Minuta de ejemplo de un servicio de bienestar empresarial

I. De la finalidad.

1.1 El Servicio de Bienestar de nombre empresa, es una institución sin fines de lucro, que tiene por función propender al mejoramiento de la calidad de vida de sus Socios y de sus cargas, proporcionándoles ayuda médica, social, recreativa y cultural en la medida que sus recursos lo permitan.

II. De los asociados

2.1 Podrán asociarse al Servicio de Bienestar todas las personas que respecto de la institución tengan la calidad de funcionarios con contrato indefinido, que junto con manifestar su intención de incorporarse acepte los derechos y deberes que establece el presente estatuto.

2.2 Los socios con su cuota de incorporación y su descuento mensual tiene derecho a hacer uso de los beneficios sociales y de carácter médico de acuerdo a la normativa que lo rige, al tercer mes de incorporados.

2.3 Para adquirir la calidad de socio será necesaria la presentación de una solicitud en la que deberán indicarse todos los datos o antecedentes que se señalen en este reglamento y que será dirigida al Presidente del Bienestar.

Conocerá de esta solicitud el Directorio, el cual una vez comprobado que el solicitante reúne los requisitos de incorporación procederá a su aprobación por la mayoría absoluta de sus componentes.

2.4 Los socios tendrán los siguientes derechos:

a) Elegir y ser elegidos para servir a los cargos Directivos del Servicio de bienestar.

b) Participar con derecho a voz y voto en las Asambleas Generales.

c) Recibir los beneficios médicos y sociales que conceda el Servicio de bienestar.

d) Presentar cualquier proyecto o proposición al estudio del Directorio, el que decidirá su rechazo o inclusión en la tabla de una Asamblea General.

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2.5 Serán Obligaciones de los socios:

a) Respetar y cumplir los estatutos, los reglamentos y las resoluciones del Directorio o de las Asambleas Generales.

b) Desempeñar con celo y oportunidad los cargos o comisiones que se le encomienden.

c) Asistir a las sesiones de las Asambleas Generales Ordinarias o Extraordinarias. (la no asistencia sin justificación será multado con una cuota adicional). Las justificaciones deberán ser por escrito y no podrán exceder a dos en el año.

d) Pagar puntualmente en las fechas indicadas (hasta los 10 de cada mes), los beneficios incorporados a través de convenios con instituciones comerciales.

2.6 Quedarán suspendidos en sus derechos los socios que injustificadamente no cumplan con las obligaciones contempladas en el punto anterior.

El no cancelar oportunamente los beneficios como vales de supermercado, librería, etc., será motivo suficiente para suspender tales beneficios, hasta que el socio se ponga al día en sus cuotas.

Cuando un socio no cumpla con su obligación de pagar oportunamente, se procederá de la siguiente forma:

a) Si es por primera vez: se pondrá término al beneficio por tres meses desde la fecha del último pago.

b) Si reincide: se suspenderán los beneficios por al menos un año y se notificará a la Empresa mediante carta para facilitar la cancelación de lo adeudado descontando por planilla.

En todos los casos el Directorio informará a la más próxima asamblea General respecto de los socios que se encuentran suspendidos, o se les hubiere cortado el beneficio.

2.7 La calidad de socio se pierde:

a) Por fallecimiento.

b) Por renuncia escrita presentada al directorio.

c) Por dejar de pertenecer a la empresa.

d) Por expulsión basada en las siguientes causales:

  1. Por causar grave daño de palabra o por escrito a los intereses del Servicio de Bienestar.
  2. Por arrogarse, sin derecho, la representación de la Institución con el objeto de obtener beneficios personales.
  3. Por obtener o intentar obtener presentaciones y beneficios, valiéndose de documentación falsa o adulterada.
  4. Tratándose de miembros del Directorio, por extralimitarse en sus funciones o que en uso de sus atribuciones comprometan gravemente la integridad social y / o económica de la institución.

2.8 El Directorio podrá expulsar a alguno de los socios mediante acuerdos adoptados por los dos tercios de sus integrantes, fundado en las causales previstas en la letra (d) del punto 2.7.

Los cargos serán formulados por escrito al afectado quien tendrá un plazo de 10 días para hacer sus descargos.

Si la expulsión se hubiere fundado en el hecho de que el socio obtuvo beneficios valiéndose de documentos o datos falsos, deberá reembolsar las sumas percibidas, reajustadas en el mismo porcentaje de variación del IPC entre el mes inmediatamente anterior a su aprobación y el mes inmediatamente anterior a su restitución.

