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La Seguridad Social tiene como finalidad garantizar el derecho humano a
la salud, la asistencia médica, la protección y de los medios de
subsistencia y los servicios sociales para el bienestar individual y
colectivo.
La realización de la Seguridad Social está a cargo de entidades o
dependencias pública federales o locales y de organismos
descentralizados conforme a lo dispuesto por la ley del Seguro Social.
El Seguro Social es el instrumento básico de la seguridad social,
establecido como servicio público de carácter nacional, sin perjuicio de
los sistemas instituidos por otros ordenamientos.
El Seguro Social es obligatorio y voluntario.
Dentro del Régimen obligatorio comprende: los riesgos de trabajo,
enfermedades y maternidad, invalidez, vejez, cesantía en edad avanzada y
muerte, guarderías para los hijos de las aseguradas, y retiro. (Artículo
11 de la Ley del Seguro Social)
Los sujetos de aseguramiento del régimen obligatorio son:
Las personas que se encuentran vinculadas a otras por una relación de
trabajo, cualquiera que sea el acto que se le de origen y cualquiera que
sea la personalidad jurídica o la naturaleza económica del patrón.
Los miembros de sociedades cooperativas de producción y de
administraciones obreras o mixtas.
Los ejidatarios, comuneros, colonos y pequeños propietarios organizados
en grupo solidario, sociedad local o unión de crédito.
Otros sujetos de aseguramiento:
Los trabajadores en industrias familiares, independientes,
profesionales, comerciantes, artesanos, no asalariados, comuneros,
ejidatarios.
Entre las obligaciones del patrón ante el Seguro Social están:
Registrarse e inscribir a sus trabajadores en el instituto Mexicano del
Seguro Social, comunicar altas y bajas, las modificaciones de su
salario, dentro del plazo de 5 días.
Llevar registros, tales como nóminas y listas de raya en las que se
asiente invariablemente el número de días trabajados y los salarios
percibidos por sus trabajadores. Es obligatorio conservar los registros
durante los 5 años siguientes al de su fecha.
Determinar las cuotas obrero patronales a su cargo y enterar el
importe al IMSS.
Proporcionar al Instituto los elementos necesarios para precisar la
existencia, naturaleza y cuantía de las obligaciones a su cargo.
Permitir las inspecciones y visitas domiciliarias que practique el
Instituto Mexicano del Seguro Social.
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