RESUMEN
El tema “La impunidad como uno de los factores criminógenos en el
Distrito Metropolitano de Caracas, (Año 2001) y su relación con la
actuación del funcionario policial”, se ubica en el campo de la
Prevención de la criminalidad. Es evidente que al hacer prevención debe
necesariamente, aplicarse correctivos y sanciones penales en los casos
en que se cometen delitos; a fin de evitar que aumente la criminalidad,
procurando combatir la impunidad Una de las formas de hacerlo, en aras
de una efectiva prevención de la criminalidad, es reconociendo la
relación que existe entre ésta y la actuación del funcionario policial
ante la comisión de delitos; pues si ésta no se adapta a lo exigido en
la constitución y las leyes, los autores de esos hechos antijurícos,
quedan sin la pena o sanción que por ley les corresponde. La
investigación es de tipo documental bibliográfica apoyada en
investigación de campo en tanto que se utilizaron estadísticas
delictivas realizadas por otras instituciones. Se estructuró en cinco
capítulos, donde el primero corresponde al planteamiento del problema,
interrogantes de la investigación descripción del objetivo general y los
objetivos específicos; el segundo comprende el marco histórico
referencial, que incluye las bases teóricas y jurídicas de la
investigación, el tercero corresponde al desarrollo de las formas
generales de actuación del funcionario ante la comisión de delitos y; el
cuarto y quinto capítulo desarrollan los aspectos de la vinculación de
la impunidad con el aumento de la criminalidad y la relación que con
ello tiene la actuación policial, y por último se presentan las
conclusiones y recomendaciones realizadas por la autora con ocasión a la
investigación efectuada y sus anexos.
INTRODUCCIÓN
Venezuela ha venido presentando situaciones o crisis desde el punto de
vista económico, político y social; de este último envuelve el área de
la seguridad ciudadana, la cual constituye una de las primeras
responsabilidades del Estado. Así se evidencia en el contenido de
algunos artículos de la Novel Constitución de la República Bolivariana
de Venezuela, vigente desde 1999, las cuales imponen el deber de los
órganos de seguridad ciudadana de actuar en corresponsabilidad con la
sociedad civil organizada, para procurar una mejor seguridad.
Es por lo antes señalado que las Instituciones que forman parte de la
estructura del Estado como son los órganos de seguridad ciudadana entre
ellos la Policía Metropolitana dirigidos a la Prevención de la
Criminalidad, por ser estos órganos parte de los brazos ejecutores del
Estado y a través de los cuales se ve materializada esa función que el
mismo debe cumplir y que forma parte de su política criminal.
En ese mismo orden de ideas, es oportuno señalar que simultáneamente a
la labor preventiva que cumplen los órganos de Seguridad Ciudadana
dirigida a contrarrestar la criminalidad o disminuirla a límites
tolerables, deben tomarse medidas correctivas en aquellos casos donde se
pone de manifiesto la comisión de hechos punibles.
En este contexto, si los hechos delictivos perpetrados en una
determinada localidad quedan impunes, esto va a influir en que aumente
la criminalidad, debido a que los autores de delitos al ver que no han
sido castigados por sus crímenes anteriores, reinciden en conductas
delictivas y de igual manera, otros individuos al percatarse de la
impunidad reinante en un sector, ven la posibilidad para empezar a
delinquir o para continuar haciéndolo y es por ello que debe conocerse
la vinculación existente entre la actuación del funcionario policial y
la impunidad a fin de mejorarla para prevenir la criminalidad.
Trabajos de Investigación como el desarrollado en esta oportunidad,
tienen en la mayoría de los casos, propuestas de programas que se pueden
desarrollar dentro de las comunidades que seguramente conducirán a
obtener resultados positivos con relación a la disminución de los
índices delictivos y a la integración de la Policía con la Comunidad,
porque permiten analizar aquellos factores que se tienen como causa
directa o indirecta del aumento de esos índices como es el caso de la
impunidad la cual constituye un factor criminógeno o generador de
criminalidad asociada en este caso a la actuación policial según las
opiniones de expertos estudiosos de la materia y de lo observado por
experiencia propia.
