ANÁLISIS SECTORIAL (Colombia)

Autor: Andrés Quijano Ponce de León

Macroeconomía

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03-2004

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- El Sistema Económico.
- Informe Sobre El Acuerdo Comercial Entre EE.UU. Y Colombia.
- Informe Sobre La Reestructuración De ECOPETROL.
- Informe Sobre La Liquidación De TELECOM.
- Informe Sobre La Reestructuración De Los Seguros Sociales.
- Pirámide De Acuerdos Comerciales Y Tratado Multilaterales.
- Análisis De La Pirámide.
- Comunidad Andina De Naciones.
- Andean Trade Preference ACT (ATPA).
- Preferencias Arancelarias Otorgadas Mediante El ATPA.
- Productos Excluidos Del Programa.
- Criterios De Clasificación.
- Unión Europea – Sistema Generalizado De Preferencias.
- Grupo De Los Tres - G3.
- Convenios Internacionales.
- Globalización.
 
 
Apertura Económica En Colombia.

- Modelo IOE.
- La Economía Global Después De La Segunda Guerra Mundial.
- Paradigmas Antagónicos En América Latina.
- Entorno Internacional.
- Política Económica.
- Clases O Tipos De Política Económica.
- Capitalismo Periférico Y Alternativas De Desarrollo.
- Políticas De Oferta Y Objetivos De Las Políticas Estructural.
- Política Monetaria.
- Dolarización.
- OMAS.
- Un Mundo Creciente Interdependiente: La Globalización.
- Devaluación.
- La Crisis De La Deuda De Los Países Latinoamericanos.
- La Crisis De Deuda De Los Países En Desarrollo.
- Estructura Básica De Las Cuentas Nacionales.
- Impuestos.
- Un Sistema Simplificado De Cuentas Nacionales.
- El Sistema Simplificado Del DANE.
- Sectores Y Subsectores Institucionales.
- Lógica De Cambio Tecnológico.
- Revolución Tecnológica.
- Tipologías Industriales Criterios Y Clasificación.
- Indicadores De Competitividad Industrial.
- Indicadores Laborales.
- Inteligencia Económica.
- Análisis De Riesgo País.
- Instrumentos De Políticas De Comercio Exterior.
- Sector Externo.
- Relación Comercial De Un País – Dimensiones.
- Indicadores Del Sector Externo.
- Indicadores Del Sector Externo Competitividad Relativa.


INTRODUCCIÓN
 
 “El Análisis Sectorial, se fundamenta en la búsqueda de la investigación proyectada, para determinar que tan viable es un mercado y se apoya en la actividades cuantitativas como la económetria; que hoy en la vida empresarial son imprescindibles“ [1]la teoría nos demuestra la importancia del eje con el cual se esta viviendo en un mundo globalizado, y su aplicación al mundo competitivo. Por ello se hace necesario un estudio concienzudo y profundo, para las personas que buscan nuevos horizontes o oportunidades en el mundo globalizado.
 
Por que, el mundo nos exige con mayor rapidez y con mayor certeza estar actualizados (donde y cuando debemos invertir), por ello se hace necesario un estudio profundo, estable y continuo; es por esto que recopilo toda la información de los temas vistos en clase con el fin de aplicarlos a los estudios que posteriormente iré desarrollando a través de carrera.
 
Para que, podamos vislumbrar nuevas oportunidades de mercado a partir de las aplicaciones macroeconómicas que se vieron en la clase y en las investigaciones extra - clase. También para que tengamos una recopilación completa de los aspectos más sobresalientes que se deben tener para un estudio.
 
Esta recopilación se divide en tres partes; de acuerdo al análisis que se valla a estudiar, en primer lugar encontramos la empresa y los entornos que la involucran, en tercer lugar encontramos el sistema económico que rodea todo el eje de la economía nacional analizando del país, desde una perspectiva económica, política y social. Y en tercer lugar encontramos el sistema económico mundial y sus tendencias como la globalización y la apertura económica. Mi principal  obstáculo fue ubicar la información adecuada, ya que hay demasiada información y procesarla o sintetizarla es un trabajo tedioso.


ANÁLISIS SECTORIAL

El SISTEMA ECONÓMICO

Un Sistema Económico es un conjunto estructurado de formaciones sociales que mantienen entre sí interrelaciones fuertes, profundas, estables, tales que su posición en el sistema definen su dinámica interna.
También es una comunidad estructurada en tres niveles: La Infraestructura, La Estructura y la superestructura.
QUE HAY DENTRO DE UN SISTEMA ECONÓMICO? 
 
Una estructura económica es el conjunto de relaciones económicas estables que se producen entre los miembros de una sociedad en el ámbito de su actividad económica. Son de tres tipos:
 
1. RELACIONES DE PRODUCCIÓN
2. RELACIONES DE DISTRIBUCIÓN
3. RELACIONES DE CONSUMO
 


 
1. RELACIONES DE PRODUCCIÓN: Son las que regulan la forma específica en que cada individuo se inserta en el proceso de producción. Son de dos tipos:

PROPIEDAD DE LOS MEDIOS DE PRODUCCIÓN

LA DIVISIÓN DEL TRABAJO
PROPIEDAD JURÍDICA
Propiedad jurídica de los Medios de Producción (decidir sobre su uso)
POSESIÓN REAL
Decidir sobre los medios de producción sean o no propietarios
Posesión efectiva
Posesión Técnica
PROPIEDAD REAL
Propiedad Jurídica + Posesión Real
LA DIVISIÓN DEL TRABAJO
Social: Según el Papel a cumplir en la sociedad: Los que tienen/ los que hacen/ los que saben

Técnica: Según las tareas a desempeñar: Ingeniero, Obrero, Capataz, empresario, sociólogo, etc.

Sectorial: Según los Sectores Económicos. Agricultura, comercio, industria, banca, finanzas, servicios.


2. RELACIONES DE DISTRIBUCIÓN: Son las que determinan la parte del producto y del excedente que corresponde a cada individuo o colectivo de individuos en el reparto del producto social. En el capitalismo adoptan la forma de:
Salarios
Beneficios: rentas, dividendos, interés, etc.

 
3. RELACIONES DE CONSUMO: Dependen de la distribución y de la producción. Determinan la forma en que se utiliza la parte que corresponde a cada individuo: Bienes de Consumo, Suntuarios, Inversión, Improductivos.


EL SISTEMA ECONÓMICO MUNDIAL
 
En la actualidad el sistema económico mundial se mueve bajos los ejes centrales es decir aquellos países que por su tecnología y su industrialización, están en capacidad de agregar valor aquellos productos que compran de países periféricos, en desigualdades económicas, para entender mejor este concepto e desarrollado una grafica que muestra claramente los procesos de intercambio desigual.Creando desigualdades de intercambio desigual entre los países del primer mundo (países centro) y las naciones productoras de materia primar (países del tercer mundo “periféricos”)INFORME SOBRE EL ACUERDO COMERCIAL ENTRE E.U. Y COLOMBIA

Una visita del represéntate comercial de Estos Unidos ROBERT ZOELLICK, a Colombia ha generado diferentes expectativas entre los diferentes sectores, se reunirá con los diferentes lideres de la economía colombiana; empresarios, funcionarios, congresistas e incluso el presidente Uribe. La vista tiene por objeto determinar el compromiso de Colombia para negociar con estados unidos. El libre comercio con Estos Unidos permitirá según el DANE, aumentara el bienestar de los colombianos en un 0.79 %, muy por encima del ALCA (ver tabla).
[2] FUENTE: DNP.


Esta tabla refleja la relación de los convenios suscritos con sus efectos sobre la economía colombiana, pese a estos datos hay ganadores y perdedores en nuestra economía, debido a una desgravación total de aranceles para los productos estado estadounidenses, según DNP, depende de la competitividad de los productos Colombianos.


Si se eliminan o reducen los aranceles por ejemplo al trigo, todos los productos que se fabrican con este; bajarían de precio como: el pan, galletas, pastas, cereales, entre otros, beneficiando al consumidor final, a la hora de comprar en los supermercados o hipermercados.


