Ciertos sectores de contribuyentes como el comercio informal evaden sus obligaciones fiscales, la autoridad inició 2008 con medidas para reducir dicha evasión fiscal, logrando hasta septiembre de este año un incremento en la recaudación del 12.1% respecto del mismo periodo del año anterior.
Es tiempo de que cada uno de los mexicanos aportemos un grano de arena para la solución a la evasión fiscal.
Actualmente las administraciones públicas federales, estatales y municipales en nuestro país tienen la necesidad de obtener recursos para lograr solventar el gasto público.
Nuestra carta magna ordena:
“Son obligaciones de los mexicanos:
I. ……
II. ……
III. ……
IV. Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación, como del
Distrito Federal o del Estado y Municipio en que residan, de la manera
proporcional y equitativa que dispongan las leyes.
Derivada de tal obligación surgen diversas circunstancias que complican el problema de la recaudación de contribuciones y su aplicación para solventar en forma eficiente el gasto público.
En primer lugar nuestro país actualmente cuenta con una legislación en el área fiscal un tanto complicada para la mayoría de los contribuyentes del sector semiformal o informal en el cuál se encuentra un gran número de posibles sujetos que pudieran apoyar la recaudación en nuestra nación, como las personas físicas con actividad empresarial dentro del régimen de pequeños contribuyentes en el que deberían de estar registrados los comercios ambulantes de tianguis, mercados o en la vía pública entre otros.
Las autoridades en el orden municipal son las que menor posibilidad de cobro de contribuciones tienen, ya que la mayor parte la recauda la federación, seguida por los estados o el Distrito federal, dejando a los municipios la disyuntiva de diseñar contribuciones que la ayuden a solventar sus necesidades primordiales para prestar servicios públicos de calidad.
Dentro del ámbito de los negocios familiares, sean pequeñas o medianas empresas que dan servicios y ofrecen productos al público en general existe una gran evasión fiscal, ya que por lo complicado de las leyes de la materia recaudatoria se tiene un sistema en el cuál no se controla en forma estricta por alguno de los tres ordenes de Gobierno, el federal no tiene la capacidad ya que se encuentra enfocado a contribuyentes debidamente registrados, le turna la facultad para los estados que quieran ejercer dicha facultad de fiscalización, en el caso de dichas entidades federativas hasta la fecha no se ha ejercido debidamente la fiscalización debido a que se enfocan a contribuyentes intermedios y el municipio que tiene más contacto con este tipo de contribuyentes, ya que en apego legal deberían de tramitar una Licencia Municipal por desarrollar su actividad en cualquier localidad actualmente no tiene la facultad para revisar si contribuyen o no al pago de contribuciones por la generación de ingresos.
Por lo anteriormente expuesto los municipios siempre carecen de recursos suficientes para lograr solventar las necesidades prioritarias de una comunidad como son el aseo público, la seguridad pública, la pavimentación, el alumbrado público, los mercados municipales, los cementerios y un sin fin de servicios que son los que directamente afectan a la sociedad en su calidad de vida para los habitantes.
Lograr convencer a un contribuyente de pagar contribuciones no es una tarea fácil, es bastante problemática y también las autoridades tendrían que ofrecer a los contribuyentes alguna forma de demostrar que al pagar ellos sus contribuciones se verán beneficiados con servicios públicos que actualmente son deficientes o en su caso ni se tienen y romper con el círculo vicioso de: No pago contribuciones, ya que las autoridades no lo aplican correctamente en los servicios públicos que necesita la comunidad.
De esta manera se ejerce presión desde los dos puntos de vista, en principio del sujeto activo llamada así a la autoridad para que fiscalice a los contribuyentes para que cumplan con la obligación constitucional de contribuir al gasto público y en segundo lugar presionar por el lado el sujeto pasivo llamado así al contribuyente que cumpla con sus obligaciones tributarias, exija a las autoridades la adecuada aplicación de los recursos recaudados para que se refleje en servicios públicos de calidad en su comunidad seguidas de su municipio, estado o Distrito Federal y finalmente en la Nación para de esta forma crear la cultura del cumplimiento de obligaciones constitucionales respecto del pago de contribuciones y su correcta aplicación por parte de los dos sujetos el activo y el pasivo que actualmente es muy deficiente en nuestro país.
Los pequeños contribuyentes representan un sector muy importante de evasión fiscal en nuestro país conforme lo estima la Secretaria de Hacienda y Crédito Público a través del Servicio de Administración Tributaria indicando:
“Evasión fiscal en Millones de pesos corrientes
Período Millones-pesos %Recaudación % del PIB
2000 16 0.004 0.000
2001 -72 -0.015 -0.001
2002 297 0.055 0.005
2003 326 0.055 0.005
2004 5,507 0.874 0.072
2005 5,959 0.848 0.072
2006 5,604 0.676 0.062”[i]
Derivado de la anterior tabla informativa se ve reflejado un importante monto que se pudiera recaudar en nuestro país en ese sector de contribuyentes que puede ayudar a solventar el gasto público.
