Contabilidad básica, manual y casos prácticos

1.- CONCEPTOS GENERALES

Considerando que la Contabilidad es una técnica que tiene como finalidad apoyar y optimizar los procesos de la Administración y de la Economía en una organización empresarial, su enseñanza requiere de objetivos claramente definidos y prácticos, factibles de aplicar con exacta precisión.

Es por este motivo, que el presente Manual, pretendiendo entregar contenidos básicos de la contabilidad, centrará su enseñanza en el material didáctico y participación del alumno en el desarrollo de situaciones y casos prácticos que deberá resolver.

Se planteará en éste una pequeña reseña de los Objetivos, función y finalidad de la Contabilidad, para luego hacer un breve paso por la documentación mercantil y bancaria que son los documentos que registran los hechos económicos históricos ocurridos en la empresa y que se consolidan como la base de los registros contables elaborados posteriormente en los sistemas de contabilidad que llevará la institución.

Seguidamente, se entregarán los Conceptos de Contabilidad, y sus operaciones esenciales, desarrollando finalmente, registros de procesos contables básicos que conduzcan a la elaboración, análisis e interpretación de Estados Financieros, finales, como son los Estados de Resultados de una empresa.

DEFINICIÓN
LA CONTABILIDAD es una técnica auxiliar de la Economía, cuya finalidad es apoyar los procesos en la Administración de una empresa de manera de aportarle eficiencia. La información que entrega sirve a los Ejecutivos para orientar la Toma de Decisiones con respecto al futuro de la organización.
Es el arte de registrar, clasificar y sintetizar en forma significativa expresándolos en dinero los actos y las operaciones que tengan aunque sea parcialmente características financieras y de interpretar sus resultados.

FUNCIONES

Históricas, se manifiesta por el registro cronológico de los hechos económicos que van apareciendo en la vida de la empresa Ejm: La anotación por orden de fechas de todos los cobros y pagos que se van realizando.

Estadística, es el reflejo de los hechos económicos en cantidades que dan una visión real de la forma como queda afectada la situación de la empresa Ejm: Ver el crecimiento de la empresa en cinco años.

Económica, estudia el proceso que se sigue para la obtención del producto Ejm: Costo – beneficio.

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Financiera, analiza la obtención de los recursos, para hacer frente a los compromisos de la empresa Ejm: Ver con que dinero cuenta la empresa, conocer los plazos de cobros a clientes y compromisos de pago a acreedores.

Fiscal, es saber cómo le afecta las disposiciones fiscales, conocer todos los impuestos existentes Ejm: Iva, Renta, Impuesto único, etc.

Legal, conocer los artículos del código de comercio, código del trabajo y otras leyes que puedan afectar a la empresa para que la contabilidad refleje de manera legal el contenido de la actividad Ejm: Salud, AFP, etc.

– OBJETIVO

• Proporcionar una imagen numérica de la que en realidad sucede en la vida y en la actividad de la empresa, conocer el Patrimonio y sus modificaciones.

• Proporcionar una base en cifras para orientar las actuaciones de gerencia en su toma de decisiones.

• Proporcionar la justificación de la correcta gestión de los recursos de la empresa.

– LA CONTABILIDAD COMO SISTEMA

Dentro del macro-sistema “empresa” existen una variedad de Subsistemas de Información Administrativa, entre los cuales encontramos el Subsistema de Información Contable.

– CARACTERÍSTICAS DE LA INFORMACIÓN CONTABLE

– PRINCIPIOS CONTABLES

Con el objeto de que los estados financieros puedan ser entendidos por terceros, es necesario que sean preparados con sujeción a un cuerpo de reglas o convenciones previamente conocidas y de aceptación general.
Los principios son pocos y representan las presunciones básicas sobre las que descansan las normas. Necesariamente derivan de los factores económicos y políticos del medio ambiente, de las formas de pensar y de las costumbres de todos los segmentos de la comunidad que involucra al mundo de los negocios.
A continuación se resumen los Principios Contables de Aceptación General, los que son determinados por
las características del medio ambiente en el cual se desenvuelve la contabilidad.