El socio que se retire voluntariamente y solicite su reincorporación, quedará sujeto a las condiciones que exija la asamblea.

2.9 El socio expulsado del servicio de bienestar podrá solicitar su reincorporación al Directorio, transcurrido un plazo de 12 meses desde la fecha en que le fue notificada la sanción, siendo finalmente la Asamblea quien decida a favor o en contra de la reincorporación.

2.10 El socio que deja de pertenecer al Servicio de Bienestar por cualquier causa, no tendrá derecho a la devolución de sus aportes.

2.11 Las circunstancias de encontrarse el socio haciendo uso de feriado legal, de permiso, de licencias médicas, de pre y post natal, cumpliendo una comisión de trabajo, u otra ausencia temporal que no signifique la suspensión o pérdida de trabajador de la empresa, no lo exime de la obligación de cancelar sus aportes y compromisos que haya contraído con el Servicio de Bienestar manteniendo por lo tanto la vigencia de todos los beneficios.

III. De las asambleas

3.1 Las Asambleas Generales serán Ordinarias y Extraordinarias

Las Asambleas Generales Extraordinarias se celebrarán cada vez que el directorio acuerde convocar a ellas, por estimarlas necesarias para la marcha de la institución o cada vez que lo solicitan al Presidente del Directorio por escrito, a lo menos, un tercio de los socios, indicando el o los objetivos de la reunión. En estas Asambleas Extraordinarias únicamente podrán tratarse las materias indicadas en la convocatoria y cualquier acuerdo que se tome sobre otras materias será nulo.

3.2 Las Asambleas Generales Ordinarias serán convocadas por un acuerdo del directorio y si éste no se produjera por cualquier causa, por el Presidente o cuando lo solicite un tercio, a lo menos, de los socios.

Las citaciones de las Asambleas serán convocadas por medio de avisos que se colocarán en los lugares de trabajo, con una anticipación mínima de 10 días a dicha fecha.

Para las asambleas Extraordinarias la anticipación será de 4 días.

3.3 Las Asambleas Generales se realizarán con las personas que lleguen a la reunión. Las decisiones que allí se tomen tendrán carácter resolutivo, es decir, los acuerdos se tomarán por mayoría de los socios presente. Cada socio tendrá derecho a un voto y no existirá voto por poder.

3.4 De las deliberaciones y acuerdos adoptados deberán dejarse constancia en un libro especial de actas que será llevado por el secretario.

Las actas serán firmadas por el Presidente, por el Secretario, o por quienes los sustituyan en el momento y además por dos asistentes que designe la Asamblea.

En dichas actas, los socios asistentes a las Asambleas podrán estampar los reclamos convenientes a sus derechos por vicios procedimientos relativos a la citación, constitución y funcionamiento de la misma.

IV. De la administración del servicio

4.1 La administración del Servicio de Bienestar estará a cargo de un Directorio compuesto por seis representantes de los socios. Dicho Directorio estará compuesto de un Presidente, un Vicepresidente, un Secretario, un Prosecretario, un Tesorero y un Protesorero. La empresa podrá ser representada por quien estime conveniente, prestando servicios en calidad de cooperador.

El directorio durará Dos años en sus funciones.

Los miembros de este directorio deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Tener a lo menos un año de servicio en la empresa.

b) Tener a lo menos un año de antigüedad en el Bienestar (excepto al momento de constituirlo).

c) No ser simultáneamente dirigente de alguna otra organización de servicio o recreacional de los trabajadores de la empresa.

4.2 De la elección del Directorio

Una vez cumplido el periodo de dos años que dura el Directorio, en la primera Reunión de Asamblea, se refiere a los socios afiliados al bienestar la oportunidad de postular a un cargo directivo, se hará nomina de candidatos.

4.3 En ausencia de postulantes voluntarios, la Asamblea nomina candidatos con beneplácito de ellas, pudiendo también ser nominados algunos representantes de la directiva saliente, por cuanto tienen derecho a ser reelegidos.

Una vez nominados los candidatos, se fija la fecha de elección y fecha de recuento de votos. Las seis primeras mayorías ocupan los cargos titulares y entre ellos decidirán en conjunto el cargo que más le acomode.

Se recuerda, que según lo estipulado en el punto 3.3, los acuerdos se adoptarán por la mayoría de los asistentes con derecho a voto.

