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Se entiende por tal, aquel nivel de evidencia que el contador público
debe obtener a través de sus pruebas de auditoría para llegar a
conclusiones razonables sobre las cuentas que se someten a su examen.
Bajo este contexto el contador público no pretende obtener toda la
evidencia existente sino aquella que cumpla, a su juicio profesional,
con los objetivos de su examen.
El nivel de evidencia a obtener por el contador público, referido a los
hechos económicos y otras circunstancias, debe estar relacionado con la
razonabilidad de los mismos y proporcionar información sobre la
circunstancia en que se produjeron, con el fin de formarse el juicio
profesional que le permita emitir una opinión.
Para decidir el nivel necesario de evidencia, el contador público debe,
en cada caso, considerar la importancia relativa de las partidas que
componen los diversos rubros de las cuentas examinadas y el riesgo
probable de error en el que incurre al decidir no revisar determinados
hechos económicos.
El contador público deberá tener en cuenta y evaluar correctamente el
costo que supone la obtención de un mayor nivel de evidencia que el que
está obteniendo o espera obtener y la utilidad final probable de los
resultados que obtendría.
Independientemente de las circunstancias específicas de cada trabajo, el
contador público debe obtener el nivel de evidencia necesario que le
permita formar su juicio profesional sobre las cuentas examinadas.
La falta del suficiente nivel de evidencia sobre un hecho de relevante
importancia en el contexto de los datos que se examinan, obliga al
contador público a abstenerse de emitir una opinión, o bien a expresar
las salvedades que correspondan.
Evidencia Competente.
El concepto de competente de la evidencia es la característica
cualitativa, en tanto que el concepto suficiencia tiene carácter
cuantitativo. La confluencia de ambos elementos, competencia y
suficiencia, debe proporcionar al contador público el conocimiento
necesario para alcanzar una base objetiva de juicio sobre los hechos
sometidos al examen.
La evidencia es competente o adecuada cuando sea útil al contador
público para emitir su juicio profesional.
El contador público debe valorar que los procedimientos que aplica para
la obtención de la evidencia adecuada sean los convenientes, así como
que las circunstancias del entorno no invalidan los mismos. La
convergencia de ambos factores permite considerar que la evidencia
obtenida es la adecuada.
Importancia Relativa - Riesgo Probable.
Los criterios que afectan a la cantidad (suficiencia) y a la calidad
(competencia) de la evidencia a obtener y, en consecuencia, a la
realización del trabajo de auditoría, son los de importancia relativa y
riesgo probable. Estos criterios deben servir, así mismo, para la
formación de su juicio profesional.
La importancia relativa puede considerarse como la magnitud o naturaleza
de un error (incluyendo una omisión) en la información financiera que,
bien individualmente o en su conjunto, y a la luz de las circunstancias
que le rodean, hace probable que el juicio de una persona razonable, que
confía en la información, se hubiera visto influenciado o su decisión
afecta como consecuencia del error u omisión.
El concepto de importancia relativa, que está considerado en la emisión
de principios o normas de contabilidad, habrá de ser considerado tanto
en el desarrollo del plan global de auditoría como en el proceso de
formación de la opinión técnica del contador público.
La consideración del riesgo probable supone la evaluación del error que
puede cometerse por la falta absoluta de evidencia respecto a una
determinada partida o a la obtención de una evidencia incompleta de la
misma.
Para la evaluación del riesgo probable, debe considerarse el criterio de
importancia relativa y viceversa, al ser interdependiente en cuanto al
fin de la formación de juicio para la emisión de una opinión. Las
decisiones a adoptar, basadas en tales evaluaciones, al ser también
interdependientes, deben juzgarse y evaluarse en forma conjunta y
acumulativa.
Obtención de la Evidencia
La evidencia suele obtenerse de: las cuentas que se examinan, los
registros auxiliares, los documentos de soporte de las operaciones, las
declaraciones de empleados y directivos, los sistemas internos de
información y transmisión de instrucciones, los manuales de
procedimientos y la documentación de sistemas, la obtención de
confirmaciones de terceras personas ajenas a la entidad y los sistemas
de control interno en general, sin que esta relación tenga carácter
exhaustivo.
Los datos contables y, en general, toda información interna, no pueden
considerarse por sí mismos, evidencia suficiente y adecuada. El contador
público debe llegar a la convicción de la razonabilidad de los mismos
mediante la aplicación de las pruebas necesarias.
La evidencia de los datos contables podrá ser obtenida, entre otros,
mediante los siguientes procedimientos: Inspección, observación,
investigación, confirmación, cálculo y revisión analítica.
