En los últimos decenios el número de normas y reglamentos técnicos adoptados por los países ha aumentado considerablemente. En el presente artículo los autores realizan un análisis de la influencia de las normas privadas, protectoras del medio ambiente, en el comercio internacional; sobre todo como afectan directamente a los países en vías de desarrollo, específicamente ejemplifican con la normativa denominada GLOBALGAP (Eurepgap). Con el análisis los autores concluyen que el cumplimiento de varias normativas gubernamentales y privadas se traduce en costos adicionales a los productores de países en vías de desarrollo. Las referidas normas obstaculizan el comercio principalmente de aquellos proveedores con menos solvencia.
Introducción
El progreso económico y social ha supuesto grandes avances en la
humanidad, pero también ha traído consigo importantes problemas:
impactos ambientales, agotamiento de recursos, unificación cultural,
etc. Con el transcurso de los años han surgido numerosas normativas y en
los últimos decenios el número de normas y reglamentos técnicos
adoptados por los países ha aumentado considerablemente. Cabe atribuir
esta intensificación de la política de reglamentación a la elevación de
los niveles de vida en todo el mundo, que ha impulsado la demanda de
productos seguros y de alta calidad por parte de los consumidores, y a
los crecientes problemas de contaminación del agua, la atmósfera y el
suelo que han llevado a las sociedades modernas a buscar productos no
nocivos para el medio ambiente.
Algunos importadores de países desarrollados elaboran normas privadas incluyendo además de la seguridad alimentaria, aspectos como el cuidado del medio ambiente y la seguridad del trabajador cuyo cumplimiento es esencial para la comercialización del producto en cuestión en aquellos mercados donde se alcanzan los mejores precios. Entre estas normas puede mencionarse el protocolo GLOBALGAP (Eurepgap). En el presente trabajo se realiza un análisis de la influencia de las referidas normas en el comercio internacional.
Desarrollo
Comercio internacional puede definirse como: el intercambio de bienes económicos que se efectúa entre los habitantes de dos o más naciones, de tal manera, que se dé origen a salidas de mercancía de un país (exportaciones) entradas de mercancías (importaciones) procedentes de otros países.
Todos los países, incluidos los más pobres, tienen activos -humanos, industriales, naturales y financieros- que pueden emplear para producir bienes y servicios para sus mercados internos o para competir en el exterior. La economía nos enseña que podemos beneficiarnos cuando esas mercancías y servicios se comercializan. Dicho simplemente, el principio de la "ventaja comparativa" significa que los países prosperan, en primer lugar, aprovechando sus activos para concentrarse en lo que pueden producir mejor, y después intercambiando estos productos por los productos que otros países producen mejor.
El comercio internacional obedece a dos causas fundamentales: la distribución irregular de los recursos económicos y la diferencia de precios, la cual a su vez se debe a la posibilidad de producir bienes de acuerdo con las necesidades y gustos del consumidor.
Entre las ventajas que se puede mencionar supone el Comercio Internacional figuran:
• Cada país se especializa en aquellos productos donde tienen una
mayor eficiencia lo cual le permite utilizar mejor sus recursos
productivos y elevar el nivel de vida de sus trabajadores.
• Los precios tienden a ser más estables.
• Hace posible que un país importe aquellos bienes cuya producción
interna no es suficiente y no sean producidos.
• Hace posible la oferta de productos que exceden el consumo a otros
países, en otros mercados. ( Exportaciones)
• Equilibrio entre la escasez y el exceso.
• Los movimientos de entrada y salida de mercancías dan paso a la
balanza en el mercado internacional.
• Por medio de la balanza de pago se informa que tipos de transacciones
internacionales han llevado a cabo los residentes de una nación en un
período dado.
En las últimas décadas, se ha visto que es imprescindible llegar a lo
que se llama un:
Desarrollo sostenible que es el que une al progreso económico y
social el cuidado del ambiente con especial atención a mantener un
planeta que sea habitable sin problemas por nuestros descendientes.