4.4 El Directorio tendrá las siguientes atribuciones y deberes:

a) Dirigir el Servicio de Bienestar y administrar sus bienes.

b) Citar a la Asamblea General Ordinaria y a las Extraordinarias que procedan de conformidad con lo dispuesto en estos estatutos.

c) Redactar y someter a la aprobación de la Asamblea General, los reglamentos que deberán dictarse para el buen funcionamiento del Servicio y todos aquellos asuntos y negocios que estime necesarios someter a su deliberación.

d) Cumplir los acuerdos de las Asambleas Generales.

e) Rendir cuenta ante la Asamblea General Ordinaria que corresponda, la inversión de los fondos y la marcha de la corporación durante el periodo en que ejerza sus funciones.

f) Mediante una memoria anual, balance o inventario se someterá a la aprobación de los socios el desempeño del directorio.

g) Resolver las dudas y controversias que surjan con motivo de la aplicación de los estatutos y reglamentos.

h) Resolver las solicitudes de ingreso.

i) Fijar anualmente el monto de los beneficios que se otorgarán en el periodo siguiente, de acuerdo al presupuesto para el año.

j) Aprobar la celebración de convenios relacionados con las finalidades del Servicio de Bienestar.

4.5 Los miembros del directorio deberán abstenerse de participar en los acuerdos relativos a materias que signifiquen un beneficio para ellos mismos o para su grupo familiar.

En caso de incumplimiento de las prohibiciones anteriores, el Director quedará suspendido de su cargo inmediatamente, hasta que se resuelva en definitiva sin perjuicio de las responsabilidades a que hubiere lugar.

4.6 El directorio deberá sesionar por lo menos una vez al mes, contando de una hora semanal (en horario de trabajo) para lo que estime conveniente.

De las deliberaciones y acuerdos del Directorio se dejará constancia en un libro especial de actas que será llevado por el Secretario. Las actas serán firmadas por el Presidente y el Secretario.

El director que quisiere salvar su responsabilidad por algún cato o acuerdo, deberá exigir que se deje constancia de su opinión en el acta.

4.7 Corresponde especialmente al Presidente del Directorio:

a) Presidir las reuniones de Directorio y las Asambleas Generales de Socios.

b) Convocar Asambleas Ordinarias y Extraordinarias de Socios.

c) Organizar los trabajos del directorio y proponer el plan general de actividades del Servicio, estando facultado para establecer las prioridades en su ejecución.

d) Velar por el cumplimiento de los estatutos, reglamentos y acuerdos de la institución.

e) Dar cuenta en la Asamblea General Ordinaria de socios que corresponda, en nombre del Directorio, de la marcha de la institución y el estado financiero de la misma.

f) Las demás atribuciones que determinen estos estatutos o que se le encomienden por la Asamblea General de Socios.

4.8 Corresponderá al Vicepresidente:

a) Asistir y cooperar con el Presidente para el correcto funcionamiento de su cargo, además de reemplazarlo cuando sea necesario.

4.9 Corresponderá al Secretario:

a) Llevar al día el archivo de toda la documentación de la institución.

b) Llevar registro de Socios, confeccionar las Solicitudes de Ingreso y atender a los socios en sus peticiones.

c) Redactar y despachar bajo su firma y de la del Presidente, toda la correspondencia relacionada con la Institución.

d) Tomar las actas de las sesiones del Directorio y de las Asambleas Generales, redactarlas e incorporarlas antes de que el respectivo organismo se pronuncie sobre ellas, en los libros respectivos, bajo su firma.

e) Informar a la asamblea, conforme al contenido de los registros, sobre las inhabilidades que afectan a los miembros del Directorio electo.

f) Publicar los avisos llamando a Asamblea de Socios Ordinarias y Extraordinarias.

g) Formar la tabla de sesiones de Directorio y de Asambleas Generales de acuerdo con el Presidente.

h) En general, cumplir con todas las tareas que le encomiende el Directorio, el presidente, los Estatutos y los Reglamentos, relacionados con sus funciones.

4.10 Corresponderá al Prosecretario:

a) Asistir y cooperar con el Secretario para el correcto funcionamiento de su cargo, además de reemplazarlo cuando sea necesario.

