Análisis sobre la propuesta de la reforma hacendaría en México 2013

Marco teórico

Mi investigación se basa en la discusión sobre la nueva propuesta de la Reforma Hacendaría, haciendo énfasis en un análisis interpretativo de puntos relevantes de este decreto.

Los beneficios que otorga esta nueva ley tanto como para las Personas Morales así como de las Personas Físicas.

El motivo del cual seleccione el tema del ensayo, es la controversia y polémica que se obtiene tras el anuncio de esta nueva ley.

Marco metodológico

Fuente de datos:

Consulte con lo dispuesto en la propuesta de la Reforma Hacendaría realizada por el Presidente de la Nación dirigida al presidente de la mesa directiva de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión.

Para obtener información para la interpretación de los artículos publicados en este ensayo realice un exhaustivo estudio de la ley del Impuesto Sobre la Renta en sus Títulos I y II.

Procesamiento de datos:

La interpretación de cada uno de los puntos establecidos en este análisis ha sido realizada por mi autoría con la información obtenida por la propuesta.

Si bien se sabe que la complejidad que tiene la estructura fiscal de este país incurre en que los contribuyentes destinen mayor parte de sus recursos al cumplimiento de sus obligaciones fiscales, siendo el sector más afectados las pequeñas y medianas empresas por tener menos recursos humanos y monetarias para el cumplimiento de este tipo de tareas. Entrelazado con esto la autoridad fiscal en el ámbito de verificación del cumplimiento de dichas obligaciones se le dificulta las facultades de verificación que tienen sobre mencionadas obligaciones.

Con el propósito de hacer menos complejo el pago de contribuciones, la autoridad ha implementado varias medidas, entre ellas I. los DyP’s, así como para algunos contribuyentes poder hacer uso aun de las declaraciones informativas; II. La transferencia electrónica de los pagos de impuestos a la Federación como medio de pago; III. La simplificación de los requisitos en los comprobantes fiscales.

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Para la mejora de la Tributación la nueva ley de Impuesto sobre la Renta se sometería a eliminar considerablemente de varios artículos los cuales se reflejan en un 40% menos con el número actual de disposiciones fiscales para aminorar el costo administrativo de los pagos de impuestos, considerando para esto también la eliminación del Impuesto Empresarial a Tasa Única (IETU) y el Impuesto a los Depósitos en Efectivo (IDE).

De aquí deriva que los gastos del país sobrepasan los ingresos tributarios que se recaudan, ya que estos ingresos representan aproximadamente el 16% del Producto Interno Bruto, y más aún si se excluyen los ingresos petroleros esta recaudación seria del 10% del PIB.

La visión de esta reforma tiene como objeto el aumento de fortalecer los ingresos del sector publico así como evitar la imparcialidad del marco legal en materia fiscal para que esto sirva como recurso del desarrollo, ya que con esta ley se facilitan las disposiciones fiscales para que aumente el número de contribuyentes y se les facilite el cumplimiento voluntario de sus obligaciones fiscales y con esto servir como inmediación entre el gobierno y la población.

Los impuestos directos se estructuran en el “sistema renta”, conformado por 3 impuestos: ISR, IETU e IDE, la dificultad en los componentes de este sistema se traduce en un fuerte costo de cumplimiento y control. Así para simplificar y avanzar hacia la visión del objeto de esta ley se propone la disolución de 2 impuestos el IETU y el IDE de esta manera solo quedaría vigente un impuesto al ingreso, el ISR; además de esto se plantea algunas modificaciones a dicho impuesto, con la propuesta de facilitar su estructura y recuperar la capacidad recaudatoria a través de esta simplificación así como no debilitar dicha recaudación.

La estructura del ISR contiene variados regímenes preferenciales y algunos tratamientos de excepción que generan espacios para evadir o eludir impuestos que se refleja en una importante pérdida de recursos fiscales.