INFORME SOBRE LA REESTRUCTURACIÓN DE ECOPETROL

Colombia es el cuarto productor de petróleo de América Latina. El petróleo corresponde al 25% del total de los ingresos de la nación. Hasta abril, las exportaciones de petróleo de ECOPETROL y sus derivados generaron 509 millones de dólares. Por lo tanto la explotación de petróleo es uno negocio rentable por que emplea mano de obra (genera empleo) y mantiene ingresos de dólares al país (divisas). Es por eso que ECOPETROL como empresa del estado se reestructuro, pues en el pasado este hacia juez y parte dentro de la política petrolera de hidrocarburos y explotaba el petróleo. Para tal efecto se divido de la siguiente forma:

“Autoridades colombianas han advertido que si no hay un gran descubrimiento de petróleo pronto, el país se convertirá en importador de petróleo en unos cinco años” [3] Esta afirmación del ministro refleja la importancia de la reestructuración con el fin de que ECOPETROL realice estudios de explotación.


INFORME SOBRE LA REESTRUCTURACIÓN DE SEGUROS SOCIALES

El Instituto de los Seguros Sociales, será reestructurará por el gobierno mediante decreto presidencial, con el propósito de preservarla, hacerla viable, mejorar la atención de los usuarios y brindar servicios médicos de alta calidad. El objetivo es claro: preservar el Seguro. Estas medidas se están tomando para no llegar a los casos de Cajanal y Caprecom.
 
Una comisión tripartita (integrada por gobierno, trabajadores y pensionados y creada por el último Conpes), adoptará las medidas de reestructuración que sean necesarias. Se trata de revisar la parte estructural del Instituto y garantizar su viabilidad y sostenibilidad en la prestación de los servicios de salud. Si no se reestructura el Seguro, se dejarían de hacer 8 millones de cirugías, no se adelantarían 4.7 millones de consultas y se cerrarían 1.200 camas hospitalarias de las 4.872 existentes[4]. Dentro de las medidas del proceso de reestructuración están la reducción de 2.600 puestos de trabajo de los 17.000 existentes en la entidad y el cierre de hospitales que no sean viables para la prestación del servicio de salud. De no hacerlo, quedarían desafiliados un millón de usuarios en dos años y el déficit aumentaría a $7 billones en 2010. Se indicó que la comisión tripartita empezará a concertar decisiones, después de revisar las metas de prestación del servicio, de oferta y demanda y de ingresos y gastos. El Instituto de Seguro Social en dos divisiones, una de las cuales se encargará de pensiones, riesgos profesionales y la otra de salud.

 
INFORME SOBRE LA LIQUIDACIÓN DE TELECOM

Un fabuloso negocio para el Estado colombiano, que derivaba utilidades a las cuales sólo superaba en su cuantía ECOPETROL, en su edad dorada. Por años, o más exactamente por administraciones, Telecom constituyó una fuente de ingresos de primera clase. ¿Cómo explicarse, entonces, que se haya hecho necesario rediseñar, en razón de sus deficiencias financieras e industriales, a este gigante de la economía colombiana? Lo primero que se ocurre, dentro del clima mundial contra los sindicatos de trabajadores, es atribuirle este desastre a su fuerza de trabajo, que fue adquiriendo prerrogativas y ventajas económicas abusivas.
 
TELECOM y sus tele asociados, serán liquidados, ya que en la actualidad y durante muchos años arrojo pérdidas cuantiosas esto es devido principalmente a la ineficiencia y a sus altos costos laborales; ya que dentro de las convenciones colectivas se preveen ventajas dentro las preestaciones sociales a los trabajadores.
 

La liquidacion de telecom, no interfiere con la prestacion de sus servcios de telefonia, larga distancia nacional e inetrnacional, tampoco afecta la señal de TEVEANDINA; sin embargo se han presentado algunos sabotajes por parte de empleados y expleados de la empresa estatal de telecomunicaciones.
 
Lo que pretende el gobierno nacional es reestructurar las empresas no viables para que lo se han ya que el gobierno no puede seguir sosteniendo a traves de partidas “salvavidas” a empresas que reportan saldos rojos, a demás dentro de las politicas del gobireno uribe se contemplan reducir el deficit fiscal y mantener las finanzas del estado saneadas.[5]
 
 
ANÁLISIS DE LA PIRAMIDE
 
COMUNIDAD ANDINA DE NACIONES
 
La Comunidad Andina es una organización subregional con personería jurídica internacional constituida por Bolivia, Colombia, Ecuador, Perú y Venezuela y compuesto por los órganos e instituciones del (SAI) Sistema Andino de Integración. Ubicados en América del Sur, los cinco países andinos agrupan a más de 109 millones de habitantes en una superficie de 4.700.00 kilómetros cuadrados y su Producto Bruto Interno asciende a mas de 292 000 millones de dólares. Los principales objetivos de la Comunidad Andina (CAN) son: promover el desarrollo equilibrado y armónico de sus países miembros en condiciones de equidad, acelerar el crecimiento por medio de la integración y la cooperación económica y social, impulsar la participación en el proceso de integración regional, con miras a la formación gradual de un mercado común latinoamericano y procurar un mejoramiento persistente en el nivel de vida de sus habitantes. Los antecedentes de la Comunidad Andina se remontan al 26 de mayo de 1969, cuando un grupo de países sudamericanos del área andina suscribió el Acuerdo de Cartagena, también conocido como Pacto Andino, con el propósito de establecer una unión aduanera en un plazo de diez años. A lo largo de casi tres décadas, el proceso de integración andino atravesó por distintas etapas. De una concepción básicamente cerrada de integración hacia adentro, acorde con el modelo de sustitución de importaciones, se reorientó hacia un esquema de regionalismo abierto. La intervención directa de los presidentes en la conducción del proceso dentro del nuevo modelo, impulsó la integración y permitió alcanzar los principales objetivos fijados por el Acuerdo de Cartagena, como la liberación del comercio de bienes en la Subregión, la adopción de un arancel externo común, la armonización de instrumentos y políticas de comercio exterior y de política económica, entre otros. El grado de avance alcanzado por la integración y el surgimiento de nuevos retos derivados de los cambios registrados en la economía mundial, plantearon la necesidad de introducir reformas en el Acuerdo de Cartagena, tanto de carácter institucional como programático, lo que se hizo por


medio del Protocolo de Trujillo y el Protocolo de Sucre, respectivamente. Las reformas institucionales le dieron al proceso una dirección política y crearon la Comunidad Andina (CAN) y el Sistema Andino de Integración (SAI). Las reformas programáticas ampliaron el campo de la integración más allá de lo puramente comercial y económico. A partir del 1 de agosto de 1997 inició sus funciones la Comunidad Andina con una Secretaría General de carácter ejecutivo, cuya sede está en Lima (Perú). Se formalizó también el establecimiento del Consejo Presidencial Andino y del Consejo Andino de Ministros de Relaciones Exteriores como nuevos órganos de orientación y dirección política. Se amplió además el papel normativo de la Comisión, integrada por los Ministros de Comercio, a los ministros sectoriales.
 
ANDEAN TRADE PREFERENCE ACT (ATPA)
 
El Andean Trade Preference Act - ATPA - o Ley de Preferencias Arancelarias Andinas, componente comercial del programa de la "Guerra contra las Drogas" del Presidente George Bush, se expidió en diciembre 4 de 1991. Dicha Ley se hizo efectiva a partir de julio de 1992, cuando el Presidente Bush designó a Colombia y Bolivia como beneficiarios del ATPA, extendiendo posteriormente éste privilegio a Ecuador (abril de 1993) y Perú (agosto de 1993) por el Presidente Bill Clinton. Uno de los principales objetivos del ATPA es el de fomentar alternativas para sustituir el cultivo y producción de drogas ilícitas, ofreciendo mayor acceso al mercado estadounidense de diferentes productos de la región. Este mayor acceso se garantiza en la Ley a través de la eliminación de barreras arancelarias para alrededor del 80% del universo arancelario colombiano, y a través de normas de origen menos restrictivas que las que se aplican al Sistema General de Preferencias Arancelarias (GSP) y otros acuerdos comerciales suscritos por Estados Unidos.


