Introducción
Para todos La carga tributaria se convierte así, en la mente de muchos, en un gran sacrificio, de escaso nulo beneficio, personal y social, origen de abusos. Esta situación se ve intensificada por el complejo y para la mayoría indescifrable conjunto de normas que rigen a la recaudación.
Resulta normal que las cuestiones fiscales sea motivo de preocupación para el contribuyente, pero eso no significa que a quienes se acercan por primera vez a ella la observen con temor y poca simpatía.
En el presente trabajo me refiere a la legalidad de una norma tributaria para luego, incursionar en la posible ilegalidad por infracciones a aquellas.
Como todos sabemos los recursos más importantes que obtiene el estado conocido erario público provienen de los ingresos fiscales o tributarios. Los cuales se establecen a través del poder con que cuentan nuestros legisladores para crear leyes que impongan cargas a los gobernados que realicen las actividades previstas en la ley; siendo una facultad potestativa tributaria.
Esto se hace con la finalidad de cumplir con lo encomendado (la necesidad colectiva).
El estado justifica la recaudación del erario público, diciendo que se hace con la finalidad de proteger el interés colectivo, aunque a veces no se tiene la certeza de que efectivamente haya un interés que el fisco deba de proteger y tal vez su único interés sea asegurarse el mismo, tal y como se desprende de lo establecido en los artículos 41 fracción II y 145 del código de fiscal de la federación, donde prevé la figura del embargo precautorio.
El embargo no necesariamente es un acto consumado de forma irreparable para efectos de que sea objeto de una medida suspensiva en materia de juicio de garantías, de conformidad con los criterios aquí mencionados se puede demostrar la necesidad de otorgársele una medida suspensiva en estricta observancia de dos conceptos de trascendental importancia y requisitos de procedibilidad de la misma, la apariencia del buen derecho y el peligro en la demora.
Todo esto debido a que no se fija un tiempo determinado para que el contribuyente pueda desvirtuar los hechos considerados por la autoridad.
Asimismo considerando este y otros razonamientos es necesario analizar la constitucionalidad del embargo precautorio establecido en el código fiscal de la federación. Indicando los límites constitucionales a los que debe sujetarse la potestad tributaria de la autoridad, así como todo acto de autoridad que emita la ley fiscal, sin dejar de resaltar la supremacía que tiene la constitución política de los estados unidos mexicanos sobre las leyes o códigos federales, tal es el caso del código fiscal de la federación.
1.- Embargo
La legislación fiscal en México autoriza el embargo precautorio en bienes o negociaciones del contribuyente, con el simple hecho de que la autoridad fiscal crea que el mismo está tratando de evadir su obligación con el fisco o por que considere que hay riesgos de que el contribuyente enajene o dilape sus bienes.
Estos supuestos solo se basan en realización incierta donde la autoridad
ni si quiera lo comprueba y no le da tiempo al afectado que demuestre lo
contrario.
Llevándose el embargo incluso sin que se haya determinado el crédito
fiscal o se compruebe que este sea exigible, lo que deja en estado de
indefensión al afectado; causando una gran inseguridad e incertidumbre
jurídica al contribuyente, puesto que no se sabe con certeza la cuantía
o el monto de lo que se debe y si es que en realidad se debe. Y a pesar
de eso la autoridad embarga los bienes que considera conveniente,
encontrando en dicho procedimiento falta de legalidad y generando con
esto vicios en el procedimiento.
Además que a consecuencia de del acto de la autoridad, se ven afectados otras obligaciones que debe cumplir el contribuyente, logrando con esto hacer una acumulación de incumplimientos de obligaciones y generándole más problemas al ciudadano con el fisco.
Aunque al afectar al contribuyente, también se ve afectado el país, debido a que se deja de realizar las actividades que generan riqueza en muchos aspectos del país.
Analizar y explicar los temas que sirve para profundizar el estudio del tema central de este ensayo de investigación; para poder tener un panorama amplio de todo el proceso y los pasos que debe seguir un fiscal. Además de estudiar los fundamentos constitucionales de las contribuciones y de la facultad de la autoridad fiscal conocida como potestad tributaria. Y establecer los límites en que se localiza constreñida la misma.
Lic. María Fernanda Ruiz Martínez - ma-fer19arrobahotmail.com
Maestría en derecho fiscal. Universidad del Sur. México.
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