Enseñanza del derecho financiero como ciencia en la formación de profesionales

A la luz de las transformaciones ocurridas en la Educación Superior Cubana y concretamente en su proceso de universalización, se observa que el desarrollo científico, tecnológico y educacional cubano es reflejo de la importancia que de la relación ciencia, tecnología y sociedad, y su relación con la formación de profesionales de la producción espiritual.

La nueva Universidad cubana garantiza la gestión del conocimiento a nivel de la localidad. Se dedica a la formación de valoras, de la responsabilidad, y de una ética profesional acorde con la misma. El proyecto de Licenciatura en Derecho consta de seis cursos y cuarenta y ocho asignaturas. Se estudia la importancia de la disciplina Derecho Financiero, desde sus orígenes hasta la actualidad, por su enorme importancia en la formación de juristas, ya que se trata de una materia de Derecho Público, que contiene regulaciones administrativas y de cumplimiento obligatorio para los ciudadanos y las personas jurídicas, que consta de cuatro disciplinas jurídicas que lo integran, y que son de mucha utilidad para el adecuado ejercicio profesional del futuro jurista.

Introducción

Es propósito de este trabajo mostrar la relación de la asignatura Derecho Financiero con los conceptos de Ciencia, Tecnología y Sociedad, que constituye uno de los componentes educacionales finales y aglutinadores del proyecto que emprende cada estudiante al matricular la carrera de Licenciatura en Derecho, tanto en nuestras Universidades, en cursos diurnos, como en las SUM en cursos mediante la variante de Clase Encuentro.

El Derecho Financiero, por su complejidad, rigurosidad, exactitud, y análisis lógico, influye decisivamente en la formación final del estudiante universitario de pregrado., a su vez que permite que el cursista consolide y recuerde variadas disciplinas que estudió en los cursos precedentes, confluyendo métodos y conceptos de diversas disciplinas de derecho privado y de derecho público, de las que se nutre, ya que utiliza instituciones que tuvieron su origen en aquellos.

Las clases – encuentros por parte de los profesores, y del autoestudio de los estudiantes de la SUM, requieren en la actualidad, de la utilización de las Técnicas de Información Computarizadas (TIC).

Conforme a lo anterior, en la SUM Ayda Pelayo de Cárdenas ha tenido lugar un impresionante proceso de docente que ha provocado el incremento de estudiantes en la citada institución, que ha requerido de la formación urgente de personal con experiencia profesional amplia, y que además carecía de experiencia docente, pero que estaba y esta dispuesto a aplicar sus conocimientos y a adquirir los necesarios para el ejercicio eficiente de la enseñanza universitaria.

Partiendo de una revisión del estado del arte y de la práctica, sintetizada en el marco teórico – referencial de la investigación, así como el estudio de las investigaciones precedentes, se definió como hipótesis general de la investigación, la siguiente:

Hi: Si la disciplina Derecho Financiero en la SUM “Ayda Pelayo” está debidamente enfocada como una disciplina final y aglutinadora de la carrera, entonces esta materia contribuirá favorablemente en la formación de un profesional del Derecho.

Objetivo General.

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* Demostrar la importancia de la disciplina Derecho Financiero en la formación de los profesionales del Derecho.

Esta investigación se ha estructurado de la siguiente forma:

* Introducción, donde se expone la situación problémica y se fundamenta el problema científico a resolver.

* En el Capítulo I conformado por el Marco Teórico Referencial donde se hace alusión a la revisión de la literatura especializada, tanto nacional como internacional (estado del arte y de la práctica), que pueden ser útiles al proyecto, profundizando en lo relativo a la disciplina Derecho Financiero en la Sede Universitarias Municipal.

* Cuerpo de Conclusiones derivadas de la investigación realizada, así como la Bibliografía consultada.

Desarrollo

Capítulo I:

Marco teórico referencial de la investigación.

1.1. Conceptos Generales

En el presente capítulo se exponen los elementos y evolución operada por el Derecho Financiero y su utilidad en la formación de los profesionales del Derecho.

Es de destacar los conocimientos que actualmente reciben nuestros estudiantes de Derecho y de Economía en la asignatura Derecho Financiero, cuyos antecedentes lejanos estan en la antigüedad de la humanidad.

