Departamentos:
Dr. Ricardo Alberto Cirielli
· Actividades Aeronavales
· Legislación y Acuerdos
· Infracciones Aeronáuticas
· Fiscalización
· Planeamiento y Control de Gestión
Objetivos
· Intervenir en la elaboración, ejecución y control de las políticas,
planes y programas referidos al transporte aerocomercial, de cabotaje e
internacional.
· Participar en la negociación de acuerdos bilaterales y en reuniones de
consulta y técnicas que se celebren con autoridades del transporte
aerocomercial de otros países.
· Participar en reuniones convocadas por organismos internacionales para
el tratamiento de temas vinculados a la materia de su competencia.
· Supervisar el control y fiscalización de los servicios de transporte
aerocomercial, asegurando la calidad de los servicios y la protección de
los usuarios.
· Coordinar los estudios para la actualización de la normativa vigente
en lo referente a modalidades operativas, su adecuación a la normativa y
operación del transporte multimodal, el régimen tarifario y toda otra
normativa vinculada con las acciones de su competencia.
· Coordinar las acciones dirigidas a perfeccionar el funcionamiento del
sistema de transporte aerocomercial y del transporte multimodal, así
como las orientadas a actualizar o modificar la legislación pertinente.
· Intervenir, en materia de transporte aerocomercial, en las cuestiones
referidas al análisis económico de las operaciones y a los acuerdos
interempresarios.
· Coordinar con el Organismo Regulador del Sistema Nacional de
Aeropuertos (O.R.S.N.A.) y las restantes autoridades aeroportuarias, las
actividades referidas a la prestación de los servicios de apoyo al
transporte aerocomercial y al desarrollo de la infraestructura
aeronáutica.
· Participar en el otorgamiento de derechos para la explotación de
servicios de transporte aéreo.
· Supervisar el accionar del O.R.S.N.A. y el funcionamiento de las
empresas de cuyo capital social el Estado Nacional tiene participación
accionaria.
· Participar en las reuniones de consulta, reuniones técnicas o
negociaciones con autoridades del transporte aerocomercial de los demás
países.
· Intervenir en los recursos de carácter administrativo que se
interpongan contra las resoluciones emanadas del órgano superior de los
entes descentralizados de su jurisdicción, con motivo de sus actividades
específicas.
· Participar en el funcionamiento del Registro de Operadores de
Transporte Multimodal.
Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos
En virtud del articulo 14 del Decreto 375/97, se crea en el ámbito del
Ministerio de Economía y Obras y Servicios Públicos - Secretaria de
Transporte -. Teniendo como misión especifica controlar que la actividad
aeroportuaria en el ámbito del Sistema Nacional de Aeropuertos.
Actualmente el Sistema Nacional de Aeropuertos esta formado por 57
Aeropuertos y Aeródromos, de los cuales 33 han sido concesionados.
En los Aeropuertos que han sido concesionados, la Fuerza Aérea
Argentina, a través del Comando de Regiones Aéreas, tiene bajo su
responsabilidad las funciones de control sobre cuestiones de seguridad,
prestación de los servicios de tránsito aéreo y/o control de tráfico
aéreo y/o protección al vuelo, regulación aeronáutica y prestación de
los servicios de comunicaciones, meteorología, rescate y salvamento y en
general los aspectos técnicos del SNA, designando al Jefe de Aeropuerto
de cada uno.
El Estado Nacional conserva a través de sus organismos respectivos, los
servicios de aduana, sanitario y de migraciones, que forman parte del
Poder de Policía. Otro aspecto similar ocurre con la seguridad en el
ámbito aeroportuario que es prestada por la Policía Aeronáutica.
Funciones
· Establece en coordinación con la Fuerza Aérea Argentina, criterios
para el desarrollo por parte del concesionario y/o administrador del
aeropuerto de manuales de Seguridad Aeroportuaria, Manual de Operación
aeroportuaria, Planes de Emergencia Aeroportuarias y Programas de
Mantenimiento Mayor y Conservación Rutinaria y controlar su
cumplimiento.
· Fija la superficie de despeje de obstáculos, actuando en coordinación
con la F.A.A.
· Establece las bases y criterios para el cálculo de las tasas y apruebe
los correspondientes cuadros tarifarios.
· Supervisa el cumplimiento de las obligaciones y prestación de los
servicios por parte del concesionario y/o administrador aeroportuario
· Debe velar por el mantenimiento, conservación y modernización de la
infraestructura aeroportuaria del Sistema Nacional de Aeropuertos,
propiciando la construcción y desarrollo de los aeropuertos que fueren
necesarios para atender las necesidades de los usuarios y del tráfico
aéreo
· Aprueba los Planes maestros y/o sus modificaciones preparados por el
concesionario o administrador del aeropuerto y controla su cumplimiento.
· Determina los requerimientos mínimos exigidos a las aeroestaciones
para postular su ingreso al Sistema Nacional de Aeropuertos.
· Resuelve las diferencias entre el concesionario o administrador del
aeropuerto y el estado Nacional, o entre éstos y los usuarios, y todo
conflicto suscitado con motivo de actividades aeroportuarias.
· Propone y eleva al Poder Ejecutivo Nacional los proyectos de
modificación y derogación de leyes, decretos y/o resoluciones referidas
a la actividad aeronáutica.
Tasas Aeronáuticas
Corresponde al Estado Nacional (Fuerza Aérea Argentina y los Organismos
y Dependencias estatales del Aeropuerto) y al Concesionario la
percepción de mismas. Correspondiendo al Estado Nacional:
· Tasa de Seguridad.
· Tasa de Migraciones.
· Tasa de Protección al Vuelo en Ruta.
· Tasa de Apoyo al Aterrizaje.
Por parte del Concesionario atañe:
· Tasa de Aterrizaje
· Sobretasa de Aterrizaje.
· Tasa de Estacionamiento de Aeronave.
· Tasa de Uso de Aeroestación.
· Tasa de Uso de Pasarelas Telescópicas.
·
Los valores correspondientes a las Tasas Aeronáuticas señaladas serán
establecidas en el cuadro tarifario vigente, a los que deben agregarse
los impuestos respectivos.
Luego de esta breve reseña, cabe destacarse que, como lamentablemente se
hizo evidente durante el proceso de privatización de ARSA y sus
irregulares circunstancias posteriores, el rol de policía del Estado
está totalmente desatendido más allá de lo que figura en los distintos
estatutos y reglamentos de los organismos
6) CONCLUSIÓN:
La paradoja mayor es que el dilema de la insolvencia estatal para
sostener AA fue el que determinó, hace una década, la decisión de
privatizarla. También en aquellos tiempos el país estaba en situación de
crisis terminal y la venta se presentó como la solución excluyente. Doce
años después, estamos tan mal o peor que en aquel momento, pero sin los
recursos de los que antes disponíamos. ¿Qué pasará, entonces, si ahora
se decide abandonar a su suerte esta empresa? Difícilmente deje de haber
vuelos al exterior o se muera el cabotaje. Otras empresas asumirán la
tarea. Pero la cuestión es otra y hay que subrayarla: el de AA no es un
mero problema "económico" a mirar según las cuentas del debe y haber
circunstancial y a resolver en consecuencia. Es uno de los testimonios
más gráficos de la manera que tuvo y tiene la Argentina de resolver sus
problemas bajo el paradigma del neoliberalismo.
