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La relación de trabajo se establece de manera formal por medio de un
contrato de trabajo. En el contrato de trabajo se establecen las
responsabilidades, derechos y obligaciones del trabajador en la
organización.
Dentro de la legislación Mexicana en la Ley Federal del Trabajo en su
Título segundo : Las Relaciones Individuales de Trabajo, en su Capítulo
I en el Artículo 20, dice que un contrato individual de trabajo,
cualquiera que sea su forma o denominación, es aquel que por virtud del
cual una persona se obliga a prestar a otra un trabajo personal
subordinado, mediante el pago de un salario.
En el Artículo 21 menciona que se presume la existencia de una relación
de trabajo y de un contrato entre el que presta un trabajo personal y él
que lo recibe.
La obligatoriedad de un contrato escrito lo observamos en el Artículo 24
de la Ley Federal del Trabajo, donde indica que las condiciones de
trabajo deben hacerse constar por escrito cuando no exista un contrato
colectivo aplicable.
El escrito debe contener (Artículo 25 de la Ley Federal del Trabajo):
El nombre, nacionalidad, edad, sexo , estado civil y domicilio del
trabajador y del patrón.
Si la relación de trabajo es por obra o tiempo determinado o tiempo indeterminado.
El servicio o servicios que deban prestarse, los que determinarán con la mayor precisión posible.
El lugar o los lugares donde deba prestarse el trabajo.
La duración de la jornada.
La forma y el monto del salario.
El día y el lugar de pago de salario.
La indicación de que el trabajador será capacitado o adiestrado en los términos de los planes y programas establecidos o que se establezcan en la empresa, conforme a lo dispuesto en la ley.
Otras condiciones de trabajo, tales como día de descanso, vacaciones
y demás que convengan al trabajador y al patrón.
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