1.- Equidad: La equidad entre intereses opuestos debe ser una preocupación constante en contabilidad, puesto que los que se sirven de, o utilizan los datos contables, puedan encontrarse ante el hecho de que sus intereses particulares se hallen en conflicto. De esto se desprende que los estados financieros deben prepararse de tal modo que reflejen con equidad los distintos intereses en juego en una entidad. Este principio en el fondo es el postulado básico o principio fundamental al que está subordinado el resto.

2.- Entidad Contable: Los estados financieros se refieren a entidades económicas específicas, que son distintas al dueño o dueños de la misma.

3.- Empresa en Marcha: Se presume que no existe un límite de tiempo en la continuidad operacional de la entidad económica y por consiguiente, los cifras presentadas no están reflejadas a sus valores estimados de realización. En los casos en que exista evidencias fundadas que prueben lo contrario, deberá dejarse constancia de este hecho y su efecto sobre la situación financiera.

4.- Bienes Económicos: Los estados financieros se refieren a hechos, recursos y obligaciones económicas susceptibles de ser valorizados en términos monetarios.

5.- Moneda: La contabilidad mide en términos monetarios, lo que permite reducir todos sus componentes heterogéneos a un común denominador.

6.- Período de Tiempo: Los estados financieros resumen la información relativa a períodos determinados de tiempo, los que son conformados por el ciclo normal de operaciones de la entidad, por requerimientos legales u otros.

7.- Devengado: La determinación de los resultados de operación y la posición financiera deben tomar en consideración todos los recursos y obligaciones del período aunque éstos hayan sido o no percibidos o pagados, con el objeto que de esta manera los costos y gastos puedan ser debidamente relacionados con los respectivos ingresos que generan.

8.- Realización: Los resultados económicos sólo deben computarse cuando sean realizados, o sea cuando la operación que las origina queda perfeccionada desde el punto de vista de la legislación o prácticas comerciales aplicables y se hayan ponderado fundadamente todos los riesgos inherentes a tal operación. Debe establecerse con carácter general que el concepto “realizado” participa del concepto de devengado.

9.- Costo Histórico: El registro de las operaciones se basa en costos históricos (producción, adquisición o canje); salvo que para concordar con otros principios se justifique la aplicación de un criterio diferente (valor de realización). Las correcciones de las fluctuaciones del valor de la moneda, no constituyen alteraciones a este principio, sino menos ajustes a la expresión numeraria de los respectivos costos.

10.- Objetividad: Los cambios en activos, pasivos y patrimonio deben ser contabilizados tan pronto sea posible medir esos cambios objetivamente.

11.- Criterio Prudencial: La medición de recursos y obligaciones en la contabilidad, requiere que estimaciones sean incorporadas para los efectos de distribuir costos, gastos e ingresos entre períodos de tiempo relativamente cortos y entre diversas actividades. La preparación de estados financieros, por lo tanto, requiere que un criterio sano sea aplicado en la selección de la base a emplear para lograr una decisión prudente. Esto involucra que ante dos o más alternativas debe elegirse la más conservadora. Este criterio no debe ser afectado por la presunción que los estados financieros podrían ser preparados en base a una serie de reglas inflexibles. En todo caso los criterios adoptados deben ser suficientemente comprobables para permitir un entendimiento del razonamiento que se aplicó.

12.- Significación o Importancia Relativa: Al ponderar la correcta aplicación de los principios y normas, deben necesariamente actuarse con sentido práctico. Frecuentemente se presentan situaciones que no encuadran con los principios y normas aplicables y que, sin embargo, no presentan problemas debido a que el efecto que producen no distorsiona a los estados financieros considerados en su conjunto. Desde luego, no existe una línea demarcatoria que fije los límites de lo que es y no es significativo, y debe aplicarse el mejor criterio para resolver lo que corresponda en cada caso de acuerdo con las circunstancias, teniendo en cuenta factores tales como el efecto relativo en los activos, pasivo, patrimonio, o en el resultado de las operaciones del ejercicio contable.

