Manejo de los impuestos en México

I. Introducción

Uno de los problemas más difíciles de resolver en este país es el de impuestos, bien es sabido, que la gran responsabilidad recae en el Congreso Mexicano, pues es el que al final aprueba las leyes que abarcan el campo fiscal, laboral, económico y energético. Y esto es lo que puede mantener o incrementar la economía del país.

En los últimos tiempos es muy común escuchar en cualquier lugar a personas quejándose de lo que pagan en impuestos, y viendo la manera de evadirlos. Pero tenemos que considerar que el Estado debe tener los elementos para integrar la hacienda pública por lo tanto debemos pensar que es un mal necesario,  para que el país pueda hacer frente a todos los compromisos que tiene con los ciudadanos. Debemos dar cumplimiento a estas obligaciones que tenemos y tratar de que no se incurra en omisión. También debemos de buscar la manera en que a las empresas trasnacionales, el gobierno no les conceda tantos privilegios y paguen los impuestos como cualquier otra empresa pequeña o mediana que les corresponda.

II. Desarrollo

Nuestro gobierno requiere  lograr maximizar los recursos que obtenga en esta materia. Se había hablado mucho de hacer reformas en estos sectores mencionados, pero apenas en recientes días se están ya realizando. Se empezó con la reforma laboral, se anuncia la energética y la económica, esperemos que al ser aprobadas haya más soluciones y que sean exitosas, para poder crecer como país, y por lo tanto mejorar la calidad de vida de los ciudadanos. Pero, debemos tener presente como ciudadanos de este país que el omitir el pago voluntario de este tributo establecido por la ley, se considera un ilícito o delito y hay diversas formas de cometerlo día a día, por ejemplo: las ganancias obtenidas en actividades legales o ilegales, como el comercio informal o la piratería.

El gobierno mexicano piensa que en este 2013, al reducir impuestos, podemos crecer al traer más inversión extranjera. Pero, tenemos que tener en cuenta que el problema no es tan simple. La autoridad fiscal pretende gravar todos los ingresos de las personas físicas sea cual fuere el origen de los mismos y aún más, también pretende tener más identificados a los contribuyentes por medio de la declaración de la persona física y el sistema financiero, ya que por disposición fiscal éste habrá de informar al fisco de los productos que obtengan sus clientes. (Romero, junio, 2013) También ha contribuido a disminuir un poco este delito la facturación digital, pero realmente lo que ayudaría sería la concientización ciudadana al colaborar y no infringir la ley con estos delitos.

Pienso que esta disposición puede traer otro tipo de consecuencias e inclusive en lugar de fortalecer la economía, lo que puede lograr es la fuga de capital. Y el desaliento en las personas físicas que ya tienen cautivas. La realidad es que siempre hay maneras de no pagar impuestos, por ejemplo: las facilidades, diferimientos, regímenes fiscales, tasas reducidas, deducciones y hasta exenciones –todas fundadas en la ley-, empresas e individuos dejan de contribuir al desarrollo de México. Algunos privilegios que se concedieron a ciertos sectores –el de autotransporte, por citar a uno- ya no tienen razón de ser. (Sepúlveda, 2013) Y no olvidemos también uno de los más grandes el llamado Outsourcing que es el trabajo en régimen de subcontratación por medio del cual un patrón denominado contratista ejecuta obras o presta servicios con sus trabajadores bajo su dependencia, a favor de un contratante, persona física o moral, la cual fija las tareas del contratista y lo supervisa en el desarrollo de los servicios o la ejecución de las obras contratadas.

“Respecto a estas empresas que llegan a ser grandes evasoras, soló un grupo llamado Inteligencia en la Dirección de Negocios (IDN) Dejo de pagar 19 mil millones de pesos en 2010 por concepto de IVA, más de 34 mil empresas legítimas pequeñas, medianas y grandes no pagan impuestos retenidos ni aportaciones de seguridad social.(insertar noticiero fiscal”  www.ija.mx/2013/) Si tomamos en cuenta que estas aportaciones son para mejorar el desarrollo social de los más desfavorecidos, en escuelas, hospitales, carreteras, servicios públicos, lo único que se logra es encasillarlos más en la pobreza extrema en que viven un sinfín de mexicanos.

Pero, también tenemos que admitir como, los ciudadanos comunes contribuimos con este ilícito de una manera cotidiana, ejemplo: cuando requerimos de un servicio como lo es un arreglo para el auto, el mecánico nos pregunta si vamos a requerir factura y, nosotros decimos que no. Este prestador de servicio nos llega a ofrecer hasta un descuento y nosotros estamos fomentando un doble delito en ese momento, porque él no sólo no paga impuesto sobre las ganancias percibidas, sino también no estará cobrando el correspondiente impuesto sobre el valor agregado llamado IVA. Que posteriormente tendría que haber liquidado con la hacienda pública.