La investigación se ubicó metodológicamente dentro del estudio
documental apoyado en investigación de campo donde la técnica de
recolección de datos fue el fichaje, usando como instrumentos, las
fichas y los disquete de computadoras, se utilizaron estadísticas
delictivas elaboradas por otras instituciones como son el Ministerio de
Interior y Justicia a través de la Dirección General de Prevención del
delito, Secretaría de Seguridad Ciudadana y Dirección de Investigaciones
de la Policía Metropolitana (P.M.), que fueron analizadas y evaluadas en
esta investigación por la autora .
En este caso se buscó establecer la vinculación que existe entre la
actuación policial y la impunidad como factor criminógeno en el Distrito
Metropolitano de Caracas, a fin de corregir irregularidades en la
actuación, y que de esta manera se logre reducir la criminalidad a
límites tolerables en un corto o mediano plazo; los hechos se presentan
tal como ocurren y algunas informaciones o eventos que determinan la
realidad.
El trabajó, estructurado en cinco capítulos, se fundamentó en una
investigación documental bibliográfica que ubica el problema, en el
marco contextual mediante la indagación de aspectos teóricos obtenidos
de la revisión bibliográfica de textos, revistas y otros.
CAPÍTULO 1 EL PROBLEMA
1.1. Contextualización y Planteamiento del Problema
La prevención de la criminalidad en el país, requiere la evaluación de
diversos factores que inciden en el aumento del índice de los delitos
que son comunes en diversos sectores geográficos, aunque varían de un
lugar a otro en cuanto a sus características; así por ejemplo, el
Distrito Metropolitano de Caracas refleja día a día un índice de
criminalidad mucho mayor al resto del país.
En muchas comunidades se ha venido realizando iniciativas dirigidas a
identificar las causas de esa criminalidad; criminólogos como Del Olmo,
R. (1991), aseguran que los delincuentes son el resultado del deterioro
de las normas sociales como consecuencia de innumerables motivos, entre
ellos: la impunidad de los delitos cometidos, el desempleo, la crisis
económica, las condiciones deplorables como vive gran cantidad de la
población, la industrialización, aunado a la propensión de algunos
individuos a delinquir.
Existen dentro del Distrito Metropolitano de Caracas, lugares de mayor
criminalidad que ameritan una atención especial. Esto se debe en algunos
casos que los integrantes de su comunidad se muestran poco diligentes a
tomar medidas dirigidas a una prevención de la criminalidad, partiendo
de la premisa que esta es un área de la Política Criminal que no sólo es
responsabilidad del Estado, sino también de todas las organizaciones,
asociaciones, instituciones e individuos que integran las comunidades.
Las afirmaciones indicadas en el párrafo anterior se basan en las
estadísticas delictivas manejadas por la Secretaría de Seguridad
Ciudadana de la Alcaldía Metropolitana (2001) y la Dirección General de
Prevención del delito del Ministerio de Justicia (2001). Motivado a
esto, la Policía Metropolitana viene efectuando una labor tendiente a
integrarse con la comunidad a fin de unir esfuerzos y despertar el
interés de los ciudadanos o comuneros, especialmente de los líderes
comunitarios de manera que ellos puedan conocer factores, que inciden en
el aumento de la criminalidad y poder atacarlos.
En la comunidad se ha podido detectar que entre los factores
criminógenos que inciden en el aumento de la criminalidad se encuentra
la impunidad de los delitos cometidos; la cual en gran porcentaje es
responsabilidad de la Policía que actúa inicialmente en las
investigaciones por no dar fiel cumplimiento a lo instituido en la ley
para su actuación por causas diversas.
Lo señalado se evidencia en el libro de Actas de Procedimientos Penales
que se lleva en este Departamento de Audiencias, juicios y Evidencias,
adscrito a la Dirección de Investigaciones de la Policía Metropolitana,
donde se hace el seguimiento de todo los procedimientos efectuados por
los funcionarios policiales, que son pasados a la Fiscalía o a los
respectivos Tribunales Penales y no culminan en un proceso penal, o una
vez iniciado éste, no llegan a tener sentencia, por alguna actuación
incompleta o equívoca del funcionario actuante y en las estadísticas
manejadas por los Tribunales Penales de la Circunscripción Judicial del
área metropolitana.