13.- Uniformidad: Los procedimientos de cuantificación utilizados deben ser uniformemente aplicados de un periodo a otro. Cuando existan razones fundadas para cambiar de procedimientos, deberá informarse este hecho y su efecto.

14.- Contenido de Fondo Sobre la Forma: La contabilidad pone énfasis en el contenido económico de los eventos aun cuando la legislación puede requerir un tratamiento diferente.

15.- Dualidad Económica: La estructura de la contabilidad descansa en esta premisa (partida doble) y está constituida por: a) recursos disponibles para el logro de los objetivos establecidos como meta y b) las fuentes de éstos, las cuales también son demostrativas de los diversos pasivos contraídos.

16.- Relación Fundamental de los Estados Financieros: Los resultados del proceso contable son informados en forma integral mediante un estado de situación financiera y por un estado de cuentas de resultado, siendo ambos necesariamente complementarios entre si.

17.- Objetivos Generales de la Información Financiera: La información financiera está destinada básicamente para servir las necesidades comunes de todos los usuarios. También se presume que los usuarios están familiarizados con las prácticas operacionales, el lenguaje contable y la naturaleza de la información presentada.

18.- Exposición: Los estados financieros deben contener toda la información y discriminación básica y adicional que sea necesaria para una adecuada interpretación de la situación financiera y de los resultados económicos delante a que se refiere.

2.- INVENTARIOS

– ECUACIÓN DEL INVENTARIO

Toda empresa se inicia con un inventario, denominado INVENTARIO INICIAL:

“Es un listado detallado de los bienes y deudas que posee el comerciante, y con los que empieza su actividad comercial”.

Está compuesto por ACTIVO, PASIVO y CAPITAL.

Fórmula de la igual del inventario es:

– TEORÍA DE INVARIABILIDAD DEL CAPITAL

Según esta teoría, el Capital debe permanecer invariable a fin de
determinar su incremento o disminución en el transcurso de un período operacional de la empresa.

De esta forma, una empresa podrá comparar su Capital Inicial con el Capital Final y determinar si:
• Capital Inicial < Capital Final = Utilidad
• Capital Inicial > Capital Final = Pérdida Recordar

El Capital aumenta con las utilidades; disminuye con las pérdidas.

Como el Capital no puede variar, se habilitan dos tipos de cuentas:

a) De pérdidas
b) De ganancias.
Ejercicio N° 8

Determinar la ecuación del inventario de una empresa

2-Marzo-2001:
Un comerciante inicia actividades con los siguientes aportes:
Dinero en efectivo…………………………..$ 4.500.000
Un local comercial valorizado en ……. $ 3.200.000
Una camioneta valorizada en………… $ 5.650.000

Letras por deuda del 50% camioneta

Tres Letras a su favor, por $75.000 c/u

– IGUALDAD DEL INVENTARIO INICIAL

3.- LA CUENTA

“Es una agrupación sistemática de los cargos y abonos relacionados a una persona o situación de la misma naturaleza, que se registran bajo un encabezamiento o título que los identifica.”

Ejemplo:
Ingresos y salidas de dinero en efectivo, se registrará en la cuenta llamada “Caja”. Los dineros que están depositados en el Banco, se registrarán en Cuenta Banco.”

– TRATAMIENTO CONTABLE DE LAS “CUENTAS”
Se representa por una T. esquemática que tiene dos partes:

DEBE y HABER
Los que sólo son nombres convencionales para identificar izquierda y derecha.