Inspección: consiste en examinar registros, documentos o activos
tangibles. La inspección de registros y documentos proporciona evidencia
de diversos grados de confiabilidad dependiendo de su naturaleza y
fuente, así como de la eficacia de los controles internos a lo largo del
proceso. A continuación se presentan tres categorías de evidencia
documental que proporcionan al contador público diversos grados de
confiabilidad:
- Evidencia documental creada y conservada por terceras partes;
- Evidencia documental creada por terceras partes y conservada por la
entidad, y
- Evidencia documental creada y conservada por el ente. 110. La
inspección de activos tangibles da lugar a una evidencia fidedigna en
relación con su existencia, pero no necesariamente con su propiedad o
valor.
Observación: consiste en examinar el proceso o procedimientos que otros
realizan. Por ejemplo, el contador público puede observar el conteo de
inventarios realizados por personal del ente o la ejecución de
procedimientos de control interno que no deja rastros de auditoría.
Investigación: consiste en buscar una información adecuada recurriendo a
personas competentes, ya sea dentro o fuera del ente. Las
investigaciones pueden abarcar desde preguntas escritas dirigidas a
terceros hasta preguntas orales que se plantean, de un modo informal a
individuos dentro del ente. Las respuestas a las investigaciones pueden
poner en manos del contador público una información que no poseía
anteriormente o bien puede proporcionarle una evidencia para corroborar.
Confirmación: consiste en la respuesta que se da a una investigación que
pretende ratificar los datos contenidos en los registros contables.
Cálculo: consiste en la verificación de la precisión aritmética de los
documentos fuentes y de los registros contables o en la realización de
los cálculos independientes.
Revisión análitica: consiste en estudiar razones y tendencias
financieras significativas así como en investigar fluctuaciones y
partidas poco usuales.
PAPELES DE TRABAJO.
Los papeles de trabajo comprenden la totalidad de los documentos
preparados o recibidos por el contador público, de manera que, en
conjunto, constituyen un compendio de la información utilizada y de las
pruebas efectuadas en la ejecución de su trabajo, junto con las
decisiones que ha debido tomar para llegar a formarse su opinión.
Los contadores públicos deben establecer y conservar los documentos de
trabajo que puedan constituir las debidas pruebas de su actuación,
encaminadas a formar su opinión sobre las cuentas que hayan examinado.
Los papeles deben prepararse a medida que se completa el trabajo de la
auditoría, y han de ser lo suficientemente detallados y claros para
permitir a un contador público sin previo conocimiento de la auditoría
en cuestión seguir las incidencias del mismo.
No obstante que al analizar la tercera norma de auditoría relativa a la
ejecución del trabajo, se concluye la necesidad de elaborar papeles de
trabajo, la Ley 43 de 1990 quiso enfatizar esta obligación incluyendo en
el artículo noveno referencia taxativa a los mismos, los cuales serán
objeto de un pronunciamiento independiente del Consejo Técnico de la
Contaduría Pública.
* Normas de Rendición de informes:
Las normas relativas a la rendición de informes están descritas en el
artículo 7o. de la Ley 43 de 1990, ellas establecen lo siguiente:
a. Siempre que el nombre de un Contador Público sea asociado con estados
financieros, deberá expresar de manera clara e inequívoca la naturaleza
de su relación con tales estados. Si practicó un examen de ellos, el
Contador Público deberá expresar claramente el carácter de su examen, su
alcance y su dictamen profesional sobre lo razonable de la información
contenida en dichos estados financieros.
b. El informe debe contener indicación sobre si los estados financieros
están presentados de acuerdo con Principios de Contabilidad Generalmente
Aceptados en Colombia.
c. El informe debe contener indicación sobre si tales principios han
sido aplicados de manera uniforme en el período corriente en relación
con el período anterior.
d. Cuando el Contador Público considere necesario expresar salvedades
sobre algunas de las afirmaciones genéricas de su informe y dictamen,
deberá expresarlas de manera clara e inequívoca, indicando a cuál de
tales afirmaciones se refiere y los motivos e importancia de la salvedad
en relación con los estados financieros tomados en conjunto.
e. Cuando el Contador Público considere no estar en condiciones de
expresar un dictamen sobre los estados financieros tomados en conjunto,
deberá manifestarlo explícita y claramente.
OBLIGACION DE EMITIR UN DICTAMEN EN TODO TRABAJO
PROFESIONAL
El Contador Público independiente en todos los casos en que haya hecho
una revisión de estados o información financiera, ineludiblemente deberá
expresar una opinión en los términos del examen que practicó.
El Contador Público por la obligación moral y profesional que tiene de
informar veraz e imparcialmente al público que leerá sus informes,
cuando sea contratado para llevar a cabo un examen de estados
financieros está obligado a rendir su dictamen sin importar las
circunstancias, pues si realizó su trabajo de auditoría y existieron
problemas que no fueron solucionados a su satisfacción, los deberá
indicar claramente, así como el efecto que tuvieron en su opinión,
independientemente del destino final que su cliente pueda darle a su
dictamen.
El Contador Público queda asociado a estados o información financiera
cuando su nombre aparece al pie o conjuntamente con dicha información.
