Principales cambios en la reforma fiscal de 2016 en España

Durante el año 2015 y 2016, se han producido una serie de modificaciones en el ámbito fiscal, tanto en los procedimientos tributarios como en el conjunto de conceptos fiscales.

En este artículo, vamos a detallar desde esta asesoría fiscal, los cambios más importantes introducidos en la reforma fiscal en España, así como una explicación de los mismos para poder aplicarlo este año 2016.

Dicho esto, los cambios más importantes son los siguientes

  1. En primer lugar, se ha modificado el concepto de actividad económica. Por un lado, en los rendimientos obtenidos por los socios de las sociedades que realicen actividades profesionales se exige el alta en la Seguridad Social o una mutualidad alternativa. Se consideran rendimientos de actividades económicas aquellos que han sido procedentes de actividades profesionales cuando el contribuyente esté incluido en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos.
  2. En segundo lugar, si nos referimos a las actividades económicas que consisten en arrendamientos de bienes inmuebles, se elimina la condición principal de tener un local destinado a prestar dicho servicio, pero se mantiene el requisito de que haya al menos una persona contratada y a jornada completa.

NOTA: Este nuevo concepto de rendimientos de actividades económicas puede cumplir con los requisitos establecidos para la exención en el Impuesto sobre Patrimonio o reducción en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones.

  1. En tercer lugar, otra modificación ha sido en la determinación del rendimiento neto en estimación directa simplificada. Hay que tener en cuenta, que los rendimientos de actividades económicas se efectúan, con carácter general, por el método de estimación directa, admitiendo las dos modalidades ya previstas, la normal y la simplificada.

En la modalidad simplificada se han producido dos cambios: por un lado, se reduce el importe de cifra de negocios en el ano anterior de 600.000 a 500.000 euros para el conjunto de actividades. Por otro lado, los gastos de difícil justificación y las provisiones se mantiene la deducción del 5% pero con un importe límite de hasta 2000 euros anuales de deducción.

  1. También se han producido cambios en la modalidad de estimación objetiva comúnmente llamada estimación por módulos. En este caso, las actividades incluidas en el epígrafe del IAE relacionadas con la construcción y fabricación. Además, se ha reducido el umbral de volumen de ventas en las actividades de agricultura, ganadería y pesca, fijándose en la cantidad de 200.000 euros. Y en otras actividades, en 150.000 euros. Además, también para los que estén obligados a expedir factura cuando el destinatario sea un empresario o profesional, no tiene que superar la cantidad de 75.000 euros anuales. Asimismo, si el volumen de compras de bienes y servicios en al ano anterior supere los 150.000 euros, no se podrá acoger a dicho método.
  2. Otro cambio ha sido la reducción aplicable a los rendimientos de actividades económicas con un período de generación superior a 2 años. La nueva reducción establece en un tipo del 30% y con un límite de base de hasta 300.000 euros anuales.
  3. También se han producido cambios en el sector del transporte del auto taxi. Se aplicará una nueva reducción por la transmisión de activos fijos intangibles cuando dicha transmisión esté motivada por la incapacidad permanente, jubilación o cese de actividad.
  4. Otra modificación introducida es que los socios de sociedades civiles con objeto mercantil durante el año 2016 pasan a ser contribuyentes del Impuesto de Sociedades y, por tanto, ya no tienen que integrar las rentas que hayan obtenido en el IRPF.
  5. Las retenciones profesionales en el 2016 se aplicarán un 15% cuando el volumen de rendimientos íntegros de actividades sea inferior a 15.000 euros y represente más del 75% de la suma de rendimientos de trabajo y actividades económicas.
  6. Otra modificación ha sido las deducciones en la cuota del IRPF. Para inversiones, los contribuyentes podrán deducir un 5% los que ejerzan actividades de los rendimientos netos de actividades económicas en elementos nuevo del inmovilizado. Para las donaciones, se suprime la deducción del 10% para importes donados a fundaciones y asociaciones. Para los partidos políticos, se suprime la reducción por cuotas y esto es sustituido por una nueva deducción del 20% sobre las cuotas de afiliación, con base máxima de 600 euros anuales. Para las rentas obtenidas en Ceuta y Melilla, hay posibilidad de deducción para las rentas obtenidas en dichos territorios. Para el alquiler de vivienda habitual, se elimina la deducción, pero se mantiene para los contribuyentes que hayan celebrado un contrato de arrendamiento anterior a 1 de enero de 2015 y por el que se hubiesen satisfecho cantidades por el alquiler de su vivienda. Se crean deducciones por familia numerosa o personas con discapacidad a cargo de contribuyentes que realicen una actividad económica por cuenta propia o ajena.

Cita esta página

Lázaro Collado Gema. (2016, marzo 3). Principales cambios en la reforma fiscal de 2016 en España. Recuperado de https://www.gestiopolis.com/principales-cambios-la-reforma-fiscal-2016-espana/
Lázaro Collado Gema. "Principales cambios en la reforma fiscal de 2016 en España". gestiopolis. 3 marzo 2016. Web. <https://www.gestiopolis.com/principales-cambios-la-reforma-fiscal-2016-espana/>.
Lázaro Collado Gema. "Principales cambios en la reforma fiscal de 2016 en España". gestiopolis. marzo 3, 2016. Consultado el . https://www.gestiopolis.com/principales-cambios-la-reforma-fiscal-2016-espana/.
Lázaro Collado Gema. Principales cambios en la reforma fiscal de 2016 en España [en línea]. <https://www.gestiopolis.com/principales-cambios-la-reforma-fiscal-2016-espana/> [Citado el ].
Copiar

Escrito por:

Imagen del encabezado cortesía de tomasfano en Flickr