La globalización ha significado, entre otras cosas, un imparable
crecimiento del comercio mundial. Pero es obvio que este crecimiento ha
de ser ante todo sostenible. Quizás ya no basta con detener el deterioro
ambiental sino que hay que invertir este proceso. La calidad ambiental
implica la compatibilidad entre el desarrollo económico y la protección
del medio ambiente. Este desarrollo sostenible implica la aplicación de
las nuevas tecnologías, uso racional de materias primas y energía,
optimizar los procesos logísticos y de distribución, etc.
Hace unos años el PNUD introdujo el concepto de “bienes públicos
mundiales”, entre ellos la paz mundial, la sanidad mundial, y
precisamente el medio ambiente. Prácticamente todos los organismos
internacionales (OMC, Banco Mundial, UE,) tienen políticas
medioambientales relacionadas con el comercio internacional. El Programa
de Doha para el Desarrollo de la OMC comprende negociaciones sobre el
comercio internacional y el medio ambiente. En un discurso pronunciado
por el Director General Pascal Lamy advirtió que el fracaso de las
negociaciones de Doha “fortalecería la posición de quienes sostienen que
no se debe poner control al crecimiento económico” pasando por alto los
efectos para el medio ambiente. Destacó que “el comercio, y más aún la
OMC, deben contribuir al logro de un desarrollo sostenible”. La
Declaración de Doha busca también, la eliminación de los obstáculos
arancelarios y no arancelarios a los bienes y servicios ecológicos.
Cada vez más, el número de consumidores que demandan productos y
servicios ecológicos es mayor. Este segmento demanda productos y
servicios que sean respetuosos con el medio ambiente, por ello la
componente ecológica será fundamental en sus criterios de decisión de
compra. En algunos casos, incluso estará dispuesto a pagar un precio
algo mayor que un producto “no ecológico”. Las empresas son conscientes
de ello, y además de motivos estratégicos (responsabilidad social
corporativa), empiezan a incluir la componente “ecológica” en sus planes
de marketing. Este nuevo enfoque del marketing ecológico también es
conocido como ecomarketing, marketing sostenible, marketing verde.
Si el marketing “tradicional” buscaba satisfacer las necesidades de los
clientes cumpliendo con los objetivos de la empresa, ahora además
deberán conseguirlo aplicando políticas de protección del medio
ambiente. Las empresas al aplicar estrategias de marketing ecológico
puede estar creando nuevas barreras de entrada, reforzando sus ventajas
competitivas, etc. Y en definitiva, agregando valor a sus grupos de
interés.
Por otra parte, en los últimos decenios el número de normas y
reglamentos técnicos adoptados por los países ha aumentado
considerablemente. Cabe atribuir esta intensificación de la política de
reglamentación a la elevación de los niveles de vida en todo el mundo,
que ha impulsado la demanda de productos seguros y de alta calidad por
parte de los consumidores, y a los crecientes problemas de contaminación
del agua, la atmósfera y el suelo que han llevado a las sociedades
modernas a buscar productos no nocivos para el medio ambiente.
Aunque es difícil hacer una estimación precisa de la repercusión en el
comercio internacional, de la necesidad de cumplir las normas y
reglamentos técnicos distintos extranjeros, entraña sin duda costos
considerables para los productores y los exportadores. En general, esos
costos corresponden a la traducción de los reglamentos extranjeros, la
contratación de expertos técnicos que expliquen los reglamentos
extranjeros y la adaptación de las instalaciones de producción para que
se ajusten a las prescripciones extranjeras. Esos elevados costos pueden
desalentar a los fabricantes de tratar de vender en el extranjero. Al no
haber disciplinas internacionales, se corre el riesgo de que se adopten
y apliquen normas y reglamentos técnicos con el único objeto de proteger
a las ramas de producción nacionales.