Esta responsabilidad del funcionario policial en la impunidad de los
delitos cometidos, según Hernández, L (2000), está asociada a su
actuación incorrecta (p. 22)
En ese mismo orden de ideas, si la situación persiste los factores
incidentes en la impunidad del delito se cimentarán y la criminalidad
alcanzará niveles más elevados; por tal razón surge la necesidad de
analizar la actuación del funcionario policial y su vinculación con los
delitos impunes como factor determinante en el aumento de la
criminalidad.
1.2. Interrogantes de la Investigación
§ ¿Cuáles son las formas generales de actuación del funcionario de la
Policía Metropolitana ante la comisión de delitos?
§ ¿Por qué la impunidad de delitos es un factor criminógeno en el
Distrito Metropolitano de Caracas?
§ ¿Cómo se relaciona la actuación del funcionario de la Policía
Metropolitana con la impunidad del delito en la jurisdicción del
Distrito Metropolitano de Caracas?
1.3. Objetivos de la Investigación
1.3.1. Objetivo General
Analizar la impunidad de los delitos como uno de los factores
criminógenos en el Distrito Metropolitano de Caracas, durante el año
2001 y su relación con la actuación del funcionario policial.
1.3.2. Objetivos Específicos
§ Describir las formas generales de actuación del funcionario de la
Policía Metropolitana ante la comisión del delito.
§ Determinar la vinculación que existe entre la impunidad de delitos y
el aumento de la criminalidad en el Distrito Metropolitano.
§ Establecer la relación existente entre la actuación del funcionario de
la Policía Metropolitana y la impunidad del delito en el Distrito
Metropolitano de Caracas.
1.4. Justificación de la Investigación
La investigación que se desarrolla es importante porque propone ideas a
ser aplicadas en una comunidad tan afectada por la criminalidad como lo
es el Distrito Metropolitano de Caracas. De ese modo se busca dar a
conocer la relación que existe entre la impunidad de delitos cometidos
en el Distrito Metropolitano de Caracas y el aumento de la criminalidad,
además de la incidencia que ha tenido la actuación de los funcionarios
policiales en la impunidad de delitos flagrantes procesados por la
Policía Metropolitana y puestos en conocimiento del Ministerio Público y
de los Tribunales de Control del Circuito Judicial del Área
Metropolitana de Caracas.
Asimismo, se busca establecer la vinculación que existe entre las
actuaciones del funcionario policial y la impunidad de delitos en el
Distrito Metropolitano como uno de los factores generadores de
criminalidad pues la prevención de ésta según Arroyo, J (2003) puede ser
de diversas formas y entre ellas se encuentra la “prevención
subsiguiente” que es aquella que se hace después que se han cometido
ciertos hechos delictuales a fin de evitar su reiteración en una
comunidad determinada y la misma busca atacar los factores criminógenos
en manera amplia tal como es el caso de la impunidad.
Por otra parte se busca integrar al Policía como un promotor social
dentro de una comunidad conflictiva a fin de prevenir la criminalidad,
pues como lo señalaba Ramos, B. (1999), en su trabajo: Estrategias de
acción de la Policía Metropolitana en la Parroquia La Vega para prevenir
la criminalidad “…Prevenir la criminalidad a través de programas que
aporten soluciones debería ser el norte de todos”. En este sentido, es
preciso estar consciente de la importancia que reviste conocer el
fenómeno de la impunidad, la forma como este se genera y la urgencia que
representa atacarlo en la sociedad venezolana específicamente en el
Distrito Metropolitano.
1.5. Sistema de Variables
Está referido a la definición conceptual y operacional de las variables.
Hernández y otros (2002) señalan lo siguiente:
“Una definición conceptual trata el término o variable con otros
término. Se trata de definiciones de diccionario o de libros
especializados…” (p. 170) y “Una definición operacional constituye el
conjunto de procedimientos que describe las actividades que un
observador debe realizar para recibir las impresiones sensoriales, las
cuales indican la existencia de un concepto teórico en mayor o menor
grado…” (p.171).