4.11 Corresponderá al Tesorero:

a) Preparar el presupuesto anual de las operaciones.

b) Preparar, analizar, comentar y presentar el Balance Anual del Servicio.

c) Efectuar conjuntamente con el Presidente, todos los pagos o cancelaciones relacionadas con la institución, debiendo al efecto firmar los documentos necesarios.

d) Cumplir los cometidos y realizar todas aquellas funciones que le encomiende el Presidente.

e) Exhibir a las comisiones correspondientes todos los libros y documentos de la tesorería que le sean solicitados para su revisión y control.

f) Presentar en forma extraordinaria un estado de tesorería, cada vez que lo acuerde el Directorio o la Asamblea General Ordinaria, un balance general de todo el movimiento contable del respectivo período.

g) Llevar el correcto control de los contratos con empresas en convenios, que firme el Servicio de Bienestar.

h) Llevar el correcto control de pagos de todos los socios que hagan usos de dichos convenios.

i) Entregar, según los estatutos vigentes, los vales de convenios solo a los socios que respeten dichos estatutos.

4.12 Corresponderá al Protesorero:

a) Asistir y cooperar con el Tesorero para el correcto funcionamiento de su cargo, además de reemplazarlo cuando sea necesario.

V. Del patrimonio social

5.1 El Servicio de Bienestar se financiará con los siguientes aportes:

a) Con la cotización del 0.5% del sueldo imponible de los trabajadores en forma voluntaria

b) Un aporte otorgado por la Empresa que corresponde al 100% de los que se reúna por concepto de cuotas.

c) Con una cuota de incorporación que fijará anualmente el Directorio por una sola vez, siendo para el periodo 2005 equivalente a $………… (…………..pesos).

d) Con las bonificaciones o porcentajes provenientes de los convenios que el Servicio de Bienestar suscriba con las firmas comerciales e industriales.

e) Con los ingresos, bienes o recursos que el Servicio de Bienestar obtenga a cualquier título como donaciones, actividades especiales, multas a los socios u otras.

5.2 Los fondos del Servicio de Bienestar se depositarán en una Cuenta Corriente o de Ahorro Bipersonal de un banco comercial que el Directorio determine y serán titulares de ella el Tesorero y el Presidente.

VI. De la reforma al reglamento.

6.1 Las reformas al presente reglamento serán elaboradas por el Directorio, luego presentadas a la Empresa, y previa aprobación de ésta, serán presentadas a la Asamblea.

VII. De los beneficios.

7.1 El Servicio de Bienestar, de acuerdo a sus disponibilidades presupuestarias, podrá conceder a sus afiliados y cargas familiares, beneficios, bonificaciones o ayudas económicas complementarias y servicios sociales.

7.2 El Servicio de Bienestar solicitara a través de su Directorio a la Empresa recursos para solucionar problemas de tipo social, especialmente cuando por su complejidad requiere de asesoría profesional.

I. Atención social, Proponer y desarrollar acciones preventivas y curativas para evitar o solucionar los problemas de tipo social, personal y su grupo familiar, especialmente cuando por su complejidad requiere de asesoría profesional”.

Objetivos Específicos:

  1. Atender oportunamente las situaciones socio-económicas que puedan afectar al usuario.
  2. Detectar permanentemente las necesidades e intereses de los afiliados.
  3. Promover una gestión proactiva que contemple el diseño e implementación de programas preventivos, de desarrollo y curativos.
  4. Mantener coordinación permanente con las distintas unidades del Municipio en Instituciones externas a la organización.
  5. Administrar racionalmente los recursos disponibles.

Estos objetivos se cumplirán mediante el empleo de métodos profesionales, como servicio social de caso individual, servicio social de grupo, investigación social y administración, con la finalidad de orientar y asesorar a los trabajadores en las situaciones de orden habitacional, laboral, salud y problemas de orden familiar y su derivación en los casos que corresponda a la red social pública o privada.

Funciones:

a) Elaborar, implementar y evaluar programas y proyectos sociales específicos según detección de necesidades e intereses de los afiliados.

b) Establecer convenios con instituciones y empresas orientados a generar beneficios para los usuarios.

Normas a Seguir:

  1. En atención a que los casos sociales, requieren un tiempo mayor de atención que las consultas rutinarias, las atenciones de este tipo deberán ser concertadas con fecha y hora entre el trabajador y el Servicio de Bienestar. (personal a cargo)
  2. Con el fin de resguardar la integridad del trabajador y su familia, los casos sociales deben ser tratados con la máxima privacidad, responsabilidad que debe ser compartida por la jefatura directa del trabajador y el Servicio de Bienestar, además esto constituye un principio de la ética profesional.