Actualmente son muy corrientes los reglamentos que protegen la salud y
la vida de los animales o de los vegetales. Su objetivo es que no se
extingan especies animales o vegetales amenazadas por la contaminación
del agua, la atmósfera y el suelo. Algunos países, por ejemplo, prohíben
la captura de peces de especies amenazadas antes de que hayan alcanzado
determinado tamaño. La mayor preocupación de los consumidores con
respecto al medio ambiente, como consecuencia de los crecientes niveles
de contaminación de la atmósfera, el agua y el suelo, ha inducido a
muchos gobiernos a adoptar reglamentos encaminados a la protección del
medio ambiente. Entre ellos figuran, por ejemplo, los relativos al
reciclado del papel y los productos plásticos y a los niveles de emisión
de gases de los vehículos a motor.
En el Acuerdo OTC (Obstáculos Técnicos al Comercio) se tiene en cuenta
la existencia de diferencias legítimas de gustos, rentas y factores
geográficos y de otro tipo entre los distintos países. Por ello, el
Acuerdo permite a sus Miembros una gran flexibilidad en la elaboración,
la adopción y la aplicación de sus reglamentos técnicos nacionales. En
el Preámbulo del Acuerdo se reconoce que “no debe impedirse a ningún
país que adopte las medidas necesarias para asegurar la calidad de sus
exportaciones, o para la protección de la salud y la vida de las
personas y de los animales o la preservación de los vegetales, para la
protección del medio ambiente, o para la prevención de prácticas que
puedan inducir a error, a los niveles que considere apropiados”. No
obstante, la flexibilidad de reglamentación de los Miembros queda
limitada por la prescripción de que “no se elaboren, adopten o apliquen
reglamentos técnicos que tengan por objeto o efecto crear obstáculos
innecesarios al comercio internacional” (párrafo 2 del artículo 2).
Para un gobierno, evitar obstáculos innecesarios al comercio
significa que, al elaborar un reglamento técnico para lograr determinado
objetivo de política — ya sea la protección de la salud y la seguridad
de las personas o del medio ambiente, etc. —, el reglamento no deberá
provocar más efectos restrictivos del comercio que los precisos para
alcanzar ese objetivo legítimo. Los obstáculos técnicos al comercio
internacional podrían eliminarse si los Miembros admitieran que
diferentes reglamentos técnicos cumplen los mismos objetivos de política
aunque lo hagan por diferentes medios (equivalencia).
Este concepto, basado en el “nuevo enfoque” de la normalización adoptado
por la Comunidad Europea en 1985, se recoge en el párrafo 7 del artículo
2 del Acuerdo OTC.
Supongamos que el país A, deseoso de proteger su medio ambiente de elevados niveles de emisiones de los vehículos automóviles, exige que los coches vayan equipados con un catalizador. En el país B se logra el mismo objetivo mediante la utilización de motores diésel en los vehículos automóviles. Como los intereses ambientales son idénticos en ambos países -reducir los niveles de contaminantes de la atmósfera- A y B pueden convenir en que sus reglamentos técnicos son en lo esencial equivalentes. De esta manera, si los fabricantes de automóviles del país A desean exportar al país B no se verán obligados a satisfacer la prescripción del país B relativa a los motores diésel, y viceversa. Ello eliminará los costos de adaptar las instalaciones de producción para cumplir los reglamentos extranjeros.
Mientras los países latinoamericanos tienen múltiples dificultades para impulsar el crecimiento sostenido de sus economías, por el contrario, los países del Norte han alcanzado su mayor industrialización y desarrollo tecnológico logrando un crecimiento acelerado de sus economías, y en esa medida, alcanzando también mayores niveles de consumo energético como requerimiento de su gran desarrollo industrial, pero además, presentando las mayores implicancias ambientales (esto relacionado con los estilos de vida de las sociedades súper desarrolladas, las de mayor consumo). Por otra parte, decimos que la mayoría de los países del Sur sus economías se estancan o crecen muy lentamente, presentando procesos de industrialización muy bajos, incipientes a intermedios. Y por tanto en comparación con los países del Norte- menores magnitudes de consumo de energía y menores implicancias ambientales.