Muchas opiniones centran el origen del Derecho Financiero en el antiguo Egipto, en la antigua Roma, y en la China. El profesor Julio Fernández Bulte ha expuesto la existencia de antecedentes en cuanto a la tributación en el derecho musulmán, en el Imperio de Carlomagno y en el derecho municipal y estatutario del medioevo europeo. El autor considera que en las sociedades originarias de nuestra América, antes del encuentro de los dos mundos, existían regulaciones referidas a esta materia. Existe una evidencia considerable que los egipcios hicieron progresos asombrosos en la ciencia de las mediciones exactas, cuestión que también aparentemente sucedió en China, y en la antigua Roma.

No es propósito del trabajo hacer un recuento sobre la historia o el origen de esta ciencia, que es aplicable tanto a la especialidad de Derecho como a la de Contabilidad. Sencillamente el autor considera necesario resaltar el papel de la disciplina surgida en etapas remotas, y que ha acompañado al hombre durante miles de años. Surgió por las necesidades de los Estados pequeños y grandes, repúblicas o monarquías, de recibir dinero, medios y recursos para el sostenimiento de la estructura de poder estatal.

Se señala por Nuñez Jover la existencia de nexos entre la ciencia, la tecnología y la sociedad, se han modificado durante el transcurso de varios siglos, y en la actualidad tienen una relevancia especial.

La Ciencia, tuvo una primera acepción conocida proviene del latín ciencia, es el conjunto de conocimientos obtenidos mediante la observación y el razonamiento, sistemáticamente estructurado y de los que se deducen principios y leyes generales. Saber o erudición.

La palabra tecnología proviene del griego, de la unión de las palabras tecné, que significa arte u oficio, con logos, que significa conocimientos. Conjunto de teoría y técnicas que permiten el aprovechamiento práctico del conocimiento científico.

Lenguaje propio de una ciencia o arte. Conjunto de los instrumentos y procedimientos industriales de un determinado sextos o producto.

La tecnología consiste en la actividad de búsqueda de aplicaciones a los conocimientos científicos existentes, y también se considera como el proceso de desarrollo tecnológico, como resultado de ese proceso: el paquete de conocimientos que integran una aplicación dada.
La palabra sociedad, proviene del latín societas. Significa reunión mayor o menor de personas, familias, pueblos o naciones. Es una agrupación natural o pactada de personas que constituyen unidad distinta de cada uno de sus individuos, con el fin de cumplir, mediante la mutua cooperación, todos o algunos de los fines de la vida. También se ha definido como un sistema compuesto por muchas partes (miembros), que son sistemas inteligentes a las sociedades en sí.

La globalización mundial, polarizada por la riqueza y el poder, sería imposible sin el avance de las fuerzas productivas que la ciencia y la tecnología han hecho posibles.

Son muchas las definiciones de ciencia y de tecnología que se usan a nivel social. En nuestro país existe la posibilidad real, y la realidad fáctica, que permiten que un investigador realice labores científicas en cualquiera de los distintos territorios de la nación.

Adicionalmente, se señala por Jorge Nuñez Jover citando a J.D. Bernal, acerca de la definición de ciencia, que “mucho más provechosa que una formulación breve era una enumeración del conjunto de los rasgos que tipifican el fenómeno en cuestión, y expuso que la ciencia debe ser entendida como institución, método, tradición acumulativa de conocimiento, factor principal en el mantenimiento y desarrollo de la producción y una de las influencias mas poderosas en la conformación de las opciones respecto al universo y el hombre”.

La ciencia no es solamente la que se hace en el laboratorio, tiene diversidad de expresiones en toda la vida laboral, educacional, de las relaciones sociales y de la industria, así se manifiestan sus nexos con la sociedad. Supone la búsqueda de la verdad o al menos un esfuerzo a favor del rigor y la objetividad.

Nuñez Jover señala que “la ciencia…. Una actividad profesional institucional que supone educación prolongada, internalización de valores, creencias, desarrollo de estilos de pensamiento y actuación. La ciencia es toda una cultura y así debe ser estudiada.”2

De igual forma, existen diferentes definiciones de tecnología. Por lo anterior, Jorge Nuñez Jover señala “entendiendo éstas como prácticas sociales que involucran formas de organización social, empleo de artefactos, gestión de recursos, están integrados en ecosistemas dentro de los cuales establecen vínculos de interdependencias con diversos componentes de los mismos”.

