Tributación ambiental en el Perú

El agotamiento de los recursos naturales constituye una de las preocupaciones de mayor trascendencia para los Estados del mundo y para nuestro país.

Hecho que en los últimos años ha habido en todo el mundo un interés en emplear para la protección del ambiente instrumentos fiscales que, fundamentalmente, obligan a quienes contaminan a pagar impuestos que reflejen los costos que la polución implica para la sociedad en general, asimismo para la población por consumir productos contaminantes.

Esta realidad motiva la búsqueda de instrumentos idóneos para lograr una protección efectiva de los recursos naturales y su desarrollo armónico a largo plazo.

El objetivo es, un desarrollo sostenible para el futuro, que implica la satisfacción de las necesidades humanas presentes y futuras y el mejoramiento de la calidad de vida, porque se reconoce que la vida humana solo es posible en solidaridad con la naturaleza.

El Estado por su parte, tiene también la obligación de procurar su protección adecuada, para garantizar su disfrute por las generaciones presentes y futuras, por lo que debe tomar las medidas necesarias para evitar la contaminación, y en general, las alteraciones producidas por el hombre que constituyan una lesión al medio ambiente.

A pesar que el ordenamiento jurídico contempla legislación apropiada para una tutela efectiva del ambiente, en el ámbito tributario se carece de una regulación específica de tributos extrafiscales en general y particularmente, medioambientales.

Precisamente si se reconoce que el “medio ambiente es de todos y afecta a todos” entendemos que debería darse una respuesta más decidida, no sólo en el sentido de potenciar un desarrollo normativo sobremanera preventivo, incluso sancionador, sino también de inversión, y no sólo con las miras puestas en la aprobación de medidas de estímulo a políticas empresariales.

La preocupación colectiva por el medio ambiente constituye una realidad y se refleja en una toma de consideración de todos los poderes públicos sobre la necesidad de intervenir, tanto a nivel internacional como local.

La importancia que ha adquirido el ambiente en las últimas décadas hace necesario el establecimiento de determinados instrumentos económicos, como los impuestos ambientales, que interioricen los efectos externos derivados de los procesos productivos.

Como tal el Estado está en la obligación de garantizar un ambiente sano a sus habitantes, en consecuencia su conservación constituye un costo que debe ser pagado por quienes utilizan el ambiente en forma nociva, y al mismo tiempo por quienes contaminamos nuestro entorno.

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En consecuencia debe desarrollar un instrumento que permita recaudar recursos con el fin de prevenir los daños medio ambientales, así como incentivar a las empresas adquirir tecnologías limpias que protejan el medio ambiente,  y la población consiente del hecho aprenda a consumir productos no dañinos al medio ambiente. Entonces para que el Estado tenga fondos como recuperar el medio ambiente se hace imprescindible la creación de un Marco Legal como la Tributación Ambiental, cuyo fin es extrafiscal, recursos que solo debe ser destinados para el medio ambiente, desincentivando el daño al medio ambiente para todo aquel “Quien Contamina Paga”. Entonces la Tributación Ambiental constituye en la actualidad un elemento importante de la reforma tributaria.

Se debe tener en cuenta que la finalidad del impuesto es evitar la contaminación, por lo que los sistemas de estimación objetiva han de basarse en elementos que incentiven la reducción de la contaminación, como el tipo de instalaciones o de materias primas utilizadas en los procesos productivos. En caso contrario, el impuesto carecerá de idoneidad.

Este impuesto se diferencia del objetivo de los demás impuestos, mientras que los tributos del país persiguen un fin fiscal de recaudador para cubrir los gastos fiscales, además a mayor producción mayor recaudación, es decir, tiende a crecer; sin embargo los impuestos ambientales tienden a decrecer con el tiempo, puesto que mientras los sujetos pasivos disminuyan los efectos de la contaminación, en esa medida dejarán de pagar el impuesto.

El presente estudio, que ponemos a consideración de la Facultad de Contabilidad de la Universidad Nacional del Centro del Perú, con la finalidad de obtener el Título Profesional de Contador Público, se realizó tomando en cuenta las consideraciones expuestas, y también pretendiendo cumplir con uno de los objetivos que justifican la fundación de la Universidad, que es la de dar un aporte a la solución de los problemas de nuestro país.

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Basualdo Salcedo Edson. (2013, octubre 15). Tributación ambiental en el Perú. Recuperado de https://www.gestiopolis.com/tributacion-ambiental-en-el-peru/
Basualdo Salcedo Edson. "Tributación ambiental en el Perú". gestiopolis. 15 octubre 2013. Web. <https://www.gestiopolis.com/tributacion-ambiental-en-el-peru/>.
Basualdo Salcedo Edson. "Tributación ambiental en el Perú". gestiopolis. octubre 15, 2013. Consultado el . https://www.gestiopolis.com/tributacion-ambiental-en-el-peru/.
Basualdo Salcedo Edson. Tributación ambiental en el Perú [en línea]. <https://www.gestiopolis.com/tributacion-ambiental-en-el-peru/> [Citado el ].
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Imagen del encabezado cortesía de twiga_269 en Flickr