Objetivos
General
Caracterizar el desempeño y vigencia del comisario mercantil como órgano de control interno en las sociedades anónimas venezolanas.
Específicos
Identificar los factores que inciden en la calidad del desempeño del comisario.
Analizar la figura del comisario en los aspectos relativos a los requisitos, rasgos y funciones.
Elaborar recomendaciones que permitan mejorar esta importante figura de control interno en las sociedades anónimas venezolanas.
Marco regulatorio
Jurisprudencia
Código de Comercio - 21 artículos.
Ley de Mercado de Capitales.
Ley de los Profesionales que pueden jercer la función de comisario.
Otras Leyes.
Normas Interprofesionales.
Resoluciones FECLAVE (2003) Normas - CNV
Dictámenes - Superintendencia de Seguros
Publicaciones Técnicas del Colegio de Contadores Públicos de Venezuela
Proyecto Morles (1987).
Su significado en las sociedades anónimas (Consideraciones).
¿Quiénes pueden ser designados comisarios y quiénes no?
¿Cuántos comisarios deben ser designados? y ¿Qué requisitos deben cumplir?
• Código de Comercio
• Ley de Ejercicio de la Profesión del Licenciado en Administración
• Ley de Mercado de Capitales
• Normas Interprofesionales
• Proyecto Morles
• Autores Patrios
• Derecho Comparado
Remuneración
• Código de Comercio.
• Ley de Mercado de Capitales.
• Doctrina.
• Normas Interprofesionales 2005.
•Tabla del Colegio de Economistas del Distrito Federal Miranda y Vargas.
• Propuesta de la Sociedad Venezolana de Economistas Consultores de Venezuela.
• Anteproyecto de Reglamento de la Ley de Mercado de Capitales (S.V.E.C.)
I. Introducción
II. Resultado de la evaluación de la gestión administrativa y de las operaciones económicas-financieras
III. Resultado sobre la evaluación estatutaria
IV. Informe sobre denuncias
V. Cualquier otro aspecto relacionado con su evaluación
VI. Observaciones y recomendaciones
Instructivo para la Elaboración del Informe del comisario
Duración del comisario en sus funciones
Legislador: C. de Co. / Doctrina patria
Práctica Mercantil / Proyecto Morles
Derecho Comparado: México, Argentina y España
Responsabilidad
Derecho Civil: C.Civil 1692 y 1693 – 1185 y 1195
Derecho Penal: C. Penal
Disciplinaria: Leyes y Códigos de Ética
Administrativa: Normas Interprofesionales.