En el articulo titulado “Bridging the Trade-Enviroment Divide” del
autor Daniel C. Esty, publicado en el Journal of Economic Perspectivas
durante el verano del 2001, se realiza un análisis de la relación entre
comercio internacional y medio ambiente. El autor expresa que “En un
mundo tendiente a la integración comercial, en donde los intereses
económicos entran en conflicto con diversos intereses de la sociedad
actual, encontramos una fuerte tensión entre la liberalización comercial
y la protección del medio ambiente, un choque de culturas, teorías y
asunciones”. Continua exponiendo “… Dado que el principal propósito de
la liberalización comercial es incrementar el crecimiento económico, el
comercio afecta inevitablemente el nivel de protección ambiental a
través de su impacto sobre la Curva Ambiental de Kuznets2 — CAK—. La
primera consideración que emerge de la CAK, es que muchos países en
desarrollo están viviendo en la parte de la curva en que las condiciones
ambientales se deterioran. Adicionalmente, en algunos problemas,
especialmente aquellos que se esparcen en espacio y tiempo (como el
efecto invernadero por la emisión de gases), ningún país ha alcanzado la
cima, mucho menos la parte con pendiente negativa de la curva.”
Con relación a estos escenarios y las implicaciones del comercio
internacional sobre el ambiente existen diversas posiciones que han
colocado el debate de la siguiente forma: por un lado, quienes sostienen
que en efecto el comercio sí contribuye a lograr mejoras y objetivos
ambientales; por otro lado, quienes sostienen que las reglas y
mecanismos comerciales de los paí¬ses son insuficientes (o no se
corresponden) para alcanzar objetivos de sostenibilidad ambiental; y
finalmente, quienes sostienen que el aumento de las restricciones
(regulaciones) ambientales puede limitar o modificar a manera de
barreras o proteccionismos- los flujos comerciales internacionales y la
competitividad de los paí¬ses.
Cuando el sistema de comercio internacional fue reconstruido después de
la Segunda Guerra Mundial, las consecuencias ambientales de la
integración económica no estaban entre las preocupaciones principales.
La única referencia al medio ambiente en el GATT de1947 era una cláusula
que establecía que no deberá impedirse a ningún país que adopte medidas
para la protección de la salud y la vida de las personas y los animales
o la conservación de los recursos naturales agotables, siempre que tales
medidas no se apliquen de manera que constituyan un medio de
discriminación arbitrario o injustificable entre los países en que
prevalezcan las mismas condiciones, o una discriminación encubierta del
comercio internacional.
En la actualidad la OMC (Organización Mundial del Comercio) por su parte
organiza talleres obre normas privadas relacionadas con el medio
ambiente, certificación y prescripciones de etiquetado en el que se
estudian ejemplos concretos de normas privadas medioambientales en
diferentes sectores así como los principales problemas y oportunidades
que se les presentan a los productores y a los exportadores, sobre todo
a los de los países en desarrollo, lo cual estará basado en la labor y
los estudios pertinentes realizados por diversas organizaciones
internacionales.
El desarrollo sostenible y la protección y preservación del medio
ambiente son objetivos fundamentales de la OMC. Están consagrados en el
preámbulo del Acuerdo de Marrakech, por el que se estableció la OMC, y
complementan el objetivo de la misma de reducir los obstáculos al
comercio y eliminar el trato discriminatorio en las relaciones
comerciales internacionales. Mediante la apertura del comercio, sus
normas y su mecanismo de observancia, la labor realizada en diferentes
órganos y sus esfuerzos constantes en el marco del Programa de Doha para
el Desarrollo. En el Programa de Doha se incluyen negociaciones
específicas sobre el comercio y el medio ambiente, y se asignan algunas
tareas al Comité de Comercio y Medio Ambiente en sesión ordinaria.