Para quienes piensan que la actividad aerocomercial es una más entre
otras, resulta antieconómico sostener una aerolínea de bandera, por lo
que la solución es dejar que el mercado se recomponga solo, abrir los
cielos al ingreso de las más eficientes transportadoras internacionales,
y acatar los designios de los tiempos que imponen las duras reglas de un
juego que no es posible modificar. Allanarse a la verdad de una relación
de fuerzas desfavorable, plantean, es el único camino posible para
subsistir, aunque la realidad indique que se está muy lejos de la
prosperidad prometida por los supuestos teóricos. Con ese criterio
impulsaron la privatización de Aerolíneas, la sostuvieron cuando era a
todas luces evidente la ruinosa gestión que la vaciaba y consideran su
quiebra un dato menor en la actividad económica global. Piensan, además,
que un país endeudado como la Argentina no puede darse el lujo de soñar
con tener una aerolínea de bandera. En última instancia, también podrían
traspasarla a cualquiera que, aun sin poner plata -como es ya clásico en
este sector-, se postule para darle alguna salida a la espinosa
situación planteada.
Quienes consideran que el servicio público de la aeronavegación
comercial es algo más que una respuesta a la demanda de pasajes,
entienden la cuestión de manera muy distinta . Contrariamente a todo lo
que nos han dicho en economía y finanzas, la clave para el éxito de una
empresa parece que no pasa por si se trata de una empresa pública o
privada después de todo, la clave, pasa por si los hombres y las mujeres
que la dirigen, gerencian y componen son idóneos, creativos y éticos en
sus acciones.
Por eso Aerolíneas se convirtió en el espejo cruel que devuelve la
imagen descarnada de la decadencia y las ilusiones truncas. A la vez,
sin embargo, puede ser un punto de inflexión para pensar un futuro
distinto.
Aerolíneas Argentinas es un hito casi tan paradigmático como la Deuda
Externa. Esperemos que sepamos despertar de la tremenda realidad que
representa y aprendamos a obrar en consecuencia, pues sabemos que todo
esto conforma parte de la terrible pesadilla que hoy vive la Argentina,
pesadilla que nos afecta a todos y que literalmente está matando a
nuestro país. Pero no olvidemos una verdad simple y clara, que es que
para toda pesadilla existe una cura muy simple: ¡¡Despertar!!
7) ANEXO
Aspectos económicos-financieros
"Desde el punto de vista de su desempeño económico-financiero, puede
señalarse a grandes rasgos que la empresa estatal Aerolíneas Argentinas
era una firma cuyo resultado operativo era positivo pero que soportaba
pérdidas en rubros no operativos que solían más que compensar aquellas
cifras. Dentro de sus ingresos operativos, la inmensa mayoría (92%)
estaba representada por servicios aéreos -de los cuales un 82% eran por
transporte de pasajeros y un 10% por transporte de mercaderías y
correspondencia- en tanto que el 8% restante se originaba en
"actividades incidentales" (servicios de turismo, "free shops", etc).
Divididos territorialmente, los citados ingresos operativos provenían en
un 75% de la actividad internacional y en un 25% de la de cabotaje. En
lo que respecta a los costos operativos, los mismos eran aproximadamente
un 50% fijos y un 50% variables, llevándose los costos de operación del
servicio un 27% del total, y dividiéndose el 73% restante entre el
mantenimiento (10%), la depreciación de los equipos (8%), los costos de
utilización de aeropuertos (11%), los gastos de comercialización y
ventas (30%) y los gastos de administración (14%). Divididos
territorialmente, tales costos operativos se asignaban en un 80% al
tráfico internacional y en un 20% al de cabotaje. En cuanto al margen de
utilidad operativa de la firma, el mismo fue muy oscilante en el tiempo,
pero en el período 1987-89 se movió alrededor del 5% del total de
ventas.
Respecto de los resultados no operativos, los mismos estaban
constituidos principalmente por intereses de deudas y por diferencias de
cambio y resultados por exposición a la inflación. La propia naturaleza
de estos resultados hacia por ende que su nivel de significación se
modificara enormemente conforme cambiaba el contexto macroeconómico en
el que se movía la empresa, y que fuera especialmente sensible a la
variación en el tipo de cambio real (debido al enorme peso que tenía la
deuda en dólares dentro del pasivo de AA). También entraban dentro de
esta categoría de resultados no operativos los subsidios y otras
transferencias del Tesoro Nacional, partidas éstas que resultaron
significativamente cortadas (o suprimidas) a partir de 1986. Este hecho
-que tuvo un fuerte impacto en el segmento no operativo del estado de
resultados de la empresa- actuó sin embargo como aliciente para elevar
el superávit operativo de la firma, que pasó de ser negativo en 1986
(US$ -52 millones) a ser positivo a partir de 1987 (US$ +20 millones).
En cuanto a la situación patrimonial de la firma, finalmente, el rasgo
más destacado -y más preocupante- de la misma era sin duda el enorme
peso del pasivo, que transformó a AA en una empresa con patrimonio neto
negativo a partir del ejercicio 1983. Este hecho, que fue acentuándose
lentamente durante el período 1983-87, puede tener su origen en el
abundante financiamiento externo utilizado por la empresa entre 1980 y
1982, financiamiento éste que se volvió inmanejable al cambiar
abruptamente el nivel del tipo de cambio real y de las tasas de interés
internacionales. Para tener una idea de los montos de financiamiento
externo que manejaba Aerolíneas Argentinas durante su etapa estatal,
puede señalarse que a fines de 1989 el total de la deuda financiera
externa de la empresa ascendía a U$S 741,35 millones (de los cuales U$S
646,37 millones eran por deudas bancarias y U$S 94,98 millones eran por
contratos de "leasing" financiero), y que sobre ese valor la firma
acumulaba intereses vencidos e impagos por U$S 127,2 millones. En cuanto
a la estructura del activo de la empresa, finalmente, puede señalarse
que aproximadamente dos tercios del mismo estaba integrado por rubros no
corrientes (en su mayoría bienes de uso) y el tercio restante por rubros
corrientes (en su mayoría créditos por ventas), y que el índice de
liquidez general de la empresa (activo corriente/pasivo corriente)
osciló a lo largo del período 1981-89 entre un 30% y un 75%, por lo cual
el capital de trabajo de la firma (definido como activo corriente menos
pasivo corriente) resultaba también negativo."