Los principales lineamientos para las Personas Morales de esta reforma son los siguientes:

Impuesto sobre la renta empresarial

Se propone incluir una norma de procedimiento en la LISR, el cual consiste en que las autoridades fiscales podrán solicitar a residentes en el extranjero información sobre una probable doble tributación, esto tratándose de operaciones entre partes relacionadas.

Eliminación de Deducciones

Se propone la eliminación de esta deducción ya que tal tratamiento tiene carácter de preferencial en la estructura del Impuesto sobre la Renta y el cual debe de ser consistente con la naturaleza de el mencionado impuesto, por lo que el valor de una inversión debe de ser depreciable o deducible a través de ciertos años de la vida útil del bien y no de forma inmediata; además de esto la finalidad de este beneficio fiscal que es fomentar la inversión, la medida a sido poco productiva para el alcance de su objetivo.

Deducción lineal al 100%

Se propone la eliminación de las disposiciones que permiten deducir en un solo ejercicio el 100% de la inversión en los activos fijos que reciben este beneficio, ya que parcialmente es financiado por el gobierno y representa un beneficio excesivo.

Aportaciones a fondos de pensiones y jubilaciones

Con el fin de procurar la simetría del Impuesto sobre la Renta se propone que las aportaciones a los fondos de pensiones y jubilaciones complementarias deben de sujetarse a la estructura normal del impuesto, es decir, dichas aportaciones deberán deducirse en el momento en que la empresa erogue realmente el gasto a favor de los trabajadores y no cuando se realice la creación o aumento de las reservas destinados a dichos fondos.

Donación de bienes que han perdido su valor

En razón a este tema se propone que la donación de bienes sean básicos para la subsistencia humana en materia de alimentación, vestido, vivienda y salud; esta propuesta además de ayudar a sectores vulnerables por el gasto fiscal que implica. Además de generar un beneficio fiscal para el contribuyente

Prohibición de deducciones

Al no haber simetría en algunos casos de deducibilidad con partes relacionadas residentes en México o en el extranjero y con el fin de eliminar dicha elusión  fiscal se plantea prohibir la deducción de pagos efectuados a estas partes relacionadas que no se encuentren gravados o lo estén con un impuesto inferior al 75% del ISR causado en México conforme a la nueva ley de ISR  y  al mismo tiempo prohibir la deducción de pagos que sean deducibles para las mismas partes relacionadas

Limite a las deducciones por donativos a la Federación

Se propone un tope máximo de la deducción por los donativos que los contribuyentes efectúen a la federación fijado en el 4% de utilidad fiscal obtenida o de sus ingresos acumulables en el ejercicio inmediato anterior.

Información sobre los depósitos en efectivo

Anulando la Ley del Impuesto a los depósitos en efectivo se propondría como obligación a las instituciones del sistema financiero información anual sobre los depósitos en efectivos que reciban los contribuyentes que ingresen en cuentas abiertas a su nombre el monto acumulado de $15,000.00 mensuales.

Los vales de despensa

Siendo un gasto indispensable de las empresas se sujeten a límites para su deducción, en términos de esta ley. Por lo tanto se propone que para que el gasto sea deducible se otorguen a través de monederos electrónicos autorizados por el SAT para el control de saber quién es el beneficiario y asegurarse de que es el quien lo usa como instrumento de cambio.

Asimetría fiscal

Deducción de ingresos total o parcialmente exentos  otorgados a los trabajadores

Conforme la simetría del Impuesto sobre la renta y en consecuencia a la desaparición del IETU como impuesto mínimo y de control de ISR se propone limitar hasta un 41% la deducción de erogaciones por concepto de remuneraciones que a su vez sean ingresos totales o parcialmente exentos para el trabajador.

Algunos de los conceptos de gasto-ingreso que estarían sujetos a este límite son la previsión social, cajas y fondos de ahorro, pagos por separación, gratificación anual, horas extras, prima vacacional y dominical, participación de los trabajadores en las utilidades (PTU) de las empresas, entre otros.