PREFERENCIAS ARANCELARIAS OTORGADAS MEDIANTE EL ATPA
 
En principio debe tenerse en cuenta que el ATPA contempla tres tipos de preferencias:
· Franquicia aduanera total: es decir una preferencia arancelaria del 100% para la mayor parte del universo arancelario de Estados Unidos, pues tan sólo 1556 partidas arancelarias a 8 dígitos se encuentran excluidas del ATPA. Los productos que cuentan con esta preferencia para los países beneficiarios del ATPA se distinguen con la letra J, en el arancel de ese país.
· Sin embargo, existen posiciones que cuentan con la preferencia del 100% en razón al Sistema Generalizado de Preferencias, SGP y con el ATPA. En este caso, actualmente los productos con tal característica ingresan bajo la franquicia del ATPA pero en una eventual eliminación de tal preferencia, continuarían ingresando con franquicia total bajo el SGP.
· Reducción arancelaria: 51 partidas arancelarias (a 8 dígitos) de los siguientes capítulos, presentan una reducción máxima del 20% para los países beneficiarios del ATPA, la cual incluso se extiende a los países de la Cuenca del Caribe (CBI):
 
· Capítulo 42. Manufacturas de cuero; artículos de guarnicionería o talabartería; artículos de viaje, bolsos de mano y continentes similares.
· Capítulo 46. Manufacturas de espartería o de cestería.
· Capítulo 61. Prendas y complementos de vestir de punto.
· Capítulo 62 Prendas y complementos de vestir excepto de punto.
Acceso con franquicia para algunas subcategorias de productos. En este caso, las subpartidas bajo esta categoría se distinguen en el arancel de los Estados Unidos con la letra J*, lo que indica que dentro de esa subpartida, algunos productos pueden tener tratamiento arancelario preferencial.
PRODUCTOS EXCLUIDOS DEL PROGRAMA
· Cabe destacar que la Ley no cobija, entre otros, los siguientes productos como beneficiarios de dichas preferencias:
· Textiles y confecciones sujetos a acuerdos textiles
· Calzado, excepto de caucho o plástico con tiras, y calzado desechable
· Atún preparado o conservado, en envases herméticamente cerrados
· Petróleo o cualquiera de sus derivados
· Relojes y sus partes que contengan materiales de países a los que no se aplica el trato arancelario general
· Ciertos azúcares
· Ron y tafia
· Cualquier producto agrícola sujeto a cuota, cuando se supere dicha cuota (azúcar, tabaco).
 
La Ley de Preferencias Arancelarias Andinas no incluye limitaciones cuantitativas a las exportaciones de productos originarios de los países beneficiarios.
CRITERIOS DE CALIFICACIÓN
Si se cumplen las siguientes condiciones, los productos se consideran adecuados para ingresar exentos de aranceles en el mercado norteamericano:
· Si es importado directamente desde un país beneficiario hasta el territorio aduanero de los EE.UU.
· Si es enteramente cultivado, producido o manufacturado en un país beneficiario, o si ha sido sustancialmente transformado en un artículo de comercio nuevo y distinto en un país beneficiario.
· Si por lo menos el 35% del valor gravable del artículo proviene de uno de los países beneficiarios del ATPA o de la Iniciativa para la Cuenca del Caribe (ICC), Puerto Rico o las Islas Vírgenes estadounidenses.
· El requisito del 35% del valor agregado y la transformación substancial tienen como fin el de asegurar que las operaciones previstas para calificar para los beneficios del ATPA sean lo suficientemente significativas para proporcionar un beneficio económico real a los países beneficiarios.


UNION EUROPEA - SISTEMA GENERALIZADO DE PREFERENCIAS
 
En 1990 la Comunidad Europea otorgó entrada libre de gravámenes y sin limitaciones de cuantía, durante un período de 4 años, a una serie de productos de exportación provenientes de Colombia, Ecuador, Perú y Bolivia. En 1994 la Unión Europea aceptó prorrogar estas concesiones por un período de diez años.
 
GRUPO DE LOS TRES - G3
 
Negociación de un tratado de libre comercio entre Colombia, Venezuela y México (TLC-G3).
 
El Acuerdo G-3, ACE Nº 33, fue suscrito en junio de 1994 en el marco de la ALADI en Cartagena. Este es un tratado muy amplio de libre comercio que en forma lineal anual, durante 10 años, liberará arancelariamente el comercio de bienes en los tres países participantes, partiendo del arancel vigente al 31 de diciembre de 1993. Se incluyeron en el acuerdo las preferencias arancelarias alcanzadas en el ámbito de la ALADI al igual que algunos temas que tienen que ver en forma directa o indirecta con el comercio de bienes, como la cláusula de salvaguardia, las prácticas comerciales y la solución de controversias.
El Congreso de la República de Colombia aprobó el acuerdo el TLC-G3 mediante la ley 172 de diciembre de 1994. El decreto 1266 de mayo de 1997 promulga definitivamente la vigencia del acuerdo en Colombia con lo que se culminan los trámites internos necesarios para la plena puesta en vigor del Tratado de Libre Comercio G-3. Mediante el decreto 1197 del 26 de junio de 1998 se puso en vigencia la 4ª etapa del programa de desgravación en Colombia.
 
El protocolo de servicios generales e inversión y servicios financieros entró en vigencia el 1º de enero de 1997 con la decisión Nº 11, que incluye las listas de reservas que cada país formula. Con el decreto Nº 2417 del 30 de diciembre de 1996 se dio cumplimiento a lo establecido en el artículo 4-04 del tratado; por lo tanto, a partir del


1º de enero de 1997 se inició el programa de desgravación para tractocamiones de más de 15 toneladas de peso bruto vehicular y buses integrales, y con el decreto 3074 del 23 de diciembre de 1997 se puso en vigencia la segunda reducción al impuesto de importación de estos bienes. El decreto Nº 3009 del 19 de diciembre de 1997 reglamenta la aplicación de los niveles de flexibilidad temporal para las exportaciones colombianas de textiles a México, entre el 1º de enero y el 31 de diciembre de 1998.
 
El 4 de septiembre de 1997 tuvo lugar la III Reunión de la Comisión Administradora, en la cual se revisaron las actividades, y los compromisos de los comités y grupos de trabajo del TLC-G3. Además, se discutieron asuntos puntuales solicitados por los tres países y se revisaron los resultados alcanzados en la aplicación del tratado.
CONVENIOS INTERNACIONALES
Colombia ha subscrito varios convenios internacionales y bilaterales para evitar la doble tributación, dentro de los cuales se destacan los siguientes:
· con Estados Unidos, Argentina, Alemania, Chile, Brasil e Italia, sobre temas relacionados con el transporte aéreo y marítimo;
· con Venezuela, sobre regulaciones a la tributación de la inversión estatal y de las empresas de transporte internacional; y,
· con la Comunidad Andina de Naciones, para evitar la doble tributación entre las empresas con inversión multilateral pertenecientes a tales estados; son aplicables a las personas domiciliadas en cualquiera de los países miembros, respecto de los impuestos sobre la renta y patrimonio.

LA GLOBALIZACIÓN, LA COMPETENCIA Y EL SURGIMIENTO DE UN NUEVO PARADIGMA DE EFICIENCIA.
EJEMPLO: El sector alimenticio es muy importante en el ámbito nacional, es un sector que represente gran parte de nuestra economía. Para el ano de 1991 representaba el 23.7% del total de la producción bruta industrial y generando el 16% del empleo en el sector industrial, lo que demuestra la importancia que tiene ese sector a nivel macroeconómico es el país, también es por esto que como es buena parte de la economía del país es un excelente campo para hacer un análisis acerca de la apertura económica.


MODELO IOE
 
El cual consiste en industrializarnos orientándonos a las exportaciones. Decreto 44/67 – marco regulatrorio de comercio exterior.