Fuente: "La Privatización de Aerolíneas Argentinas", Coloma, Gerchunoff
y Olmos, CEPAL, UN
EVOLUCIÓN ECONÓMICO-FINANCIERA DE AEROLÍNEAS ARGENTINAS S.A.
La evolución del patrimonio neto evidencia disminuciones notorias en
1992,1995, 1997 y 1.998.
Los resultados económicos de la empresa privatizada en sólo dos años son
positivos: en el año de inicio, 1991 y en 1.997.
Si analizamos el resultado del negocio, los esfuerzos de la gestión
privada no lograron superar las restricciones generadas en el sector
aerocomercial y el déficit marca la tendencia , mostrándose un mayor
control del mismo en 1.997 y 1.998.
No hubo año sin pérdidas, a pesar del crecimiento de las ventas que fue
de un 19,3% para el período desde que se privatizó. Por esos déficit se
anuló el impacto fiscal de la empresa, en materia de pago de impuestos.
Asimismo el Estado, como accionista, acompañó estos resultados.
Unicamente se generaron ganancias en las participaciones con sus
sociedades controladas y vinculadas.
El resultado sobre los activos es menos desfavorable.
LOS RESULTADOS ECONÓMICOS DE LA EMPRESA PRIVADA.
Aunque las cifras anteriores son suficientemente descriptivas , algunos
comentarios explicativos surgen del estudio de los estados contables y
balances:
En 1992, si bien la desaparición de Pan Am favoreció el posicionamiento
de la compañía, cuando se incorporaron American Airlines , luego United
y más tarde los operadores charter, Aerolíneas disminuyó su
participación . Se decidió incorporar aeronaves adicionales y realizar
un planeamiento para paliar los efectos de la crisis.
En cuanto a ingresos, en 1.992, el incidente causado por el cólera en la
escala Lima generó una notable baja. Por otra parte, como se explica en
el capítulo de personal, se licenciaron 769 empleados para reducir
gastos.
Un efecto positivo lo tuvo la complementación del grupo económico, que
con las compañías controladas (Cielos del Sur y Buenos Aires Catering) y
con sus compañías vinculadas (Iberia S.A. y Viasa) trataron de
contrarrestar los efectos de la crisis coordinando horarios, operaciones
de mantenimiento en Argentina y Europa, participando en los mismos
sistemas de distribución, consolidando sus operaciones en varios
aeropuertos y coordinando sus contrataciones con el fin de aprovechar
las sinergias que optimizan recursos.
Las4 variaciones en el estado de resultados reflejaron un incremento
real en la demanda que se tradujo en ingresos superiores significativos
. Paralelamente, los incrementos en los costos por los servicios
prestados así como en los gastos de administración y de comercialización
se tradujeron en una reducción de los márgenes operativos. Si bien hubo
un importante recupero en el resultado de las inversiones permanentes,
se ha producido un incremento significativo de los gastos financieros y
del rubro otros egresos.
En "Otras pérdidas" se incluyeron gastos relacionados con la adquisición
de la Unidad Operativa de Aerotransporte de Aerolíneas Argentinas S.E. y
con la reestructuración y adaptación de la misma a las necesidades y
operatividad de la sociedad, tales como diferencias de paridad por la
compra de títulos de la Deuda Externa Argentina para la cancelación del
saldo del precio y la nómina excedente por el personal que se estimó se
retiraría.
Fue muy importante el diseño de un Plan Estratégico para el período
1993-97, que pretendió convertir a Aerolíneas Argentinas y Austral en un
grupo rentable y empresarialmente atractivo, recuperando su tradición y
capitalizando la posición de liderazgo junto con Iberia en los tráficos
entre el Cono Sur y Europa.
Los ejes del plan abarcaron los mercados más atractivos, proteger la
posición en cabotaje, mayor productividad de flota y tripulaciones,
racionalización de estructuras, captura de sinergias en múltiples áreas
de las aerolíneas integrantes del grupo,etc.
La evolución económico-financiera prevista incluía inversiones brutas de
casi u$s 750 millones en cinco años, con un beneficio neto acumulado de
400 millones de dólares. El endeudamiento a medio y largo plazo se
estimaba en unos u$s 500 millones, disminuyendo en total unos u$s 100
millones. Se calculaba que en 1998 la estructura financiera de los
recursos sería en un 40% de fondos propios y en un 60% de otros.
Un tema fundamental fue la negociación para restructurar los préstamos
bancarios por 290 millones de dólares para consolidarlos a largo plazo,
aceptándose 2 préstamos así compuestos:
a) Préstamo por 185 millones de dólares, en dos tramos:
Tramo A: préstamo a un año de plazo, extensible a otro, con garantía
hipotecaria sobre cinco aeronaves Boeing 747-200 y con garantía
complementaria de IBERIA Líneas Aéreas de España S.A. hasta el 40% del
préstamo y con un tipo de interés basado en la tasa Libor más un margen
de 1,625% anual.
Tramo B: Operación de "Sale and Lease Back" por un plazo de 5 años,
opcional para ARSA, al vencimiento del tramo A, con un tipo de interés
basado en la tasa Libor más un margen de 1,875% anual.
b) Préstamo de 105 millones de dólares: comprende un préstamo con aval
de IBERIA Líneas Aéreas de España SA a un año de plazo prorrogable por
un año más a opción de ARSA, con un tipo de interés basado en la tasa
Libor más un margen de 0,55% anual.
En 1.993, continuó la crisis para la industria aerocomercial, que ya en
1.992 significaron para las compañías afiliadas a IATA una pérdida
superior a los 4.000 millones de dólares.
Pasando por encima de la lógica económica, o sea, la combinación de la
oferta y la demanda con la utilidad obtenida por la diferencia entre el
precio de los pasajes y los costos de explotación, muchas compañías
adoptaron políticas competitivas extremas que repercutieron acelerando
la bancarrota de varias líneas aéreas y la concentración del mercado.
Esto afectó patrimonial y financieramente a ARSA.
Además, en el orden interno, el gerenciamiento para mejorar la gestión
de ARSA también se complicó por factores gremiales, técnicos de flota y
otros que hicieron caer las ventas. Para resolver el aspecto técnico,
recibió 3 aeronaves en locación de IBERIA, además de tres alquiladas a
distintas empresas, y en el aspecto financiero IBERIA apoyó a la
tesorería .
EVOLUCIÓN ECONÓMICO-FINANCIERA DE AEROLÍNEAS ARGENTINAS S.A.
Si observamos los cuadros de Evolución Económica de la empresa
privatizada, estas situaciones se reflejan en el resultado neto del
ejercicio en el que se incrementa la pérdida extraordinaria, ya que las
horas voladas fueron similares, pero con una baja en los ingresos por
ventas de 130 millones de pesos y un aumento en los costos de
explotación de más de 30 millones de pesos, compuestos como se expresó
antes por alquiler de aeronaves, costos ociosos en personal, gastos
atípicos y gastos financieros extraordinarios.