CONCEPTOS
a) Las anotaciones registradas al Debe de la cuenta se llaman cargos.

b) Las anotaciones registradas al Haber de la cuenta se llaman abonos.

c) La suma de los cargos se llama: débitos

d) La suma de los abonos se llama: créditos

e) La diferencia entre débitos y créditos se llama saldo.

f) Cuando los débitos son mayores, se llama saldo deudor.

g) Cuando los créditos son mayores, se llama saldo acreedor

h) Cuando débitos y créditos son iguales, se dice que la cuenta está saldada

Recordar
• Las cuentas de Activo, si tienen saldo, éste siempre será Deudor.
• Las cuentas de Pasivo, si tienen saldo, éste siempre será Acreedor
• Las cuentas de Pérdida, tendrán saldo deudor.
• Las cuentas de Ganancias, tendrán saldo acreedor.

PLAN DE CUENTAS

“Es el listado de Cuentas que una empresa ha determinado utilizar para el desarrollo de sus procesos contables, lo que dependerá de la naturaleza de las actividades económicas que realice.” (Ej. No es lo mismo la contabilidad de un hospital que la de un supermercado).

Requisitos del Plan de Cuentas

1) Debe ser amplio, de manera de abarcar todas las actividades de la empresa.

2) Debe ser flexible, para que pueda adaptarse a la evolución de la empresa.

3) Desde el punto de vista formal, debe tener un sistema de codificación numérico de las cuentas, de manera que sea fácil su identificación por grupos.

Recordar
DEBE Y HABER, DEBEN SUMAR IGUALES.

4.- SISTEMA CONTABLE “JORNALIZADOR”

Debe utilizar los Libros o Registros Contables exigidos por el Código en su artículo 25, que dice

Para que tengan validez legal, estos libros deben estar timbrados por el Servicio de Impuestos Internos.

Se prohíbe
Alterar el orden y fecha de las operaciones descritas, dejar espacios en blanco, hacer raspaduras o enmienda, borrar, arrancar hojas o alterar la encuadernación.

El Libro de Balances, se le llama de LIBRO INVENTARIOS Y BALANCES:

Se registrará en éste la primera anotación contable que es el “Inventario Inicial del Comerciante, con sus Activos y sus Pasivos

LIBRO DIARIO
Consta de dos columnas: DEBE y HABER, las que al sumarlas, siempre deberán totalizar iguales, respondiendo al principio contable de la PARTIDA DOBLE

Las anotaciones que se registran en éste, se llaman ASIENTOS o PARTIDAS CONTABLES

Asientos contables
Se define como la representación gráfica de la “Partida Doble”
Características:

a) Numeración correlativa; fecha cronológica
b) Cuentas deudoras (son las que registran “cargos”)
c) Cuentas acreedoras (las que registran “abonos)
d) Cargos valorizados (Debe); Abonos valorizados (Haber)
e) Glosa: breve explicación de la operación comercial que se registra

Tipos de Asientos

Asiento simple: consta de una cuenta deudora y una cuenta acreedora

Asiento compuesto: una o más cuentas deudoras y acreedoras.
Ejercicio N° 11

Con la siguiente información, registre “Libro Diario

– El comerciante inicia actividades con $1.570.000 en efectivo; muebles por $520.000; una deuda con letras por $250.000.-

– Abre una cuenta corriente con el 80% del efectivo

– Compra mercaderías por $1.680.000.- Cancela el 30% al contado con cheque, el saldo al Crédito Simple, con un 7% recargo.

– Arrienda un local comercial, $300.000.- paga con cheque

– Vende mercaderías por $560.000.- precio de costo, con un 35% de utilidad. Le cancelan el 20% al contado, el saldo al crédito simple con 8% recargo.

– Cancela, luz, agua, teléfono, $115.500.- con un cheque.

– Vende mercaderías por $618.000.- precio de costo, con un 40% utilidad. Le cancelan el 35% al contado, el saldo con 10% recargo con letras.

– Deposita el efectivo de las dos ventas.