En ese mismo sentido apunta Flames, A.(2001):
“Variables son características que pueden ser medidas” (p. 26)
En el enfoque cuantitativo; el autor plantea, que cuando se realiza una
investigación de índole exploratoria, descriptiva, clasificatoria,
diagnóstica y/o de diseño de investigación longitudinal o transversal y
lo de modalidad documental; se debe utilizar el término cuadro de
variables y cuando se realiza una investigación de índole correlacional,
explicativa, evaluativa y/o de diseño de investigación pre experimental,
cuasi experimental o experimental y/o de modalidad de campo; utilizar el
término Operacionalización de variables y es necesario definir su
posición en la investigación. (Idem, p. 26)
Según Salkind, N. (1998) “la palabra variable tiene varios sinónimos
como cambiante inestable … una variable es un sustantivo y representa
una clase de resultados que pueden asumir más de un valor” (p.24). Según
Chávez, N. (1994) “las variables son atributos o características
observables que están presente en una persona objeto, fenómeno o hecho,
que se diferencian entre sí, porque admite valores específicos que
varían entre ellos” (p. 124). A continuación se presenta, en el cuadro
N° 1, la Conceptualización de las variables y en la página N° 9, el
cuadro N° 2 correspondiente a la Operacionalización de las variables
CAPÍTULO 2 MARCO HISTÓRICO REFERENCIAL
2.1. Reseña Histórica de la Policía Metropolitana
Es necesario averiguar el pasado para comprender el presente y
aproximarse al futuro; la idea que identifica el término policía viene
de la antigua Grecia, y se refería al Gobierno de una ciudad.
Los dos términos están relacionados con la Policía Griega, el Estado
Ciudad al igual que con la denominación POLITEIA; Policía significa buen
orden, tranquilidad o normalidad en la vida de una ciudad o Estado.
Limpieza, aseos, cortesía, urbanidad, cuerpo que mantiene el orden
material externo y la seguridad del Gobierno de los ciudadano o súbditos
a quienes ampara la Legislación vigente (Policía Metropolitana. 1982).
2.1.1. La Policía en la época colonial
En los tiempos coloniales no existió una organización que se pudiera
llamar Policía, la función era ejercida por los representantes de la
Monarquía Española y tenía la contribución del ejército que era el
responsable del mantenimiento de la tranquilidad social. Ya para el
siglo XVIII, todos los asuntos de policía eran conocidos por los
representantes de la corona en la Capitanía General de Venezuela.
La jurisdicción era múltiple e indeterminada y la competencia abarcaba
todos los aspectos que pudiera perturbar la estabilidad de la Capitanía
de manera que pudieran aprehender a los infractores, señalar a los
sospechosos de rebeldía, recolectar impuestos u organizar militarmente
la defensa de aquello que fuese un peligro inminente para el Imperio
Español.
Briceño H. (1993) “Sus funciones podrían ser represivas o preventivas y
nunca fueron parceladas o especializadas. Se establecieron juntas de
policías para dirigir el cuerpo de alguaciles y guardias de viajeros…,
quienes tuvieron especialmente el encargo de vigilar las calles durante
la noche”. (Ídem, p 15.)
Nótese que durante la colonización y a consecuencia de las enormes
distancias que separaban al Nuevo Mundo de la Metrópolis, “toda las
competencias sobre el orden público… fueron delegadas a los gobernadores
de provincias y municipalidades, quedando siempre la instancia de apelar
ante la Corte Española de aquellas decisiones que tomaban los órganos
delegados”. (ídem, p. 16).
2.1.2. La Policía del siglo XVIII.
A finales del siglo XVIII, el General Francisco de Miranda, presentó sus
Proyectos Constitucionales para un Gobierno Provisorio, documentos en
los que dejaba traslucir sus inquietudes por el orden y la paz
ciudadana, señalando en la parte correspondiente a los cuerpos
municipales.
Marín E. (1982) señala en ese sentido:
Estos cuerpos lo formaran ciertos números de ciudadanos del Distrito, a
quienes designará los ciudadanos activos y compondrán un cuerpo de
electores para la presentación provincial, sus deberes principales serán
la Policía y la Administración interna de las ciudades, así como la
designación de las personas que deben formar las Asambleas
Provisionales. Los miembros de los cuerpos municipales no serán menores
de 35 años y deberán tener una renta anual de al menos 500 pesos.