Por primera vez en la compañía se inició un Plan de Recorridas "D" para
asegurar el mantenimiento y calidad de los B-747, en complementación con
IBERIA , ahorrándose costos y tiempos de reparación. Ello originó un
ajuste neto de casi $60 millones en mejoras de motores y repuestos
rotables y reparables, aún deduciendo la desvalorización de bienes
aeronáuticos destinados a la venta, en especial los de mayor antigüedad.
En 1994, la crisis internacional del mercado aéreo unida a la situación
patrimonial de la compañia generaron nuevas pérdidas.
Hubo recuperación debido a una mejora en los ingresos y a la reducción
de algunos costos dentro de los que se destacan remuneraciones y cargas
sociales, combustibles y aprovisionamiento. En el orden financiero se
planteó a los accionistas capitalizar la empresa.
Con ello, e el período 30/6/94- 30/6/95, los resultados ordinarios del
ejercicio mejoraron en forma significativa con respecto al ejercicio
anterior, debido a una importante reducción de los costos financieros,
relacionada con la capitalización de u$s 500.000.000, acompañada por una
disminución en los gastos de comercialización y un incremento en los
resultados en las inversiones permanentes.
En 1.995, el recupero anterior se vio nuevamente afectado como
consecuencia de la crisis de la economía mexicana que, junto a otros
factores, desaceleró el ritmo económico, endureció el crédito bancario y
alteró la cadena de pagos. El mercado de cabotaje fue el más sensible
para A.R.S.A., con retracción de la demanda interna.
Además enfrentó una agresiva competencia por parte de las compañías
aéreas locales, efecto de la desregulación.
Hacer más rentable la actividad de la empresa se tornó un imperativo.
El tráfico internacional continuó afectado por la sobreoferta del
mercado como así también por resultante la "guerra de tarifas",
impactando negativamente la rentabilidad de la empresa.
La accionista mayoritaria, Interinvest S.A., hizo un aporte irrevocable
a fin de disminuir la carga financiera.
El ejercicio mostró resultados extraordinarios debido a la venta de una
aeronave de la flota Boeing 727 y motores de repuesto. La decisión de
venta fue más amplia pero no se concluyó en 1.995.
1.996 se caracterizó por un repunte en la economía al final del año,
aunque a la empresa se le volvió cada vez difícil competir con las bajas
tarifas de la competencia así como con el incremento de oferta, tanto en
el mercado de cabotaje como en el internacional.
Las variaciones en el Patrimonio Neto se relacionaron con la disminución
en el monto de capital preferido por amortización de un tipo de
acciones, a la desafectación de la reserva por Revalúo Técnico y a la
pérdida del ejercicio.
1.997: este fue un ejercicio favorable, influido por un crecimiento del
PBI en forma sostenida y una política empresaria enfocada a aumentar la
rentabilidad, en el que se generaron utilidades de explotación y final.
El patrimonio neto varió porque se rescataron anticipadamente las
acciones preferidas del Credit Suisse.
Se vendieron las acciones que Aerolíneas Argentinas S.A. tenía en
Austral Líneas Aéreas - Cielos del Sur S.A., cancelándose con dichos
fondos préstamos recibidos de Interinvest S.A. Así también se vendió la
unidad de negocios Amadeus, sistema de reservas en las agencias de
turismo ubicadas en Argentina y Uruguay.
1.998: la crisis asiática, su impacto posterior y la crisis brasileña se
sumaron como marco macro-económico relevante, pesando negativamente
sobre el crecimiento de la economía argentina. Estos factores unidos al
repetido comportamiento de las firmas competidoras, con bajas
tarifarias, provocaron nueva reversión en los resultados de Aerolíneas
Argentinas S.A.
El patrimonio neto cayó. Activamente se nota la búsqueda de soluciones.
Hubo cambio societarios, buscándose un inversor internacional por el 80
% del capital e Iberia restringió su participación al 10% . Se aprobó
una alianza estratégica con American Airlines.
En conclusión, el escenario en que se desenvolvió Aerolíneas Argentinas
S.A. no permitió cumplir las metas del plan estratégico de 1.992 hasta
1.997, con una gestión que tuvo que enfrentar persistentes pérdidas y
como negocio, nada atractivo en materia de rentabilidad para sus
inversores.
Fuente : Memorias y Estados Contables de ARSA 1992/98
Diseño de Gráficos : "Memoria de las Privatizaciones" - DNNP
Pasivos
En 1.992, el Pasivo corriente se mostró afectado por el incremento que
obedeció principalmente al incremento de actividad, al retraso en la
cancelación de las deudas contraida por la adquisición de materiales,
repuestos y contratación de servicios varios, como así también a las
deudas relacionadas con los endosos de pasajes cedidos a Cielos del Sur
S.A.
Los préstamos durante los primeros tres años pesaron entre un 47%, como
mínimo y un 57% como máximo, como consecuencia del fuerte endeudamiento
previo y sus intereses. A partir de 1.994 se reestructura la deuda y su
incidencia disminuyó a un 16% y creció al 26% en 1.998.
En 1992, el aumento en el saldo de la cuenta obedeció básicamente a la
obtención de nuevos préstamos con el fin de cancelar el saldo de precio
de la Unidad Operativa de Aerotransporte de Aerolíneas Argentinas SE,
con contrapartida en la disminución de otras deudas, como así también
para financiar el capital de trabajo de la sociedad.
Préstamos.
En 1993, la aparición de 97,6 millones de pesos se debió a la
restructuración de préstamos de corto a largo plazo que pudo concretarse
merced a una refinanciación convenida con Iberia a dos años de plazo.
En 1994, la importante disminución se debe a la capitalización de deudas
por u$s 400.000.000.
En 1995, la disminución en este rubro obedece fundamentalmente a la
cancelación de préstamos con Teneo S.A., Iberia Líneas Aéreas de España
S.A. y el Banco Hispanoamericano a través de un aporte irrevocable por
parte de Interinvest S.A., los cuales fueron aplicados a la compra de la
tenencia accionaria que ARSA poseía en Austral Líneas Aéreas -Cielos del
Sur S.A. y por la transferencia a corto plazo del saldo del préstamo con
Banesto, con vencimiento en el ejercicio 1.996.
Durante 1997 la reducción en su saldo fue provocada por :
1.Condonación de la deuda con Sociedad Estatal de Participaciones
Industriales SEPI
2.Refinanciación a largo plazo del préstamo con la institución española
BANESTO.
3.Ingreso del primer tramo de la securitización (línea de créditos con
la garantía de los pagos de pasajes con tarjetas de créditos
El significativo aumento de su saldo se debió especialmente a:
1.Ingreso de un préstamo del SEPI - Sociedad Estatal de Participaciones
Industriales de España por $ 50,0 millones.
2.Aumento del saldo del Fideicomiso Financiero de Aerocard por $ 6.9
millones, por el ingreso del segundo tramo de la securitización.
