Si una persona de estado civil casada recibe en herencia un bien y
decide venderlo para comprar otros u otros, es necesario que en la
escritura del nuevo bien o bienes (sea inmueble, auto, terreno, etc.)
conste que ese bien se compra con dinero proveniente de la venta del
inmueble X, de carácter propio, recibido por herencia de fulanita de
tal, en X precio.
De este modo, los nuevos bienes adquiridos, continúan siendo bienes
propios y no se reparten en caso de posible divorcio y aún estando
casad@s se puede disponer libremente de él, salvo que constituya la sede
del hogar conyugal.
En general esto no se hace. La mayoría de la gente escritura el nuevo
bien sin dejar esa constancia y lo convierte (en principio) en un bien
ganancial.
Mis clientas sostienen que hablar de estas cosas con sus maridos es muy
difícil, que ellos pueden pensar que están planificado un futuro
divorcio. A ellas les recomiendo la lectura de alguno de los libros de
Clara Coria: "El dinero en la pareja" o "El sexo oculto del dinero".
Lamentablemente, a veces el divorcio llega, por voluntad propia o ajena
y ahí la mujer o el hombre (según sea el caso) se encuentra teniendo que
repartir con su futur@ ex, bienes que no eran realmente de la sociedad
conyugal, sino propios.
Recuerde que los bienes recibidos por herencia son siempre de carácter
propio, nunca ganancial.
Tenga presente la conveniencia de consultar a un abogado antes de
encargar la nueva escritura, ya que el Escribano no es su abogado de
parte sino quien plasma en la escritura "lo que Ud. le pide". Algunos
dirán que si hay coincidencias de fechas entre la venta de un bien y la
compra del otro es fácil comprobar que fue comprado con dinero
proveniente del primero, pero a la hora del conflicto, no resulta tan
fácil probarlo y que sea reconocido judicialmente. Recuerde que en temas
patrimoniales siempre es mejor prevenir que litigar.
La Dra. Mirta S. Núñez es Abogada, Mediadora, Psicóloga Social Especialista en Planificación Personal Web site: www.mirta-nunez.com.ar E-mail: infoarrobamirta-nunez.com.ar Directora del Boletín "Familia y Planificación Personal". Publicado por Mujeres de Empresa bajo el título: Como inscribir un bien comprado con dinero proveniente de una herencia y distribuído bajo una Licencia Creative Commons.
http://www.mujeresdeempresa.com/finanzas/finanzas050201.shtml
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