El término tecnología se utiliza para referirse a la íntima relación entre ciencia y tecnología, pero también señalan el entrelazamiento entre los dos polos y la preponderancia del polo técnico y además para designar la actividad científica contemporánea en su complejidad y originalidad.

Según el diccionario de la legua española, desarrollo es la acción o efecto de desarrollar o desarrollarse. Desarrollar es extender, amplificar, desenvolver, explicar un tema.

Consecuentemente, se considera que el desarrollo consiste en una tendencia continua a la construcción colectiva de las culturas y a realizarse en ellas. Es posible en la medida en que se intente desde la dimensión del hombre, es decir, la escala humana.

El desarrollo científico técnico, a juicio del autor, está determinado por la concepción de la sociedad en que se produzca, pues esta categoría no es neutral, y el beneficio que genere esta destinado o tiene por objeto la producción de satisfacción a la clase dominante en esa determinada sociedad.

La mayoría de los seres humanos estamos sometidos a los impactos de la tecnología, en diversas formas, sea por el aspecto económico, el cultural, el de la información, y en otros órdenes, y por ello u repercusión e interés social. Esos cambios sociales son experimentos sociales, que requieren de una proyección y de control social, así como en la educación se considera la unidad entre ciencia y tecnología.

La formación de profesionales de la ciencia, que desconocen o no se interesan por la tecnología o de juristas con una deficiente visión o formación científica, no se corresponde con los requerimientos de la sociedad actual. Es una premisa en la formación de los juristas, tener en cuenta la necesidad de” reconsiderar algunas estrategias en la educación de científicos…… en dos sentidos: subrayando el nexo ciencia – tecnología y fortaleciendo la formación social de los mismos.

Por medio de la investigación se logra el principal vínculo entre la Universidad y la sociedad, no solo `para el ámbito industrial y productos, sino también para el de los servicios, cuyos resultados permitan una generalización mayor, como las vacunas contra el cáncer del pulmón, recientemente publicadas en la prensa cubana.

Debemos enmarcar en el contexto de la Ciencia, Tecnología y Sociedad, en nuestra realidad social, y dentro de la carrera de Licenciatura en Derecho en la SUM.

Jorge Nuñez Jover, Premio de la Academia de Ciencias 2000, al referirse a las imágenes de la ciencia y la tecnología, expresa que “Hay dos imágenes muy divulgadas del asunto. La ciencia se suele identificar con el conocimiento teórico probado, verdadero, casi siempre expresado en forma de leyes (F-ma) que se recogen en forma de libros de texto y otras publicaciones.”

La tecnología se identifica con equipos, aparatos que siempre que dispongamos de dinero podemos comprar. La cuestión de la transferencia de tecnología es un asunto financiero.
Estas imágenes niegan nuestra percepción de que la ciencia y la tecnología son procesos sociales.

…. Y esta percepción social de la ciencia y la tecnología debe ser educada en los profesionales y estudiantes de ciencias e ingenierías con el mismo énfasis con que se aprenden y enseñan otros saberes y habilidades”.

Se ha expresado por varios autores, que la comunidad científica cubana tiene un compromiso social poco frecuente en los países del tercer mundo. Ello se debe a que el desarrollo científico, tecnológico y educacional cubano refleja de forma muy transparente la enorme importancia de los estudios de la ciencia, la tecnología y la sociedad, conocidos por CTS; por las estrechas relaciones entre la ciencia, la tecnología y la sociedad; y a su vez, entre la ciencia, la tecnología, la política y los valores.

Se trata de la formación de profesionales de la producción espiritual, que sin lugar a dudas está subordinada al sistema económico social, y a las formas institucionalizadas de la producción espiritual. Por lo anterior, se ha consignado que las ideas de estos profesionales constituyen verdaderas fuerzas productivas, al ser móviles de la actividad de esos sujetos sociales.

En las SUM donde llevamos a vías de hecho el modelo de la Nueva Universidad cubana, garantizando la gestión del conocimiento a nivel local, promoviendo la cultura, la investigación y la innovación tecnológica en la localidad.