– Paga con un cheque el 25% de la deuda inicial

– Paga con cheque el 30% de la deuda por mercaderías.
LIBRO DIARIO:
LIBRO MAYOR O DE CUENTAS CORRIENTES
Las transacciones registradas en el Libro Diario, se traspasan al Libro Mayor.
Este libro se representa por una T. Esquemática por cada cuenta con su Debe y Haber.
Función
Agrupar la información y sintetizarla, de manera de proporcionar los datos necesarios para la confección del Balance.

BALANCE GENERAL

Es un Estado Contable final, que muestra a una fecha determinada la situación económica y financiera de una empresa.

Situación económica : a la capacidad que tiene la empresa de generar utilidades.

Situación financiera, entendiendo la capacidad de la empresa para cancelar sus deudas oportunamente.

• Formas de presentación del Balance General:

Se confecciona al 31 de Diciembre de cada año. Se presenta de dos formas:

a) Balance General Tributario, llamado “Tabular” o “de 8 columnas”.
Es un Estado de Resultados. Exigido por el Servicio de Impuestos Internos, para efectos de pagos tributarios. (Declaración Anual de Impuesto a la Renta).

• Operatoria:

Consta de ocho columnas:

a) Las primeras cuatro, valorizadas, corresponden al Balance de Comprobación y de Saldos (débitos, créditos, saldo deudor y acreedor). SUMAN IGUALES DE DOS EN DOS.

b) Las dos siguientes columnas, corresponden al Inventario, son: ACTIVO y PASIVO. Se registran en éstas los saldos correspondientes según sea el tipo De cuenta. SUMAN DESIGUALES.

c) Las dos últimas columnas, corresponden a RESULTADOS: PÉRDIDAS o GANANCIAS. Se registran aquí los saldos correspondientes. SUMAN DESIGUALES.

Se cuadra éste, determinando la diferencia entre ACTIVO y PASIVO y entre PÉRDIDAS y GANANCIAS, la que deberá ser igual.
Finalmente, el resultado de éste será o Pérdida o Ganancia.

Del ejemplo anterior

5.- SISTEMA CONTABLE “CENTRALIZADOR”

Características del Sistema:
1.- Simplifica el registro contable.
2.- Si se usa un sistema manual implica división del trabajo.
3.- Las operaciones se asientan cronológicamente en los diarios auxiliares los que a final del mes se centralizan en forma resumida en el diario general a través de asientos.

Los libros varían según la naturaleza de la empresa debiéndose llevar un libro por cada una de las principales operaciones a realizar.
La función y el diseño de los diarios auxiliares dependerán de la empresa que lo adopte, teniendo presente el número de operaciones y las necesidades de información que esta requiera.

Base de Contabilización del Sistema

1.- A base de efectivo: Registra las operaciones tal cual como estas sean canceladas.

2.- A base de Acumulación: Contabiliza el compromiso y luego el pago.

Ejemplo: El 15/09 se hacen una compra al proveedor xy según Factura Nº 1234 por $ 2.050.000.- la compra se cancela al contado el 20/09.

A base de efectivo:

En consideración a lo anterior en el sistema centralizador todas las operaciones se contabilizan como hechas al crédito y posteriormente para evitar la sobre posición de las cifras se regulariza el pago en los diarios auxiliares respectivos.