Crisis mundial por el petróleo (OPEP) Organización De Países Productores De Petróleo. Depositaron su dinero en bancos norteamericanos se les denomino por su origen petrodólares, estos bancos a su vez prestaron el dinero a países del tercer mundo en especial a Latinoamérica, pues era un préstamo con muy poco riesgo ya que un país nunca se quiebra y siempre esta para responder a sus acreedores. Sin embargo se acrecentó el problema cuando algunos países manifestaron su imposibilidad de saladar la deuda, por lo tanto los bancos refinanciaron la deuda.

RESUMEN[6]
 
La segunda guerra mundial trajo consigo el liderazgo económico global y militar de los Estados Unidos de Norte América, este liderazgo venia acompañado de una responsabilidad mundial, Estados Unidos, considero necesario crear planes de desarrollo plan Marshall, para la reconstrucción de Europa y se institucionalizo los intereses mundiales de esta forma:

 
 


RESUMEN [7]

Al analizar estos dos paradigmas en los que se a encontrados América Latina, encontramos dos modelos aplicados el primero Industrialización por sustitución de importaciones (ISI), que consistía en protección como medida de intervención del estado en la economía, trajo varios efectos negativos para las economías latinoamericanas. Mas tarde se constituyo el nuevo modelo industrialización orientado a las exportaciones (IOE), que en lo sustancial consistía en profundas reformas orientadas hacia el mercado y inmovilizar la hiperinflación.
 
La estabilización macroeconómica, reformas estructurales y políticas central a garantizar la estabilidad económica han sido criticas, por que los menos favorecidos tienen que llevar en sus hombros todo el peso del nuevo ajuste del modelo de desarrollo.

 
ENTORNO INTERNACIONAL
 

Se rompe barreras comerciales, laborales, educativas; la única barrera que existirá será la cultural y la idiomática.
 

RESUMEN [8]
 
La estrategia de políticas económicas que han utilizado los países de la periferia para salir del subdesarrollo, han sido teorías sistemas es decir; que identifiquen los problemas y obstáculos a la dinámica del desarrollo mundial. La teoría económica convencional, la constatación del hecho diferencial del subdesarrollo de (Latinoamérica) como países de periferia sólo dio lugar a dicha reflexión en los años cincuenta. Estas teorías fueron reflexivas del compromiso mundial de los países desarrollados con los países en vías de desarrollo. Las teorías planteadas retomas fueron:
 
POLÍTICA MONETARIA
 
Masa Monetaria

Nota: Cuando la variable va acompañada de (*) es una variable internacional

INFORME [9]
 
En la década de los ochenta sucedió un fenómeno sin precedentes en la historia de la economía mundial, fue una década que dejo una gran perdida para los países del tercer mundo. En África y América Latina, sufrieron abruptas declinaciones en su ingreso per cápita. Todo se debía a su una deuda externa que era y es muy grande y a una pesada carga en los servicios de la deuda. Esta crisis no solo atrajo efectos negativos para el país y para los banca mundial, si no trajo secuelas sociales como la desnutrición infantil, mortalidad infantil y otras calamidades relacionadas con la población mas vulnerable que son; los niños, ancianos y la mujer. Obviamente estas secuelas trajeron consigo efectos a largo plazo como desarrollo económico bajo, la causa era evidente que estado prefería mantener una carga de deuda impagable que invertir en su propia sociedad a través de la educación, salud, alimentación, recreación y vestuario, que son las necesidades básicas que todo individuo, por tanto esto se tradujo en desempleo, violencia y bajo crecimiento económico.
 
La causa de porque se dio origen a la crisis de la deuda es principalmente a las altas tasas de interés, al intercambio desigual entre los países industrializados y los subdesarrollados. Los factores externos que influyo a la crisis de la deuda fue, las tasa de interés mundiales crecieron bruscamente como consecuencia de los programas anti-inflacionarios de los países industrializados. Las políticas internas jugaron un papel preponderante ya que estas podían ser de dos clases; políticas fiscales demasiado expansivas y políticas comerciales altamente distorsionadas, especialmente políticas que provocaban un fuerte sesgo contra las exportaciones. Otro factor que perjudico a los países deudores, es el fenómeno que se le conoce como fuga de capitales que es cuando se desaparecen las inversiones extranjeras, y también fue que los gobiernos no crearon impuestos para cubrir a largo plazo la deuda. Además de lo anteriormente señalado, también vemos como la distribución del ingreso en América Latina, es inequitativa por lo tanto los ricos, ayudados de su poder político evitaron que se impusieran latos tributos y los pobres no podían con cargas por conceptos de impuestos, ya que su ingreso era bajo.
 
Las políticas internas también tuvieron importante responsabilidad en la generación de la crisis. Los países siguieron políticas fiscales excesivamente expansivas mientras pudieron contar con financiamiento externo. Políticas erróneas respecto al comercio y el tipo de cambio fueron factores decisivos. Los países latinoamericanos tenían regímenes comerciales cerrados y permitían una alta sobrevaluación del tipo de cambio.
 
El plan Baker, toma su nombre del entonces secretario del tesoro de los Estados Unidos (James Baker), en 1985; esta plan introdujo una política menos severa, los gobiernos de los países acreedores continuaba oponiéndose a toda reducción negociada de la carga de la deuda. Los gobiernos acreedores también relajaron los términos de pago de las deudas contraídas directamente con ellos y con bancos. “El Club de Londres”, fue conocida las reuniones entre los piases deudores y los bancos comerciales, con el fin de renegociar sus contratos. Las deudas de gobierno a gobierno, fue bajo el contexto del “Club de París”, la cual consistía en renegociar sus contratos.
 
En 1989, el plan Brady se desarrollo con el fin de suplir el Plan Baker, porque este no ofrecía una solución clara al problema de la crisis de la deuda para los países subdesarrollados. Este nombre de “Brady”, toma su nombre del secretario del Tesoro de los Estados Unidos, Nicholas Brady. Este plan Brady, consistía en un apoyo de las instituciones de la economía internacional, como los es en FMI y el BM, la reducción d ela deuda debía ser por medio de dos mecanismos que negociara con los bancos comerciales la rebaja del capital o reducción de las tasa de interés.
 
Históricamente, los países que han enfrentado una crisis de deuda han salido de ella por medio de una combinación de austeridad interna y reducción negociada del peso de la deuda. En la crisis actual, ha tomado un tiempo prolongado llegar a una solución de compromiso. Inicialmente, los gobiernos aplicaron presión a los países deudores para mantener sus pagos al día. A fines de 1985, el plan Baker apoyo el alivio de corto plazo de los deudores mediante negociaciones voluntarias con sus acreedores y prestamos de instituciones multilaterales a los deudores. Sin embargo todavía existía oposición a negociar una reducción permanentemente del peso de la deuda.
 
A comienzos de 1989, el plan Brady marco un considerable cambio en el escenario de la deuda, en cuanto reconoció que una reducción negociada de la deuda con los bancos comerciales era parte importante de la solución del problema. Los bancos estarían de acuerdo con esto si reconocían que intentar cobrar la deuda en su totalidad podría desestabilizar en grado tal al país deudor que terminarían con menor pago que si aceptaban una reducción ordenada de la deuda (el argumento llamado de la “sobrecarga de deuda”). Bajo el plan Brady, la reducción de la deuda se concedería solo a los países que aceptan introducir reformas económicas fundamentales para reducir el tamaños del estado y abrir sus economías. A fines de 1990, México, costa Rica y Venezuela; ya habían alcanzado con los bancos comerciales bajo el esquema del plan Brady.
 
