Castillo Diego Manuel. "Buenas prácticas ante la influencia y manipulación de los niños en procesos de divorcio". gestiopolis. junio 13, 2016. Consultado el . https://www.gestiopolis.com/buenas-practicas-ante-la-influencia-manipulacion-los-ninos-procesos-divorcio/.
Arana Castillo Diego Manuel. Buenas prácticas ante la influencia y manipulación de los niños en procesos de divorcio [en línea]. <https://www.gestiopolis.com/buenas-practicas-ante-la-influencia-manipulacion-los-ninos-procesos-divorcio/> [Citado el ].
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