El Comité de Comercio y Medio Ambiente de la OMC es el foro permanente
dedicado al diálogo entre los gobiernos sobre el efecto de las políticas
comerciales en el medio ambiente, y de las políticas ambientales sobre
el comercio. Creado en 1995, el Comité ha venido realizando un amplio
programa de trabajo. En el marco del Programa de Doha para el
Desarrollo, el Comité en Sesión Ordinaria también está examinando los
efectos de las medidas medioambientales en el acceso a los mercados, el
Acuerdo sobre los Derechos de Propiedad Intelectual relacionados con el
Comercio y la biodiversidad, y el etiquetado para fines
medioambientales. Aunque no existe ningún acuerdo específico que trate
del medio ambiente, los Miembros pueden adoptar, en el marco de las
normas de la OMC, medidas relacionadas con el comercio que tengan por
objeto proteger el medio ambiente, siempre que se cumpla una serie de
condiciones para evitar el uso indebido de esas medidas con fines
proteccionistas.
El compromiso de los Miembros de la OMC con el objetivo del desarrollo
sostenible y la protección del medio ambiente también se ha plasmado en
las normas de la OMC. En términos generales, las normas, y los
principios fundamentales subyacentes de la no discriminación, la
transparencia y la previsibilidad, han ayudado a establecer el marco que
permite a los Miembros elaborar y aplicar medidas para atender las
preocupaciones relativas al medio ambiente. Además, las normas de la
OMC, y en particular los Acuerdos especializados como el Acuerdo sobre
Obstáculos Técnicos al Comercio (que se refiere a los reglamentos
relativos a los productos), y el Acuerdo sobre medidas sanitarias y
fitosanitarias (que aborda la inocuidad de los alimentos, la salud de
los animales y la preservación de los vegetales), dan margen a los
Miembros para procurar lograr sus objetivos ambientales y adoptar las
medidas relacionadas con el comercio necesarias.
En el comité que administra el Acuerdo sobre Obstáculos Técnicos al
Comercio (que se ocupa de los reglamentos, normas, pruebas y
procedimientos de certificación), los gobiernos comparten información
sobre las medidas que adoptan y analizan cómo determinados reglamentos
ambientales pueden afectar al comercio. Las normas pueden convertirse en
obstáculos para el comercio. Sin embargo, también son necesarias por una
diversidad de razones, desde la protección ambiental, pasando por la
seguridad personal y la seguridad nacional, hasta la información al
consumidor. Y pueden ayudar al comercio.
Se teme que el uso creciente de normas privadas de carácter voluntario
pueda dejar a los pequeños productores de los países en desarrollo fuera
de las cadenas de la oferta mundial, marginando con ello a los que más
necesitan aprovechar las ventajas del comercio internacional. Las normas
privadas son normas elaboradas por organismos del sector privado que
pueden incluir temas de calidad, medio ambiente, responsabilidad social
y e inocuidad alimentaria. Divididas en las generadas por Sistemas de
empresas específicas, Sistemas colectivos nacionales y Sistemas
colectivos internacionales como GLOBALGAP (EUREPGAP).
Si bien no son jurídicamente vinculantes desde el punto de vista de la
regulación, en la práctica no cesan de aumentar los casos en que normas
privadas de carácter voluntario resultan obligatorias por el poder que
tienen en los mercados determinadas grandes empresas minoristas e
importadores que operan mundialmente. Varias de estas normas en relación
con alimentos, por ejemplo, compaginan exigencias en materia de
seguridad alimentaria con requisitos sobre medio ambiente, salud e
higiene y seguridad de los trabajadores, cuya observancia supone un
esfuerzo enorme para los productores y exportadores de los países en
desarrollo. Uno de los motivos que explican esta tendencia es que las
normas persiguen compaginar objetivos en materia de seguridad
alimentaria con la promoción de métodos productivos sostenibles desde el
punto de vista ambiental.
