1. INTRODUCCIÓN
A continuación desarrollamos las ramas del derecho empresarial
comparado, entre las cuales destaca el derecho comercial comparado.
Luego explicamos la macrocomparación y la microcomparación
Posteriormente estudiamos los antecedentes del presente trabajo de
investigación, notando que no tiene antecedentes.
A continuación desarrollamos la Enseñanza del derecho empresarial
comparado.
Luego explicamos la sociedad anónima en el derecho comparado.
Posteriormente estudiamos la fusión y la escisión en el derecho
comparado, instituciones que por cierto tienen mucha importancia en esta
disciplina jurídica.
A continuación desarrollamos los tipos societarios en el derecho
comparado.
Luego explicamos el fondo empresarial en el derecho comparado.
Posteriormente estudiamos el contrato de trabajo en el derecho
comparado.
2. DEFINICIÓN
Resulta conveniente que en esta sede se defina el derecho empresarial
comparado, ya que permite tener un conocimiento mas exacto del tema
materia de investigación.
El derecho empresarial comparado es la disciplina jurídica del derecho
empresarial y comparado que aplicando el método comparativo estudia las
similitudes y diferencias del derecho empresarial en los diferentes
estados.
3. IMPORTANCIA DEL TEMA
En toda investigación resulta importante desarrollar la importancia
del tema a efecto de tener un enfoque mas amplio del tema materia de
estudio.
Conviene para nuestros propósitos hacer un estudio de derecho
empresarial comparado, ya que los abogados corporativos y los dedicados
al quehacer empresarial muchas oportunidades aperturan sucursales de sus
empresas en el extranjero.
Es decir, el derecho empresarial comparado es importante porque permite
estudiar inversiones en otros estados.
Además es importante estudiar esta disciplina jurídica porque no ha sido
desarrollada por parte de los tratadistas.
4. ÁREA DE CONOCIMIENTO
El presente trabajo tiene como área de conocimiento todo el derecho empresarial y el derecho comparado, siendo también el área de conocimiento el derecho corporativo, disciplina jurídica que forma parte del derecho empresarial, o derecho de la empresa o derecho de los negocios.
5. RAMAS DEL DERECHO EMPRESARIAL COMPARADO
Algunas disciplinas jurídicas se dividen en varias ramas del derecho
como el derecho procesal, comercial, contractual y empresarial, entre
otras ramas del derecho.
Por lo cual debemos precisar que el derecho empresarial comparado tiene
tantas ramas como ramas tiene el derecho empresarial.
El derecho empresarial comparado tiene las siguientes ramas del derecho:
societario comparado, cartular comparado, concursal comparado, bursátil
comparado, penal de la empresa comparado, tributario comparado, laboral
comparado, comercial o mercantil comparado, entre otras ramas del
derecho empresarial comparado.
6. MACROCOMPARACION
La macrocomparación es la comparación de grandes partes del derecho, en tal sentido si se compara íntegramente o completamente el derecho empresarial de dos o mas estados estamos ante un supuesto de macrocomparación. Otro supuesto de macrocomparación es si se comparan integralmente dos códigos de comercio.
7. MICROCOMPARACION
La microcomparación es la comparación de partes pequeñas del derecho, por lo cual si se compara la sociedad anónima en dos o mas estados estamos ante un supuesto de microcomparación. Otro supuesto de microcomparación es si se compara el impuesto a la renta en dos o mas estados.
8. ANTECEDENTES DE ESTE TRABAJO DE INVESTIGACION
En toda investigación resulta importante determinar si la misma tiene
antecedentes, ya que en caso de tenerlos es importante hacer una
revisión previa de los mismos.
El presente trabajo de derecho empresarial comparado no tiene
antecedentes por lo cual se justifica investigar sobre dicho tema.
9. ENSEÑANZA DEL DERECHO EMPRESARIAL COMPARADO
Existen pocas cátedras de derecho empresarial comparado, sin embargo, es claro que en la Maestría en Derecho Empresarial organizada por la Universidad de Lima se dicta el curso Derecho Empresarial Comparado, lo cual permite comprender la importancia de esta disciplina jurídica a fin de profundizar los estudios sobre la misma y así tener mayor conocimiento de la referida disciplina jurídica.
10. LA SOCIEDAD ANONIMA EN EL DERECHO COMPARADO
La sociedad anónima es el tipo societario mas importante, por que reúne a los mas grandes capitales, y debemos precisar que se encuentra regulada en Perú, Argentina, España, entre otros estados.
11. LA FUSIÓN EN EL DERECHO COMPARADO
La fusión es una de instituciones mas importantes del derecho societario, por lo cual conviene en esta sede realizar el correspondiente estudio y debemos precisar que se encuentra regulada en Argentina, España, México, Perú, entre otros estados.
12. LA ESCISIÓN EN EL DERECHO COMPARADO
La escisión es una de las instituciones mas importantes del derecho societario, por lo cual conviene en esta sede realizar el correspondiente estudio y debemos precisar que se encuentra regulada en Argentina, México, Perú, entre otros estados.
