Reflexiones sobre el Sistema de Información Empresarial Mexicano (SIEM)

Originalmente el Sistema de Información Empresarial Mexicano (SIEM) fue creado en 1996, para cubrir la necesidad de contar con información oportuna, veraz y de calidad relacionada a las empresas que estaban constituidas en México.

El SIEM es un instrumento del Estado mexicano con el propósito de captar, integrar, procesar y suministrar información oportuna y confiable sobre las características y ubicación de los establecimientos de comercio, servicios, turismo e industria en el país, que permita un mejor desempeño y promoción de las actividades empresariales. (CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN, 2009).

De conformidad a la ley de Cámaras Empresariales y sus confederaciones, la inscripción y registro para el SIEM en la cámara que corresponda es obligatorio para las empresas, según su numeral vigésimo noveno.

A mediados de la década de los noventa del siglo pasado, contar con información oportuna y confiable de las empresas era uno de los principales retos, ya que competir con empresas internacionales a partir de 1994, derivado de la entrada en vigor del tratado de libre comercio de América del Norte, exigía más elementos para determinar estrategias de mercados y negocios, es por ello que para esos años, el generar el SIEM era totalmente necesario, sin embargo a dos décadas de su inicio, hacemos este análisis con la finalidad de tener elementos para tomar decisiones sobre el fortalecer, modificar o eliminar este registro, en un ambiente productivo, enfocado a fortalecer una  inteligencia de negocios y mercados, a través de estrategias efectivas en materia de mejora regulatoria.

Caracterización del SIEM  

De acuerdo a las cifras presentadas por el SIEM, en el 2004 se contaba con un registro de 623,078 empresas; para el 2007 se registraron 711,243, en el 2009, se tenían 719,654, sin embargo, en los últimos años, se percibe un decremento de las empresas registradas, en el 2013, 789,760; en el 2014, 742,855 y para el 2015 contaron con 712,134 empresas registradas. (SECRETARÍA DE ECONOMÍA, MÉXICO)

A nivel nacional de acuerdo a los censos económicos realizados por el Instituto Nacional de Estadística y Geografía, en el 2004 se contaba con 4,290,108 unidades económicas (INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y GEOGRAFÍA, 2004); para el censo del 2009, ascendió a 5,144,056 unidades económicas, es decir, se presentó un crecimiento de 19.90% (INSTITUTO NACIONAL  DE  ESTADÍSTICA  Y  GEOGRAFÍA, 2009) y en el 2014 5,654,014 unidades económicas, con un crecimiento de 9.91% con relación al periodo anterior (INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y GEOGRAFÍA , 2014), esto representa que del 2004 al 2014 se han incrementado en un 31.79 % el número de unidades económicas en nuestro país.

De acuerdo a los datos obtenidos, podemos señalar que en el 2004, únicamente el 14.5235% de las unidades económicas en México se habían registrado en el SIEM.

Diez años después,  la Secretaría de  Economía en conjunto con las cámaras y sus confederaciones, a pesar de su obligación de realizar diferentes acciones para lograr los objetivos del SIEM, no cumplieron con el compromiso de obtener resultados positivos, para el 2015, hubo un decremento del 13.27% en los registros del SIEM con relación al 2004, mientras que el número de empresas creció un 31.79% entre el 2004 y el 2014; es decir, para el 2015, únicamente se registraron el 12.5951% de las empresas en México, de acuerdo al Censo Económico 2014.

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Lo anterior, muestra la apatía del sector empresarial para realizar este registro, que si bien está señalado en una ley, el hecho de que el costo beneficio que trae a las empresas sea negativo, hace que no se cumpla.

Se suma a ello, algunos obstáculos para lograr los fines del SIEM, entre ellos se encuentran que las cuotas de recuperación del SIEM no son destinadas para la mejora del sistema, sólo para cubrir gastos de operación de las cámaras, la calidad de información no es satisfactoria para generar servicios de valor agregado, así mismo, la Auditoría Superior de la Federación recomendó que se revise el contenido de la Ley de Cámaras debido a que las cámaras, aún cuando obtienen ingresos provenientes del registro de las empresas en el SIEM, no están obligadas a rendir cuentas sobre el uso y destino de dichos ingresos. (SECRETARÍA DE ECONOMÍA, 2012)

En el caso específico de Chiapas, para el 2015, los resultados son menos alentadores que los presentados a nivel nacional, ya que únicamente el 2.6835% de las empresas señaladas en el Censo Económico 2014 del INEGI, están registradas en el SIEM, es decir 4,167 empresas.

La Secretaría de Economía emite las reglas de operación de manera anual, los cuales deberán ser acatadas por la misma Secretaría, las cámaras y sus confederaciones, para tal efecto para el ejercicio fiscal 2016, se emitieron disposiciones que entre otras señala una cuota anual para empresas comerciales y de servicios de cero a dos empleados de $100.00; de tres empleados de $300.00 y de cuatro a más empleados de $640.00.

Para empresas industriales la cuota anual de cero a dos empleados es de $150.00; de tres a cinco empleados $350.00 y de seis a más empleados de $670.00.

En el caso de Chiapas, se observó que independientemente de la clasificación señalada en las reglas de operación se cobra una cuota única, que es la superior, lo que permite a las cámaras de comercio y de la industria radicados en el Estado, que actúan de acuerdo a sus confederaciones, obtener ingresos superiores a los $2,791,220.00 (dos millones setecientos noventa y un mil doscientos veinte pesos 00/100 MN).