INFORME [10]

La crisis del petróleo fue una consecuencia que los grandes países productores del crudo retuvieron el mismo para así aumentar el precio de barril, ya que el costo lo determinan las libres fuerzas del mercado, es decir; a mayor escasez mayor incremento en los precios, con el fin de aumentar sus ingresos. Por el origen de este dinero se les denomino petrodólares. Estos países depositaron sus dineros en el sistema financiero de Europa y Estados Unidos de Norte América, generando así que los bancos tuvieran que responsabilizarse por la seguridad del dinero y pagar unos intereses por estos. Los bancos vieron un gran negocio con los países subdesarrollados de Latinoamérica, ya que observaron que hay más posibilidad de que una empresa se declare en bancarrota pero un país no porque siempre tendrá con que responder por sus deudas. Fue así que se comenzó a desembolsar cuantiosas sumas de dólares, pero prestaban incluso por encima de su capacidad de prestamos es decir astas el 600%. El principal problema de Latinoamérica en su aspecto económico, es el intercambio desigual que transan los países desarrollados con los latinoamericanos, por creer que los bienes o materias primas son más económicos que un articulo industrial, pues este posee tecnología que lo constituye como un bien más costoso, ese intercambio desequilibrado a generado que la mayoría de los países de América Latina, hayan tenido que declarase en cesación de pagos, ya que no podían pagar la deuda y sus altos intereses con el PIB, pues este era demasiado bajo para sostener la deuda, que cada vez crecía más.
 
México es un claro ejemplo, se declaro en cesación de pagos en 1982, y con este se declararon muchos países más, México crecía mucho pero no con los recursos que tenia a su alcance, es decir; que crecía a raíz de las deudas que contrajo con el extranjero. Lo que lo llevo a la crisis, pese a esto trajo para México, un gran beneficio y fue que se industrializo gran parte de los sectores económicos.
 
Sin embargo pago un precio muy alto en materia social, la calidad de vida de sus ciudadanos, desmejoraba a ritmos alarmantes. La responsabilidad no solo recae en los países deudores para saldar sus deudas y si no también de los países prestamistas, ya que aprobaron créditos sin analizar o diagnosticar, la capacidad de pago de los países deudores. La bomba de tiempo en la economía a venido creciendo a un ritmo impresionante, cada vez vemos más desempleo y subempleo, que esto se traduce en una baja calidad de vida.

El dólar americano, se a constituido como la unidad paralela en América Latina, a tal punto que muchos turistas aprovechan los fenómenos del dólar para enriquecerse, también vemos como cada vez más los países más endeudados son los mas industrializados, pero esto trae consigo una dependencia de los países industrializados. También un aspecto fundamental para toda economía es la protección y fomento al sector primario de la economía que comprende la ganadería, agricultura y minería, este sector de desestímulo y los miembros del mismo abandonaron las labores por aspectos como la violencia y el desplazamiento forzoso, creando así que la población emigrara hacia los polos de “desarrollo” como las grades ciudades. La conclusión que puedo llegar es que los nacionales de los países subdesarrollados se han convertido en esclavos de los países desarrollados, a través de deudas que la quinta parte fue por concepto de armamentismo y militarización, y una gran cultura del derroche, creo esta problemática social. Nos endeudamos para beneficio de las potencias, por que el ciclo comercial era in equitativo.
 
De nada a servido las recomendaciones de la CEPAL, en materia económica, política o social, porque cada vez vemos con mayor incidencia la pobreza y la mendicidad, característica de los países latinoamericanos.

Una multinacional de procesamiento de los derivados del petróleo, de origen Colombiano desea conocer la cantidad que utiliza en cada una de los productos que en ella se producen como Betún, Gasolina y Plástico.

ANÁLISIS



Análisis MATRIZ DE INSUMO-PRODUCTO:
 
Vertical (Compras)
 
- Para producir Gasolina se compraron $5400 pesos en Disolventes.
- Para producir Betún se compraron $1500 pesos en Ácido Naftécnico.
- Para producir Plástico se compraron $2000 pesos en Desalador.
 
Horizontal (Ventas)
 
- Se vendieron $ 6000 pesos en Ácido Naftécnico para producir gasolina.
- Se vendieron $ 2000 pesos en Desalador para producir plástico.
- Se vendieron $ 3000 pesos en Disolventes para producir betún.
 
Análisis Coeficiente Técnico:
 
- Para producir betún se necesito 0.15 en disolventes para producir una unidad.
- Para producir betún se necesito 0.31 en desalador para producir una unidad.
- Para producir betún se necesito 0.07 Ácido Naftécnico para producir una unidad.
- Para producir betún se necesito 0.2 en concepto de salarios para producir una unidad.
- Por producir una unidad de betún se obtuvieron 0.27 en ganancias.
SECTORES Y SUBSECTORES INSTITUCIONALES
 

LAS CUENTAS DE UN SECTOR INSITUCIONAL Y SU RELACIÓN CON LAS DEMÁS CUENTAS DEL SISTEMA

RESUMEN [12]
 
Una delas razones que impulso la elaboración DEL NSCN fue obtener una descripción integrada y coherente de las transacciones reales y financieras que tiene lugar entre los agentes y, en particular aquellas que realizan las unidades productivas del sistema.
 



INVESTIGACIÓN [13]

 
Cuantas Nacionales, son el balance de la nación, que hace un país con el fin de analizar su estado financiero.
 
ESTRUCTURA BÁSICA DE LAS CUENTAS NACIONALE
SISTEMA DE ECUACIONES
 
SISTEMA DE ECONOMIA CERRADA
 
-Cuenta de Producción -Cuenta de Consumo
Y = C + I Y = C + S
Entonces
C + I = C + S
S = I
 
CUENTAS EN UNA ECONOMIA ABIERTA
CUENTAS DEL SISTEMA SIMPLIFICADO CUENTAS NACIONALES
 
-Cuenta de Producción C + I + X – M = YINF + II – SS + D
-Cuentas de Consumo YINF + II – SS + Yx + Trx = C + S
-Cuentas de Acumulación D + S – L = I
-Cuentas de Resto del Mundo 0 = X – M + Yx + Trx + L
 
Yx: Ingresos Externos Netos
L: Ahorro Externo
0 = (CERO).
EL AHORRO EXTERNO: Es el excedente del ingreso que no se consume y que se presta fuera de las fronteras de un país.
 
LÓGICA DEL CAMBIO TECNOLÓGICO
 

 
RESUMEN [14]
 
 
Dentro de la división sectorial social del trabajo, ha sido la actividad industrial en la que se ha volcado el desarrollo capitalista, de tal manera que históricamente se ha producido la identificación entre economía capitalista y economía industrializada. La capitalización de la actividad industrial ha supuesto un altísimo progreso en la producción del capitalismo. A través del cambio se ha ido adaptando los sistemas tecnológicos a las necesidades de ka acumulación de capital, mediante revoluciones industriales y tecnológicas. Por medio de diversos modelos de organización del proceso del trabajo (taylorismo, fordismo, toyonismo, producción flexible etcétera). Se ha ido profundizando los mecanismos de control del proceso de trabajo y de posesión de los medios de producción y de la tecnología de sus uso por parte del capital. El tejido industrial resultante es muy variado y complejo, para establecer los distintos tipos de industrias se puede utilizar numerosos criterios de carácter conceptual o descriptivo que se refiere al nivel tecnológico, al efecto industrializarte, al tipo de producto producido, al tamaño a la localización etcétera.
QUE ES EL IMPUESTO SOBRE LA RENTA Y COMPLEMENTARIOS
 
Es el gravamen o tributo que deben pagarle al Estado todas las personas jurídicas y las naturales que obtengan ingresos durante un determinado período gravable.
 
Antecedentes
El impuesto sobre la renta es un tributo de gran trayectoria en el país. Fue introducido desde 1918 por la Ley 56 del mismo año. A partir de esa época ha sufrido reformas sucesivas, pudiéndose afirmar que su esquema actual data del sistema implantado por el Decreto Extraordinario 2053 de 1974; el cual ha venido modificándose por las Leyes 9 de 1983; 75 de 1986; 49 de 1990; 6 de 1992; 174 de 1994; 223 de 1995; 338 de 1997; 448 de 1998, y la final del año pasado, Ley 633 de 2000.
Su normatividad está compilada en el Libro Primero del Estatuto Tributario, el cual incluyó las disposiciones vigentes a marzo de 1989 y las sucesivas reformas planteadas.
 