Comprobantes Internos

Libros Auxiliares

Libros de Contabilidad
6.- LIBRO COMPRA – VENTA
Impuesto a las Ventas y Servicios DL. 825 Ley sobre Impuesto a las Ventas y Servicios
Articulo 1º DL. 825: Establécese, a beneficio fiscal, un impuesto sobre las ventas y servicios, que se regirá por las normas de la presente ley.
Articulo 2º DL. 825: para los efectos de esta ley, salvo que la naturaleza del texto implique otro significado, se entenderá:
1.- Por “venta”, toda convención independiente de la designación que le den las partes, que sirva para transferir a título oneroso el dominio de bienes corporales muebles, bienes corporales inmuebles de propiedad de una empresa constructora construido totalmente por ella o que en parte hayan sido construidos por un tercero para ella, de una cuota de dominio sobre dichos bienes o de derechos reales constituidos sobre ellos, como asimismo, todo acto o contrato que conduzca al mismo fin o que la presente ley equipare a la venta.
2.- Por “servicio”, la acción o prestación que una persona realiza para otra y por la cual percibe un interés, prima, comisión, o cualquiera otra forma de remuneración, siempre que provenga del ejercicio de las actividades comprendidas en los Nº 3 y 4 del articulo 20 de la Ley sobre Impuesto a la Renta.
3.- Por “vendedor”, cualquier persona natural o jurídica, incluyendo las comunidades y las sociedades de hecho, que se dedique en forma habitual a la venta de bienes corporales muebles, sean ellos de su propia producción o adquiridos de terceros. Asimismo se considerará “vendedor la empresa constructora, entendiéndose por tal a cualquier persona natural o jurídica, incluyendo las comunidades y las sociedades de hecho, que se dedique en forma habitual a la venta de bienes corporales inmuebles de su propiedad, construidos totalmente por ella o que en parte hayan sido construidos por un tercero para ella. Corresponderá al Servicio de Impuestos Internos calificar, a su juicio exclusivo, la habitualidad. Se considera también “vendedor” al productor, fabricante o empresa constructora que venda materias primas o insumos que, por cualquier causa, no utilice en sus procesos productivos.
4.- Por “prestador de servicios”, cualquier persona natural o jurídica, incluyendo las comunidades y las sociedades de hecho, que preste servicios en forma habitual o esporádica.
5.- Por un “período tributario”, un mes calendario, salvo que esta ley o la Dirección Nacional de Impuestos Internos señale otro diferente.
Articulo 3º DL. 825: son contribuyentes, para los efectos de esta ley, las personas naturales o jurídicas, incluyendo las comunidades y las sociedades de hecho, que realicen ventas, que presten servicios o efectúen cualquier otra operación gravada con los impuestos establecidos en ella.
Articulo 4º DL. 825: estará, gravadas con el impuesto de esta ley las ventas de bienes corporales e inmuebles ubicados en el territorio nacional, independientemente del lugar en que se celebre la convención respectiva.

Articulo 5º DL. 825: el impuesto establecido en esta ley gravará los servicios prestados o utilizados en el territorio nacional, sea que la remuneración correspondiente se pague o perciba en Chile o en el extranjero.
Articulo 6º DL. 825: los impuestos de la presente ley afectará también al Fisco, instituciones semifiscales, organismos de administración autónoma, municipalidades y a las empresas de todos ellos, o en que ellos tengan participación, aún en los casos en que la leyes por que se rijan los eximan de toda clase de impuestos o contribuciones, presentes o futuros.

Articulo 7º DL. 825: los impuestos que establece esta ley se aplicará sin perjuicio de los tributos especiales contemplados en otras leyes que gravan la venta, producción o importación de determinados productos o mercaderías o la prestación de ciertos servicios.

Articulo 14º DL. 825: los contribuyentes afectos a las disposiciones del presente pagarán el Impuesto con una tasa del 19% sobre la base imponible.

Articulo 20º DL. 825: constituyen débito fiscal mensual la suma de los impuestos recargados en las ventas y servicios efectuados en el período tributario respectivo.
El impuesto a pagarse se determinará, estableciendo la diferencia entre el débito fiscal y el crédito fiscal, determinado según las normas del párrafo 6.

Articulo 23º DL. 825: (párrafo 6) los contribuyentes afectos al pago del tributo de este título tendrán derecho a un crédito fiscal contra el débito fiscal determinado por el mismo período tributario.

Articulo 25º DL. 825: para hacer uso del crédito fiscal, el contribuyente deberá acreditar que el impuesto le ha sido recargado en las respectivas facturas o pagados según los comprobantes de ingreso del impuesto tratándose de importaciones, y que estos documentos han sido registrados en los libros.