Obligatoriedad de registro de las empresas  

Si bien es cierto que el SIEM tiene el propósito de captar, integrar, procesar y suministrar información oportuna y confiable sobre las características y ubicación de los establecimientos de comercio, servicios, turismo e industria en el país, que permita un mejor desempeño y promoción de las actividades empresariales. (CÁMARA DE DIPUTADOS DEL H. CONGRESO DE LA UNIÓN, 2009), los sujetos activos de esta Ley son las empresas, cómo lo establece el segundo párrafo del artículo 29 de esta mencionada disposición legal.

Lo anterior, nos permite identificar que los únicos obligados de acuerdo a esta ley, son las empresas y que de conformidad a la disposición transitoria establecido en el numeral dieciséis del Código Fiscal de la Federación, señala que se considera empresa la persona física o moral que realice las actividades a que se refiere este artículo, las cuales son las comerciales, industriales, agrícolas, ganaderas, pesca y silvícolas.

Se percibe que las cámaras y las confederaciones contrario a lo establecido a la ley, también cobra por estos registros a los prestadores de servicios, el cual por no ser considerados por la legislación mexicana como empresa, no son sujetos de esta obligatoriedad.

Calidad y valor de la información   

Cuando una empresa se registra ante el SIEM, proporciona la siguiente información:

Datos Generales, que incluyen clave de RFC, Nombre o denominación social, Nombre comercial y Ubicación; así también datos de contacto del establecimiento para negocios, el perfil general de la empresa, que comprende fecha de inicio de operaciones, el tipo de instalaciones, ámbito de operación, actividades principales, sí es proveedor de gobierno, rango de ventas, sí exporta o importa; con relación a la actividad económica, consideran información sobre su principal fuente de ingresos, así como los tres productos o servicios principales con respecto de los ingresos y su porcentaje de participación.

Así mismo, se obtiene información sobre el personal ocupado, identificando personas con y sin salario fijo o sueldo base, así como el personal destinado a la producción, ventas o prestación de servicios, cuántos trabajadores son empleados administrativos, contables y de dirección, los trabajadores contratados por otra razón social y cuántos trabajadores recibieron un pago exclusivamente por honorarios o comisiones sin sueldo base. En otro apartado va enfocado a la obtención de los principales productos o servicios que ofrece y los principales insumos que demanda.

Finalmente solicitan áreas de atención que consideran importantes para el desarrollo de la empresa, entre ellos: financiamiento, comercialización, gestión empresarial, capacitación y consultoría e innovación y desarrollo tecnológico. Así también, si ha obtenido créditos o financiamiento para la operación del establecimiento y el sector del que provinieron los apoyos, además de consultar si cuentan con equipo de tecnología digital, internet, publicidad y capacitación para la operación del establecimiento.

Son requeridos también se señalen la url de los sitios de internet correspondiente al facebook, twitter y grupo empresarial, así mismo indicar la cámara y/o asociación, clúster, cadena productiva a la que pertenezca y si cuenta con distintivo.

En julio del 2010, el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (INEGI) puso a disposición del público el Directorio Estadístico Nacional de Unidades

Económicas (DENUE), el cual en su séptima edición, presenta la información de identificación y ubicación de 5,004,986 negocios.

Al emitir los reportes de consulta de la información del DENUE, comprobamos que se realiza de manera gratuita y existe la posibilidad de actualizar información de manera ágil y gratuito, además de poder tener posibilidad de acceder a los mapas de localización de Google Earth.

Conclusiones  

Desprendiéndose tanto de los indicadores como de la experiencia empresarial,  que el SIEM resulta obsoleto por intrascendente   (de  años atrás a la fecha)  y adicional se ha convertido en un instrumento que obstruye la política del propio presidente de la república enfocada para democratizar la economía, toda vez que el pago del SIEM, es  utilizado ventajosamente por las cámaras empresariales al ser obligatorio  su pago  a través de estas, recalcando, que ello propicia confusión en las empresas al recibir conjuntamente  la documentación para cubrir la cuota  anual de afiliación y la correspondiente al SIEM, requiriéndoseles el pago completo.

También  el SIEM  al  requerirse como condicionante para ser proveedor de gobierno en cualquier nivel , alimenta este círculo vicioso de confusión/aprovechamiento

Las empresas disponen de la herramienta de información que brinda el Instituto Nacional  de Estadística y Geografía INEGI , misma que rebasa incomparablemente al SIEM  Recomendaciones

1.- Eliminar el pago del SIEM como requisito para participar en las licitaciones públicas y ser proveedor de gobierno en todos sus niveles u órdenes

2.- Que se derogue la obligatoriedad para el pago del SIEM por no contribuir a la política de democratizar la productividad que promueve el Gobierno de la República.

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Vázquez Constantino Enrique Alberto. (2016, marzo 7). Reflexiones sobre el Sistema de Información Empresarial Mexicano (SIEM). Recuperado de https://www.gestiopolis.com/reflexiones-sistema-informacion-empresarial-mexicano-siem/
Vázquez Constantino Enrique Alberto. "Reflexiones sobre el Sistema de Información Empresarial Mexicano (SIEM)". gestiopolis. 7 marzo 2016. Web. <https://www.gestiopolis.com/reflexiones-sistema-informacion-empresarial-mexicano-siem/>.
Vázquez Constantino Enrique Alberto. "Reflexiones sobre el Sistema de Información Empresarial Mexicano (SIEM)". gestiopolis. marzo 7, 2016. Consultado el . https://www.gestiopolis.com/reflexiones-sistema-informacion-empresarial-mexicano-siem/.
Vázquez Constantino Enrique Alberto. Reflexiones sobre el Sistema de Información Empresarial Mexicano (SIEM) [en línea]. <https://www.gestiopolis.com/reflexiones-sistema-informacion-empresarial-mexicano-siem/> [Citado el ].
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