Otra manera de no pagar impuesto es el comercio informal, y que cada vez crece más, aunado a la piratería que llegamos a encontrar en cualquier esquina de nuestra ciudad, no solamente están cometiendo delito contra el autor, sino también, no declaran los ingresos que obtienen por esta actividad. Otro delito fiscal que afecta a nuestro país es el “lavado de dinero”, muchos países y organizaciones mundiales  han creado leyes y organismos para detectarlo y prevenirlo. En  nuestro país el 7 de Mayo del 2004, el gobierno federal estableció la unidad de Inteligencia Financiera (UIF)en la SHCP, como una instancia central nacional para la recepción, análisis y difusión de reportes de operaciones y otra información financiera que puede ser útil para detectar operaciones posiblemente relacionadas con el lavado de dinero o el financiamiento al terrorismo. (Romero, junio, 2013).

El lavado de dinero en nuestro país es considerado un delito penal de conformidad en el artículo 400 Bis del Código Penal, el cual establece lo siguiente: se impondrá de cinco a quince años de prisión y de mil a cinco mil días multa al que por sí o por interpósita persona realice cualquiera de las siguientes conductas: adquiera, enajene, administre, custodie, cambie, deposite, de en garantía, invierta, transporte o transfiera, dentro del territorio nacional, de éste hacia el extranjero o a la inversa, recursos, derechos o bienes de cualquier naturaleza, con conocimiento de que proceden o representan el producto de una actividad ilícita, con alguno de los siguientes propósitos: ocultar o pretender ocultar, encubrir o impedir conocer el origen, localización, destino o propiedad de dichos recursos, derechos o bienes, o alentar alguna actividad ilícita.

Lo mismo se aplicara a los empleados y funcionarios de las instituciones que integran el sistema financiero, que dolosamente presten ayuda o auxilien a otro para la comisión de las conductas previstas en el párrafo anterior, sin perjuicio de los procedimientos y sanciones que correspondan conforme a la legislación financiera vigente.

La pena prevista en el primer párrafo será aumentada en una, mitad, cuando la conducta ilícita se cometa por servidores públicos encargados de prevenir, denunciar, investigar o juzgar la comisión de delitos. En este caso, se impondrá a dichos servidores públicos, además, inhabilitación para desempeñar empleo, cargo o comisión públicos hasta por un tiempo igual al de la pena de prisión impuesta. (Código Penal Federal, 2013)

Es tan grande la preocupación del gobierno federal que en la recuperación de la fuga de impuestos por capitales que salen del país, ha impulsado acuerdos con diferentes países de Europa y con Estados Unidos de Norte América, para tener un intercambio de información recíproca, para que los contribuyentes cumplan con sus obligaciones fiscales.

Después de dos años de negociaciones, México y el Departamento del Tesoro de Estados Unidos firmaron el acuerdo de intercambio Automático de Información Financiera (FACTA, por su sigla en inglés) con el fin de verificar el debido cumplimiento de obligaciones fiscales de sus contribuyentes, informó la Secretaría de Hacienda. (Flores, 2013)

Nuestro gobierno el pasado 16 de Junio del presente año impulsa un acuerdo con el objetivo de tener información sobre empresas transnacionales con; Gran Bretaña, Alemania, Francia, Italia y España. (Olson, 2013)

III. Conclusiones

Finalmente creo que la mayoría de contribuyentes que actualmente estamos cumpliendo con nuestra responsabilidad en el pago de impuestos que nos corresponde, nos sentimos optimistas al ver que con una mayor y mejor participación del fisco y de nosotros con el tiempo aumentarán las recaudaciones fiscales.

IV. Referencias

  • Código Penal Federal. (2013)., (pág. 106). México.
  • Flores, L. (2013). El Economista. Sección valores y dinero. México.
  • Olson, G. (2013). Nacional. (pág. Portada). México: Excelcior.
  • Romero, C. M. (junio, 2013). Como manejar los alcances de la nueva Ley Antilavado de Dinero., (pág. 5). Mérida.
  • Sepúlveda, Á. M. (2013). La elusión fiscal: una sangría para México. (pág. uno). México: impresa por grupo Infagon.

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Olvera González Prisca. (2013, agosto 28). Manejo de los impuestos en México. Recuperado de https://www.gestiopolis.com/manejo-de-los-impuestos-en-mexico/
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Olvera González Prisca. "Manejo de los impuestos en México". gestiopolis. agosto 28, 2013. Consultado el . https://www.gestiopolis.com/manejo-de-los-impuestos-en-mexico/.
Olvera González Prisca. Manejo de los impuestos en México [en línea]. <https://www.gestiopolis.com/manejo-de-los-impuestos-en-mexico/> [Citado el ].
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