1-BIBLIOGRAFÍA
Suffolk University." Postgrado en prevención de riesgos laborales curso
académico 2001-2002"
Suffolk University." Postgrado en auditoría de prevención de riesgos
laborales curso académico 2001"
C.F.E." Master en sistemas integrados de gestión ( P.C.MA.) curso
académico 2000-2001"
FORMASTUR." Curso implantación S.G.P.R.L abril-mayo 2003"
Conferencia de PRL y M A y SL." En Madrid 2002."
Conferencia europea sobre." Políticas de seguridad y salud en la empresa
en Madrid 2003."
Anteproyecto de Ley." Reforma del marco normativo de la P.R.L de junio
2003"
I.N.S.H.T." "Guías y criterios"
Ley 31/1995." De 8 de noviembre, de prevención de riesgos laborales (
BOE del 10)."
Real Decreto 39/1997." De 17 de enero, por el que se aprueba el
reglamento de los SP (BOE del 31)"
Norma OHSAS 18001:1990." Directrices generales para los SGPRL."
Norma OHSAS 18002:2000." Guía para la implantación SGPRL."
2-SINOPSIS
El presente proyecto para optar al título universitario de BACHELOR en
la especialidad de Industrial
Safety & Health y cuyo título es implantación de un Pan de Prevención /
Sistema de Gestión de la
Prevención de riesgos laborales tiene su contenido principal en los
puntos indicados en el índice y son
El punto 4 implantación de P. P. R. L / SGPRL donde se desarrolla la
implantación de un sistema de
gestión para la prevención de riesgos laborales en una empresa de la
construcción y sus partes
principales son:
La documentación de el plan de prevención/s.g.p.r.l, los procedimientos,
las instrucciones, los registros
Etc, el manual, política, estructura, y el desarrollo de 11
procedimientos y 1 Instrucción de Trabajo y
las fichas correspondientes.
La finalidad que se persigue con el presente proyecto en primer lugar
cumplir con los requisitos que
plantea la universidad, el fin conseguir el título universitario de
Bachelor, en segundo lugar dar un
proyecto que ayude a prevenir accidentes de trabajo sobre todo en el
sector de la construcción que es el
mas sangrante de todos los sectores empresariales de España.
3-INTRODUCCIÓN
La eficaz implantación de una acción preventiva en la empresa, en cada
puesto de trabajo, es una exigencia
establecida en la Ley de Prevención de Riesgos Laborales, transposición
al derecho español de la Directiva
Marco 89/391 CEE. Así se evitan las pérdidas que se están produciendo
año tras año, y que suponen un
inaceptable coste humano, económico y material.
Implantar un Sistema de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales nos
beneficia a todos y sobre todo a
la empresa que lo implante. Entre las numerosas ventajas que proporciona
destacan:
-Reducción potencial en el número de accidentes e incidentes en el lugar
de trabajo.
-Reducción potencial de tiempos improductivos y costes asociados.
-Demostración frente a todas las partes interesadas del compromiso con
la seguridad y salud laboral. Entre
las partes interesadas se encuentran, trabajadores, delegados, de
personal y prevención, autoridades
laborales, etc.
-Mayores posibilidades de conseguir nuevos clientes y nuevos negocios.
Reducción potencial de los costos
asociados a gastos médicos.
-Permite obtener una posición privilegiada frente a la autoridad
competente al demostrar el cumplimiento
de la legislación y regulación vigente y de los compromisos adquiridos.
-Asegura credibilidad centrada en el control de la seguridad y salud
ocupacional. Se obtiene mayor poder
de negociación con compañías aseguradoras gracias al respaldo confiable
de la gestión del riesgo en la
empresa.
-Mejor manejo de los riesgos en seguridad y salud ocupacional ahora y en
un futuro.
El Sistema de Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales puede llegar
a ser un motor de
funcionamiento casi autónomo que le permita a cualquier empresa llegar a
criterios de excelencia en la
eliminación de riesgos y accidentes, obtención de beneficios por la
reducción costes, mejora del clima
laboral, satisfacción laboral, etc., y todo ello con la mínima
inversión.