El nombre del Contador Público también queda asociado a estados
financieros, cuando utiliza su papelería para la presentación de los
mismos.
El Contador Público dependiente, en los términos del Código de Etica
profesional, que haya hecho una revisión y deba expresar un dictamen
está obligado a indicar las condiciones y grado de dependencia que tiene
respecto a la empresa a la que se refieren los estados o la información
financiera sobre la cual expresa su opinión.
EL DICTAMEN DEL CONTADOR PUBLICO
El resultado de un examen de estados financieros es una opinión que se
conoce como dictamen. Cuando esta opinión o dictamen no tiene
limitaciones o salvedades se le conoce como dictamen limpio.
El dictamen del Contador Público es el documento formal que suscribe el
Contador Público conforme a las normas de su profesión, relativo a la
naturaleza, alcance y resultados del examen realizado sobre los estados
financieros del ente. La importancia del dictamen en la práctica
profesional es fundamental, ya que usualmente es lo único que el público
conoce de su trabajo.
Los inversionistas, proveedores, acreedores, autoridades
gubernamentales, el público, etc. han ido acostumbrándose gradualmente a
las formas usuales de dictámenes de los contadores públicos, de modo que
una desviación sustancial de esas formas implica una explicación clara
del motivo que la origina.
Lógicamente, no hay sustituto posible para el análisis y estudio
cuidadoso de cada situación particular en forma tal, que quede
claramente expuesto al lector todo lo que el Contador Público desee
expresar en su dictamen. Si el resultado que desea informar puede
obtenerse mediante el uso de alguna de las formas u opciones de
dictámenes que aquí se presentan, es de esperarse que sean utilizadas;
por lo anterior, la uniformidad en la presentación y contenido de los
dictámenes es importante, tanto desde el punto de vista del lector como
del propio Contador Público.
Los estados financieros y sus notas son responsabilidad directa y
exclusiva de la entidad, por ser declaraciones de la administración. El
dictamen de esos estados financieros es responsabilidad exclusiva del
Contador Público, éste deberá expresar en forma clara y precisa el grado
de responsabilidad que está asumiendo al firmar dicho documento.
DICTAMEN ESTANDAR DEL CONTADOR PUBLICO
El dictamen estándar del Contador Público, declara que los estados
financieros presentan razonablemente, en todo aspecto significativo, la
situación financiera de la entidad, los resultados de operación y los
cambios en la situación financiera, de conformidad con Principios de
Contabilidad Generalmente Aceptados. Esta conclusión se puede expresar
sólo cuando el Contador Público se ha formado una opinión sobre las
bases de una auditoría realizada de conformidad con normas de auditoría
generalmente aceptadas.
- El dictamen estándar del Contador Público consta de tres párrafos:
- El primero identifica los estados financieros.
- El segundo la naturaleza y alcance de la auditoría.
- El tercero la opinión.
Los elementos básicos del dictamen son:
a. Un título que lo identifique.
b. El destinatario.
c. La declaración de que los estados financieros identificados en el
informe, fueron auditados.
d. La declaración de que los estados financieros son responsabilidad de
la gerencia del ente, y que la responsabilidad del Contador Público, es
expresar una opinión sobre los estados financieros con base en su
auditoría. e. La declaración de que la auditoría se practicó de
conformidad con normas de auditoría generalmente aceptadas.
f.. La declaración de que las normas de auditoría generalmente aceptadas
requieren que el Contador Público planee y ejecute la auditoría, para
obtener una seguridad razonable de que los estados financieros están
exentos de errores importantes.
g. La declaración de que una auditoría incluye:
- El examen con base en pruebas selectivas de la información que soporta
las cifras y revelaciones de los estados financieros.
- La evaluación de los principios de contabilidad utilizados y las
principales estimaciones hechas por la gerencia.
- La evaluación de la presentación global de los estados financieros.
h. La declaración de que el Contador Público considera que su auditoría
le proporciona una base razonable para su opinión.
i. Una opinión acerca de si los estados financieros presentan
razonablemente, en todo aspecto significativo, la situación financiera
del ente, a la fecha del balance general, los resultados de operación y
los cambios en la situación financiera por el período terminado en la
misma, de conformidad con Principios de Contabilidad Generalmente
Aceptados, aplicados uniformemente.
j. La firma del Contador Público.
k. La fecha del dictamen, que normalmente es la fecha cuando se termina
el trabajo en las oficinas del cliente.
A continuación se presentan modelos del informe estándar del Contador
Público
Independiente:
INFORME DEL CONTADOR PUBLICO INDEPENDIENTE (SIN AJUSTE POR INFLACION)
A los Accionistas de Compañía XXXXX S.A.: He auditado los balances
generales de la COMPAÑIA XXXXX S.A. al 31 de diciembre
de 19X2 y 19X1, y los correspondientes estados de ganancias y pérdidas,
de cambios en el patrimonio y de cambios en la situación financiera por
los años terminados en esas fechas. Dichos estados financieros fueron
preparados bajo la responsabilidad de la administración. Mi
responsabilidad es la de expresar una opinión sobre dichos estados
financieros con base en mi auditoría.