Nuestras autoridades
hacendarias han iniciado acciones para lograr disminuir la evasión
fiscal y a partir del 2008 se implantan dos nuevas contribuciones
federales el Impuesto Empresarial a Tasa Única y el Impuesto a los
Depósitos en Efectivo que tienen entres otros objetivos:
“Que nuestro país cuente con un sistema tributario más equitativo y
simple que evite la evasión y la elusión fiscal, con las modificaciones
fiscales se pretende establecer las bases de un sistema impositivo que
permita eliminar los regímenes preferenciales e incrementar la
recaudación mediante instrumentos tributarios flexibles, y que mejore
mediante más y mejores recursos la distribución del gasto público en
áreas prioritarias”
Ambos impuestos han tomado por sorpresa a los contribuyentes el Impuesto
Empresarial a tasa Única (IETU) que principalmente afecta a personas
morales y físicas que se encuentren dentro del objeto de la ley como es
el enajenar bienes, prestar servicios independientes u otorgar el uso o
goce temporal de bienes y que en su artículos de ley maneja un lenguaje
no muy sencillo que obliga al sujeto pasivo mejorar sus sistemas
contables y administrativos ya que los ingresos y las deducciones que
sirven de base para el calculo del IETU no son los mismos que para el
Impuesto Sobre la Renta (ISR) que actualmente maneja el contribuyente.
Se deberá estar muy al pendiente antes de pagar este nuevo impuesto IETU
una revisión contra el ISR ya que si el segundo es mayor al nuevo
impuesto no deberá pagarlo, pero en cambio si el IETU es mayor al ISR
entonces deberá pagar la diferencia en que excede el nuevo impuesto al
ya conocido ISR.
Este impuesto del IETU
tendrá una revisión que marcan sus disposiciones transitorias que
deberán realizar las autoridades hacendarias respecto de la conveniencia
de que se quede el IETU como impuesto en sustitución del ISR en lo
concerniente a los sujetos del mismo a más tardar el 30 de junio del
2011.
Por otro lado el impuesto a los depósitos en efectivo (IDE) tiene como
función principal atacar la evasión fiscal de algunos sectores de la
población a través de un control de las cuentas abiertas por personas
físicas o morales en instituciones del sistema financiero mexicano,
registradas o no ante la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP)
a través del control del Servicio de Administración Tributaria (SAT)
para de esta forma lograr identificar los sujetos que no están
registrados o no pagan debidamente sus contribuciones.
Los sujetos de este impuesto deberán pagar un 2% de todos aquellos
depósitos en efectivo en moneda nacional o extranjera y que al mes
rebasen la cantidad de $ 25,000.00 en sus cuentas de instituciones del
sistema financiero mexicano, así como también por la compra de cheques
de caja.
La institución del sistema financiero en la cuál tengan su cuenta los
sujetos del IDE deberá hacer las retenciones correspondientes y
enterarlas a la autoridad por cuenta de los contribuyentes.
Una de las características del IDE es que permite a los contribuyentes
que sí se encuentran registrados ante el SAT acreditarse o compensarse
este impuesto IDE que le retuvo la institución de sistema financiero
mexicano, con otras contribuciones a su cargo con ciertos requisitos
para de esta forma no añadir otra carga tributaria a los sujetos pasivos
cumplidos, por el contrario si el sujeto de la cuenta en la institución
no se encuentra registrado ante el SAT no tendrá la oportunidad de
acreditarse el impuesto que le esta reteniendo la Institución y quedará
como un impuesto pagado posiblemente por evasores fiscales.
Ya han pasado 11 meses de estos nuevos gravámenes fiscales y nuestras
autoridades del Servicio de Administración Tributaria han anunciado que
ha sido un éxito a través de su tercer informe de gestión tributaria del
2008 en el cuál indican lo siguiente sucedido de enero a septiembre:
“Ingresos tributarios administrados por el SAT
Presentaron un incremento de 12.1% en términos reales respecto del mismo trimestre de 2007. El ingreso por el impuesto sobre la renta, considerando el impuesto al activo y el impuesto empresarial a tasa única, aumentó 11.6%; por el impuesto al valor agregado se incrementó 10% en términos reales. La recaudación del impuesto a los depósitos en efectivo fue superior a lo estimado en la Ley de Ingresos en 6 mil 859.6 millones de pesos”.Como se observa parece que estos impuestos han incrementado la recaudación substancialmente, esperemos que la aplicación al gasto público sea tan eficiente que repercuta en beneficio de la población de nuestro país.
México debe urgentemente continuar afrontando los problemas que tiene destacando el de la evasión fiscal, ya que en un mundo globalizado se puede quedar en desventaja con otros países y perder competitividad al ser un país que no logra resolver de raíz sus problemas fundamentales y por consiguiente no resulte ser atractivo para posibles operaciones o negocios con extranjeros, ya que actualmente en la población existe la cultura del no pago de impuestos y lamentablemente los contribuyentes registrados o cautivos son los que absorben la carga fiscal nacional y los evasores continúan en un paraíso fiscal, generando ingresos y no contribuyendo a solventar las necesidades básicas de una comunidad de la cuál si se benefician por el pago de los contribuyentes cumplidos.
Es tiempo de aportar el grano de arena por nuestro país, que se traducirá en una mejora Nacional.
Egresada de la Facultad de Contaduría Pública de la Universidad del Valle de Atemajac.
Estudios de la Maestría en Fiscal en la Universidad del Valle de Atemajac.
Maestra certificada por la Asociación Nacional de Facultades y Escuelas de Contaduría y Administración.
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