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Cotizaciones Voluntarias
Art. 62
Los afiliados al régimen de ahorro individual con solidaridad AIS podrán
cotizar, periódica u ocasionalmente valores superiores a los limites
mínimos, con el fin de incrementar los saldos de sus cuentas
individuales, para optar por una pensión mayor o un retiro anticipado.
PENSION DE VEJEZ
R.P.M.P.D
Requisitos.
ART 33. Para tener derecho a la pensión de vejez, el afiliado debe
reunir las siguientes condiciones:
1. Haber cumplido 55 años de edad si es mujer, o 60 si es hombre.
2. Haber cotizado un mínimo de 1000 semanas en cualquier tiempo.
Par 1- Para efecto del computo de las semanas y en concordancia con el
literal F ART 13 , se tendrá en cuenta:
a) El número de semanas cotizadas en cualesquiera de los dos regímenes;
b) El tiempo de servicio como servidores públicos remunerados;
c) El tiempo de servicio como trabajadores vinculados con empleadores
que tienen a su cargo el reconocimiento y pago de la pensión, siempre
que la vinculación laboral se encuentre vigente;
d) El número de semanas cotizadas a cajas previsionales privadas que
tuviesen a su cargo el reconocimiento y pago de la pensión.
Par 2 - se entiende por semana de cotización el periodo de siete días
calendario.
Par 3 - Cuando el trabajador lo estime conveniente, podrá seguir
trabajando y cotizando durante 5 años mas, ya sea para aumentar el monto
de la pensión o para completar los requisitos.
Par 4- A partir del 1 de Enero del 2014 las edades para acceder a la
pensión de vejez se reajustarán a 57 años para las mujeres y 62 para los
hombres.
Cuantía.
ART 34: Monto de la pensión de vejez.
El monto correspondiente a las primeras mil semanas de cotización, será
equivalente al 65 % del ingreso base de liquidación. Por cada 50 semanas
adicionales a las mil hasta las 1200, este porcentaje se incrementará en
un 2 % llegando a este tiempo de cotización al 73 %. Por cada 50 semanas
adicionales de las 1200 a las 1400 este porcentaje se incrementará en un
3 % hasta completar un monto máximo del 85%.
Ingreso Base de Liquidación.
ART 21: Se tiene en cuenta para liquidar las pensiones previstas en esta
ley, el promedio de los salarios o renta sobre los cualews ha cotizado
el afiliado durante los diez años anteriores al reconocimiento de la
pensión o en todo el tiempo si este fuere inferior para el caso de las
pensiones de invalidez o sobrevivencia, actualizados anualmente con base
en la variación del IPC, ( DANE ) .
Pensión Mínima de Vejez.
ART 35: El monto mensual de la pensión mínima de vejez o jubilación no
podrá ser inferior al salario mínimo legal vigente.
REGIMEN DE AHORRO INDIVIDUAL CON SOLIDARIDAD
Art. 64: Requisitos para obtener la pensión de vejez.
Los afiliados al RAIS, tendrán derecho a esta, a la edad que escojan,
siempre y cuando el capital acumulado en su cuenta les permita obtener
una pensión mensual superior al 110% del salario mínimo mensual vigente
a la fecha de expedición de esta ley, para el calculo de dicho monto se
tendrá en cuenta el valor del bono pensional cuando a este hubiere
lugar.
Garantía De La Pensión Mínima.
Art. 65: Los afiliados que a los 62 y 57 años para hombres y mujeres, no
hayan alcanzado a generar la pensión mínima de que trata el Art.35, y
hubiesen cotizado por lo menos 1150 semanas tendrán derecho a que el
gobierno nacional les complete la parte que haga falta.
Par. Para efectos de computo de las semanas se tendrá en cuenta lo
previsto en los parágrafos del Art. 33.
REFORMA PENSIONAL
REGIMENES PENSIONALES
ISS REFORMADO (PMPD)
FONDOS PRIVADOS (AIS)
Monto cotización
1994=11.5% 1995= 12.5% 1996= 13.5%
1994=11.5% 1995= 12.5% 1996= 13.5%
Distribución
75% empleador 25% trabajador
75% empleador , 25% trabajador
Semanas de cotización
1000
1150 (para garantia de pension minima)
Edad de pensión antes del 2014
hombres: 60 mujeres : 55
hombres: 62 mujeres: 57 ( para garantia de pension minima)
Edad de pensión despues del 2014
hombres: 62 mujeres: 57
Monto de la pensión
65%(IBL) + 2% por cada 50 semanas entre 1000 y 1200 + 3% por cada 50
semanas entre 1200y 1400
depende de ahorro, tasas de interes, tiempo de cotizacion, edad
Límite
85%(IBL)
EL FONDO NACIONAL DE PENSIONES TERRITORIALES
La actual crisis en el sistema de pensiones se debe fundamentalmente a
las obligaciones contraídas, anteriormente, por las entidades
territoriales.