Realicé mi auditoría de acuerdo con normas de auditoría generalmente
aceptadas en Colombia. Esas normas requieren que una auditoría se
planifique y se lleve a cabo de tal manera que se obtenga una seguridad
razonable en cuanto a si los estados financieros están exentos de
errores importantes en su contenido. Una auditoría incluye el examen,
sobre una base selectiva, de la evidencia que respalda las cifras y las
notas informativas en los estados financieros. Una auditoría también
incluye la evaluación de las normas y principios contables utilizados y
de las principales estimaciones efectuadas por la administración, así
como la evaluación de la presentación global de los estados financieros.
Considero que mi auditoría proporciona una base razonable para expresar
mi opinión.
En mi opinión, los estados financieros arriba mencionados presentan
razonablemente, en todo aspecto significativo, la situación financiera
de la Compañía XXXXX S.A. al 31 de diciembre de 19X2 y 19X1, los cambios
en el patrimonio, los resultados de las operaciones y los cambios en su
situación financiera por los años terminados en esas fechas, de
conformidad con Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados en
Colombia, aplicados uniformemente.
Nombre
Firma
Tarjeta Profesional
Santafé de Bogotá
30 de marzo de 19X3.
INFORME DEL CONTADOR PUBLICO INDEPENDIENTE (CON AJUSTE POR INFLACION)
A los Accionistas de Compañía XXXXX S.A.:
He auditado los balances generales de la COMPAÑIA XXXXX S.A. al 31 de
diciembre
de 19X2 y 19X1, y los correspondientes estados de ganancias y pérdidas,
de cambios en el patrimonio y de cambios en la situación financiera por
los años terminados en esas fechas.
Dichos estados financieros fueron preparados bajo la responsabilidad de
la administración. Mi responsabilidad es la de expresar una opinión
sobre dichos estados financieros con base en mi auditoría. Realicé mi
auditoría de acuerdo con normas de auditoría generalmente aceptadas en
Colombia. Esas normas requieren que una auditoría se planifique y se
lleve a cabo de tal manera que se obtenga una seguridad razonable en
cuanto a si los estados financieros están exentos de errores importantes
en su contenido. Una auditoría incluye el examen, sobre una base
selectiva, de la evidencia que respalda las cifras y las notas
informativas en los estados financieros. Una auditoría también incluye
la evaluación de las normas y principios contables utilizados y de las
principales estimaciones efectuadas por la administración, así como la
evaluación de la presentación global de los estados financieros.
Considero que mi auditoría proporciona una base razonable para expresar
mi opinión.
Como se indica en la Nota No. 2, los estados financieros de 19X2 y 19X1
han sido ajustados para mostrar el efecto de las variaciones en el poder
adquisitivo de la moneda, de acuerdo con los procedimientos técnicos
establecidos en las disposiciones legales que regulan los ajustes por
inflación en Colombia. El sistema no reconoce el efecto de la inflación
sobre los activos, pasivos y patrimonio desde su origen hasta el 31 de
diciembre de 1991, por lo que los ajustes son limitados iniciándose con
la inflación de 1992. De conformidad con las normas de contabilidad de
aceptación general en Colombia, se deben presentar estados financieros
comparativos con los del año anterior. Los estados financieros de 19X1,
que habían sido ajustados a diciembre 31 de ese año, fueron reexpresados
en términos del poder adquisitivo de la moneda a diciembre 31 de 19X2.
En mi opinión, los estados financieros arriba mencionados, ajustados
como se indica en el párrafo anterior, presentan razonablemente, en todo
aspecto significativo, la situación financiera de la Compañía XXXXX S.A.
al 31 de diciembre de 19X2 y 19X1, los cambios en el patrimonio, los
resultados de las operaciones y los cambios en su situación financiera
por los años terminados en esas fechas, de conformidad con Principios de
Contabilidad Generalmente Aceptados en Colombia, aplicados
uniformemente.
Nombre y Firma
Tarjeta Profesional
Santafé de Bogotá, 30 de marzo de 19X3.
DIVERSAS FORMAS DE RENDIR EL CONTADOR PUBLICO INDEPENDIENTE SU DICTAMEN
A continuación se presentan las diversas formas en que el Contador
Público puede rendir su dictamen según las circunstancias.
a. Limpio o sin salvedades.
b. Con excepciones.
c. Negativo u opinión adversa.
d. Denegación de dictamen o abstención de opinión.
Dictamen limpio
Un dictamen limpio, declara que los estados financieros presentan
razonablemente en todos los aspectos significativos, la situación
financiera, los cambios en el patrimonio, los resultados de operaciones
y los cambios en la situación financiera de la entidad, de conformidad
con Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados. Esta es la
opinión que se expresa en el informe estándar antes descrito.