Los principales problemas que atiende este servicio son:

a) Problemas económicos: inadecuado manejo del presupuesto familiar.

b) Problemas habitacionales: informe social para casa fiscal por excepción y prórroga en los casos de real urgencia, orientación para postulación a planes habitacionales, orientación para ahorro habitacional.

c) Problemas de relaciones humanas: incumplimiento de roles parentales, violencia intra familiar, disfunción matrimonial, entre otros. Este tipo de problemática será abordada a través de un diagnostico, su respectiva propuesta de intervención, que será determinada en conjunto con el usuario y su grupo familiar cuando corresponda.

d) Problemas de salud: canalizar subsidios económicos, relación usuario-consultorio.

e) Problemas previsionales.

f) Otras intervenciones: informes sociales para obtención de beneficios extrainstitucionales, becas de estudios, créditos universitarios, rebajas arancel escolar, solicitud de asignación familiar, bonos caja de compensación, entre otros.

g) Desarrollar acciones con el fin de mejorar las actividades del personal, las condiciones de trabajo, las relaciones obrero-patrón y la calidad del personal, esto tiene que ver con la motivación de los trabajadores.

h) Otra temática que sería de gran interés para la comunidad y que probablemente no existe información, es acerca de la Reforma Procesal Penal, más aún, actualmente es preciso que la comunidad se sensibilice y esté informada de los nuevos mecanismos a operar a partir de la Justicia Chilena y por su pronta construcción en dicha comuna.

  • A partir de lo anterior y previo contacto con los trabajadores y/o representantes (sindicatos) se podrán establecer nuevos lineamientos de acción.

II. Subsidios económicos, los subsidios económicos son otorgados por el Servicio de bienestar y tendrá por objeto ayudar al trabajador a superar una situación socioeconómica crítica originada por un acaecimiento imprevisto de carácter fortuito, por lo tanto se deberá evaluar correctamente la verdadera capacidad que tiene el grupo familiar para hacer frente a dicha situación generado con sus propios recursos y ponderar las causas que la califican como crítica.

Este subsidio no podrá exceder un monto por persona de 15 unidades de fomento (UF), entregándose por única vez en el transcurso de un año.

Para acceder a este beneficio, el trabajador deberá acercarse al Servicio de Bienestar dando conocimiento de los hechos para luego ser verificados en terreno por la asistente social u otro profesional idóneo, a través de visitas domiciliarias. Posteriormente se evaluara junto al Directorio y se decidirá a quien se le otorga tal beneficio.

  • Causales de asignación de beneficio:

a) accidentes o enfermedad muy grave con consecuencias muy graves en las personas del grupo familiar.

b) Siniestros naturales (incendio, inundación y derrumbe) que afecten la vivienda donde reside el grupo familiar.

III. Bonificación médica

Por gastos médicos, dental, óptico y exámenes, se otorgará por una vez al año la cantidad de $20.000 por socio justificado con bonos de salud copagos de las isapres o fonasa.

IV. Bono de Escolaridad

Se pagará contra documento de pago de matrícula o Certificado de Alumno Regular para Institutos Técnicos, Profesionales y/o Universidad. La suma de $……………. (……….pesos).

Tendrán derecho a este bono los hijos de los afiliados que se encuentren estudiando en Básico, Media o Institutos Técnicos, Profesionales y/o Universidad.

También tendrán derecho los Socios que se encuentren en calidad de Estudiante – Trabajador.

V. Bono Navideño

El Servicio de Bienestar, ajustándose a sus disponibilidades presupuestarias, otorgará un bono de navidad a sus socios en el mes de Diciembre de cada año de $……………. (……….pesos). El pago de dicho bono se hará entre el 15 y el 20 del mismo mes.

Servicio de bienestar
Empresa ………………….
Vigencia a contar de
Marzo de 2005

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Celedón Paola Valeria. (2005, abril 17). Minuta de ejemplo de un servicio de bienestar empresarial. Recuperado de https://www.gestiopolis.com/minuta-ejemplo-servicio-bienestar-empresarial/
Celedón Paola Valeria. "Minuta de ejemplo de un servicio de bienestar empresarial". gestiopolis. 17 abril 2005. Web. <https://www.gestiopolis.com/minuta-ejemplo-servicio-bienestar-empresarial/>.
Celedón Paola Valeria. "Minuta de ejemplo de un servicio de bienestar empresarial". gestiopolis. abril 17, 2005. Consultado el . https://www.gestiopolis.com/minuta-ejemplo-servicio-bienestar-empresarial/.
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