Con el fin de tratar de desactivar “la bomba de tiempo” que representa
el pasivo pensional territorial el gobierno crea, mediante la ley 549 de
1999, El Fondo Nacional De Pensiones Territoriales (FONPET).
Su función principal es la de terminar los recursos nacionales,
departamentales y municipales para el pago de pasivos pensionales.
Las características principales, en cuanto a pasivo pensional se
refiere, en las entidades territoriales son
· El pasivo total de las ET asciende a 64.5 billones de pesos, que
representa el 39% del PIB.
· Este pasivo no esta cubierto por reservas pensionales.
· La relación promedio, según la Súper Bancaria, entre cotizantes y
pensionados en el sector es de 1,8; cuando el promedio nal. Es de 9
activos por cada pensionado.
· Ante la carencia de reservas las entidades deben afrontar el pago con
recursos corrientes.
La ley dispone de los siguientes recursos para financiar el fondo.
Recursos Nacionales:
· 20% de los bienes de extinción de dominio.
· 10% de las privatizaciones Nales.
· 10% de las capitalizaciones Nales.
· 70% del impuesto de timbre (a partir del 2001)
Recursos Departamentales:
· Aquellos efectuados por situado fiscal con origen al impuesto a las
transacciones financieras.
· 15% venta activos.
· 20% del impusto de registro (2001).
· 5% de los ingresos corrientes de libre destinación, más 1% porcentual
adicional por año hasta cumplir el 10% en el 2006.
Recursos Municipales
- Distritos:
Recursos obtenidos por situado fiscal con origen en las transacciones
financieras.
· El aumento porcentual de la participación en los ingresos corrientes a
partir del 2000.
· 20% de la venta de activos.
Recursos Adicionales
· El 100% de la utilidad de la Lotto Nal.
· 7% de los recursos del Fondo Nal. De Regalías, destinados a financiar
proyectos regionales, de inversión, prioritarios.
Con las medidas anteriores se espera provisionar, máximo en 30 años, el
pasivo pensional de las Entidades Territoriales y garantizar el pago de
las mesadas actuales y futuras.
Uno delos rubros que más a contribuido al crecimiento del gasto ha sido
el de las transferencias asociadas a la Seguridad Social, contándose las
pensiones que en el año 2000 representan 4.0 de los 5.6 billones (33%
del total de las transferencias). Esto equivale al 19% de los ingresos
corrientes aforados en el presupuesto del 2000, contra el 17.4% que
represento en 1999; como resultado del crecimiento de funcionarios que
llega a la edad de pensión y al aumento de la asignación, ligado ala
inflación observada y no la esperada.
FORTALEZAS EN EL SECTOR
Primero hay que mencionar que para administrar las pensiones el ISS
tiene poca burocracia. En la actualidad se encargan de ellas 1.200
personas que manejan trescientos mil millones de pesos al año, con
costos de administración del 3%. Cuando se trato que La Previsora
asumiera tal manejo, no se comprometió porque no podía competir con los
costos administrativos del Seguro.
Se tienen 400 mil millones de pesos en reservas con una cotización del
6.5% que aunque bajo permite tenerlas. Aunque son menos reservas de las
que se necesitan. Por no ser un sistema de capitalización.
El recaudo de cotizaciones y el pago de pensiones los hace el sector
privado. El sistema bancario realiza esta función.
El I.S.S. jamás ha dejado de pagar una pensión. Por esto no se puede
dejar debilitar más, por los 250.000 pensionados que tienen derecho a
una pensión, que en caso de incumplimiento sería un caos.
Es el único sistema de seguro de salud sin preexistencia y sin límite de
costo.
Hay posibilidades de mejorar la seguridad social en salud. Las cifras
muestran claramente que se han encontrado respuestas y que el problema
es de orden. Con ajustes, como la delegación al sector privado como los
medicamentos.