Dictamen con salvedades
Un dictamen con excepciones, declara que a excepción del asunto (s) a
los que éste se refiere, los estados financieros presentan
razonablemente en todos los aspectos importantes, la situación
financiera, los cambios en el patrimonio, los resultados de operación y
los cambios en la situación financiera de la entidad, de conformidad con
los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados.
Dictamen negativo u opinión adversa
Un dictamen negativo u opinión adversa, declara que los estados
financieros no presentan una situación financiera razonable, ni los
resultados de operación, ni los cambios en el patrimonio, ni los cambios
en la situación financiera de la entidad, de conformidad con los
Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados.
Abstención de opinión
Una abstención de opinión, declara que el Contador Público no expresa
una opinión sobre los estados financieros.
Las condiciones que originan dictámenes con salvedades, entre otras, son
las siguientes:
- El alcance del examen no incluyó uno o más procedimientos de auditoría
considerados necesarios de acuerdo con las circunstancias. - Los estados
financieros no están de conformidad con los Principios de Contabilidad
Generalmente Aceptados o no se han incluido todas las exposiciones
necesarias para una presentación razonable.
- Los estados financieros están preparados sobre una base no uniforme
con la del año o años anteriores.
Existen cuatro clases básicas de dictamen con salvedades: “excepto por”
“con sujeción a” “adversos” y “denegación”.
Una clase de salvedad en particular depende de las condiciones que
existen y de su importancia relativa. La importancia relativa no solo
determinan cuando debe hacerse una salvedad sino también la clase de
salvedad, o sea, si debe usarse una de “excepto por”, un dictamen
adverso o una denegación de dictamen o si es apropiado “con sujeción a”.
Salvedades de “excepto por”
Deben usarse salvedades de “excepto por” cuando el alcance del dictamen
ha sido restringido, los estados financieros no se presentan de
conformidad con los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados,
las exposiciones son inadecuadas o los principios de contabilidad han
sido aplicados sobre bases que no guardan uniformidad con las del año o
años precedentes; a menos que el asunto sea tan importante y
generalizado que se requiera un dictamen adverso o una denegación de
dictamen.
Salvedades de “con sujeción a”
Las salvedades “con sujeción a” deben usarse para incertidumbres
contables que no se resuelven a la fecha del informe del Contador
Público; a menos que el efecto posible sea tan significativo y
generalizado que se requiera de una denegación.
24 Dictámenes negativos u opiniones adversas
Los dictámenes adversos se utilizan cuando los efectos de las
desviaciones de los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados
son tan importantes y generalizados que un dictamen con “excepto por” no
sería apropiado. Antes de rendir una opinión adversa, debe hacerse lo
posible por persuadir al cliente a que ajuste sus estados financieros.
Denegación de dictamen o abstención de opinión
Debe expresarse una denegación de dictamen o abstención de opinión,
cuando la importancia potencial de las limitaciones en el alcance, o en
los casos donde las incertidumbres son tan importantes y generalizadas
que no es apropiado un dictamen con excepciones.
Cuando se emite una denegación de dictamen o un dictamen adverso, no es
apropiado dar un dictamen “fragmentario” sobre ciertos elementos de los
estados financieros.
PRESENTACION DE LA SALVEDAD
Cuando se emite un dictamen con salvedades debe incluirse una
explicación de las razones para la misma en el párrafo central del
informe. En la mayoría de los casos, debe incluirse una referencia a una
nota a los estados financieros para dar información más completa
respecto al asunto de la salvedad. El párrafo del dictamen debe contener
el lenguaje apropiado de salvedad con una referencia al párrafo
explicativo.
El párrafo central también debe exponer todos los efectos principales
del asunto sobre la situación financiera, los cambios en el patrimonio y
los resultados de las operaciones hasta el punto que sea determinable
razonablemente. También debe exponerse los efectos de los cambios en la
situación financiera en la medida que ellos no puedan inferirse de los
otros datos expuestos. Si no pueden determinarse los efectos, debe
expresarse así en el informe.
Párrafo del dictamen
La frase de la salvedad en el párrafo del dictamen debe ir a
continuación de las palabras “en mi opinión”. Cuando, debido a la índole
complicada de las salvedades expresadas, se prefiere dividir la opinión
en dos o más oraciones o párrafos, deben repetirse, en cada oración o
párrafo, las palabras “en mi opinión” según sea apropiado, para dejar
aclarado que el auditor está expresando una opinión profesional en vez
de una exposición de un hecho.
La salvedad en el dictamen debe estar relacionada con el efecto del
asunto en particular y no con el asunto en sí. Cuando se trate de una
salvedad por una incertidumbre o por limitaciones en el alcance, la
salvedad debe incluir el “efecto, si lo hubiere”.
