Derecho comparado en Perú

1. Generalidades

El derecho comparado debe ser estudiado en todas las facultades de derecho y en todas las escuelas de postgrado, porque el mismo se aplica a todas las disciplinas jurídicas, aún en el caso que no sean ramas del derecho, en tal sentido, puede aplicarse la disciplina jurídica mencionada, no sólo al derecho privado, derecho público y derecho mixto, sino también a la filosofía del derecho, sociología del derecho, lógica jurídica, axiología jurídica, enseñanza del derecho, educación jurídica, pedagogía jurídica, entre otras tantas, es decir, el derecho comparado no sólo puede aplicarse a las disciplinas jurídicas indicadas, sino también a cualquier otra, con lo cual podemos concluir que su campo de estudio resulta ser bastante amplio, por ello, consideramos oportuno que en el derecho peruano se organicen maestrías y doctorados en esta disciplina jurídica, con lo cual se obtendrá beneficios para todos, no sólo en el derecho, sino también en la economía, es decir, se debe optar por utilizar instituciones eficientes y no instituciones ineficientes, por lo cual, todos serán beneficiados con el crecimiento económico. Pero claro está que siempre existirán países más ricos que otros.

Esperamos contribuir con la presente publicación con el crecimiento económico y crecimiento empresarial, todo esto en el estado peruano, los cuales son muy importantes en el derecho peruano, siendo una de sus partes la realidad social peruana. Todos los indicados en los últimos años han merecido atención por parte de los gobernantes, por ello, consideramos que se debe seguir aportando con nuevas ideas, algunas de las cuales son propias del derecho comparado y esto es lo que nos mueve a estudiar y publicar sobre tan importante disciplina jurídica, dentro de la cual existen algunas ramas, como por ejemplo el derecho civil comparado, derecho penal comparado, derecho procesal civil comparado, derecho procesal penal comparado, derecho constitucional comparado, derecho tributario comparado, derecho aduanero comparado, derecho registral comparado, derecho notarial comparado, derecho empresarial comparado, derecho corporativo comparado, derecho económico comparado, entre otras tantas, es decir, la disciplina jurídica que nos ocupa, como es por cierto el derecho comparado, resulta ser muy importante en la economía, lo cual queremos que se comprenda porque con el derecho se encuentran unidas, y sólo se separan para efectos de estudio. Sin embargo, esto es poco conocido en el derecho peruano, lo cual dejamos constancia para poner un poco mas de énfasis en los estudios económicos por parte de los estudiantes de derecho y abogados, los cuales deben aportar a la economía peruana, para que existan los indicados al inicio del presente párrafo.

2. Ciencia comparativa

En el presente subtitulo estudiaremos el término. “ciencia comparativa”, lo cual implicará conocer otros enfoques sobre el derecho comparado y de esta forma contar con mejores herramientas dentro de la mencionada disciplina jurídica, la cual en el derecho peruano debe ser aplicada, con el objeto de recepcionar y transplantar a la economía peruana el crecimiento económico de países desarrollados, como es el caso de la economía china, lo cual esperamos para que existan mayores puestos de trabajo.

El derecho comparado es una denominación que no ha sido aceptada por todos los autores, de tal forma que algunos consideran mas apropiado utilizar en su lugar otra, como es por cierto “ciencia comparativa”, pero dejamos constancia que ambas denominaciones no son sinónimos de comparación, sino que la última de las mencionadas es una parte del derecho comparado y de la ciencia comparativa.

Hemos consultado fuentes de información nacionales y extranjeras y casi todas utilizan el término “derecho comparado”, es decir, pocos utilizan el término “ciencia comparativa”.

Este último término es poco conocido en la doctrina, y dentro de la misma corresponde tener en cuenta a la doctrina peruana, la cual hemos tenido en cuenta para efectos del presente trabajo de investigación, que corresponde a la indicada, en la cual existen realmente pocas publicaciones sobre el derecho comparado.

Habiendo desarrollado el término materia de estudio, como es por cierto “ciencia comparativa”, continuamos con nuestro estudio, que esperamos sea del agrado de todos, porque el mismo no sólo está dirigido a investigadores, sino también a otras personas, las cuales puede ser público en general que desee ampliar sus conocimientos no sólo jurídicos, sino también económicos, entre otras tantas disciplinas, que esperamos sean consultadas y estudiadas por el mencionado.

3. Tratado de derecho comparado

Quien escribe es autor de diversas publicaciones de derecho comparado y de otros trabajos por publicar sobre diversas ramas de dicha disciplina jurídica, las cuales esperamos sean tomadas en cuenta en futuras publicaciones comparatistas o mas propiamente de derecho comparado, sobre la cual trata el presente trabajo.

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Dentro de las primeras publicaciones indicadas en el párrafo anterior se encuentra el “Tratado de Derecho Comparado”, el cual aparece en la biblioteca de la Unidad de Pos grado en Derecho de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, que primero contó con tres tomos, pero hasta el momento se le ha agregado dos tomos, con lo cual ya cuenta con cinco tomos (2,500 páginas aproximadamente), y el autor del mismo, es decir, el autor del presente viene preparando tomos adicionales, con lo cual se espera contribuir con la cultura jurídica. Algunas partes del indicado tratado se encuentran publicadas en Internet, conforme se indica en la parte final del presente trabajo de investigación, las cuales no tienen costo alguno, es decir, no tienen como finalidad el lucro, sino más bien están orientadas a la difusión de la cultura jurídica, por ello, esperamos que los lectores del presente que tengan deseos de conocer el derecho comparado, puedan acceder a dicha información, en un medio en el cual la misma resulta ser demasiado escasa e incluso en algunos casos es costosa, lo que atenta contra la cultura, no sólo peruana sino también extranjera.

Esperamos que el indicado tratado sea tomado en cuenta por parte de la comunidad jurídica nacional y extranjera, y alcance la adecuada difusión no sólo en sede académica, sino también en otras sedes, las cuales también son importantes en el estudio del derecho comparado, la cual es una disciplina jurídica bastante importante en todas las disciplinas jurídicas, al margen de que sean o no ramas del derecho.

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Torres Manrique Fernando Jesús. (2010, julio 12). Derecho comparado en Perú. Recuperado de https://www.gestiopolis.com/derecho-comparado-peru/
Torres Manrique Fernando Jesús. "Derecho comparado en Perú". gestiopolis. 12 julio 2010. Web. <https://www.gestiopolis.com/derecho-comparado-peru/>.
Torres Manrique Fernando Jesús. "Derecho comparado en Perú". gestiopolis. julio 12, 2010. Consultado el . https://www.gestiopolis.com/derecho-comparado-peru/.
Torres Manrique Fernando Jesús. Derecho comparado en Perú [en línea]. <https://www.gestiopolis.com/derecho-comparado-peru/> [Citado el ].
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