3.Aumento en los saldo de operaciones con cartas de crédito y adelantos
en cuenta corriente bancarios por $ 13,7 millones.
4.Disminución de los préstamos bancarios de corto plazo por $ 25,6
millones.
La variación en este rubro se origina, fundamentalmente, por:
1.Aumento por refinanciación de préstamos bancarios de corto plazo.
2.Ingreso tramo B de la securitización
Las deudas comerciales eran de un 12% en 1.991 y pasaron a incidir
crecientemente , con un máximo de 26% en 1.996, que apenas se logra
retraer al 21% en 1.998.
Otro componente de peso en el pasivo son otras deudas que en 1.991 eran
de un 15% y disminuyen casi 40% entre el primer y 2° año de gestión
privada. Las cancelaciones fueron enormes y sólo vuelven a crecer en
1.996 sin alcanzar los niveles iniciales.
Los 22,1 millones de pesos, en su totalidad , se componían de deudas con
el Gobierno Nacional que fueron capitalizadas durante 1.993.
Las deudas sociales y fiscales componían en un 8% el pasivo de 1.991,
bajaron un 2% al año siguiente y continuaron en disminución hasta 1.998,
en que vuelven incidir en un 5% del pasivo.
En 1992 disminuyeron principalmente debido a que se imputaron contra
este rubro los cargos por retiros voluntario producidos durante el
ejercicio.
Los billetes pendientes de utilización eran un 7% del pasivo al comienzo
y disminuyeron hasta 1.996, en que generaron un 9% del mismo,
volviéndose a controlar su impacto y en 1.998 es de un 6 %.
Las otras Deudas comerciales mostraron una incidencia del 7% en el
pasivo no corriente y sólo decrecieron en 1.992, ya que a partir de
1.993 aumentaron un 100% con respecto al año anterior, descendieron
luego un tanto sin recuperar el porcentaje inicial. En 1.995 pesó un 23%
en este pasivo - el máximo del período- y fueron controladas recién en
1.997 y 1.998.
La importante disminución de 62,3 millones de pesos se debe a que en el
año 1992 se encontraba compuesto por Deudas con el Gobierno Nacional,
las que fueron capitalizadas en 1993.
En 1994, la diferencia se debió a que se incluyó la deuda por la compra
de tres aeronaves nuevas.
En 1.995, la diferencia comparativa se debió al aumento en el saldo de
deuda mantenida con Austral Líneas Aéreas - Cielos del Sur S.A. y el
incremento operado en las reparaciones y recorrida de motores efectuadas
en el ejercicio.
En 1997-98,la disminución de este rubro se debió a la corrientización de
la deuda de leasing por compra de aeronaves.
En 1998, la variación más significativa operada por este rubro
corresponde a:
1. Condonación de la deuda comercial con Iberia Líneas Aéreas de España
S.A.
2. Disminución en los saldos adeudados a las sociedades controladas y
vinculadas.
3. Aumento en los saldos de cuentas a pagar a proveedores y obligaciones
a pagar documentadas.
4. Aumento en los saldos con compañías de aviación no clearing.
5. Disminución en los saldos a Proveedores, Obligaciones a pagar
documentadas, IATA Clearing House y diversos.
Activos
Variaciones operadas entre los distintos rubros del balance general.
A partir de 1.991, el Activo de Aerolíneas Argentinas S.A. se ha
compuesto con preeminencia en Bienes de Uso, con un mínimo de 67% para
los años 1991 y 1992, creciendo en 1993 al 71% y al 73% en 1994 para
luego bajar su incidencia en 1995. Este rubro sostiene un incremento de
su participación desde 1996.
En 1.992, el aumento producido por las adquisiciones del ejercicio se
vio absorbido por el ajuste de los bienes de uso aeronáuticos siguiendo
la evolución del dólar estadounidense y por las amortizaciones
practicadas en el mismo.
En 1.993, el aumento observado se debió básicamente a la incorporación
de tres aeronaves MD-88 por un valor aproximado de 90 millones de
dólares y al cambio de criterio en la contabilización de los costos de
reparaciones de repuestos, que restándole la amortización del período
resultó en un incremento neto de 120 millones de pesos.
En 1.994, los principales movimientos obedecieron a la incorporación de
tres aeronaves MD-88 y a la baja a valores de realización F-28 y B-737.
En 1.998, la variación registrada por este rubro durante 1997 estuvo
motivada por :
1. Venta del inmueble de sucursal La Rioja y de equipos de informática a
Amadeus Argentina S.A.
2. Los aumentos más significativos fueron la compra de dos aeronaves
Boeing 737.
La variación de este ítem correspondió al efecto conjunto de las altas
del ejercicio, principalmente bienes aeronáuticos, al valor residual de
las bajas y a una disminución de la previsión para desvalorización de
bienes de uso aeronáuticos correspondiente a aplicaciones.
El segundo ítem en importancia entre los activos, al principio de la
privatización, es el de Activos intangibles que parte de un 13% en el
primer y segundo año para decrecer sostenidamente a partir de 1993 con
un 11% hasta llegar a 1998 con un impacto inferior al 1%.
En 1992, la variación obedeció básicamente a la amortización del
ejercicio y a la activación de ciertos gastos incurridos durante el
ejercicio vinculados con el desarrollo del nuevo sistema contable de la
sociedad.
En 1994 los motivos de la disminución obedecieron principalmente al
valor otorgado a los mismos por el revalúo técnico realizado en1994 bajo
condiciones de un escenario diferente del que le diera origen.
En 1998, la variación en el saldo de este rubro obedeció a la
amortización del ejercicio y a la activación de los gastos originados
para la obtención del primer tramo de las securitización
Inversamente, subieron los créditos por ventas que representaban un 5%
de los activos en 1.991 y un máximo de 13 % en 1.998,con sólo un año
inferior al nivel de partida (4% en 1993.
En 1992, la diferencia se debió al incremento de las ventas del
ejercicio y a la acumulación de importantes cuentas a cobrar con
distintos organismos oficiales que fueron compensadas con posterioridad
al cierre del ejercicio.
En 1.993, la disminución operada de 10,6 millones de pesos en estos
créditos, obedeció principalmente al achicamiento de los períodos de
cobranza de Cuentas Oficiales.
En 1.994, el incremento en este rubro se debió al monto de las cuentas a
cobrar por el incremento en las ventas y los nuevos planes de
financiación con tarjetas de créditos.
En 1.995, su variación se basó fundamentalmente en los aumentos
verificados en los saldos en cuentas corrientes y tarjetas de crédito
como consecuencia del cambio estacional y repetitivo por las fiestas de
fin de año.
En 1998, el mayor valor alcanzado por este rubro, aproximadamente 9.13%,
se verificó esencialmente por la circunstancia apuntada anteriormente en
relación con la 1ra. Quincena de BSP de diciembre de 1998 cobrada en
enero de 1999.