Cuotas de seguridad social pagadas por los patrones

Se propone que las cuotas de seguridad social del trabajador a cargo del patrón no sean deducibles ya que se considera asimetría fiscal al ser un ingreso exento para el trabajador al mismo tiempo que son deducibles para el empleador.

Inversiones en automóviles

Con objeto de reducir la erosión de la base gravable se propone reducir el monto deducible en automóviles hasta 130 mil pesos por unidad esto es 150 ochocientos incluyendo el IVA de la inversión.

Arrendamiento de automóviles

Se propone ajustar el monto deducible por la renta de automóviles de 250 pesos diarios a 200 pesos por unidad

Consumos en restaurantes

Se propone la eliminación de esta deducción para evitar los abusos y gastos innecesarios para la realización de su actividad.

Regímenes especiales

Se plantea eliminar dichos tratamientos preferenciales por algún grupo o sector de contribuyentes.

Sociedades Inmobiliarias de Bienes Raíces (SIBRAS).

Se propone derogar el régimen aplicable a las SIBRAS para evitar que el uso distorsionado del beneficio previsto en el artículo 224-A de la Ley del ISR vigente se utilice con la intención de erosionar la base del ISR.

Desarrolladores inmobiliarios y fabricantes de bienes de largo proceso de producción

Se propone eliminar la opción para este sector de contribuyentes de deducir las erogaciones estimadas relativas a los costos directos e indirectos de esas obras o de la prestación del servicio, simplificando con ello la determinación del ISR, eliminando la inequidad existente entre los diversos sectores de contribuyentes y evitando la distorsión de la estructura del ISR, además de eliminar la excepción aplicable a la deducción del costo de adquisición de los terrenos a los contribuyentes dedicados a la construcción de desarrollos inmobiliarios.

Deducción de gastos de exploración del sector minero

Se propone eliminar el beneficio que tienen los contribuyentes dedicados a la explotación de yacimientos de mineral de deducir hasta un 10% por cada nuevo yacimiento en periodos pre-operativos.

  • Se propone eliminar para las PM la facilidad que tienen de considerar como ingreso obtenido solamente la parte del precio cobrado en el ejercicio, esto con el fin de mantener la regla general del esquema devengado
  • Se propone cambiar la deducción de las reservas preventivas globales que realicen las instituciones de crédito por la deducción de quebrantos, así como también se propone eliminar la deducción a las instituciones de seguros por la creación o incremento de las reservas de riesgo en curso por siniestros y vencimientos, así como las reservas de riesgos catastróficos y la reserva vinculada con seguros de pensiones.
  • Se sugiere la reincorporación de la definición de Ingresos Pasivos a los siguientes conceptos: enajenación de bienes inmuebles, otorgamiento de uso o goce temporal de bienes y los ingresos por título gratuito y se modifica el tratamiento de poder acreditar contra el ISR que causen en México, el impuesto pagado de las entidades en el extranjero así como el que se hubiere efectivamente retenido, a lo cual señala que cuando el impuesto no pueda acreditarse total o parcialmente podrá acreditarse en los diez ejercicios siguientes hasta agotarlo.
  • Se elimina el Régimen simplificado así como los beneficios de exención, tasa reducida y facilidades administrativas que con ello conlleva, y así mismo la persona moral pueda seguir cumpliendo con sus obligaciones debiendo aplicar el régimen establecido para las PF con actividades empresariales; además de proponer el Régimen Simplificado para el sector primario para la igualdad de este al Régimen General.
  • Se propone una tasa del 10% al pago de impuesto sobre la distribución de los dividendos y utilidades con la finalidad de evitar el aumento en la tasa de ISR empresarial sobre las utilidades anuales
  • Se propone que conforme a la renta gravable para la PTU se someta al procedimiento establecido en el impuesto sobre la renta, o sea a los ingresos acumulados autorizados por esta nueva ley se le disminuirán las deducciones autorizadas y el resultado obtenido será la renta gravable para el cálculo de la PTU.
  • Se elimina el régimen de consolidación fiscal