13. TIPOS SOCIETARIOS EN EL DERECHO COMPARADO
Los tipos societarios son las clases de sociedades existentes en un estado, por lo cual debemos precisar que los mismos varían de acuerdo al derecho de cada estado, sin embargo, es claro que la sociedad anónima es el tipo societario mas conocido en el derecho empresarial comparado.
14. EL FONDO EMPRESARIAL EN EL DERECHO COMPARADO
El fondo empresarial es el conjunto de bienes de la empresa, por lo
cual debemos precisar que en algunos estados se encuentra expresamente
regulado como es el caso de Argentina, sin embargo, en el estado peruano
no se encuentra regulado.
Es necesario precisar que en el derecho peruano existe el anteproyecto
de la ley marco del empresariado en el cual se encuentra regulada dicha
figura jurídica, pero es claro que no se encuentra vigente.
En el derecho peruano no se encuentra muy difundido este tema, por no
estar regulado el mismo en el derecho positivo peruano vigente. Pero en
otros estados como Argentina si se encuentra difundido dicho tema propio
del derecho empresarial.
15. EL CONTRATO DE TRABAJO EN EL DERECHO COMPARADO
El contrato de trabajo es importante en el derecho comparado, por lo
cual debemos precisar que en esta materia el derecho laboral peruano se
encuentra bastante desarrollado.
En el estado peruano se regulan los contratos sujetos a modalidad y
otros contratos.
En algunos otros estados no se encuentran regulados las distintas
modalidades del contrato de trabajo.
16. CÓDIGO DE COMERCIO EN EL DERECHO COMPARADO
No todos los estados cuentan con código de comercio, por lo cual
debemos precisar que una característica del derecho empresarial peruano
es que cuenta con código de comercio.
Un código especial se caracteriza por ser un cuerpo normativo que regula
muchas instituciones de la rama del derecho regulada, pero en el caso
peruano por haber sufrido el código en mención un proceso de
descodificación ya no regula las sociedades, ni los títulos valores, ni
el derecho concursal, ni el derecho bursátil, por lo cual podemos
afirmar que el código de comercio peruano de 1902 se encuentra casi en
desuso. Pero es claro que regula otros temas como los seguros, parte en
la cual se encuentra vigente.
17. CODIFICACIÓN EN EL DERECHO COMPARADO
La codificación no es tomada en cuenta en todas las familias
jurídicas, por tanto, en la familia jurídica del common law no existen
códigos.
Por lo cual tampoco en dicha familia jurídica existe descodificación ni
recodificación.
18. TRIBUTACIÓN EN EL DERECHO COMPARADO
La tributación es estudiada por el derecho tributario, en tal sentido podemos afirmar que en los diferentes estados no se encuentran regulados los mismos tributos, sin embargo, es claro que en el derecho peruano destaca por su importancia el impuesto a la renta.
19. DERECHO PENAL DE LA EMPRESA EN EL DERECHO COMPARADO
El derecho penal de la empresa es importante estudiarlo, a fin de
tener un enfoque global del derecho comparado.
En no todos los estados se encuentran regulados los mismos delitos y la
responsabilidad penal de la persona jurídica.
Sin embargo, es claro que en todos los estados se cometen delitos,
igualmente en todos los estados se imponen sanciones penales.
Sin embargo, se debe distinguir los sistemas procesales, entre los
cuales destaca el sistema del civil law y el sistema del common law.
20. TÍTULOS VALORES EN EL DERECHO COMPARADO
Los títulos valores existen en todos los estados, sin embargo, es claro que en todos los estados no se encuentran regulados todos los títulos valores. Los títulos valores se encuentran regulados y estudiados por el derecho cartular o cambiario. El derecho cartular o cambiario peruano se caracteriza porque la ley vigente de títulos valores regula todos los títulos valores. Lo que no ocurría con la anterior y primera ley de títulos valores peruana contenida en la ley 16587.
21. LA LETRA DE CAMBIO EN EL DERECHO COMPARADO
Algunos títulos valores son mas importantes que otros, en tal sentido estamos en la obligación de dejar constancia que en el derecho comparado el título valor o título de crédito mas importante es la letra de cambio, que es el primero que apareció en la historia.
22. MERCADO DE VALORES EN EL DERECHO COMPARADO
Es necesario estudiar el mercado de valores en el derecho comparado a fin de tener una idea completa del tema materia de estudio, por lo cual debemos precisar que en Estados Unidos de Norteamérica se encuentra mas desarrollado el mismo.
23. DERECHO NOTARIAL EN EL DERECHO COMPARADO
El derecho notarial peruano pertenece al sistema notarial latino, por
lo cual dejamos constancia que los sistemas notariales son tres y son
los siguientes: sistema notarial latino, anglosajón y administrativo.
El sistema notarial de los Estados Unidos de Norteamérica pertenece al
sistema notarial anglosajón, en el cual no existe protocolo notarial y
el notariado no tiene mucha importancia.