Articulo 26º DL. 825: si de la aplicación de las normas contempladas en los artículos precedentes resultaren un remanente de crédito a favor del contribuyente, respecto de un periodo tributario, dicho remanente no utilizado se acumulará a los créditos que tengan su origen en el periodo tributario inmediatamente siguiente. Igual regla se aplicará en los periodos sucesivos si a raíz de estas acumulaciones subsistiere un remanente a favor del contribuyente.

Articulo 27º DL. 825: para los efectos de imputar los remanentes de crédito fiscal a los débitos que se generen por las operaciones realizadas en los periodos tributarios inmediatamente siguientes, los contribuyentes podrán reajustar dichos remanentes, convirtiéndolos en unidades tributarias mensuales según su monto vigente a la fecha en que debió pagarse el tributo.

Articulo 51º DL. 825: para el control y fiscalización de los contribuyentes de la presente ley, el Servicio de Impuestos Internos llevará, en forma que establezca el reglamento, un Registro a base del Rol Único Tributario.
Con tal objeto, las personas que inician actividades susceptibles de originar impuestos de esta ley, deberán solicitar su inscripción en el Rol Único Tributario, antes de dar comienzo a dichas actividades.

EL IVA EN LAS COMPRAS Y VENTAS

IVA CREDITO FISCAL: cuando una empresa compra mercaderías tiene que pagar un precio que incluye el valor neto de la mercadería más el impuesto al valor agregado. Para reflejar en la contabilidad el Iva cancelado en las compras se utiliza la cuenta llamada Iva Crédito Fiscal. Esta es una cuenta de Activo, porque el Iva cancelado queda “a favor de la Empresa”, hasta que se haga la compensación con el Iva de las Ventas.

PRECIO DE COMPRA = VALOR COMPRA NETO + 13% IVA

IVA DEBITO FISCAL: cuando la empresa vende mercaderías tiene que cobrar al cliente un precio que incluya el valor de la mercadería más el Impuesto al valor agregado, para reflejar en la contabilidad el Iva de las ventas cobrado al cliente, se utiliza una cuenta llamada Iva Débito Fiscal. Esta es una cuenta de Pasivo, porque el Iva cobrado es un “valor adeudado al fisco”, hasta que se haga la compensación con el Iva de las compras.

PRECIO DE VENTA = VALOR VENTA NETO + 13% IVA

Al cierre de cada mes las empresas tienen QUE COMPARAR EL Iva de las compras con el Iva de las ventas para declarar remanente o pago de Impuesto.

IVA CRÉDITO MAYOR IVA DÉBITO: este caso se da cuando el impuesto de las compras supera al impuesto de las ventas. Como resultado se obtiene un Iva Remanente que se acumula y se traspasa para el mes siguiente, el Iva Remanente es una cuenta de Activo.

IVA REMANENTE = IVA COMPRAS > IVA VENTAS

IVA DÉBITO MAYOR IVA CRÉDITO: este caso se da cuando el impuesto de las ventas supera al impuesto de las compras. Como resultado se obtiene un Iva a Pagar, el Iva a Pagar es una cuenta de Pasivo.

IVA A PAGAR = IVA VENTAS > IVA COMPRAS

El Iva Remanente o Iva a Pagar se declaran en el formulario Nº 29 del SII, el que se paga a más tardar el día 12 de cada mes. (Articulo 64º DL 825).

Diario de Ventas

Diario de Compras

Ejercicio Nº 1: Don Zacarías Labarca Del Río tiene el siguiente movimiento en el mes de Septiembre.

En el mes de Octubre realiza los siguientes movimientos.

Se pide:
Confeccionar Libro Compra – Venta
Determinar Pago de Impuesto
Centralización en Libro Diario
Asientos de Ajuste

Ejercicio Nº 2: Doña Zoila Vaca tiene el siguiente movimiento de compra y venta en el mes de Abril.