Caja y Bancos partió con un 6% y bajó un 5% hasta el año 1.997 en que
crece 1% y vuele a su participación anterior.
En 1.995, el incremento en este rubro obedeció a fondos recaudados por
ventas de alta temporada del mes de diciembre y por la obtención de un
crédito del Banco Medefín.
El aumento operado por este rubro en el período 1997 obedeció a un
incremento en la recaudación y en ingreso de préstamos de corto plazo
sobre el cierre del ejercicio.
La disminución de $ 5.6 millones operada por este rubro se debió
fundamentalmente a que la recaudación de la 1ra. Quincena de BSP del mes
de diciembre/1998 fue cobrada en enero de 1999, mientras que la misma
quincena de diciembre de 1997 había sido ingresada antes del cierre de
ejercicio.
Inversiones es un rubro importante que constituía el 5% del balance de
1.991 y aumentó 1% anualmente desde 1.993 y hasta 1.995 inclusive,
retrayéndose su impacto desde 1.996 al 2% y en 1.998 al 1%.
En 1993, el incremento operado en este rubro obedeció principalmente al
mejoramiento de la situación patrimonial de la afiliada Cielos del Sur
S.A. con un efecto total de 21,3 millones de pesos.
En 1995, la variación más importante registrada se debió al aumento de
la "Previsión para desvalorización de bienes aeronáuticos", producto del
ajuste efectuado en la flota B-727 a efectos de reflejar en libros su
valuación a su estimado valor de venta.
Entre las inversiones transitorias, también impactó el efecto neto por
la venta del Bono Argentina (en julio de 1995) y la constitución de un
plazo fijo "Overnight" en Banco City de New York a la fecha de cierre.
La disminución de $ 9.6 millones que experimentó este rubro en 1997 se
debió a un menor saldo aplicado en operaciones financieras de corto
plazo y "overnight" y fundamentalmente, por la venta del 10% del paquete
accionario de Austral Líneas Aéreas - Cielos del Sur S.A.
El incremento que experimentó este rubro luego, correspondió a mejores
saldos aplicados en operaciones de "overnight" por nuestra tesorería
central y sucursal Miami en el Bco. City New York y por depósitos a
plazo fijo en bancos locales por la tesorería central y por la variación
en el Valor Patrimonial Proporcional de las empresas vinculadas.
Otros activos representaba el 3% en 1.991 y hasta el último año fluctuó
entre el 4% y el porcentaje inicial.
El aumento en este ítem se refleja en un mayor stock de repuestos
consumibles, necesarios para el mantenimiento de la nueva flota.
Otros créditos tuvo un peso insignificante en los primeros años y en los
últimos dos, merced a las estrategias comerciales, representó el 2%.
En 1.992, el aumento se debió básicamente a los intereses de títulos
públicos a recuperar, de los bancos intervinientes y a los reclamos en
discusión con el Estado Nacional.
En 1993 se generó una Cuenta a Cobrar con Cielos del Sur S.A., cuyo
concepto nace por la absorción por parte de ARSA de una deuda de esa
compañía ante el Estado Nacional, que incrementa este rubro en 5,3
millones de pesos.
En 1998, la disminución del 23,7% de este rubro obedeció,
principalmente, a las disminuciones de los depósitos en garantía debido
a la exposición de los mismos como no corrientes como consecuencia de la
prórroga de algunos contratos de alquiler de aeronaves, de los créditos
impositivos, de los saldos con compañías vinculadas y de los créditos
diversos.
DECRETO DE PRIVATIZACIÓN DE AEROLÍNEAS ARGENTINAS DE 1989
EX - AEROLÍNEAS ARGENTINAS BUENOS AIRES CATERING - OPTAR
DECRETO 1591/89
NORMAS REGLAMENTARIAS A LAS QUE SE AJUSTARAN LAS PRIVATIZACIONES
VISTO: la ley 23.696 y el decreto N° 1105 del 20 de octubre de 1989, y
CONSIDERANDO:
Que resulta necesario dictar en forma conjunta las normas reglamentarias
a que se ajustará la privatización de Aerolíneas Argentinas Sociedad del
Estado y su participación accionaria en Buenos Aires Catering Sociedad
Anónima y en la Empresa Operadora Mayorista de Servicios Turísticos
Sociedad del Estado, ordenada por el art. 90 de la citada ley, de
acuerdo con su inclusión en el ANEXO I.
Que a fin de asegurar la transparencia en los procedimientos, la
privatización deberá realizarse a través de una licitación pública
internacional, con base (art. 18, inc. 1°, ley 23.696 y su
reglamentación, aprobada por decreto N° 1105 del 20 de octubre de 1989)
.
Que dada la trascendencia que la actividad de Aerolíneas Argentinas
Sociedad del Estado tiene en el proceso de integración del territorio
nacional y en la vinculación de los intereses nacionales en el orden
internacional, así como eventualmente en la defensa nacional, será
requisito que la mayoría del capital social que asegure el control y
dirección de la empresa quede en manos del Estado y personas argentinas,
que cumplan los requisitos establecidos en el art. 99 del Cód.
Aeronáutico, ley 17.285 y su modificatoria.
Que deberá asegurarse una participación estatal en el capital social de
la nueva sociedad que le permita representar eficientemente en los
órganos de administración de la misma los intereses públicos en juego,
contemplando las facultades que se reserve el Estado en los estatutos de
la sociedad para preservarlos.
Que deberá preverse especialmente el Programa de Propiedad Participada
que posibilite la intervención del personal de la empresa en su
administración para beneficiarse con sus resultados (arts. 21 a 40, ley
23.696)
Que se contemplarán particularmente las ofertas que, entre otras
características, mejor contribuyan a la complementación de la
aeronavegación regional e intercontinental.
Que a efectos de asegurar la necesaria eficiencia en la actividad de la
nueva sociedad, así como el adecuado desarrollo de los servicios que
deberá prestar en el orden interno e internacional, se asignará
particular importancia a los planes de acción que presenten los
oferentes y a la constitución de la conducción gerencial que se proponga
de acuerdo a la legislación en vigor, con especialistas argentinos, sin
perjuicio de la eventual participación de socios extranjeros.
Que la privatización de la empresa no deberá afectar los convenios
colectivos de trabajo vigentes en Aerolíneas Argentinas Sociedad del
Estado ni el encuadramiento sindical y los derechos en materia
previsional y de obra social, debiendo evitarse efectos negativos sobre
el empleo o la pérdida de puestos de trabajo, en el marco de una función
productiva eficiente.
Que conforme a lo dispuesto en el art. 10 de la ley 23.696, deberá
ratificarse la política nacional de transporte aéreo comercial
excluyendo las normas que impidan una efectiva desmonopolización y una
razonable desregulación de la actividad.