El profesional del Derecho, según define el profesor Delio Carreras es una persona que refleja a la sociedad, que tiene que conocer de la ciencia, de las artes, de la cívica, de la moral y del derecho, porque hay normas morales y normas legales, que en consecuencia tienen marcos de aplicación social diferentes.

Existen normas y planes de estudio para la formación de estos profesionales, reglamentos metodológicos, etc. Se trabaja en la formación de valores que constituyen una idea rectora de la Universidad cubana. En la actualidad, solo es posible la práctica laboral en el curso diurno regular, sin que ello sea posible en los cursos que se imparten en la SUM mediante las variantes de a Distancia y de Continuidad. En los primeros, que no tienen centro laboral y que hacen sus prácticas preprofesionales, y de los últimos que son trabajadores y poseen experiencia laboral en otras faenas, se potencia el desarrollo de la actividad científica en las Jornadas Científicas de las SUM.

Es insuficiente la utilización de las Técnicas de la Informática, llamadas TIC, en el desarrollo de la asignatura, porque se dispone solo de un pequeño laboratorio de computación en la SUM y, aunque se cuenta con la colaboración de los Joven Club de Computación del municipio de Cárdenas, el empleo de las mismas no es frecuente.

1.2. Proyecto de la Licenciatura en Derecho

A fines del siglo XX y a inicios del siglo XXI, Cuba, para preservar sus conquistas, bajo un feroz bloqueo, carente de capital, de determinadas tecnologías, muchas veces de mercado y necesitada de reestructurar su industria, determinó mediante la preparación de sus recursos humanos, y sobre la base del más estricto respeto a la independencia y soberanía nacional, obtención de beneficios con la introducción de tecnologías novedosas y de avanzada, la modernización de algunas de sus industrias, de los servicios, y de la enseñanza superior de pregrado y postgrado, con el propósito de que se traduzcan en una mayor eficiencia productiva, en la creación de nuevos puestos de trabajo, en el mejoramiento de la calidad de los productos y los servicios, la reducción de los costos, una mayor competitividad en el exterior y el acceso a determinados mercados.

Paralelamente, la Constitución de la República que fue aprobada en la década de 1970, fue reformada en los años 1992 y 2002, y reconoce como postulados relativos a la educación y la cultura, que se basan en los avances de la ciencia y de la tecnología, que esa tarea es gratuita y es una función estatal, que promueve la formación comunitaria, que la actividad creadora e investigativa de la ciencia es libre y que tiene como fin la solución de los problemas de mayor interés para la sociedad y el beneficio del pueblo.

La Nueva Universidad cubana está caracterizada como una universidad científica, tecnológica y humanista, tiene en la SUM la versión más cercana a la comunidad, a los centros de trabajo, al entorno, por lo que la actividad científica y de investigación “….integra como un sistema las actividades académicas, laborales, e investigativas; es decir, los contenidos que se desarrollan en las asignaturas, la práctica laboral, y se materializa en los trabajo de curso y de diploma que realizan los estudiantes”, de conformidad con el artículo 118 de la Resolución Ministerial No. 210/2007.

Se realiza un cambio fundamental en la enseñanza universitaria, por lo que se aprecia la certeza de lo expuesto por Nuñez Jover, que citando a Kuhn, en su obra la Estructura de las Revoluciones Científicas, que se constituyen relaciones de organización, o sea, las exigencias de producción de conocimientos y las particularidades del medio social; relaciones jurídicas, morales, psicológicas e ideológicas que son específicas de las relaciones de la sociedad en que se produce el conocimiento.

Debemos tratar de que los estudiantes de Derecho alcancen los conocimientos suficientes, que permitan comunicar sus criterios de forma clara y precisa, tanto mediante los escritos como a través de la oratoria, en correspondencia con el nivel científico actual de la disciplina, para contribuir al desarrollo de esta hermosa y útil ciencia social.

Uno de los propósitos permanentes en esta forma de enseñanza, consiste en la responsabilidad que deben adquirir los estudiantes. En nuestra sociedad está vinculada con la honestidad del sujeto, que debe reflejar el progreso social, el que está relacionado con la tolerancia en el plano intelectual, y con la unidad y la solidaridad en el plano volitivo.