En salud, los costos de administración son del 12%, un poco altos, pero
comparados con los del sector privado, son inferiores.
DEBILIDADES EN EL SECTOR
Falta de conciencia en una cultura de previsión; esto no se resuelve
simplemente cambiando el esquema. Si no ahorramos ahora no vamos a poder
atender la vejez, los accidentes de trabajo, o cualquier otro riesgo que
tenga que ver con la vida laboral.
La segunda gran debilidad del sistema, es la baja cobertura: no se llega
a más del 21%.
Aunque el ISS tiene organización financiera y administrativa, el sector
público no la tiene y al mezclarse los recursos de salud y de pensiones,
se cuestiona al Instituto.
La politización del sistema rebaja la calidad del mismo. El ISS se
convierte en una fuente de empleo importante y lo máximo que se puede
hacer es tratar de racionalizar el proceso.
Faltan mecanismos de alarma y los existentes, cuando operan no se
atienden. No se sabe como la seguridad social se ve afectada por los
cambios demográficos y macroeconómicos. No hay que ignorar las variables
exógenas que pueden limitar el sistema. En este caso las tasas de
interés, el comportamiento general de la economía y el envejecimiento de
la población.
El volumen del gasto en la salud no esta produciendo lo que debería,
existen múltiples entidades y duplicidad de servicios, que nos llevan a
una heterogeneidad y dispersión.
CONCLUSIONES
Los sistemas de pensiones tradicionales de Colombia son mecanismos de
reparto en los que los trabajadores de las generaciones corrientes
cubren las pensiones de los trabajadores de generaciones anteriores,
ahora jubilados, con el compromiso implícito de que, cuando lleguen a la
jubilación, los trabajadores del futuro pagarán por ellos. Pero este
mecanismo no impone los mismos costos a todas las generaciones. Debido
al momento demográfico en que fueron introducidos y a su baja cobertura
inicial, los sistemas de reparto ofrecen actualmente beneficios que no
podrán ser sostenidos en el futuro con las bajas contribuciones
actuales.
Las generaciones de hoy no están aportando al nivel de los beneficios a
que se están haciendo acreedoras. Por consiguiente, con el sistema
actual de reparto, la actual generación de trabajadores se convertirá en
una carga muy elevada para las generaciones futuras. Los países que
gozan de la oportunidad demográfica deben aprovecharla para pagar por
sus pensiones generando los ahorros que permitan cubrir esos gastos en
el futuro. De lo contrario sus pensiones exigirán mayores cargas y menos
posibilidad de consumo de las generaciones futuras.
A pesar de su potencial redistributivo, los sistemas de reparto simple
no han operado como mecanismos efectivos de distribución del ingreso
hacia los pobres. Las reducidas obligaciones iniciales han permitido que
los grupos de trabajadores más favorecidos reciban condiciones generosas
de jubilación, lo que a su vez ha limitado la posibilidad de ampliación
de la cobertura del sistema. Los nuevos sistemas de pensiones podrán
buscar la universalización de una protección mínima con base en recursos
generales del presupuesto, y la generación de los ahorros individuales
con base en un régimen de capitalización administrado por el sector
privado y estrictamente vigilado por el Estado, como ya existe en varios
países de la región.
BIBLIOGRAFÍA
§ PLAN NACIONAL DE DESARROLLO: " Cambio para construir la Paz" Cáp 1 - 3
El contexto, política Macroeconómica.
§ NUEVOS RUMBOS PARA LA DESCENTRALIZACIÓN”, Minhacienda, Enero del 2000
Juan Camilo Restrepo,
§ "LA DESCENTRALIZACIÓN EN COLOMBIA", nuevos desafíos, documento
elaborado por el Banco Interamericano de Desarrollo, en www.iabd.com.
§ Informe trimestral, Banco de la República: Marzo de 1999, Marzo 2000.
En www.banrep.gov.co.
§ Decreto Ley 100, 1993 por el cual se reglamenta el regimen de
seguridad social en Colombia.
§ REGÍMENES PENSIONALES Carmelo Mesa , CIID, FESCOL, 1992.
§ REFORMA AL REGIMEN DE PENSIONES DEL ISS, Jose Silva Ruiz, Tesis de
1.993
§ LA ECONOMIA DE LAS PENSIONES, ANIF , 1.992.
§ PENSIONES A LA VEJEZ, Ricardo Cifuentes Muñoz, Tesis 1.987.
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