El primer paso para la implantación del Sistema, es el análisis de la
situación, este es el punto de partida y
es muy decisivo. El objetivo es obtener una perspectiva de quién es la
empresa, qué necesita y cómo lo
necesita. Con esta información, planificaremos la construcción de un
sistema aprovechando los procesos
eficaces, que la empresa está llevando a cabo y elaboraremos aquellos
que no se están realizando de
manera que se adapten perfectamente a la estructura de la misma.
Este proceso precisa de un compromiso formal de todos, pero en especial
de la Dirección de la empresa,
determinante para orientar y motivar al resto de la organización a
cumplir los requisitos de la Ley de
Prevención de Riesgos Laborales y demás acuerdos del sistema. Este
compromiso se formaliza
documentalmente en lo que se denomina Política de Prevención.
La acción se desarrolla una vez que se ha realizado la evaluación de
riesgos laborales, los resultados
determinarán las medidas que se han de tomar, plazos y responsables de
ejecución, etc.
A partir de los resultados de la evaluación se realiza la planificación
de la prevención, establecer objetivos
y metas, modos de alcanzarlos y así determinar las acciones a realizar y
procedimientos para alcanzarlos.
Así como revisiones, inspecciones, tratamiento de las no conformidades,
auditorías internas y externas,etc.
4-IMPLANTACIÓN DE S.G.P.R.L.
Un Sistema de Gestión de la Prevención de Riesgos Laborales (SGPRL), es
la parte del sistema general de
gestión de una organización, que define la política de prevención y que
incluye la estructura organizativa,
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las responsabilidades, las prácticas, los procedimientos, los procesos y
los recursos para llevar a cabo dicha
política. El SGPRL es un instrumento que sirve para que la organización
alcance el nivel de actuación
preventiva que se propone, disponiendo de un mecanismo para lograr la
mejora continua.
Para implantar un SGPRL las empresas tienen criterios y herramientas
suficientes para implantarlo y son la
legislación en PRL con sus Reales Decretos, la reforma del marco
normativo de la PRL 2003, así como
directrices generales y guías para la implantación. Aunque es
obligatorio decir que no indica como hacerlo
y sus contenidos dispersos y desordenados se dan a la confusión, la
reforma del marco normativo en PRL
establece la obligación legal de implantar un plan de prevención, que no
es otra cosa que un sistema de
gestión empresarial de prevención de riesgos laborales y sí indica los
contenidos del plan.
Este plan de prevención/Sistema de gestión de prevención en su art. 16.1
afirma que " La prevención de
riesgos laborales deberá integrarse en el sistema general de gestión de
la empresa, tanto en el conjunto de
sus actividades como en todos los niveles jerárquicos de ésta, a través
de la implantación y aplicación de
un plan de prevención de riesgos laborales, este plan de prevención de
riesgos laborales deberá incluir la
estructura organizativa, las responsabilidades, las funciones prácticas,
los procedimientos, los procesos y
los recursos necesarios para realizar la acción de prevención de riesgos
en la empresa, en los términos que
reglamentariamente se establezcan".
Este "plan" de que habla el art. 16 de la Ley de Prevención es el
"sistema de gestión de la prevención".
En el apartado 2 del citado articulo se hace referencia a los
instrumentos esenciales para la gestión y
aplicación del plan (la evaluación de riesgos y la planificación de la
actividad preventiva). En cuanto a los
elementos del plan/sistema de gestión, aunque se les nombra en el último
párrafo del apartado 1 del art. 16,
pero hay que esperar a un posterior desarrollo reglamentario para
conocerlos más en profundidad.
Por tanto y en consonancia con lo anteriormente expuesto voy a ir
desgranando los elementos para la
Implantación del Sistema de Gestión de la Prevención de Riesgos
Laborales en una empresa. Para ello he
elaborado una empresa constructora ficticia dado la incidencia de
accidentes en el sector de la
construcción.