Ejemplos de salvedades
A continuación se presentan ejemplos del párrafo central y del dictamen
de las
diversas clases de dictámenes con salvedades:
Salvedad de “excepto por”
Los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados requieren que el
pasivo para vacaciones se registre sobre la base de causación. Según se
explica con más detalle en la Nota X a los estados financieros, no se ha
registrado el pasivo para vacaciones acumuladas, con el efecto de que la
utilidad de 19X8 está aumentada en un millón de pesos ($1.00 por acción)
y el capital de trabajo y la participación de los accionistas al 31 de
diciembre de 19X8 están excedidos en diez millones de pesos, neto del
correspondiente impuesto de renta.
En mi opinión, excepto por el efecto del asunto indicado en el párrafo
anterior, los estados financieros arriba mencionados presentan
razonablemente...
Salvedad “con sujeción a”
Como se indica más detalladamente en la Nota X, la compañía fue
demandada en un litigio que, de fallarse adversamente requeriría el pago
de diez millones de pesos al demandante, pero no se ha hecho provisión
por este asunto en los estados financieros adjuntos. No es posible
predecir el resultado del litigio. En mi opinión, con sujeción al efecto
de los ajustes, si los hubiere, que hubieran sido requeridos de haberse
conocido el resultado del asunto indicado en el párrafo precedente, los
estados financieros arriba mencionados presentan razonablemente...
Dictamen negativo u opinión adversa
Los Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados requieren que se
registre la depreciación de activos fijos. Según se explica en la Nota X
a los estados financieros, la compañía no ha registrado depreciación
sobre sus activos fijos, con el resultado de que la depreciación
acumulada al 31 de diciembre de 19X8 se subestimó en $12 millones y la
utilidad neta por el año terminado en esa fecha y el patrimonio neto
estaban sobre estimados en 10 millones.
En mi opinión, debido al efecto de no registrar la depreciación de
activos fijos según se indicó en el párrafo precedente, los estados
financieros arriba mencionados no presentan razonablemente la situación
financiera de la compañía X al 31 de diciembre de 19X8, los cambios en
el patrimonio, los resultados de sus operaciones y los cambios en la
situación financiera por el año terminado en dicha fecha, de conformidad
con Principios de Contabilidad Generalmente Aceptados en Colombia.
Cuando se expresa un dictamen adverso, carece de sentido referirse a la
uniformidad en la aplicación de los principios de contabilidad. Sin
embargo, cualesquiera excepciones conocidas acerca de la uniformidad
deben exponerse en el dictamen.
Denegación de dictamen o abstención de opinión
Según instrucciones recibidas, no examiné los certificados que
evidencian las inversiones de la Compañía en acciones y bonos. Debido a
la importancia de las inversiones cuyos certificados no examiné, como se
indicó en el párrafo precedente, el alcance de mi examen no fue
suficiente para permitirme expresar una opinión sobre los estados
financieros arriba mencionados.
Carece de sentido referirse a la uniformidad en la aplicación de los
principios de contabilidad cuando se deniega un dictamen. Sin embargo,
cualesquiera excepciones conocidas acerca de la uniformidad deben
expresarse en el dictamen.
ASOCIACION DEL NOMBRE DEL CONTADOR PUBLICO CON ESTADOS O INFORMACION
FINANCIERA NO AUDITADA
El Contador Público que asocie su nombre con estados financieros no
auditados deberá mencionar la naturaleza de su relación con los estados
financieros, aclarando que no realizó examen alguno de conformidad con
normas de auditoría y que por lo tanto no está en condiciones de emitir
una opinión profesional sobre ellos. Pero deberá asegurarse que los
estados financieros no contienen errores evidentes que requieren de
correcciones.
El Contador Público que tenga conocimiento de deficiencias en la
presentación de los estados financieros no auditados, o de que estos no
están de acuerdo con principios de contabilidad, o de falta de
aplicación uniforme de los mismos, deberá solicitar a la compañía la
corrección de las deficiencias observadas, y de no lograrlo, señalará la
naturaleza del problema y de ser posible su efecto cuantitativo, y
deberá manifestar las aclaraciones que se deriven de las situaciones
antes mencionadas.
PUBLICACION DE LOS ESTADOS FINANCIEROS DICTAMINADOS
En todos los casos en que el nombre de un Contador Público quede
asociado con estados financieros dictaminados que habrán de publicarse,
deberá manifestar a su cliente que sólo permitirá su publicación, si se
hacen todas las aclaraciones informativas que contienen dichos estados
financieros y el dictamen respectivo.
A menos que el Contador Público haga una declaración expresa en
contrario, se considerará que estima que las declaraciones informativas
incluidas en los estados financieros publicados son adecuadas.