Si bien la observancia de sus nuevas exigencias entraña no pocos costos,
no es menos cierto que presenta ventajas al permitir reducir los efectos
no deseados en el medio ambiente y en la salud de los productores pues
garantizan el cumplimiento de los requisitos relativos a estos temas,
además de generar economías en materiales y recursos así como confianza
en los clientes disminuyendo la frecuencia de inspecciones en las áreas
de producción pero también provocan el incremento de los costos por
proliferación de certificaciones con el consiguiente aumento de
dificultades para pequeños productores, confusión entre normas públicas
y privadas, casi obligatoriedad por ser exigidas por los principales
compradores e inconvenientes por parte de pequeños productores para su
cumplimiento y acceso a actualizaciones.
La Ingeniera Claudia Solano perteneciente a la Comisión de Promoción del
Perú para la exportación y el turismo presentó en el Seminario Regional
sobre Normas Privadas de Sanidad Vegetal, animal e inocuidad
alimentaria: La necesidad de una acción regional para promover bienes
públicos las principales diferencias entre Normas Públicas y Privadas:

También se ha expresado el temor de que el creciente recurso a las
normas privadas de carácter voluntario pueda suponer la exclusión de los
pequeños productores de los países en desarrollo de las cadenas de
oferta mundial, marginando así a los que más necesitan aprovechar las
ventajas que brinda el comercio para promover el desarrollo. Un número
cada vez mayor de países en desarrollo intentan comprender mejor la
función y las repercusiones de las normas del sector privado para
acceder a los mercados de exportación.
La delegación de Ecuador acusó a las normas privadas y comerciales de
restringir el comercio internacional y de agravar la situación de
pobreza que viven los países en desarrollo En la declaración oficial,
Ecuador se pregunta "¿cuál es el valor agregado que obtenemos los países
en desarrollo de la presencia y aplicación de las normas privadas o
comerciales cuando la aplicación de algunas de estas normas privadas son
pasos previos para permitir el comercio? Más todavía, hemos observado
que la normativa privada no está armonizada con la normativa oficial de
los acuerdos internacionales, por el contrario, en algunos casos ésta
supera la normativa oficial, por ejemplo, en el caso de los límites de
tolerancia. ¿No será entonces, una forma de imponer restricciones al
comercio?".
Ecuador expone además que las declaraciones por parte de organizaciones
que promueven la normativa privada de que estas normas tienen como
objetivo disminuir la pobreza es "una exageración muy intencionada" y
explica: "Creemos firmemente y tenemos evidencias de que la aplicación
de estas normas privadas comerciales quitan competitividad a nuestros
pequeños productores, que ya de por sí, tienen una carga pesada con la
competencia no equitativa que tienen que enfrentar con otros sistemas de
producción que no solamente tienen más capital de inversión, tecnología
de punta, sino que además, son sistemas subsidiados, como todos sabemos.
¿Y ahora encima tenemos que pasar las pruebas de los estándares privados
para poder vender? Creemos por lo tanto que eso no es aliviar la
pobreza. Solo mencionaremos un ejemplo que ayudará a soportar nuestra
preocupación. Muchos sistemas productivos de pequeños productores en
Ecuador han sido sistemas orgánicos por tradición y por carencia.
Además, por falta de capital para invertir han sido sistemas que nunca
utilizaron agroquímicos. En conclusión, históricamente han sido y son
sistemas orgánicos, pero ahora tienen que pagar facturas de alrededor de
USD 3000 por año en promedio, para que una certificadora privada
certifique que esa producción históricamente orgánica es orgánica. Para
un pequeño productor esta factura puede rebasar la ganancia de todo el
año, lo que indica nuevamente que esto no es aliviar la pobreza".