(Policía Metropolitana 1982, p. 6).
2.1.3. Período 1810 – 1957
El siglo XIX, y a raíz del 19 de abril, se habla formalmente de la
Policía, Briceño H. (1993), ésta era considerada como:
“Un cuerpo que tenía por finalidad específica velar por la seguridad de
las personas y sus bienes. La historia de la Policía del país, y por
ende de la Policía de Caracas se empieza a escribir a la par de los
acontecimientos históricos que determinaron el nacimiento de la
República”. (p. 8)
Desde los inicios del proceso de creación de los Poderes Público y de
las instancias administrativas surgió la necesidad de tener un Tribunal
de Policía para garantizar el orden. A partir de la firma del Acta de la
Independencia a través de los cuales la Institución Policial ha ido
evolucionando, sufriendo transformaciones, cambio de nombres, ha
desaparecido parcial y totalmente, pero ha renacido con más fuerza y una
misión definida.
La organización policial ha ido experimentado modificaciones de forma y
de fondo en cada uno de los diversos regímenes políticos que han
delimitado la historia de Venezuela desde el 19 de abril de 1810,
pasando por diversas formas de gobierno; y hasta el nacimiento de la
democracia estuvo bajo órdenes de personas con criterios diferentes y
que incluso tenían ideologías opuestas a las de sus antecesores y estos
cambios de parecer constituían en la mayoría de los casos, atraso para
la Institución y desaliento para sus integrantes.
En 1870, El presidente Antonio Guzmán Blanco, nombra por primera vez un
Director de Policía con funcionarios propios de Cuerpo Preventivo
Uniformado, el General Hipólito Acosta quien elaboró entre otras cosas
el primer Reglamento de Policía del Distrito Federal (Idem, p. 10)
En 1938 se crea por primera vez en el país la Escuela de Policía cuyo
primer Director fue el Coronel Aniceto Sosa Cabrera que elaboró el
primer diseño curricular para la formación de agentes policiales.
2.1.4. Período 1958 – 1999
Desde el 23 de Enero de 1958, la Institución Policial comienza a
estabilizarse. La Policía Caraqueña ha tenido varias denominaciones, una
de ellas Cuerpo de Seguridad Pública del Departamento Libertador, hasta
el primero de enero de 1957, cuando se convirtió en la Policía Municipal
del Distrito Federal, y con una jurisdicción en los Departamentos que lo
forman.
El 21 de Diciembre de 1969. Briceño H. (1993), “se crea la Policía
Metropolitana, firmándose el convenio constitutivo en ese mismo año por
los Gobernadores del Distrito Federal y del Estado Miranda y la Policía
Municipal, para ejercer con mayor eficiencia el servicio policial”.(p
77).
A partir de la entrada en vigencia de la Constitución de la República
Bolivariana de Venezuela en enero de 2000 y la Ley de Transición del
Distrito Federal al Distrito Metropolitano de Caracas, la Policía
Metropolitana pasa a un contexto descentralizado es decir, a depender
única y exclusivamente de la Alcaldía Metropolitana, momento en que se
asigna la responsabilidad territorial de los Municipios Libertador,
Chacao, Sucre, Baruta y El Hatillo.
Importa y por muchas razones, la reseña histórica referida, motivado a
que la presente investigación gira en torno a la Policía Metropolitana y
a la actuación de sus funcionarios que en la medida como estén mejor
preparados profesionalmente lograrán desempeñar su rol de una manera más
efectiva y que habrá de contribuir a que la institución policial
continúe desarrollándose y modificándose en forma positiva.
En el mes de octubre del año 2002 se inicia en la Institución Policial
un proceso de rebeldía por parte de un grupo de funcionarios que osaron
en tomar las instalaciones de la Dirección General de la Policía
Metropolitana, aduciendo diversas razones; situación esta que no pudo
ser controlada inmediatamente y el 16 de noviembre, el Ejecutivo
Nacional a través del Ministerio de Interior y Justicia dictó una medida
de intervención militar para esta Institución, reflejándose una vez más
las consecuencias de las diferencias políticas.