El Contador Público que conozca de ante mano que su cliente tiene
intención de publicar los estados financieros, ya sea en periódicos
privados u oficiales o bien en folletos de circulación pública y va a
asociar su nombre a éstos, debe manifestarle a su cliente que no
aceptará la publicación a menos que también se publiquen su dictamen y
todas las declaraciones o informaciones que contienen los estados
financieros.
Será suficiente la naturaleza de la asociación del Contador Público, en
materia de estados financieros de publicación, si se indica claramente
el cargo que desempeña en el ente, excepto en el caso del Revisor
Fiscal.
INFORME DEL REVISOR FISCAL(SIN AJUSTE POR INFLACION)
A los Accionistas de Compañía XXXXX S.A. :
He auditado los balances generales de la COMPAÑIA XXXXX S.A. al 31 de
diciembre de 19X2 y 19X1, y los correspondientes estados de ganancias y
pérdidas, de cambios en el patrimonio y de cambios en la situación
financiera por los años terminados en esas fechas. Dichos estados
financieros fueron preparados bajo la responsabilidad de la
administración. Una de mis obligaciones es la de expresar una opinión
sobre dichos estados financieros con base en mi auditoría.
Realicé mi auditoría de acuerdo con normas de auditoría generalmente
aceptadas en Colombia. Esas normas requieren que una auditoría se
planifique y se lleve a cabo de tal manera que se obtenga una seguridad
razonable en cuanto a si los estados financieros están exentos de
errores importantes en su contenido. Una auditoría incluye el examen,
sobre una base selectiva, de la evidencia que respalda las cifras y las
notas informativas en los estados financieros. Una auditoría también
incluye la evaluación de las normas y principios contables utilizados y
de las principales estimaciones efectuadas por la administración, así
como la evaluación de la presentación global de los estados financieros.
Considero que mi auditoría proporciona una base razonable para expresar
mi opinión. En mi opinión, los estados financieros arriba mencionados
presentan razonablemente, en todo aspecto significativo, la situación
financiera de la Compañía XXXXX S.A. al 31 de diciembre de 19X2 y 19X1,
los cambios en el patrimonio, los resultados de las operaciones y los
cambios en su situación financiera por los años terminados en esas
fechas, de conformidad con Principios de Contabilidad Generalmente
Aceptados en Colombia, aplicados uniformemente.
Además, en mi opinión, la compañía ha llevado su contabilidad conforme a
las normas legales y a la técnica contable; las operaciones registradas
en los libros y los actos de los administradores de la sociedad se
ajustan a los estatutos y a las decisiones de la Asamblea General de
Accionistas y de la Junta Directiva; la correspondencia, los
comprobantes de las cuentas y los libros de actas y registro de
acciones, en su caso, se llevan y se conservan debidamente; y la
compañía ha observado medidas adecuadas de control interno y de
conservación y custodia de sus bienes y de los de terceros que pueden
estar en su poder.
Nombre y Firma
Tarjeta Profesional
Santafé de Bogotá, 30 de marzo de 19X3.
INFORME DEL REVISOR FISCAL(CON AJUSTE POR INFLACION)
A los Accionistas de Compañía XXXXX S.A. :
He auditado los balances generales de la COMPAÑIA XXXXX S.A. al 31 de
diciembre de 19X2 y 19X1, y los correspondientes estados de ganancias y
pérdidas, de cambios en el patrimonio y de cambios en la situación
financiera por los años terminados en esas fechas. Dichos estados
financieros fueron preparados bajo la responsabilidad de la
administración. Una de mis obligaciones es la de expresar una opinión
sobre dichos estados financieros con base en mi auditoría. Realicé mi
auditoría de acuerdo con normas de auditoría generalmente aceptadas en
Colombia. Esas normas requieren que una auditoría se planifique y se
lleve a cabo de tal manera que se obtenga una seguridad razonable en
cuanto a si los estados financieros están exentos de errores importantes
en su contenido. Una auditoría incluye el examen, sobre una base
selectiva, de la evidencia que respalda las cifras y las notas
informativas en los estados financieros. Una auditoría también incluye
la evaluación de las normas y principios contables utilizados y de las
principales estimaciones efectuadas por la administración, así como la
evaluación de la presentación global de los estados financieros.
Considero que mi auditoría proporciona una base razonable para expresar
mi opinión. Como se indica en la Nota No. 2, los estados financieros de
19X2 y 19X1 han sido ajustados para mostrar el efecto de las variaciones
en el poder adquisitivo de la moneda, de acuerdo con los procedimientos
técnicos establecidos en las disposiciones legales que regulan los
ajustes por inflación en Colombia. El sistema no reconoce el efecto de
la inflación sobre los activos, pasivos y patrimonio desde su origen
hasta el 31 de diciembre de 1991, por lo que los ajustes son limitados
iniciándose con la inflación de 1992. De conformidad con las normas de
contabilidad de aceptación general en Colombia, se deben presentar
estados financieros comparativos con los del año anterior. Los estados
financieros de 19X1, que habían sido ajustados a diciembre 31 de ese
año, fueron reexpresados en términos del poder adquisitivo de la moneda
a diciembre 31 de 19X2.