Características
El impuesto de renta y complementarios es un solo tributo, pero conformado por varios hechos y bases de determinación. El primero de estos hechos es el denominado impuesto básico, que está constituido por la obtención de rentas ordinarias o extraordinarias en el año o período gravable, susceptibles de producir un enriquecimiento en el patrimonio del beneficiario al momento de su percepción. Los demás hechos y bases que conforman el impuesto se detallan en el aparte de impuestos complementarios. En Colombia el sistema del impuesto se aplica por igual a las personas físicas o naturales, que a las personas jurídicas. No obstante, existen algunos procedimientos diferenciadores en cuanto a la determinación de la base y las tarifas aplicables a cada uno. En principio todas las sociedades, aún las sociedades de hecho, son contribuyentes del impuesto. Para las personas naturales, nacionales o extranjeras, la condición es que sean residentes o se encuentren domiciliados en el país. Los contribuyentes personas naturales colombianas residentes en el país y las sociedades constituidas en Colombia y con domicilio principal en el país, tributan tanto sobre sus rentas obtenidas en el país como sobre las obtenidas en el exterior; en cambio los contribuyentes personas naturales extranjeras no residentes y las sociedades extranjeras, sólo tributan sobre la rentas de fuente colombiana. Los contribuyentes personas naturales extranjeras residentes en el país, a partir del quinto año de residencia tributan tanto sobre sus rentas de fuente nacional como sobre la obtenidas en el exterior. Las rentas que según la ley se consideran de fuente colombiana se ilustran en el artículo 24 y las de fuente extranjera, en el artículo 25 del estatuto. El impuesto sobre la renta y complementarios es un impuesto directo y de período. Con ello se quiere significar que grava a aquellos quienes realizan el hecho gravado con el tributo, sin que permita que su importe pueda ser trasladado legalmente a otro sujeto, y que la obligación se conforma por períodos gravables que en principio coinciden con el año calendario (enero a diciembre de cada año). Cada uno de estos períodos constituye una obligación autónoma e independiente.
 
Determinación
Cómo se señaló el impuesto básico grava el enriquecimiento. La determinación de este enriquecimiento se efectúa aplicando las reglas especiales o particulares señaladas en el Libro Primero del Estatuto Tributario, que en muchos casos no coinciden con la metodología propia de la ciencia contable para determinar las utilidades comerciales. Este hecho gravado y la forma de determinar su base aparece en el artículo 26 del estatuto y se conoce como depuración ordinaria de la renta, cuya fórmula parte de las rentas brutas (rentas ordinarias o extraordinarias, menos las devoluciones, rebajas y descuentos), menos los costos fiscales y los gastos deducibles autorizados por la ley tributaria, con lo cual se obtiene la renta líquida o utilidad fiscal. Con el fin de evaluar si un contribuyente obtuvo utilidades o pérdidas por la posesión de activos expuestos a la inflación durante el período, desde 1992 se adoptó un sistema de ajustes integrales cuya finalidad consiste en que las utilidades por exposición a la inflación sean agregadas como una renta gravable más del contribuyente y que la pérdida por inflación experimentada en el período se reste de la base como una deducción, con el fin de que se tribute sobre bases más justas. El ingreso y el gasto por inflación se registra en una cuenta especial denominada "Corrección Monetaria". El sistema aparece reglamentado a partir del artículo 329 del estatuto y a él están obligados en principio todos los contribuyentes del impuesto que lleven libros de contabilidad. Además de la depuración ordinaria de la renta existe un método alternativo de determinación, denominado renta presuntiva. Esta consiste en tomar el patrimonio líquido del último período gravable y deducir de él una rentabilidad mínima fijada en un porcentaje, que se encuentra establecido por el artículo 188 del estatuto. Todos los contribuyentes declarantes del impuesto a menos que se encuentren excluidos del método de renta presuntiva deben cotejar la renta líquida determinada por el método ordinario con la obtenida a través del cálculo de la renta presuntiva, y tomar la mayor de ellas como base para aplicar la tarifa del impuesto. Algunas pocas rentas líquidas son señaladas como rentas exentas o exoneradas de impuesto a partir del artículo 206 del estatuto; estas deben excluirse de la base antes de aplicar la tarifa del impuesto. Las rentas exentas pueden deberse a incentivos fiscales, como es el caso de las políticas de reactivación económica en las zonas geográficas que han padecido de alguna calamidad o catástrofe (Río Páez, Eje Cafetero), o a la necesidad de dotar el sistema de ingredientes de justicia o progresividad (como en el caso de algunas exenciones reconocidas sobre las rentas laborales). Así mismo, la ley del impuesto sobre la renta otorga en algunos casos indicados a continuación del artículo 249 el derecho a descontar ciertos valores del impuesto sobre la renta determinado; su razón se explica por razones de técnica impositiva, como el caso de los impuestos de renta pagados en el exterior que se descuentan para evitar el efecto de "doble tributación" (artículo 254), o de incentivo fiscal. Hay un sistema extraordinario de determinar el impuesto sobre la renta básica denominado comparación patrimonial, que es un método de auditoría o fiscalización empleado por la administración tributaria a partir de las variaciones por incremento que experimenta el patrimonio del año gravable de un contribuyente, en relación con el poseído en el año inmediatamente anterior; en caso de que el incremento no se justifique por los ingresos del período u otra explicación razonable, la diferencia no justificada se atribuye a omisión de ingresos o inclusión de pasivos inexistentes y se toma como renta gravable.
 
Impuestos
Además del impuesto básico de renta, existen dos hechos y bases adicionales de tributación, que son los impuestos complementarios de ganancias ocasionales y de remesas.
 
 
Complementarios
El de ganancias ocasionales es un impuesto a cargo de los contribuyentes no obligados a efectuar ajustes integrales por inflación que se paga por la obtención de rentas extraordinarias provenientes de ventas de activos fijos poseídos por dos años o más; utilidades en liquidación de sociedades en exceso de lo aportado, cuando las sociedades han tenido la duración antes referida; herencias, donaciones o legados; o loterías, rifas, apuestas y similares. En este último caso hay ganancia ocasional con su obtención, así se trate de contribuyentes obligados a efectuar ajustes por inflación.
Debe pagar impuesto complementario de remesas el giro o transferencia al exterior de rentas o ganancias ocasionales obtenidas en Colombia, a la tarifa general del 7%, aunque existen algunas tarifas especiales. Las sucursales de sociedades extranjeras están gravadas con el impuesto por la sola obtención de utilidades comerciales; sin embargo, pueden exonerarse de gravamen si reinvierten dichas utilidades durante un término no inferior a 5 años (artículo 319).
 
 
Régimen especial
Existe un régimen tributario especial para cierto tipo de contribuyentes, que tengan como actividad y destinen con exclusividad sus beneficios o recursos al deporte, la salud, educación formal, cultura, deporte aficionado, investigación científica o tecnológica, la ecología y protección ambiental, o a programas de desarrollo social. De cumplir con los requisitos de los artículos 19 y 356 y siguientes, el beneficio neto o excedente que obtengan está exento de impuesto; de no cumplir con dichos requisitos, el beneficio neto o excedente se grava a la tarifa del 20%.
 
 
Tarifas
La tarifa general del impuesto en la actualidad es el 35%. Las personas naturales determinan su tarifa con base en la tabla del artículo 241 del estatuto, dependiendo de sus rentas líquidas del período. Para los contribuyentes no obligados a presentar declaración de renta, su impuesto está constituido por la sumatoria de las retenciones en la fuente de renta que por todo concepto les practiquen en el año o período gravable (artículos 6 y 244).
 
IMPUESTO SOBRE LAS VENTAS TIPO VALOR AGREGADO- IVA
 
Antecedentes
El impuesto sobre las ventas de carácter nacional apareció en el país en 1963. Con el fin de evitar el efecto de cascada impositiva, que consiste en que el impuesto que se cobra a las ventas se incluya dentro del precio de las mercancías y recarga la base de sucesivas ventas de los mismos bienes, se procura una metodología de valor agregado que permite a quien compra con el objetivo de revender, de descontar los impuestos que le han sido trasladados con ocasión de la compra, del impuesto que ha debido cobrar con ocasión de la venta, de suerte que el impuesto a cargo del comerciante recaiga sobre el valor agregado o margen de intermediación que realice. Esta metodología se fue desarrollando poco a poco en Colombia, hasta que a través del régimen del Decreto Ley 3541 de 1983 se adoptó un impuesto de campo general o de todas las fases del ciclo económico, que en lo fundamental ha sido compilado en el Libro Tercero del Estatuto Tributario (artículo 420 y siguientes).
 