No obstante, que el Alcalde Metropolitano de Caracas, Alfredo Peña
interpuso acción de Amparo Constitucional ante la sala constitucional
del Tribunal Supremo de Justicia en fecha 25 de noviembre de 2002, cuya
sentencia fue publicada el 11 de diciembre del mismo año, donde se
ordenó levantar la medida de intervención y se ratificó lo enunciado en
la sentencia N° 1563 del 13 de diciembre de 2000; la Policía
Metropolitana continuó intervenida y fue despojada de las armas
necesarias para llevar a cabo la función policial en la calle.
Es de hacer notar, que en base a la situación de desventaja y de
inseguridad personal que representan para el funcionario policial, las
circunstancias antes descritas, la actuación del funcionario ante la
comisión de delitos disminuyó considerablemente y en forma directamente
proporcional ha aumentado la impunidad en el Distrito Metropolitano y
tal como lo muestran las estadísticas delictivas del Cuerpo de
Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (año 2002), los
índices de criminalidad de igual manera han alcanzado niveles
intolerables.
2.2. Antecedentes del Estudio
En esta parte del trabajo se presentan los resultados de la revisión
bibliográfica efectuada en la biblioteca del Instituto Universitario de
la Policía Metropolitana y en otras bibliotecas públicas, la cual arrojó
como resultados favorables la identificación de tres (3) trabajos cuya
temática se relaciona con la del presente estudio; sus aspectos más
relevantes se exponen a continuación:
§ El trabajo realizado por Ramos, B (1999) para optar al título de
Prevención de la Criminalidad titulado “Estrategias de Acción de la
Policía Metropolitana en la Parroquia La Vega para prevenir la
Criminalidad”, cuyo objetivo principal fue diseñar las estrategias
posibles para contribuir a la integración de la Policía Metropolitana
con la comunidad, de tal manera que juntas pudieran trabajar en la
prevención del delito.
El estudio se fundamenta en un nivel descriptivo con un diseño de
investigación de campo mediante el cual se pudo encuestar o entrevistar
una muestra de 272 personas habitantes de la Parroquia La Vega a quienes
se consultó en relación con su participación en la prevención de la
criminalidad en su parroquia, los resultados obtenidos permitieron
comprobar al autor que las estrategias de acción que aplica la Policía
Metropolitana en la Parroquia La Vega no son las más apropiadas, las más
completas y esto se evidencia en los resultados de las encuestas, las
cuales reflejan por tan poca participación ciudadana y de la Policía
Metropolitana no han obtenido éxito en el desempeño de sus funciones.
La relación del trabajo en comentario con el que se presenta, es que
éste aporta información en los aspectos siguientes: Relación de la
Policía Metropolitana con los líderes comunitarios de las Parroquias,
así como datos geográficos y socio-económico de las mismas.
§ El estudio realizado por Torres J. (1999), para optar al titulo de
Especialistas en Prevención de la Criminalidad en el I.U.P.M, titulado
“Propuesta para disminuir los índices delictivos en la Parroquia El
Paraíso del Municipio Libertador con la participación de la División del
Patrullaje Vehicular”, donde el objetivo general fue: “Diseñar una
propuesta para disminuir los índices delictivos en la Parroquia El
Paraíso del Municipio Libertador, con la participación de la División
del Patrullaje Vehicular”.
El estudio se realizó bajo una investigación de tipo descriptivo con un
diseño mixto (documental y de campo); se trabajó con la población de
dicha localidad que según datos de la OCEI, para 1994 era de Treinta y
cuatro mil setecientas veinticinco (34.725) personas, de allí se tomó
solo la población correspondiente a personas mayores de 18 años, la cual
constituía un 53% para un total de Dieciocho mil cuatrocientos cuatro
(18.404) personas, tomándose una muestra probabilística de Doscientas
cuarenta y cinco (245) personas. Este trabajo se relaciona con el
presente estudio en tanto que aporta datos importantes con relación a
las bases teóricas de la investigación que se desarrolla.