A la empresa la llamaremos, XYZ. S.L que tomare como referencia en
aquellos apartados del Plan que así
lo requieran y que a la vez sirva de modelo ilustrativo del resultado
obtenido. Este Plan de prevención,
como todo Sistema de Gestión tiene un soporte documental, el cual,
dependiendo del tamaño, actividad o
complejidad de la empresa, puede ser más o menos extenso y prolijo. He
querido reflejar un Plan tipo,
aplicable a la práctica totalidad de las empresas, independientemente de
su tamaño, al que no le sobre nada,
y, si acaso, haya que añadirle algún procedimiento específico en función
de la actividad de la empresa.
Se trata de un Plan que cumple con los requisitos legales reglamentarios
y que, además, tiene todos
aquellos elementos que he considerado estrictamente necesarios para
lograr su objetivo final: la mejora
continua de las condiciones de trabajo.
La documentación de el Plan de Prevención está compuesta de un Manual
(El Manual del Plan de
Prevención), los Procedimientos de prevención, las instrucciones de
Trabajo y los Registros.
EL MANUAL.
Presentación.
Lo primero que debo decir del Manual es que su obligatoriedad no está
recogida en la normativa legal de
aplicación. Sin embargo, tal y como dice la norma OHSAS de prevención, y
las ISO de calidad y medio
ambiente, el Manual es el documento básico del sistema de gestión de la
prevención. En este manual se
recogen:
a) la política preventiva de la empresa y los objetivos que se persiguen
en esta materia
b) la estructura organizativa
c) las responsabilidades y funciones de todos los sujetos implicados,
así como las interrelaciones entre
éstos
d) la relación de procedimientos de trabajo, sus elementos y modo de
elaboración
e) la relación de instrucciones de trabajo, sus elementos y modo de
elaboración
f) la colección de formatos que servirán de soporte a los registros
resultantes de la aplicación de los
distintos procedimientos
POLÍTICA
La política de prevención de riesgos laborales es el conjunto de
principios o directrices que van a regir el
modo de actuar la empresa en materia de prevención de riesgos laborales.
De esos principios deberán salir
después los objetivos generales y específicos que marcarán el camino a
seguir para conseguir que nuestra
empresa sea, en materia de prevención, aquello que declaramos en la
política.
La política, además de aparecer en el manual, será plasmada en un
documento escrito y divulgada a toda la
organización (ANEXO I).
ESTRUCTURA ORGANIZATIVA
La Ley de Prevención, en sus artículos 30 y 31 recoge las distintas
opciones que tiene el empresario a la
hora de determinar la organización preventiva en su organización. Así,
el art. 30.1 dice que, " en
cumplimiento del deber de prevención de riesgos profesionales, el
empresario designará uno o varios
trabajadores para ocuparse de dicha actividad, constituirá un servicio
de prevención o concertará dicho
servicio con una entidad especializada ajena a la empresa". En los
siguientes apartados de este artículo, así
como en el siguiente, se dan unas nociones básicas del funcionamiento de
las tres opciones de organización
preventiva que la Ley establece. Por otra parte, en el Capítulo III del
Reglamento de los Servicios de
Prevención, se desarrollan estos dos artículos detalladamente.
En el ANEXO II, en el que describo la empresa XYZ. S.L que voy a
utilizar para diseñar e implantar el
Plan de Prevención, la misma ha optado por la modalidad preventiva de
trabajadores designados
simultaneada con el concierto de actividades preventivas con un servicio
de prevención ajeno. Así, la
empresa cuenta con dos trabajadores designados, que se encargan de las
disciplinas preventivas de
seguridad en el trabajo, ergonomía y psicosociología aplicada e higiene
industrial (excepto mediciones
higiénicas).
Tiene concertadas con un Servicio de Prevención Ajeno la Vigilancia de
la Salud y las Mediciones
higiénicas.
Uno de los trabajadores designados, con la Titulación de Técnico
Superior con las tres especialidades, se
dedica exclusivamente a las actividades preventivas. El segundo, Técnico
Superior en Seguridad, es uno de
los Aparejadores de la Oficina Técnica, dedicándose a las actividades
preventivas la mitad de su jornada
laboral.
En el Anexo II se recoge el organigrama funcional de la empresa, y en el
Anexo III, el de Estructura
Organizativa de la empresa XYZ.S.L, así como los Registros
correspondientes.