Características
El impuesto grava tres hechos: la venta de bienes corporales muebles; la importación de los mismos, y la prestación de servicios en territorio nacional. Sin embargo sólo es responsable por el impuesto, quien tengan la actividad habitual de vender, importar o prestar servicios gravados. Ellos deben cobrarlo en cada una de las operaciones que realicen, adicionándolo a los precios de las mercancías o servicios gravados. Por regla general, todos las mercancías y servicios se hallan gravados, a menos que aparezcan como excluidos en los listados de los artículos 424 y 476 del Estatuto Tributario. Así mismo, existe un listado de bienes y servicios exentos del IVA, en los artículos 477 y siguientes. La diferencia entre "excluidos" y "exentos" de gravamen, radica en que los primeros no causan el impuesto y los segundos sí, pero a tarifa cero, de manera que quienes realicen actividades que involucren bienes o servicios excluidos, no tienen obligaciones en relación con el IVA, mientras que aquellos quienes vendan bienes o presten servicios exentos, sí. El rasgo común de los bienes y servicios excluidos es que corresponden a la calificación de esenciales, como es el caso de los alimentos no procesados de carácter básico, los insumos y materias primas básicas de las actividades agrícolas o de producción de medicamentos, los servicios públicos domiciliarios y los servicios para la salud humana, entre otros.
 
Determinación
Los responsables del IVA cobran el impuesto calculando la tarifa correspondiente sobre el valor total de la operación, que es su base. Forma parte del valor total de la operación, no solo el precio de los bienes o servicios gravados sino los gastos asumidos por cuenta del adquirente, los de financiación, los accesorios, acarreos, fletes, instalaciones, seguros, comisiones, garantías, reajustes de valor y demás prestaciones complementarias, aunque se facturen o convengan por separado, y aunque considerados independientemente no se encuentren sometidos al gravamen. En cambio, no forman parte de la base del impuesto, los descuentos comerciales efectivos o no condicionados que obren a pie de factura, como tampoco los envases o empaques cuando sean motivo de devolución de acuerdo con la costumbre comercial.


El IVA se causa, es decir, surge la obligación de calcularlo y registrarlo contablemente como una cuenta por pagar a la administración tributaria ("registro tipo crédito en la cuenta IVA por pagar"), en el momento de la entrega de las mercancías o de la expedición de la factura, en el caso de la venta; en la fecha de nacionalización de los bienes, en el caso de las importaciones, y en el momento de la terminación de los servicios o la expedición de la factura, cuando se trate de la prestación de servicios gravados. El responsable tiene el derecho a descontar ("registro tipo débito en la cuenta IVA por pagar") los impuestos que ha asumido con ocasión de la compras, que sean constitutivos de costo o de gasto. No dan derecho al descuento el IVA asumido con ocasión de la compra de activos fijos, los créditos o deudas incobrables, los provenientes de compras a proveedores no inscritos, insolventes o ficticios y los incurridos en un plazo anterior a dos bimestres o períodos gravables del impuesto.
 
Tarifas
La tarifa general del IVA actualmente vigente es el 16% y se aplica a todos los casos en donde no exista una tarifa especial, particularmente en el caso de ventas, importaciones, venta de gaseosas, automóviles (regla general), productos derivados del petróleo y prestación de servicios. Con todo, existen tarifas "diferenciales" (diferentes de la general), para los casos de jabones, mantecas y grasas, y el servicio de transporte aéreo nacional de pasajeros, que es el 10% (artículo 468-1); los licores, que tienen tarifa del 35% (regla general), y algunos vehículos que en consideración a su capacidad de motor, procedencia o valor, tienen tarifas del 35% y 45%.
 
Obligaciones formales
Los responsables del IVA del régimen común deben inscribirse en el Registro Nacional de Vendedores, al inicio de sus operaciones; llevar contabilidad y registrar en ella una cuenta mayor o de balance, denominada "IVA por pagar" donde deben registrar sus operaciones gravadas y los impuestos descontables a que tienen derecho; declarar y pagar el impuesto bimestralmente, y facturar cada una de sus operaciones, discriminando el impuesto cuando quien compre sea también un responsable del impuesto con derecho a utilizar el descuento del IVA. Si deja de realizar operaciones gravadas, debe cancelar su registro; hasta tanto no proceda a dicha cancelación, continúa siendo responsable del impuesto y de las obligaciones formales.
 
Régimen simplificado
Los responsables pueden optar por pertenecer al régimen simplificado si cumplen con la condición de no haber obtenido en el año 2000 ingresos superiores a $42 millones y poseer un establecimiento, local, oficina o sede donde ejercer su actividad. Con todo, no pueden inscribirse en dicho régimen quienes tengan 8 o más trabajadores a su servicio, o hayan cancelado en el año 2000 servicios públicos en cuantía superior a $5´720.000 o arrendamientos por más de $10´010.000; o consignaciones bancarias por más de 470 millones, o sean propietarios del establecimiento, local, oficina o sede donde ejerza su actividad. Los responsables del régimen simplificado no cobran el IVA ni presentan declaraciones; sin embargo, deben registrarse en el Registro Único Tributario, RUT; obtener un NIT; expedir un documento equivalente a la factura denominado "boleta fiscal", y cumplir con los sistemas de control que ordene la administración tributaria.


 
Retención en la fuente del IVA
Los cinco tipos de agentes de retención señalados en el artículo 437-2 del Estatuto Tributario, deben practicar retenciones en la fuente del IVA sobre el impuesto que le cobren vendedores responsables sobre operaciones gravada que, cuando se trate de los casos 1, 2, 4 y 5, es a la tarifa del 75% (es decir, que si se está cobrando la tarifa general, la retención sería igual a 16% x 75% = 12%). En el caso del numeral 3 del mencionado artículo 437-2, la tarifa de retención es el 100% (o sea, 16%).RETENCIÓN EN LA FUENTE
 
Antecedentes
Antes que nada, se debe precisar que la retención en la fuente no es impuesto, es un mecanismo de recaudo anticipado de impuestos, principalmente sobre la renta. La retención en la fuente fue adoptado en Colombia desde 1927 con el fin de cobrar el impuesto sobre la renta sobre los dividendos de socios extranjeros no residentes en el país. Años más tarde, con la reforma tributaria de 1960, se autorizó al gobierno para establecer retenciones en la fuente con el fin de facilitar, acelerar y asegurar el recaudo del impuesto sobre la renta, las cuales serían tomadas como buena cuenta o anticipos. Finalmente, la Ley 38 de 1969 adoptó el estatuto de las retenciones en la fuente, sus responsabilidades y sanciones, posteriormente modificadas y ampliadas, que en 1989 finalmente se llevaron al Libro Segundo del Estatuto Tributario (artículo 365 y siguientes), que hoy en día las consagra.
 
Características
Como se señaló, la retención en la fuente no es un impuesto sino un mecanismo de recaudo de ciertos impuestos, calificados como directos y de período, como es el caso del impuesto básico de renta. Sin embargo, en Colombia se ha extendido a otros tributos nacionales y locales que no son de período, como el caso del impuesto a las ventas, de timbre y de algunos impuestos de estampilla del orden municipal. Además la retención en la fuente también se ha utilizado como mecanismo de pago definitivo del impuesto, caso de los contribuyentes no declarantes del impuesto sobre la renta.
La retención en la fuente se identifica con la obligación impuesta por la ley, a cargo de quienes realizan pagos o abonos en cuenta a favor de contribuyentes del impuesto de que se trate, de detraer del valor a pagar un determinado porcentaje, que se asume como anticipo del impuesto a cargo de dicho contribuyente retenido. En otras palabras.... Así, el retenedor hace las veces de "recaudador ad-hoc" y asume la responsabilidad de consignar los valores retenidos a favor de la administración tributaria. La de retener, entonces, es una obligación distinta de la de ser contribuyente y no se necesita ser calificado de tal, para asumir la obligación de efectuar retenciones. Para que proceda la retención en la fuente se requiere que quien realiza el pago sea obligado por la ley a efectuarlas; que exista un concepto, causa o motivo que la obligue; que se determina una base o magnitud del pago y una tarifa para cuantificarlas, y que el beneficiario del pago o sujeto pasivo de la retención, sea un contribuyente del impuesto que se pretende recaudar.
 