Que a los efectos de orientar la preparación de los Pliegos de
Condiciones, es necesario determinar en el presente decreto, las
modalidades que los oferentes podrán utilizar para la compra de las
acciones.
Que previo a la licitación pública a realizarse, debe transformarse la
tipicidad jurídica de las actuales Aerolíneas Argentinas Sociedad del
Estado y Empresa Operadora Mayorista de Servicios Turísticos Sociedad
del Estado, correspondiendo en el presente decreto resolver las
modalidades con que se efectuará esa transformación.
Que por claras razones de economía y celeridad, deberá considerarse la
valuación de Aerolíneas Argentinas Sociedad del Estado que se llevó a
cabo en el año 1987.
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades que
acuerdan al Poder Ejecutivo Nacional los arts. 6°,11 y 67 de la ley
23.696.
Por ello:
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA
DECRETA
Artículo 1° - [PRIVATIZACIÓN] Dispónese la privatización parcial -con
participación no estatal mayoritaria- de Aerolíneas Argentinas Sociedad
del Estado. La misma comprenderá los derechos sobre la totalidad del
capital social de la Empresa Operadora Mayorista de Servicios Turísticos
Sociedad del Estado y la participación sobre el cincuenta y cinco por
ciento (55%) del capital social de Buenos Aires Catering Sociedad
Anónima.
Art. 2° - [LICITACIÓN PUBLICA INTERNACIONAL.] Ordénase la selección de
los adquirentes de la participación privada en el capital social de la
futura sociedad anónima "Aerolíneas Argentinas SA" mediante el
procedimiento de licitación pública internacional con base.
Dentro de los treinta (30) días posteriores a la vigencia del presente
decreto, el Ministerio de Obras y Servicios Públicos confeccionará los
Pliegos de Bases y Condiciones, de acuerdo a las pautas establecidas en
la ley 23.696, su reglamentación y el presente decreto. Dicho Ministerio
realizará el llamado a licitación dentro de los diez (10) días
posteriores a la aprobación de los Pliegos. La adjudicación y
transferencia de la futura sociedad anónima a los adquirentes deberá
efectuarse en el plazo de noventa (90) días desde la fecha del llamado a
licitación.
El procedimiento licitatorio tramitará ante el mencionado Ministerio
hasta la preadjudicación, debiendo resolverse la adjudicación por
decreto del Poder Ejecutivo Nacional.
Art. 3° - [EJECUCION.] Instrúyese al Ministerio de Obras y Servicios
Públicos para que disponga la realización y/o preparación de las
siguientes medidas, en base a sus propias facultades y las que por este
acto se le delegan de acuerdo al art. 67 de la ley 23.696:
1°) Disponer la creación de Aerolíneas Argentinas Sociedad Anónima con
participación estatal minoritaria y la transformación de la Empresa
Operadora Mayorista de Servicios Turísticos Sociedad del Estado en
sociedad anónima, las que se regirán por las disposiciones del capítulo
II, sección V, arts. 163 a 307 de la ley 19.550 (t.o. 1984) y sus
modificatorias. [texto según decr. 1024/90, art. 1°]
El contrato de las nuevas sociedades comenzará a regir respecto de
terceros desde su inscripción, previa aprobación de sus estatutos
sociales, una vez que se adjudique la licitación pública internacional.
Los estatutos de Aerolíneas Argentinas Sociedad Anónima deberán ser
propuestos por los oferentes, reservándose el Estado, en el pliego de
condiciones, la facultad de proponer a los preadjudicatarios las
cláusulas de los mismos que puedan afectar los intereses públicos en
juego, así como la de aprobar sus modificaciones posteriores por decreto
del Poder Ejecutivo Nacional.
2°) Transferir a Aerolíneas Argentinas Sociedad Anónima los derechos y
obligaciones de Aerolíneas Argentinas Sociedad del Estado, derivados de
su designación como aerolínea de bandera -conforme a lo dispuesto en el
art. 8°, inc. 3° del presente- y las concesiones, autorizaciones y demás
licencias relativas a su actividad.
Respecto al resto de las obligaciones y derechos que pueda adquirir la
actual Sociedad del Estado, hasta el momento de su transferencia, el
Pliego de Bases y Condiciones determinará cuáles de ellos y en qué
condiciones deberán pasar a la nueva sociedad.
3°) [Derogado por decr. 1024/90, art. 30]
4°) Considerar la valuación de Aerolíneas Argentinas Sociedad del Estado
que se llevó a cabo en 1987, por razones de economía y celeridad. El
Ministerio de Obras y Servicios Públicos deberá someter la referida
tasación al análisis del Banco Nacional de Desarrollo, a efectos de
verificar si se han cumplido las previsiones contenidas en la ley
23.696.
5°) Establecer para el Programa de Propiedad Participada que deberán
proponer los oferentes, los siguientes requisitos y procedimientos:
a) La condición de empleado participante se reconocerá a toda persona
vinculada a la sociedad por un contrato de trabajo celebrado conforme a
la ley de contrato de trabajo, que esté comprendida en un convenio
colectivo y que tenga estabilidad laboral.
b) La adhesión individual de cada empleado al programa se expresará
dentro del plazo de noventa (90) días desde la inscripción de la
sociedad y, posteriormente, en el momento en que cada empleado adquiera
estabilidad laboral.
c) Cuando cese por cualquier causa la relación laboral, la participación
accionaria será transferida al resto de los participantes en la forma
que establezca el Acuerdo General de Transferencia previsto en el art.
37 de la ley 23.696.
Art. 4° - [ESTATUTOS.] Los oferentes deberán proponer los estatutos de
la nueva sociedad, con todas las cláusulas particulares necesarias para
su administración, entre las que deberán incluirse:
1°) La división del capital social en clases de acciones, una de las
cuales deberá pertenecer exclusivamente al Estado y otra a los
participantes en el Programa de Propiedad Participada.
2°) La estructura que tendrá el Programa de Propiedad Participada que se
proponga, con indicación de la cantidad de acciones y/o bonos de
participación que se prevé entregar a los empleados de la sociedad con
arreglo al art. 230 de la ley 19.550 (t.o. 1984) y sus modificatorias.
3°) Las mayorías especiales que, en su caso, se requieran para ciertas
decisiones de la Asamblea y del Directorio, destinadas a dar una
adecuada protección a los intereses de las diversas clases de
accionistas.
4°) Las normas que aseguren la participación en el Directorio de los
accionistas privados, del Estado y de quienes representen a los
participantes del Programa de Propiedad Participada, mediante la
elección de directores por categorías de acciones.
5°) Las facultades que tendrán los representantes del Estado para
proteger los intereses públicos en juego, las que deberán determinarse
con carácter restrictivo y limitadas a aspectos esenciales, para no
afectar la libertad de administración y dirección de la nueva sociedad.
6°) Las demás condiciones relativas a la protección del interés público
que se incluyan en los Pliegos de Condiciones.