Los principales lineamientos para las Personas Físicas de esta reforma son los siguientes:

Con el objetivo de fortalecer la recaudación se planten estas reformas:

  • Aumentar a una tasa marginal del 32% para las personas físicas cuyos ingresos rebasen los $500,000.00 anuales, con el fin de que las entidades físicas con mayor capacidad de pago contribuyan en mayor proporción al gasto publico.
  • Se propone que las deducciones personales para las Personas físicas no rebase el 10% del ingreso anual del contribuyente, incluido los ingresos exentos y el monto equivalente a 2 salarios mínimos anuales del DF, con la finalidad de que las personas con ingresos menores a la cantidad de 400 mil pesos presenten dichos gastos, además de aumentar un requisito mas el cual sería que dichos pagos de estas deducciones sean a través del sistema financiero
  • En relación a la sustitución de diversos regímenes fiscales para las Personas físicas se propone adherir un nuevo régimen, el régimen de Incorporación Fiscal, la finalidad de este último es el mejor cumplimiento de los contribuyentes a las obligaciones tributarias, esta nueva ley sustituirá totalmente al Régimen Intermedio y REPECOS, esto será aplicable a personas físicas con actividades empresariales, que enajenen bienes o presten servicios sin necesidad de título profesional con ingresos anuales de hasta un millón de pesos. Otra característica de este Régimen es que sería cedular y temporal por un periodo de 6 años sin posibilidad de poder tributar en el mismo, al año siguiente después de determinado periodo los contribuyentes que opten por esta opción se incorporaran al Régimen de Personas físicas con Actividades empresariales; además realizarían pagos definitivos trimestrales, restando de la totalidad de los ingresos las deducciones autorizadas en el ejercicio restando en su caso la PTU pagada y aplicando la tarifa de esta Ley, se propone de que al tener perdida en un trimestre poder deducir dicha perdida actualizada para el siguiente trimestre hasta poder agotarlo.
  • De esta manera se podrían crear empresas en la formalidad, axial como tal incorporar a la regularización a los contribuyentes informales.

Conclusión

La nueva reforma de ley se basa más que nada en quitar la complejidad fiscal que adquiría tanto la autoridad para recaudar impuestos y el contribuyente pagar sus contribuciones, así como imponer asimetría fiscal en cada uno de las contribuciones impuestas por esta ley, ya que en varios casos había una asimetría fiscal, esto es que no se contemplaba el porqué de dichos pagos al saber que para algunos contribuyentes se efectúa la deducción mientras que de la otra parte no se acumula el ingreso o se exenta, también se contempla el mejor cumplimiento y la regularización de los contribuyentes informales así como la facilidad de pago de las contribuciones y la facilidad de las facultades de las autoridades para la verificación de las mismas.

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Cunjama Ruiz Luis Enrique. (2013, octubre 7). Análisis sobre la propuesta de la reforma hacendaría en México 2013. Recuperado de https://www.gestiopolis.com/analisis-sobre-la-propuesta-de-la-reforma-hacendaria-en-mexico-2013/
Cunjama Ruiz Luis Enrique. "Análisis sobre la propuesta de la reforma hacendaría en México 2013". gestiopolis. 7 octubre 2013. Web. <https://www.gestiopolis.com/analisis-sobre-la-propuesta-de-la-reforma-hacendaria-en-mexico-2013/>.
Cunjama Ruiz Luis Enrique. "Análisis sobre la propuesta de la reforma hacendaría en México 2013". gestiopolis. octubre 7, 2013. Consultado el . https://www.gestiopolis.com/analisis-sobre-la-propuesta-de-la-reforma-hacendaria-en-mexico-2013/.
Cunjama Ruiz Luis Enrique. Análisis sobre la propuesta de la reforma hacendaría en México 2013 [en línea]. <https://www.gestiopolis.com/analisis-sobre-la-propuesta-de-la-reforma-hacendaria-en-mexico-2013/> [Citado el ].
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