En consecuencia, se genera una ética profesional, que está al servicio honrado de la sociedad, aunque también al beneficio personal del graduado de esta profesión.

El proyecto para obtener el título universitario de Licenciado en Derecho, en la SUM “Aida Pelayo”, en el sistema de Educación a Distancia y de Continuidad, requiere de las siguientes actividades, previas a la asignatura objeto de este estudio.

  • Primer Curso

Primer Semestre ( 1 )
Segundo Semestre ( 2 )
Filosofía y Sociedad I
Filosofía y Sociedad II
Gramática
Redacción y Estilo
Psicología General
Metodología de la Investigación
Historia de Cuba
Computación.

  • Segundo Curso

Primer Semestre ( 3 )
Segundo Semestre ( 4 )
Economía Política I
Economía Política II
Filosofía del Derecho
Historia del Estado y el Derecho en Cuba
Teoría del Estado y el Derecho
Derecho Romano
Historia General del Estado y el Derecho
Derecho Constitucional General Comparado

  • Tercer Curso

Primer Semestre ( 5 )
Segundo Semestre ( 6 )
Derecho Constitucional cubano
Derecho de Bienes
Derecho Civil General
Derecho de Obligaciones
Derecho Penal General
Derecho Penal Especial
Teoría Sociopolítica
Derecho de Familia

  • Cuarto Curso

Primer Semestre ( 5 )
Segundo Semestre ( 6 )
Derecho de Contratos
Derecho Administrativo
Derecho de Sucesiones
Derecho Agrario
Criminología
Derecho Procesal Penal I
Derecho Procesal Civil I
Derecho Procesal Civil II

  • Quinto Curso

Primer Semestre ( 9 )
Segundo Semestre ( 10 )
Derecho Mercantil
Derecho de Autor
Criminalística
Derecho Financiero
Derecho Procesal Penal II
Derecho Laboral
Medicina Legal
Derecho Económico

  • Sexto Curso

Primer Semestre ( 11 )
Segundo Semestre ( 12 )
Propiedad Industrial
Derecho Marítimo
Derecho Notarial
Derecho Internacional Privado
Derecho Internacional Público
Examen Estatal
Derecho Ambiental
Examen Estatal

Con estas herramientas el proyecto de obtención de un título universitario de Licenciado en Derecho se podrá manejar y mejorar de manera significativa, ya que proporcionan entre todas una visión global de las diferentes materias.

1.3. El Derecho Financiero

Se utilizan para el desarrollo del conocimiento de la asignatura, de un texto que esta destinado para estudiantes de Contabilidad, que no aborda el último de los temas del programa, que esta referido a la deuda y al Crédito Público. Se utiliza una guía, los ejercicios y las orientaciones contenida en un CD, pero no se usan adecuadamente por los estudiantes.

Se trata de una disciplina final, aglutinadora, que se utiliza por especialistas de perfil muy amplio, que pueden estar laborando en entidades estatales al mas alto nivel, en entidades del Gobierno de la República, en dependencias de subordinación provincial o municipal, en empresas o sociedades mercantiles, pero que los distintos componentes son de aplicación.

El Derecho Financiero es una disciplina del ámbito del Derecho Público, porque esta al servicio del Estado y del Gobierno. Para toda su tramitación, se utilizan procedimientos administrativos. Las normativas que la reglamentan son se carácter impositivo para con los obligados a cumplirlas. Esta destinado para que sus regulaciones sean cumplidas por personas naturales o por personas jurídicas, entendiendo por estas últimas a entidades de la administración pública, empresas estatales, sociedades mercantiles, organizaciones sociales, etc.

Por ejemplo, se compone de cuatro grandes temas, a saber: La Administración Pública y del Derecho Financiero; el segundo se refiere al Derecho Presupuestario; el tercero aborda el Derecho Tributario, que abarca desde el surgimiento de los tributos, sus distintas manifestaciones como impuestos, tasas y contribuciones, los procedimientos tributarios hasta llegar al embargo y a los procesos administrativos y judiciales; y el cuarto, que se refiere al Crédito Público y a la Deuda Pública.