Sin embargo, para nuestros propósitos es necesario dejar constancia que
en todos los estados existe notarios, teniendo en los sistemas
notariales latinos mayor importancia que en los otros sistemas
notariales.
24. DERECHO REGISTRAL COMPARADO
El sistema registral peruano es registro de derechos. Debemos precisar que según cierta clasificación de los sistemas registrales se puede clasificar a los mismos en sistemas registrales de registro de documentos y sistemas registrales de registro de derechos. En los primeros el registro sólo determina cuales son los posibles propietarios. En los últimos el registro determina quien es excluyentemente el titular registral.
25. DERECHO PROCESAL EMPRESARIAL COMPARADO
El derecho procesal empresarial es necesario tener en cuenta en esta
rama del derecho comparado, por lo cual debemos precisar que en España
no existe código procesal civil, sino ley de enjuiciamiento civil.
En el derecho comparado varían los plazos, las vías procedimentales, los
principios procesales, los sistemas procesales entre otros temas propios
del derecho procesal empresarial.
26. DERECHO CONTRACTUAL EN EL DERECHO COMPARADO
En el derecho comparado no se encuentran regulados los mismos contratos por parte del derecho positivo, en tal sentido en el derecho peruano no se encuentra regulado el contrato de arrendamiento de empresas, pero si el contrato de compra venta de empresas.
27. CONTRATOS EMPRESARIALES EN EL DERECHO COMPARADO
Los contratos empresariales varían en el derecho comparado, por lo cual es claro que en los diferentes estados la regulación no es la misma, en tal sentido el hecho de ser típicos o atípicos varía en el derecho de los diferentes estados, lo cual es necesario tener en cuenta en el derecho comparado.
28. GARANTÍAS EN EL DERECHO COMPARADO
Las garantías son medidas de seguridad para el cumplimiento de las
obligaciones que pueden ser derechos reales de garantía, o títulos
valores, o contratos, o seguros.
Por lo cual debemos precisar que en el derecho comparado existe mucha
similitud en esta materia.
Sin embargo, es claro que el seguro de título no se celebra en el
derecho peruano.
29. DERECHO REGULADOR EN EL DERECHO COMPARADO
En el estado peruano son agentes reguladores el INDECOPI, el BCR, OSINERG, OSITRAN, SUNASS, entre otros, por lo cual es necesario precisar que el nombre de los mismos varía en el derecho comparado, al igual que la existencia de los mismos.
30. LA EMPRESA INDIVIDUAL DE RESPONSABILIDAD LIMITADA EN EL DERECHO COMPARADO
La empresa individual de responsabilidad limitada es la persona
jurídica unipersonal, por lo cual no es lo mismo la persona jurídica que
la persona colectiva.
La empresa individual de responsabilidad limitada es persona jurídica
cuando corre registrada en registros públicos y es necesario dejar
constancia que casi en todos los estados no se encuentra permitida.
31. REGISTRO FISCAL DE VENTAS A PLAZOS EN EL DERECHO COMPARADO
El registro fiscal de ventas a plazos se encontraba regulado en el estado peruano, sin embargo, con la ley de garantía mobiliaria del 2006 ha quedado derogado, sin embargo, algunos derechos de otros estados lo regulan.
32. EJECUCIÓN EXTRAJUDICIAL DE LA HIPOTECA EN EL DERECHO COMPARADO
En el estado peruano la ejecución o realización de la hipoteca es judicial, sin embargo, en otros estados es extrajudicial, por ejemplo es extrajudicial y judicial alternativamente en el derecho español.
33. CONTRATOS ASOCIATIVOS EN EL DERECHO COMPARADO
El derecho peruano regula sólo dos contratos asociativos como son la asociación en participación y el. consorcio.
Sin embargo, también existe el joint venture y es necesario precisar que para algunos autores en el estado peruano se regula este con el nombre de consorcio, es decir, precisan que no se ha tenido el debido cuidado al momento de legislar.
En el derecho de todos los estados se celebran contratos asociativos.
Fernando Jesús Torres Manrique
Ex Juez Titular Decano. Ex Registrador Público Titular. Ex Jefe Titular de Registros Públicos. Consejero de la Revista Jurídica Derecho y Cambio Social. Maestría en Derecho Civil y Comercial en la Universidad Nacional Mayor de San Marcos y estudios parciales de Doctorado en Derecho en la misma universidad.
Autor del tratado titulado: “Derecho Empresarial”.
El tratado mencionado lo estará terminando de redactar posteriormente, y con el mismo esperamos contribuir con el derecho empresarial. Estudios parciales de maestría en derecho empresarial en la Universidad Católica de Santa María. Ha recibido una serie de diplomas, felicitaciones, entre otros tantos reconocimientos. Ha cursado abundantes diplomados, especializaciones, y postgrados al igual que una serie de otros estudios, tanto en el territorio peruano, como en el extranjero.
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