Determinación
Dependiendo del concepto o causa de la retención, el agente de retención debe calcularla sobre la base y tarifas que estén señaladas para cada caso particular. En el caso de las retenciones del impuesto sobre la renta y complementarios, los conceptos de retención son: ingresos laborales; dividendos y participaciones; honorarios, comisiones, servicios y arrendamientos, rendimientos financieros; venta de activos fijos por personas naturales; loterías, rifas, apuestas y similares; ingresos provenientes del exterior; otros ingresos tributarios distintos de los anteriores (conocido como " compras"), y pagos al exterior, por concepto de renta y de remesas.Las bases y tarifas varían, dependiendo del concepto de retención. Priman las tarifas porcentuales, aunque en el caso de los ingresos laborales se adopta una tabla cuya vigencia coincide con el período o año calendario. Normalmente las retenciones se aplican sobre el total del pago o abono en cuenta, pero algunos conceptos como los ingresos laborales y los rendimientos financieros, tienen reglas de determinación especial de dicha base.
 
EL IMPUESTO AL PATRIMONIO SE COBRARÁ EN CUATRO CUOTAS
 
- En septiembre, noviembre, marzo y junio se pagará el tributo.
- Reacción favorable de Los principales gremios ante la decisión.
- A quien no pague se le cobrará 29.2% de impuesto de mora: Dian.
- Colprensa, Cartagena de Indias
 
El impuesto al patrimonio establecido por el Gobierno bajo la figura de la conmoción interior podrá ser pagado en cuatro cuotas iguales de 25% cada una, entre los meses de septiembre próximo y junio del año 2003. El anuncio lo hizo ayer el ministro de Hacienda, Roberto Junguito, quien instaló la Convención Bancaria que culmina hoy, viernes, en la ciudad de Cartagena de Indias. Según Junguito, el calendario beneficia tanto al sector privado, como las necesidades financieras oficiales. Septiembre y noviembre de este año, así como marzo y junio del 2003, son los meses fijados por el Gobierno para cancelar el tributo. El ministro declaró que el fortalecimiento de la seguridad democrática se basa en una estrategia de seguridad nacional. "Ésta, desde el ámbito económico, exige un financiamiento más adecuado de las fuerzas armadas logrado mediante el establecimiento del impuesto al patrimonio líquido. Este esfuerzo representa el concurso de los más pudientes para extender seguridad a todos los colombianos", precisó. Recordó que en razón del desfinanciamiento en que se encontraba el presupuesto militar para el 2002-2003 y la necesidad de incrementarlo, el decreto correspondiente estableció el impuesto, cuya base gravable está constituida por el patrimonio liquido poseído a 31 de agosto del 2002, mayor a $169.5 millones de pesos y cuya tarifa se fijó en el 1.2% sobre dicho patrimonio. Con este nuevo tributo, que se establece por una sola vez, se estima que se podrán recaudar cerca de $2 billones. El impuesto lo cubrirán aquellos colombianos que son declarantes de impuestos a la renta, salvo contadas excepciones: entidades sin ánimo de lucro o empresas privadas o públicas que se encuentren sometidas a procesos de reestructuración. Junguito destacó también, que de la base gravable del tributo se descuenta el valor patrimonial neto de las acciones o aportes poseídas en sociedades comerciales. Los representantes de los principales gremios que asisten a la convención, reaccionaron favorablemente ante la decisión. La presidenta de Asobancaria, Patricia Cárdenas, dijo que para ayudar a que la gente tenga liquidez al momento de cancelar el gravamen, pagadero por una sola vez por 350 mil contribuyentes, cuenta con la extensión de créditos del sector financiero. Los presidentes de la Andi y Acopi ambién apoyaron el anuncio del ministro, por la comodidad de las cuotas. Por su parte, el director de Impuestos y Aduanas Nacionales, Mario Aranguren, anunció que si una persona obligada a pagar el impuesto para preservar la Seguridad Democrática no lo hace en los términos previstos, deberá sufragar un impuesto de mora del 29,2%. "La Dian está facultada para hacerlo", recordó el funcionario.
 
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO. Impuesto que grava el valor que se añade en cada proceso productivo. En Colombia, éste impuesto es del 16% y, a partir del primero de noviembre de 1999 ésta tarifa será del 15%. Esta nueva tarifa también se aplicará a los servicios con excepción de los excluidos expresamente, tales como, los médicos, los de transporte público, los intereses y los rendimientos financieros. A partir de la última reforma tributaria la base tributaria fue ampliada, gravando por primera vez artículos con una tarifa del 10%.
 
IMPUESTO SOBRE LA RENTA. Contribución que grava el ingreso de las personas y entidades económicas. El impuesto sobre la renta incluye el gravamen al trabajo, al capital y la combinación de ambos. Es un impuesto directo porque incide en forma específica sobre el ingreso de las personas y de las sociedades mercantiles. En Colombia, la tasa del impuesto a la renta es del 35%.
 
INGRESOS NO TRIBUTARIOS. Ingresos percibidos por el Estado provenientes del cobro de tasas, contribuciones, rentas contractuales, multas y por la venta de los bienes producidos por las empresas públicas. Los ingresos no tributarios también hacen parte de los Ingresos Corrientes del Estado.
 
INGRESOS TRIBUTARIOS. Ingresos percibido por el Estado, a través de impuestos. Los ingresos tributarios hacen parte de los Ingresos Corrientes.
 
IMPUESTOS SOBRE TRANSFERENCIAS: Son los que gravan los ingresos que no provienen de una actividad productiva, sino de una simple transferencia de uno o más individuos a otro u otros.

[1] QUIJANO PONCE DE LEÓN, ANDRÉS. Revista Internacional De Ciencias Administrativas Y Económicas. En Formato Virtual. Articulo La Búsqueda De La Inversión. Administrador De Empresas.
[2] Fuente: DNP.
[3] Periódico el tiempo, 17 de julio de 2003, Sección económica.
[4] Datos del CONPES (Consejo Nacional de Política Económica y social).
[5] Informacion suministrada a traves de la pagina de la Presiencia De La República www.presidencia.gov.co FONADE CONPES
[6] Capitulo 8, La Economía Global Después De La Segunda Guerra Mundial. Pág. 124. Economía: Enfoque América Latina, Clement Pool, Cuarta Edición. Mc Graw Hil.
[7] Capitulo 9, Paradigmas Antagónicos En América Latina. Pág. 145.
Economía: Enfoque América Latina, Clement Pool, Cuarta Edición. Mc Graw Hill.
[8] Capítulo No. 22. CAPITALISMO PERIFÉRICO Y ALTERNATIVAS DE DESARROLLO.
[9] Resumen Sobre. La Crisis de Deuda de los Países en Desarrollo.
[10] Informe Sobre La Película De La Crisis De La Deuda De Los Países Latinoamericanos.
[11] Capítulo No. 8. EL SISTEMA DE CUENTAS NACIONALES DEL DANE. Libro De Técnicas De Medición Económica de Eduardo Lora.
[12] Capítulo No. 9. EL SISTEMA DE CUENTAS NACIONALES DEL DANE: Tratamiento de la producción. Libro De Técnicas De Medición Económica de Eduardo Lora.
[13] políticas de oferta y objetivos de las política estructural.
[14] EL PROCESO DE INSUTRIALIZACION CAPITALISTA. CAPITULO No. 14.

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