§ González J. y Lugo J. (2002), realizaron un trabajo para optar al
título de Prevención de la Criminalidad titulado “Estudio sobre la
preservación y conservación de las evidencias en la escena del suceso,
caso Policía Metropolitana”, y su objetivo general fue: “Determinar los
elementos de convicción que intervienen en la preservación y
conservación de las evidencias en la escena de sucesos por funcionarios
de la Policía Metropolitana”, éste se fundamentó en un tipo de
investigación de campo con un nivel descriptivo en cuanto a la
profundidad con que se realizó, y se trabajó con una población de dos
mil quinientos cuarenta y cinco (2545) funcionarios operativos donde se
seleccionó una muestra no probabilística del sub tipo intencional de
ciento cinco (105 funcionarios), a quienes se evaluó con relación a sus
conocimientos en cuanto a preservación y conservación de evidencia en el
sitio del suceso.
La relación de dicho estudio con el presente trabajo es que aporta datos
relacionados al nivel de conocimiento que tiene el funcionario policial
en materia de preservación y conservación del sitio de suceso y de cómo
incide esto en la impunidad.
2.3. Bases Teóricas
El proceso preventivo se enfoca desde dos puntos de vista:
1. Acciones y estrategias para educar y sensibilizar a los miembros de
la comunidad.
2. Operativos Técnicos de control social formal (tipificados)
Dentro del punto uno adquiere gran relevancia el rol del policía como
promotor social en las comunidades o expresado de otro modo sería la
función que ha de cumplir el funcionario policial para promover la
sociedad para el mejoramiento de la calidad de vida, una mejor
organización y desenvolvimiento de los grupos sociales que la integra.
2.3.1. Control Social.
Ahora bien con relación al punto dos (2): Operativos Técnicos de Control
Social formal, es preciso señalar que el concepto de Control Social fue
acuñado en el léxico sociológico por Eduardo A. Ross, en el año de 1890
cuando inició una serie de publicaciones sobre el tema dentro de las que
destaca El Control Social, para él era la “denominación voluntaria,
influencias sociales y previsiones científicas, que se manifiestan
informalmente en las sociedades simples y se van haciendo más formales y
con mayor presión, en la medida en que las sociedades se hacen más
complejas”; (Ross. A, 1890 p, 17),
Por otra parte señalaba Biancucci, D. (1960) que control social es la
suma de todos los procedimientos por los cuales la sociedad o los
grupos, consiguen que la conducta de sus miembros, grupos o individuos
sea conforme a lo que de ellos se espera, entre otros autores que han
tratado el tema.
Este control social dirigido a contrarrestar las desviaciones sociales y
por ende a los delitos, como unas de sus manifestaciones, los cuales
forman la criminalidad, puede ser informal o formal, donde el primero es
característica predominante de las comunidades rurales y el segundo
caracteriza en primer término a las comunidades más desarrolladas.
El control informal se manifiesta de manera intensa como son las normas
de comportamiento social, no jurídicas, pero que son tradicionales, lo
mismo que usos y costumbres del lugar que deben ser observados
constituyéndose en sanciones de control social informal.
El control formal consiste en una serie de medidas sistematizadas con la
expresa voluntad de establecer, conservar y desarrollar la armonía
social de sus miembros, este se realiza a través de leyes, códigos,
normas de comportamiento general, decretos, resoluciones, ordenanzas,
instrucciones, estatutos y otra clase de normas reguladoras del
comportamiento social, Arroyo J. (2002) citando a Gabaldon (1965) define
el control social formal como “el conjunto de agencias, instancias,
específicamente encargadas por el Estado de definir, individualizar,
detectar, restringir y/o prevenir cualquier comportamiento sujeto a una
pena legal”.(p, 36)
De acuerdo a lo antes descrito es oportuno indicar que las instituciones
de control social formal son las leyes, los tribunales de Justicia, las
policías los asilos para enfermos mentales, drogadictos, alcohólicos,
ancianos, niños o adolescentes, infractores o en estado de peligro,
retenes penitenciarios, cárceles, instituciones que se encuentran
ubicados dentro de los tres sub-sistemas que conforman el sistema penal
a través del cual, el Estado ejerce el control social, a saber:
judicial, policía y penitenciario, los cuales deben marchar a la par no
permitiendo incongruencias entre las actividades de uno y otro.
Con lo señalado en párrafos anteriores se evidencia que el control
social formal no sólo abarca los mecanismos internos de una comunidad
para contrarrestar las desviaciones sociales, sino también los
mecanismos usados por el Estado a través de sus instituciones y la
concordancia entre las funciones de esas instituciones.