RESPONSABILIDADES Y FUNCIONES
Este apartado está estrechamente unido al anterior, ya que la estructura
organizativa preventiva que vimos
en el mismo va a determinar, en gran medida, las responsabilidades y
funciones de cada miembro de la
empresa. No se debe olvidar que parto de un concepto de prevención
caracterizado por la "integración de
ésta en el sistema general de gestión de la empresa.
En el ANEXO IV se detallan las responsabilidades y funciones en el Plan
de Prevención de la empresa.
PROCEDIMIENTOS
Los Procedimientos del Sistema, son documentos que describen de forma
detallada cómo se realizan
determinadas funciones descritas en el Manual, asignando al efecto los
responsables de su ejecución.
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Cada empresa puede crear y establecer cuantos procedimientos preventivos
considere necesarios, pero
pienso que un exceso de procedimientos perjudica el funcionamiento del
sistema, burocratizándolo
demasiado. Por eso, he querido proponer en la implantación del sistema
de 12 procedimientos (el
duodecimo, además, específico para empresas constructoras), pues pienso
que, en general, pueden ser
suficientes para casi cualquier organización. De hecho mi propuesta es
un modelo básico que puede servir
de guía para crear, con algunas adaptaciones, los procedimientos de la
gran mayoría de empresas. Soy
consciente, no obstante, de que grandes empresas, con procesos
productivos complejos o con actividades
de alto riesgo, puedan requerir algún procedimiento añadido, pero en
ningún caso creo que debieran ser
muchos más.
Se debe pensar que el destinatario del procedimiento puede ser cualquier
trabajador. Es un error creer que
va dirigido exclusivamente a los Técnicos de Prevención. Por tanto,
tiene que ser un documento simple ,
con una redacción clara.
En la portada, además del nombre y/o logotipo de la empresa, figurará el
nombre del documento, su
codificación, número de edición o revisión y fecha, así como la firma de
las personas que lo han elaborado
y aprobado. Igualmente debe mencionarse si se trata de una copia
controlada o informativa. No se puede
olvidar que el sistema de gestión de la prevención, debe y puede ser
integrado con los sistemas de calidad
y/o medio ambiente si así lo requiere la organización de la empresa.
Todo procedimiento incluirá los siguientes apartados:
OBJETIVO: Nos dirá qué es lo que se pretende conseguir con el
procedimiento.
ALCANCE: Indica qué actividades, procesos, y áreas de la organización se
van a ver afectadas por el
mismo.
RESPONSABILIDADES: Se recogen en este apartado los cargos o puestos que
se van a ver implicados en
el cumplimiento del procedimiento.
DESARROLLO: Es el cuerpo básico del procedimiento, en el que se describe
de forma detallada y clara
cada uno de los pasos que lo conforman.
REFERENCIAS: Aquí incluiremos una relación de todos los documentos
internos y externos con los que
se relacione el procedimiento, como Manual, otros procedimientos, normas
(OHSAS, ISO, etc), leyes,
decretos, etc.
Cada procedimiento tendrá sus propios formatos, que figuran al final de
cada uno como anexos. Los
formatos, se diseñarán de manera que simplifiquen y reduzcan al máximo
el número de anotaciones que
haya que llevar a cabo por los usuarios. Estos formatos, cuando se
cumplimenten se convertirán en los
registros del sistema. En cuanto a la gestión de estos registros me
remito al procedimiento correspondiente,
en el que se recogen todos los detalles sobre el particular.