Omisión o Presentación de Declaraciones Fuera de Plazo: (Declaración mensual formulario 29)

Esta infracción es una de las más comunes, se origina generalmente por la falta de financiamiento en la fecha de su pago, no obstante el contribuyente debe tener presente lo caro que resulta éste atraso, por cuanto la infracción devengada durante el primer mes o fracción del mes, un 11,5% de recargo (1,5% de interés penal más un 10% de multa) más un 1,5 % por cada mes o fracción de mes, más un 2% también por cada mes o fracción, éste último con un tope del 30%. El siguiente ejemplo ilustrará sobre ésta infracción.

Ejemplo:
Un contribuyente debe pagar el 12 de Abril de 1996, sus impuestos correspondientes al mes de marzo y que ascienden a $ 450.000.-, los cuales por falta de financiamiento sólo cancela el 30/ 11/96.

Se pide: Determinar la cifra total a pagar.
Desarrollo
a) Lo primero que se debe determinar es el reajuste de la cantidad impaga, que para este caso estimamos el 7 % de IPC.

Luego: $450.000×7% = $ 31.500 Reajuste.

b) A continuación se determinará el interés penal, el que asciende a un 1,5 % por cada mes o fracción de mes, en éste caso particular el interés total es un 12 % (Desde Abril a Noviembre se producen 8 meses de atrasos por 1,5 % es igual a 12 %). Este porcentaje se aplica sobre el impuesto adeudado debidamente reajustado.
Impuesto Nominal $ 450.000.-
Más: Reajuste $ 31.500.-
Total $ 481.500.- Por el interés 12% $ 57.780

c) Finalmente debemos calcular la multa, la cual asciende a un 10% por el primer mes o fracción de mes, adicionándole un 2% por cada nuevo mes o fracción de mes, con un tope de un 30%; en éste caso particular la multa total es un 24%. Porcentaje que se explica de la siguiente manera:
Abril 10 % (Primer mes o fracción de mes, como la obligación vencía el 12 de abril al 30 del mismo, se produce la fracción).

Este porcentaje se aplica sobre el impuesto adeudado debidamente reajustado.
Impuesto Reajustado $481.500.

Comentario
Como se puede apreciar el monto definitivo a pagar representó $ 204.840 de más, es decir un 45,5 % de recargo. En consecuencia y teniendo en consideración éstas cifras concluimos que no resultó para nada recomendable deberle al Estado, y encontramos en esa situación que lo más conveniente, es lograr un financiamiento externo, instituciones que para un crédito de 8 meses nunca aplicaría una tasa superior a un 11 % cifra bastante más baja que la determinada con cifras y porcentajes de éste ejemplo (45,5 %)

Ejercicio:
Un contribuyente debe pagar el 12 de Mayo de 2004, sus impuestos correspondientes al mes de abril y que ascienden a $ 120.000.-, los cuales por falta de financiamiento sólo cancela el 30/ 09/2004. Estimamos el 8 % de IPC.

Se pide: Determinar la cifra total a pagar.

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Robleto Ugarte Teresa del Carmen. (2011, octubre 26). Contabilidad básica, manual y casos prácticos. Recuperado de https://www.gestiopolis.com/contabilidad-basica-manual-y-casos-practicos/
Robleto Ugarte Teresa del Carmen. "Contabilidad básica, manual y casos prácticos". gestiopolis. 26 octubre 2011. Web. <https://www.gestiopolis.com/contabilidad-basica-manual-y-casos-practicos/>.
Robleto Ugarte Teresa del Carmen. "Contabilidad básica, manual y casos prácticos". gestiopolis. octubre 26, 2011. Consultado el . https://www.gestiopolis.com/contabilidad-basica-manual-y-casos-practicos/.
Robleto Ugarte Teresa del Carmen. Contabilidad básica, manual y casos prácticos [en línea]. <https://www.gestiopolis.com/contabilidad-basica-manual-y-casos-practicos/> [Citado el ].
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