Todas estas cláusulas quedarán sujetas a las modificaciones que proponga
el Estado a los preadjudicatarios, en ejercicio de la facultad que le
asigna el art, 3°,punto 1°, último párrafo de este decreto.
Art. 5° - [PLAN DE ACCIÓN.] Los oferentes deberán presentar un plan
quinquenal de acción, dividido en planes anuales, en los que se
incluirán los servicios de transporte aéreo interno e internacional que
cumplirá la empresa en ese período y las actividades vinculadas, así
como sus posibles resultados económico-financieros, incluido el Plan de
Inversiones, en especial el relacionado con la expansión de la capacidad
operativa de la empresa.
Art. 6°- [EVALUACIÓN.] La evaluación de dicho Plan, la especialización y
experiencia demostrada en la actividad, en el país o en el extranjero,
por parte del personal que integrará la conducción superior de la
empresa, serán tomados en cuenta para seleccionar la oferta más
conveniente, de acuerdo a lo previsto en el art. 18 de la ley 23.696.
También se asignará especial importancia en esa evaluación a las
previsiones que realicen los oferentes en los respectivos planes
respecto a los efectos sobre empleos y puestos de trabajo, en el marco
de una función productiva eficiente, tal corno exige el art. 41 de la
ley 23.696.
Los planes propuestos, en cuanto se refieran a la administración de
personal, no podrán afectar los convenios de trabajo, el encuadramiento
sindical de los trabajadores, ni los derechos en materia provisional y
de obra social (arts. 42, 43y 44, ley 23.696).
Art. 7° - [ADJUDICACION.] A los efectos de la selección de la oferta más
conveniente, conforme a lo dispuesto en el art. 18 de la ley 23.696,
deberá considerarse la que mejor asegure:
1°) La participación de la empresa en el proceso de integración del
territorio nacional y en la vinculación de los intereses nacionales en
el orden internacional.
2°) La complementación de la aeronavegación regional e intercontinental.
3°) Su utilización eventual a los fines de la defensa nacional.
4°) La desmonopolización de los servicios de transporte aéreo interno.
5°) La disponibilidad de los conocimientos tecnológicos necesarios para
la más eficiente administración de la empresa
Estas variables no serán excluyentes de ofertas que no las contengan y
sólo deberán ser tenidas en cuenta en la evaluación, al analizarse los
beneficios que pueda llegar a generar cada. oferta para los intereses
públicos.
Art. 8° - [DESMONOPOLIZACION Y DESREGULACION.] A los fines previstos en
el art. 10 de la ley 23.696 y su reglamentación aprobada por decreto N°
1105 del 20 de octubre de 1989, ratifícanse las normas de la ley 19.030
que regulan la actividad del transporte aerocomercial, tanto en relación
a los servicios internacionales como internos, salvo lo dispuesto en los
incisos siguientes:
1°) Exclúyese la reserva de oferta que, a favor de Aerolíneas Argentinas
Sociedad del Estado, establece el art. 32, ap. b, de la ley 19.030.
2°) Exclúyese a los transportadores aéreos nacionales que realicen
servicios de transporte interno de primer nivel y servicios
internacionales, de las medidas de ayuda que se especifican en el art.
5°, ap. d, de la ley 19.030. En consecuencia, los transportadores de
este nivel, incluida la sociedad cuya privatización se dispone por el
presente decreto, no recibirán avales u otro tipo de garantías
financieras de parte del Estado.
3°) Los Pliegos establecerán los plazos y condiciones relativos a los
derechos derivados de la designación de Aerolíneas Argentinas Sociedad
Anónima como aerolínea de bandera.
Art. 9°.- Comuníquese a la Comisión Bicameral creada por el art. 14 de
la ley 23.696.
Art. 10. - Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese. - Carlos S. Menem - José R. DROMl -
Antonio E. GONZÁLEZ - Julio MERA FIGUEROA
Decreto 810 Aerolíneas Argentinas
8 de abril de 2003
Boletín Oficial (Argentina)
Decreto 810 Aerolíneas Argentinas
Dese por designados Directores Titular y Suplente en representación del
Estado Nacional en la citada Sociedad Anónima.
Bs. As., 4/4/2003
VISTO el Expediente Nº S01:0032891/2003 del Registro del Ministerio de
Economía, los Decretos Nros. 23 de fecha 23 de diciembre de 2001, 85 de
fecha 11 de enero de 2002 y 491 de fecha 12 de marzo de 2002, la
Resolución del MINISTERIO DE ECONOMIA Nº 519 de fecha 18 de octubre de
2002, y
CONSIDERANDO:
Que la sociedad AEROLINEAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA convocó a
Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria con fecha 18 de octubre de
2002, a fin de que se designaren UN (1) director titular y UN (1)
director suplente en representación de la Clase "A" de acciones.
Que a fin de asegurar el normal desenvolvimiento operativo de la citada
sociedad, en la asamblea referida se procedió a designar a las personas
que se desempeñarían en los cargos mencionados.
Que de acuerdo con lo establecido por el Decreto Nº 491 del 12 de marzo
de 2002 toda designación que se efectúe en los términos del Artículo 2º
del Decreto Nº 23 del 23 de diciembre de 2001 será efectuada por el
PODER EJECUTIVO NACIONAL.
Que las personas cuyas designaciones se propone reúnen los requisitos de
idoneidad y experiencia necesarios para cubrir los cargos de que se
trata.
Que se ha dado cumplimiento a los requerimientos establecidos por la
Circular de la SECRETARIA LEGAL Y TECNICA de la PRESIDENCIA DE LA NACION
Nº 4 del 15 de marzo de 2002 para las medidas que se dicten en el marco
del Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002 así como también los recaudos
previstos en el Decreto Nº 85 del 11 de enero de 2002.
Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos del MINISTERIO DE ECONOMIA
ha tomado la intervención de su competencia.
Que el presente decreto se dicta de conformidad con las facultades
conferidas por el Artículo 99 inciso 7 de la CONSTITUCION NACIONAL y el
Decreto Nº 491 del 12 de marzo de 2002.
EL PRESIDENTE DE LA NACION ARGENTINA DECRETA:
Art. 1º — Dase por designado a partir del 18 de octubre de 2002 como
Director Titular al señor D. José Agustín \/ANDEN PANHUYSEN (M.I. Nº
6.555.253), en representación de las acciones Clase "A" del ESTADO
NACIONAL en la sociedad AEROLINEAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA.
Art. 2º — Dase por designado a partir del 18 de octubre de 2002 como
Director Suplente, al señor D. Claudio Fabián VILLAGRA (M.I. Nº
16.936.972), en representación de las acciones Clase "A" del ESTADO
NACIONAL en la sociedad AEROLINEAS ARGENTINAS SOCIEDAD ANONIMA.
Art. 3º — Comuníquese, publíquese, dése a la Dirección Nacional del
Registro Oficial y archívese.— DUHALDE. — Roberto Lavagna.
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