Uno de los aspectos que requieren de estudios complementarios, consiste en el surgimiento del Derecho Financiero. Como es lógico, se trata de una disciplina nueva. Tiene sus antecedentes en su concepción actual, en etapas recientes de la sociedad. No obstante, mediante los estudios realizados por el profesor Julio Fernández Bulte, resulta que algunas de los elementos que integran la disciplina en la actualidad, surgieron en etapas anteriores del desarrollo social. Se trata de antecedentes en el derecho musulmán, en el derecho del Imperio de Carlomagno, y en el derecho municipal y estatutario del medioevo europeo.

Las normas legales principales en las que se fundamenta en la República de Cuba el Derecho Financiero, son las siguientes.

Constitución de la República de Cuba, de 1976, con las modificaciones introducidas en los referendos constitucionales.

* Ley No. 73 de 4 de agosto de 1994, Del Sistema Tributario.
* Decreto-ley No. 169 de 10 de enero de 1997, De las Normas Generales de los Procedimientos Tributarios.
* Decreto-ley No. 172 de 28 de mayo de 1997, Del Banco Central de Cuba.
* Decreto-ley No. 173 de 28 de mayo de 1997, sobre los Bancos e Instituciones Financieras no Bancarias.

Uno de los grandes problemas consiste en trasmitirle los conocimientos en ocho clases – encuentros, lo que se logra con el cumplimiento estricto de la metodología que se impartió en el curso Didáctica, mediante el empleo de los tres elementos de la citada clase encuentro. Es necesario vincular la teoría con la práctica, y con la realidad del municipio, para que los cursitas se interesen en la disciplina.

Conclusiones

* Por medio de la presente investigación el autor ha comprobado la hipótesis del trabajo.

* El profesor de la asignatura desempeña un importante papel en la formación final de los juristas, contribuyendo mediante una disciplina final y aglutinadora al desarrollo de un pensamiento lógico, sistémico, capaz de modelar ideas, y asimilar cambios.

* La SUM tiene como misión, dentro de la Nueva Universidad cubana, producir, difundir y aplicar conocimientos, e incorporar a la función investigadora a los estudiantes y a los profesores.

* Es una necesidad de la sociedad actual, la formación de profesionales del Derecho con una sólida base científica y técnica, y para ello es necesario utilizar adecuadamente los recursos con que contamos en el municipio.

* El Derecho Financiero es una disciplina de Derecho Público, que esta al servicio del Estado y del Gobierno del país, que contiene normas de derecho administrativo, de carácter impositivo para con los obligados a cumplirlas, que contiene diversas ramas jurídicas que lo integran, y es de enorme importancia para el ejercicio profesional de los juristas.

Bibliografía

Legislación.

* Constitución de la República de Cuba.
* Ley No. 73, de 4 de agosto de 1994, del Sistema Tributario. Soporte magnético.
* Decreto-Ley No. 169, de 10 de enero de 1997, De las Normas Generales de los Procedimientos Tributarios. Soporte magnético.
* Decreto-Ley No. 172, de 28 de mayo de 1997, Del Banco Central de Cuba. Gaceta Oficial de la República. Edición Extraordinaria No.4, 28 de mayo de 1997, p.p. 11-28.
* Decreto-Ley No. 173, de 28 de mayo de 1997, Sobre los Bancos e Instituciones no bancarias. Gaceta Oficial de la República. Edición Extraordinaria No.4, 28 de mayo de 1997, p.p. 11-28.
* Decreto-Ley No. 192, de 8 de abril de 1999, De la Administración Central del Estado. Gaceta Oficial de la República. Edición Ordinaria No. 20, 12 de abril de 1999, p.p. 323 y sgtes.
* Resolución No. 210/2007, del Ministerio de Educación Superior. Soporte magnético.

Textos.

* Alvero Francés, F. Cervantes Diccionario Manual de la Lengua Española. Editorial Pueblo y Educación, 1976.
* Fernández Bulte, Julio. Siete Milenios de Estado y Derecho. Jurídica. Editorial Ciencias Sociales. La Habana, 2008, Tomos I y II.
* Nuñez Jover, Jorge. La Ciencia y la Tecnología como procesos sociales. Editorial Félix Varela. La Habana, 2007.

Programas y sitios.