El Sistema de Gestión de la Prevención que propongo en este proyecto
tiene los siguientes procedimientos:
PER.00 Procedimiento de Evaluación de Riesgos
PAP.00 Procedimiento de Planificación de la Actividad Preventiva
PAINC.00 Procedimiento de actuación ante accidentes, incidentes y no
conformidades
PPQEP.00 Procedimiento de control de Productos Químicos, Equipos y
Procesos
PISOT.00 Procedimiento de inspecciones de seguridad y observaciones del
trabajo
PFICP.00 Procedimiento de formación, información, consulta y
participación
PMERGI.00 Procedimiento de Medidas de emergencia y actuación ante
situaciones de riesgo grave e
inminente
PGDR.00 Procedimiento de gestión de la documentación y registros
PCAE.00 Procedimiento de coordinación de actividades empresariales
PSERS.00 Procedimiento de seguimiento, evaluación y revisión del sistema
PAI.00 Procedimiento de auditoría interna
PAPOC.00 Procedimiento de actividades preventivas en obras de
construcción
INSTRUCCIONES DE TRABAJO
Las instrucciones de trabajo son documentos de menor rango que los
procedimientos que describen y
detallan cómo se realizan determinadas actividades que entrañen
especiales riesgos para la seguridad y
salud de los trabajadores. En las empresas constructoras constituyen un
elemento importante del sistema
preventivo, ya que una gran parte de las actividades desarrolladas
entrañan riesgos considerables.
La estructura de la instrucción es mucho más sencilla que la del
procedimiento y se compone de:
OBJETIVO: o a qué actividad va a afectar
DESARROLLO: explicación detallada de cómo realizar la actividad, con qué
medios de protección y
cómo registrar los resultados, cuando proceda.
Como los procedimientos, algunas instrucciones tendrán como anexos sus
formatos correspondientes, los
cuales se convertirán en registros cuando se cumplimenten.
REGISTROS
Los registros son los formatos del sistema una vez cumplimentados. Estos
registros van a permitirnos
comprobar el efectivo cumplimiento de los requerimientos del sistema,
así como su adecuación y eficacia.
Igualmente, los registros nos van a permitir, tras su análisis, tomar
decisiones para la mejora del sistema.
Por eso, es muy importante la gestión de estos registros y su archivo.
ANEXO I
1. POLÍTICA DE PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
La Dirección de XYZ, S.L, consciente de que la prevención de riesgos
laborales es un derecho irrenuncia-
ble de los trabajadores, imprescindible para promover la mejora continua
de su seguridad y salud; así como
de su deber legal y del beneficio que supone para la empresa garantizar
una prevención eficaz y eficiente a
todos los empleados, ha decidido, de común acuerdo con todos sus
trabajadores, enunciar formalmente una
serie de principios y compromisos fundamentales, que constituyan la
política de la empresa y sirvan como
pilar básico donde asentar el Plan de Prevención de Riesgos Laborales
que se pretende implantar. Estos
principios y compromisos, que siguen los aspectos clave de política
empresarial que señala la propia
legislación, son:
· La prevención constituirá un proceso de mejora continua o " acción
permanente para mejorar
los niveles existentes" (art. 14 de la Ley de Prevención de Riesgos
Laborales- L.P.R.L.).
· La actividad preventiva se integrará en el conjunto de actividades y
decisiones de la empresa,
tanto en los procesos técnicos, en la organización del trabajo y en las
condiciones en que éste se
preste, como en todos los niveles de la línea jerárquica; lo que supone
que todos ellos asumirán
la obligación de incluir la prevención de riesgos laborales en cualquier
actividad que realicen u
ordenen y en todas las decisiones que adopten (art. 1.1. del Reglamento
de los Servicios de
Prevención- R.S.P.).
· La empresa definirá funciones y responsabilidades en materia de
prevención en todos los
niveles jerárquicos de la empresa, que estarán incluidas dentro de un
Plan de Prevención de
Riesgos que contemple, además, las prácticas, los procedimientos, los
procesos y los recursos
necesarios para llevar una acción preventiva integrada en la
organización (Art. 2.1. del R.S.P.).
· Se garantizará la información, formación y participación de todos los
trabajadores en la
actividad preventiva, como pieza clave del éxito de la implantación de
la política preventiva
(arts. 18 y 19 L.P.R.L.).
Nota: Es probable que en esta página web no aparezcan todos los elementos del presente documento. Para tenerlo completo y en su formato original recomendamos descargarlo desde el menú en la parte superior
Lic. En Seguridad en el Trabajo y Salud Auditor de Sistemas de Gestión de Prevención de Riesgos Laborales, Medio Ambiente y Calidad.
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