Estamos transitando hoy en por la etapa de resurgimiento de la herramienta más utilizada en el mundo desarrollado para la incorporación de equipamiento.
Hoy se habla mucho del leasing, de sus ventajas; pero no se precisa
en dónde y cómo impactan ellas a la hora de comparar con otra
alternativa de financiación o de adquirir el equipamiento con fondos
propios.
Básicamente se trata de un contrato de alquiler con opción a compra y es
lo que comúnmente se responde a la hora de contestar de qué se trata el
tema. Y la realidad es que es exactamente eso, pero con un alcance más
trascendente.
Propongo entonces echar un vistazo en primer lugar a los distintos tipos
de Leasing (en su sentido más amplio) que se utilizan en el mundo a la
evolución y a la penetración en el mercado que presenta en las distintas
latitudos (como modo de evaluar su importancia) y en segundo lugar, a
las ventajas que hacen de este instrumento financiero una verdadera
opción a la propiedad de un Activo, al marco regulatorio en nuestro país
y los jugadores que participan de la industria.
Marco conceptual
Bien decíamos que el Leasing es una herramienta que se instrumenta en un contrato y que consiste en la incorporación de un bien a cambio de una serie de desembolsos en concepto de alquiler y de opción a comprar. Este concepto separa la "propiedad" del "uso económico" de un activo. Clasificaremos los distintos tipos del leasing y las partes involucradas.
Tipos de leasing:
Leasing Operativo
Leasing financiero
Sale & leaseback
¿Quiénes intervienen en un contrato de leasing?
El tomador: es la empresa o la persona que utilizará el bien en su
actividad
El dador: es quien financia al tomador la incorporación del bien, ya sea
porque lo fabrica él mismo o porque lo compró especialmente para darlo
en leasing a pedido del tomador.
El vendor: es el proveedor de los bienes. En los contratos de leasing
financieros no forma parte de los mismos.
Leasing Operativo
Tal vez sea la modalidad más difundida y que surge intuitivamente.
Las partes intervienentes son sólo 2: el tomador y el dador, porque es
el mismo fabricante quien ofrece al tomador la financiación. Los
pioneros en ofrecer este tipo de leasing han sido Xerox, IBM y General
Electric, entre otros.
Se dan típicamente en bienes que requieren un servicio de mantenimiento
riguroso y en aquellos que se deprecian rápidamente.
Las empresas toman estos contratos por períodos cortos, típicamente
entre 6 y 24 meses. El dador del leasing no alcanza a amortizar el bien
en un contrato necesitando de varios contratos para recuperar el
capital.
La opción de compra rara vez se ejerce y existe una renovación del
equipo objeto del leasing. El dador corre no sólo el riesgo crediticio
sino además de obsolescencia.
Suele incluirse en el canon periódico un concepto de mantenimiento y
seguro.
Poseen además la característica de ser cancelables otorgando gran
flexibilidad para el tomador.
Leasing financiero
"Es un contrato por el cual del dador (generalmente una entidad
financiera o una Cía de leasing) acuerda financiar por un período de
terminado, la incorporación de equipamiento al tomador.
Generalmente los plazos son similares a la vida económica de los bienes
y el aspecto inicial distintivo respecto del leasing operativo es la
existencia de una tercera parte que financia la operación y es distinta
del fabricante o distribuidor de los bienes.
El leasing para que se configure (en Argentina) como operación
financiera debe cumplir con ciertos requisitos, a saber:
El plazo mínimo debe respetar 50% de la vida útil fiscal de los bienes
(esto es para bienes muebles).
La opción de compra debe estar determinada al inicio del contrato.
El dador debe ser una entidad financiera o una sociedad que incluya en su objeto la posibilidad de otorgar leasing.
Si bien estos contratos son de largo plazo y algo más rígidos que los
"operating leases" resultan más convenientes desde el punto de vista del
costo financiero y además el tomador cunta con mayor libertad en la
selección del proveedor y en la negociación del precio. La empresa debe
tener en cuenta que es ella quien pacta el precio definitivo, las
condiciones de pago, plazos, etc.
Esa particularidad se suma a las numerosas ventajas que posee el leasing
que podemos resumir en:
Financiación del 100%. Inclusive en casos de bienes importados la
financiación incluye todos los costos inherentes a la nacionalización
(aranceles, honorarios, etc.)
Plazos extensos, que normalemtne las líneas de crédito tradicionales
no contemplan.
La posibilidad de acomodar los cánones según los ciclos da la
facturación del tomador. La nueva legislación en nuestro país comtempló
la posibilidad de que los cánones no sean necesarimente iguales.
Los montos a desembolsar son relativamente pequeños, permitiendo repagar el equipamiento con lo que él mismo produce.
Cuestiones referidas a "cosmética de balance" que luego precisaré.
Independientemente de las ventajas enumeradas, necesariamente al hablar
de Leasing debemos hacer referencia a los beneficios fiscales que trae
adosado.
No es objeto del presente artículo caer en tecnicismos ni hacer un
tratado en materia fiscal, pero sí desarrollar brevemente porque
conviene el leasing en esa materia y como esos beneficios disminuyen el
costo financiero total de una operación financiera.
Ventajas fiscales del leasing
Impuesto a las ganancias: produce el efecto de amortización acelerada del bien, difiriendo el pago del impuesto.
Ejemplo: Monto del equipo a incorporar: U$S 1.000.000 + IVA.
Si la empresa compra el bien, lo amortiza en 10 períodos anuales,
enviando en concepto de amortización $ 100.000 anuales.
Si lo hace vía leasing, como la totalidad del canon se deduce del
impuesto, el monto que se "envía" a pérdidas es aproximadamente es
aproximadamente $ 270.000.
En definitiva, la diferencia entre ambas alternativas ($170M)
multiplicada por la tasa de impuestos del 35% ($60M) es lo que se
"ahorra" de pagar en concepto de impuesto a las ganancias. Es este el
efecto más importante desde el punto de vista financiero.
IVA: la empresa evita de pagar el 21% al contado. Paga el 21% del canon.
Impuesto al endeudamiento empresario: Al no ser un préstamo, las
operaciones de leasing están exentas del 15% sobre los intereses.
Renta presunta:Al no estar incorporado al patrimonio del tomador, no es
afectado al cálculo del impuesto del 1% del activo.
Estas ventajas enunciadas impactan notablemente en el costo financiero total haciéndolo disminuir en aproximadamente 4 puntos nominales anuales la tasa de interés.