* http:// www.adc.org.co/adc/escala_humana.htm
* http:// www.intelligent_systems.com.ar/intsys/soncsoc.sp.htm
1 Vid. http:// www.intelligent_systems.com.ar/intsys/soncsoc.sp.htm
2 Nuñez Jover, Jorge. La Ciencia y la Tecnología como procesos sociales. Editorial Félix Varela. La Habana, 2007, p.26.
3 Vid. Alvero Francés, F. Diccionario Manual de la Lengua Española. Editorial Pueblo y Educación, 1976, p.p. 240 – 241.
4 Vid. http:// www.adc.org.co/adc/escala_humana.htm
5 Vid. Nuñez Jover, Jorge. La Ciencia y la Tecnología como procesos sociales. Editorial Félix Varela. La Habana, 2007, p.94.
6 Nuñez Jover, Jorge. La Ciencia y la Tecnología como procesos sociales. Editorial Félix Varela. La Habana, 2007, p.91.
7 Vid. “El hombre actual no es más inteligente que Pericles, Platón o Aristóteles, aunque no sabemos todavía si suficientemente inteligente para resolver los complejísimos problemas de hoy. Estamos apostando a que puede lograrlo… Como dijera el más iluminado de los hijos de esta isla, José Martí: Los sueños de hoy serán las realidades de mañana”. Fidel Castro Ruz, en la Clausura del Encuentro Internacional de Economistas. La Habana 22 de Enero de 1999.
8 Vid. Artículo 39, incisos a),b),e) de la Constitución de la República de Cuba. Gaceta Oficial Extraordinaria No. 3, de 31 de enero de 2003, p.p.7-22, Ministerio de Justicia de la República de Cuba, Gaceta Oficial de la República, Zanja No. 352 esquina a Escobar, Centro Habana, La Habana, 2003.
9 Nuñez Jover, Jorge. La Ciencia y la Tecnología como procesos sociales. Editorial Félix Varela. La Habana, 2007, p.29.
10 Vid. “Este imperio fue ….. capaz de unir en su seno a judíos, ensilanos y zoroastristas, todos los cuales mantenían sus culturas protegidos bajo una especie de convención tácita….. simplemente, estaban obligados a pagar una capitación para mantener su religión original”. Fernández Bulte, Julio. Siete Milenios de Estado y Derecho. Jurídica. Editorial Ciencias Sociales. La Habana, 2008, Tomo II p.160.
11 “El conde es la representación local del emperador, …., administra fondos, … establece impuestos.”. Fernández Bulte, Julio. Siete Milenios de Estado y Derecho. Jurídica. Editorial Ciencias Sociales. La Habana, 2008, Tomo II p.34.
12 “Los Estatutos tratan de derecho público….. impuestos.”. Fernández Bulte, Julio. Siete Milenios de Estado y Derecho. Jurídica. Editorial Ciencias Sociales. La Habana, 2008, Tomo II p.123.
13 “Las cofradías presentan servicios a la señoría…. impuesto personal.”. Fernández Bulte, Julio. Siete Milenios de Estado y Derecho. Jurídica. Editorial Ciencias Sociales. La Habana, 2008, Tomo II p.127.

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Sánchez Rodríguez Jorge Salvador. (2009, junio 30). Enseñanza del derecho financiero como ciencia en la formación de profesionales. Recuperado de https://www.gestiopolis.com/ensenanza-derecho-financiero-ciencia-formacion-profesionales/
Sánchez Rodríguez Jorge Salvador. "Enseñanza del derecho financiero como ciencia en la formación de profesionales". gestiopolis. 30 junio 2009. Web. <https://www.gestiopolis.com/ensenanza-derecho-financiero-ciencia-formacion-profesionales/>.
Sánchez Rodríguez Jorge Salvador. "Enseñanza del derecho financiero como ciencia en la formación de profesionales". gestiopolis. junio 30, 2009. Consultado el . https://www.gestiopolis.com/ensenanza-derecho-financiero-ciencia-formacion-profesionales/.
Sánchez Rodríguez Jorge Salvador. Enseñanza del derecho financiero como ciencia en la formación de profesionales [en línea]. <https://www.gestiopolis.com/ensenanza-derecho-financiero-ciencia-formacion-profesionales/> [Citado el ].
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