En mi opinión, los estados financieros arriba mencionados, ajustados
como se indica en el párrafo anterior, presentan razonablemente, en todo
aspecto significativo, la situación financiera de la Compañía XXXXX S.A.
al 31 de diciembre de 19X2 y 19X1, los cambios en el patrimonio, los
resultados de las operaciones y los cambios en su situación financiera
por los años terminados en esas fechas, de conformidad con Principios de
Contabilidad Generalmente Aceptados en Colombia, aplicados
uniformemente. Además, en mi opinión, la compañía ha llevado su
contabilidad conforme a las normas legales y a la técnica contable; las
operaciones registradas en los libros y los actos de los administradores
de la sociedad se ajustan a los estatutos y a las decisiones de la
Asamblea General de Accionistas y de la Junta Directiva; la
correspondencia, los comprobantes de las cuentas y los libros de actas y
registro de acciones, en su caso, se llevan y se conservan debidamente;
y la compañía ha observado medidas adecuadas de control interno y de
conservación y custodia de sus bienes y de los de terceros que pueden
estar en su poder.
Nombre y Firma
Tarjeta Profesional
Santafé de Bogotá, 30 de marzo de 19X3.
CONTROL INTERNO
Se entiende por Control Interno el sistema integrado por el esquema de
organización y el conjunto de los planes, métodos, principios, normas,
procedimientos y mecanismos de verificación y evaluación adoptados por
una entidad, con el fin de procurar que todas las actividades,
operaciones y actuaciones, así como la administración de la información
y los recursos, se realicen de acuerdo con las normas constitucionales y
legales vigentes, dentro de las políticas trazadas por la dirección y en
atención a las metas u objetivos previstos. (*)
El ejercicio del Control Interno debe consultar los principios de
igualdad, eficiencia, economía, celeridad, moralidad, publicidad y
valoración de costos ambientales.
En consecuencia, deberá concebirse y organizarse de tal manera que su
ejercicio sea intrínseco al desarrollo de las funciones de todos los
cargos existentes en la entidad, y en particular de las asignadas a
aquellos que tengan responsabilidad del mando.
El Control Interno se expresará a través de las políticas aprobadas por
los niveles de dirección y administración de las respectivas entidades y
se cumplirá en toda la escala de la estructura administrativa, mediante
la elaboración y aplicación de técnicas de dirección, verificación y
evaluación de regulaciones administrativas, de manuales de funciones y
procedimientos, de sistemas de información y de programas de selección,
inducción y capacitación de personal.
Objetivos:
El Control interno que no es mas que un plan de organización de todos
los métodos coordinados con la finalidad de:
- Proteger los recursos de la organización, buscando su adecuada
administración ante posibles riesgos que los afecten;
- Garantizar la eficacia, la eficiencia y economía en todas las
operaciones promoviendo y facilitando la ejecución de las funciones y
actividades definidas para el logro de la misión institucional;
- Velar porque todas las actividades y recursos de la organización estén
dirigidos al cumplimiento de los objetivos de la entidad;
- Garantizar la correcta evaluación y seguimiento de la gestión
organizacional;
- Asegurar la oportunidad y confiabilidad de la información y de sus
registros;
- Definir y aplicar medidas para prevenir los riesgos, detectar y
corregir las desviaciones que se presenten en la organización y que
puedan afectar el logro de sus objetivos;
- Garantizar que el Sistema de Control Interno disponga de sus propios
mecanismos de verificación y evaluación;
- Velar porque la entidad disponga de procesos de planeación y
mecanismos adecuados para el diseño y desarrollo organizacional.
Elementos:
Toda entidad bajo la responsabilidad de sus directivos, debe por lo
menos implementar los siguientes aspectos que deben orientar la
aplicación del Control interno:
- Establecimiento de objetivos y metas tanto generales como especificas,
así como la formulación de planes operativos que sean necesarios;
- Definición de políticas como guías de acción y procedimientos para la
ejecución de los procesos;
- Adopción de un sistema de organización adecuado para ejecutar los
planes;
- Delimitación precisa de la autoridad y los niveles de responsabilidad;
- Adopción de normas para la protección y utilización racional de los
recursos;
- Dirección y administración del personal conforme a un sistema de
méritos y sanciones;
- Aplicación de las recomendaciones resultantes de las evaluaciones de
Control Interno;
- Establecimiento de mecanismos que faciliten el control ciudadano a la
gestión de las entidades;
- Establecimiento de sistemas modernos de información que faciliten la
gestión y el control;
- Organización de métodos confiables para la evaluación de la gestión;
- Establecimiento de programas de inducción, capacitación y
actualización de directivos y demás personal de la entidad;
- Simplificación y actualización de normas y procedimientos.
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