Se quiere con ello significar que la labor de los funcionarios de la
Policía Metropolitana, como órganos de investigaciones penales y uno de
los primeros que actúan en sitios donde se han cometido delitos debe
estar enmarcadas dentro de lo establecido en las disposiciones legales,
relativas a preservación y conservación de las evidencias en la escena
de sucesos y en tal sentido reza el artículo Nº 12 que los órganos de
investigaciones penales sólo podrán realizar las investigaciones
iniciales encaminadas a impedir que las evidencias del hecho
desaparezcan y que el estado de los lugares el aseguramiento de los
sujetos activos y pasivos de la perpetración del hecho y a establecer la
identificación de las personas que tengan conocimiento de él.
Este análisis se hace porque si la actuación inicial de los órganos de
policía no está sujeta a lo dispuesto en la ley, la actividad de los
órganos del subsistema judicial no llegará a feliz término, porque la
dirección de las investigaciones de los hechos punibles que corresponde
al Ministerio Público, estará mal encaminada y adolecerá de falta de
elementos de convicción que puedan ser llevados al proceso en el sistema
judicial, específicamente a los Tribunales cuya función efectiva
dependerá, en este aspecto de la actuación que hayan observado los
funcionarios policiales en la escena de sucesos.
La actuación a que se refiere el párrafo anterior será con base al
conocimiento que éstos tengan relacionado con criminalística y sobre las
consecuencias a las que conlleva una actuación incorrecta por ser
imprudente, negligente o realizada con impericia lo cual deviene
generalmente en impunidad del hecho cometido.
2.3.2. Impunidad.
Es el estado por el cual queda el autor de un delito o falta sin el
castigo o pena que por la ley le corresponde. Así la impunidad puede ser
de hecho y de derecho. La impunidad de hecho, según de Quirós, B.
(1986), está integrada por todos aquellos crímenes que pasan y pasarán
siempre, más o menos conocidos a los ojos de la justicia; crímenes que
se conocen pero cuyos autores escapan a la acción de la justicia por no
haber sido determinada su personalidad o no haber podido ser
aprehendidos; delitos cuyos autores son conocidos, pero que no se
persiguen ni se penan, por excepción abusiva, debida a la organización
política y social propia de cada tiempo.
Por otra parte, apunta Gómez, E (1992) que la impunidad de derecho está
constituida por aquel grupo de delitos que quedan sin castigo en virtud
de decisiones que se toman conforme al derecho mismo, así por ejemplo:
“…amnistía, indulto, perdón, prescripción y excusas absolutorias en la
que la ley, por diversas razones y móviles, deja sin pena hechos que
positivamente son delitos, puesto que ninguna causa de justificación ni
de inimputabilidad los discrimina; como pueden ser, entre otros la
excepción de toda pena a favor de los ejecutores de los delitos de
rebelión y sedición cuando se someten a la autoridad antes de que esta
formule intimidación…”Idem Pág 111
La que es consecuencia de la aplicación del principio “in dubio pro
reo”, según el cual los Tribunales tienen que pronunciarse por la
absolución, que a veces puede ser impunidad del imputado.
En este mismo sentido, no se puede olvidar la posibilidad de los errores
judiciales…”, o los errores policiales (Idem, p.112). El caso que ocupa
la investigación realizada, está referido a la impunidad de derecho,
donde se habla de cómo delito: Acción u omisión penada por la ley.
Expresión también de un hecho antijurídico y doloso castigado con una
pena. (Diccionario Interactivo Jurídico, 2002) En general, crimen,
quebrantamiento de una ley imperativa o dicho en otras palabras hecho
antijurídico que alude una conducta que debe ser contraria a lo que
demanda el derecho y encontrarse recogida por la ley, así la tipicidad
es característica del principio de legalidad imperante en el Código
Penal.
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Luz Elisa Rada Terán INSTITUTO UNIVERSITARIO DE LA POLICÍA METROPOLITANA SUB-DIRECCIÓN ACADÉMICA DIVISIÓN DE INVESTIGACIÓN Y POST-GRADO EL JUNQUITO VENEZUELA radaelisaarrobahotmail.com/ alirioduquearrobahotmail.com
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