El Grupo Consultivo de la UNCTAD, en estrecha colaboración con la FAO,
ha preparado una serie de estudios monográficos de 12 países sobre las
repercusiones para el desarrollo y el acceso a los mercados de la norma
privada EurepGAP en el caso de las frutas y hortalizas frescas en:
• África (centrado en Ghana, Kenya y Uganda);
• Asia (en relación con Malasia, Filipinas, Tailandia y Viet Nam) y;
• América del Sur y Centro América (que aúna a la Argentina, el Brasil,
Chile, Costa Rica y Cuba).
En la práctica estas normas privadas facultativas pueden volverse
obligatorias: si un proveedor no las cumple, se lo excluye del mercado.
El Protocolo EUREPGAP, por ejemplo, está formado por un conjunto de
documentos normativos sujetos a criterios de certificación
internacionalmente reconocidos de las Buenas Prácticas Agrícolas cuyos
principios incluyen la Seguridad Alimentaria, Protección Medioambiental,
Salud, Seguridad y Bienestar Ocupacional. Desde 2007, EurepGAP se ha
transformado en GlobalGAP y han hecho su aparición nuevos sistemas de
normas privadas. GLOBALGAP es un organismo privado que establece normas
voluntarias a través de las cuales se puede certificar productos
agrícolas en todas partes del mundo. La norma GLOBALGAP fue diseñada
principalmente para brindar confianza al consumidor acerca de la manera
que se lleva a cabo la producción agropecuaria: minimizando el impacto
perjudicial de la explotación en el medio ambiente, reduciendo el uso de
insumos químicos y asegurando un proceder responsable en la salud y
seguridad de los trabajadores, como también en el bienestar de los
animales.
La norma cita directivas y regulaciones internacionales (generalmente
europeas) a cumplir, además de exigir el cumplimiento de las
especificaciones del país productor así como la de los países de
destino. Ejemplo: Directivas 79/117/CE, 202/63/CE, Guías de la
Organización Mundial de la Salud (OMS) para el uso seguro de aguas
residuales, Código Internacional de Conducta sobre la Distribución y el
Uso de Pesticidas, etc. El no contar con la certificación GLOBALGAP
(Eurepgap) invalida la comercialización de frutos frescos en muchos
Supermercados de Europa. Aún estando certificado si no aparece publicado
oficialmente en el sitio de GLOBALGAP (Eurepgap) el nombre de la empresa
en el listado, se limitan las ventas. Para los clientes la certificación
es una obligación aunque el poseerla no implica una garantía de calidad
ni influye de modo alguno en los precios. A pesar del costo para la
certificación e implementación de la norma y de suponer ventajas, no
está permitida la información en el envase del cumplimiento de la misma
por lo que no es posible aprovechar la certificación como valor agregado
al producto para su comercialización en otras zonas fuera de Europa.
Aunque esta norma en su contenido no excluye a los pequeños productores,
tanto la implementación, certificación así como el mantenimiento son muy
costosos. También podría citarse la exigencia que los ensayos se
efectúen en laboratorios acreditados según la ISO 17025. En Cuba, por
ejemplo, no existen laboratorios para la determinación de residuos de
fitosanitarios que respondan a esta exigencia por lo que en el futuro,
si cambia la clasificación de estos puntos, para su cumplimiento se
precisará del envío de muestras al extranjero aumentando con ello los
costos asociados.
Bibliografía
• Esty, Daniel C. Traducción libre del artículo: “Bridging the Trade-Enviroment Divide”. Journal of Economic Perspectives, volumen 15, número 3, verano 2001, pág. 113-130. Visto en [Esty lecruta en Espanol.pdf]
• Artículo: La OMC organiza un taller sobre normas privadas relacionadas con el medio ambiente. [http://www.wto.org/spanish/news_s/news_s.htm]. (8 de julio de 2009).
Conclusiones
El cumplimiento de varias normativas gubernamentales y privadas se traduce en costos adicionales a los productores de países en vías de desarrollo. Las referidas normas obstaculizan el comercio principalmente de aquellos proveedores con menos solvencia.