Cómo usar e-commerce para fomentar la exportación de Pymes

Todos sabemos que hoy en día del 100% de los negocios que existen en los países de Latinoamérica y Centroamérica un altísimo porcentaje de dichos negocios son de las Mypes y Pymes a tal magnitud que, por dar un ejemplo, en el Perú a finales del 2008 el 98% de los negocios fueron de las medianas, pequeñas y microempresas y a pesar que en el gobierno de Alan García ha creado la Comisión de Producción de Micro y Pequeñas Empresas y Cooperativas, después de tres años de su gobierno es poco lo que dicha comisión del parlamento ha logrado a pesar que se dio la Ley 29271 promulgada en octubre del 2008 en la que se logró que se trasfirieran las funciones que cumplía el Ministerio de Trabajo referente a la formalización y registro de las Mypes y Pymes al Ministerio de la Producción (PRODUCE) con el objetivo de formalizar el 70% de las microempresas que son informales en el Perú e impulsar programas que mejoren su competitividad ya que solamente las Mypes y Pymes que están formalizadas y registradas pueden acceder a programas de capacitación y asistencia técnica de parte del gobierno y que fue promulgado en el Decreto Legislativo 1086 a mediados del 2008 por el Ministerio de Trabajo.

Sin embargo no hay un mecanismo o método que monitoree y controle el cumplimiento de las medidas dadas en dicha ley y el Registro de Asociaciones de Micro y Pequeñas Empresas (RENAMYPE) cuya función es registrar y formalizar a las microempresas informales que ha sido manejada por el Ministerio de Trabajo y la falta de coordinación de RENAMYPE y PRODUCE a resultado que todavía no se conozca cuales son la empresas que han decidido formalizar su situación y que programas se están implementando.

Cabe mencionar que solo las Mypes y Pymes formalizadas pueden exportar y si el 70% son informales están excluidas y si hasta marzo del 2009 solo el 3.5% de las Pymes y Mypes están exportando sus productos en el Perú, ¿Qué hay que hacer para que el resto de la Mypes y Pymes que no pueden exportar lo hagan en corto plazo?. He aquí algunos consejos que pueden servir para solucionar en cierta medida la problemática planteada:

1) Crear una asociación que reúna a todas las Mypes y Pymes del país (formales e informales) y registrarlas en la página Web de E-Commerce.

2) Clasificar a las Mypes y Pymes por rublos y dar capacitación para formalizar sus negocios.

3) Registrar en la página de E-Commerce la producción por rublos y tipo de producto de las Mypes y Pymes para conocer el probable volumen de exportación.

4) Es la asociación creada la que se encargará de buscar a los clientes en el exterior, para lo cual debe tener personal especializado en Comercio Exterior y conocer las páginas Web que se dedican a importación y exportación a nivel mundo tal como www.alibaba.com que tiene registrado 247 países y dentro de cada uno de ellos una lista amplia de proveedores y clientes clasificados por rublos y tipos de productos. Por lo tanto es la asociación Mypes y Pymes la que debe tener el Registro Unificado de Exportación respectivo el cual debe ser escaneado y colocado en la página E-Commerce para su verificación.

5) Es la asociación creada la que debe tener el Registro de empresas comerciales de Exportación No Tradicional. Este registro califica a la empresa que lo posee, como Empresa Comercial de Exportación No Tradicional o Trading, permitiendo se acoja a los incentivos del Régimen de Promoción a la Exportación No Tradicional. Este registro está normado por el Ministerio de Industria, Comercio, Turismo e Integración del Perú ( MICTI). En la página web de E-Commerce debe colgar una copia de dicho registro para su control respectivo.

6) La asociación debe dar soporte, monitorear y controlar todo el proceso de exportación mediante una página Web de E-Commerce que:

a. Establezca vía E-Commerce el contacto comercial y acuerdo previo sobre condiciones de exportación, Formalización del acuerdo o Contrato propiamente dicho.

b. Vía E-Commerce haga la Confirmación de pedido (Página Web de E-Commerce, Télex, Carta, Fax, etc.) y Orden de Compra del cliente en el extranjero i. Apertura de Carta de Crédito (con el Banco de su preferencia).Financiamiento Con recursos propios o Con crédito de intermediarios financieros. La carta de Crédito también debe ser escaneada y colgada en la página Web de E-Commerce para su control respectivo.

c. Preparar y embalar la mercancía a exportar.

d. Emisión de un Certificado de Origen según sea el caso el cual también debe estar escaneado y colgado en la página del E-Commerce.

e. Verificar si el producto a exportarse se acoge a alguna preferencia arancelaria en el país importador, tal es el caso de la Ley de Preferencia.

7) La asociación debe hacer la Preparación de los Documentos de Embarque, Coordinar con la Agencia de Transportes, Contactarse con un Agente de Aduana, Confeccionar instrucciones de embarque y Factura Comercial de exportación, Preparar la Orden de Embarque (Declaración para exportar) que debe ser extendida por el Agente de Aduana o despachador oficial en la cantidad de ejemplares que se indica: Original a la Aduana de despacho, 1ra. Copia al Despachador Oficial, dueño o exportador, 2da. Copia al Exportador, 3ra. Copia al Banco Central de Reserva del Perú, 4ta. Copia a la Oficina de sistemas (sólo para el caso de las Aduanas que no cuentan con el Sistema Automatizado). Cada uno de los documentos de embarque deben ser escaneado y colgados en la Página Web de E-Commerce para su monitoreo y control respectivo.

8) La asociación debe preparar la presentación de la Orden de Embarque: El Agente de Aduana lanza la Orden de Embarque vía correo electrónico y aduanas da un pre-número, pero sin canal; con este documento ingresa la carga al almacén autorizado (marítimo o aéreo) donde sellan la orden y con esto se va al terminal marítimo y/o aeropuerto, ingresan el pre-número y recién aparece el canal (revisión física o documentaria) y refrendan la orden. Si sale revisión física, entonces nombran el vista de aduanas y se va al almacén donde está la mercadería para realizarla. Conjuntamente con la Orden de Embarque y en los casos que corresponda, se presentará los siguientes documentos: Comprobante de pago por precinto de seguridad, de ser el caso (original y 02 copias): Original a la Aduana de despacho, 1ra. Copia al Área de recaudación 2da. Copia al Agente de aduana o despachador oficial y cada uno de dichos documentos debe estar escaneado y colgado en la página de E-Commerce.

9) Si se requiere, obtener la Visación del Instituto Nacional de Cultura para (productos sujetos a la Ley General de Amparo al Patrimonio Cultural de la Nación y/o del Sector correspondiente.

Además si se requiere, obtener la Visación textil para la exportación de productos textiles sujetos a cuotas (convenio Textil Perú-USA) «MULTIFIBRAS».

10) De la numeración: El personal de aduana verifica que la documentación presentada esté conforme con lo indicado en el Cargo de Guía de documentos (G.D.) sellando, numerando y devolviendo la copia a la asociación encargada de la exportación en señal de conformidad; en caso contrario proceden a su rechazo. También será motivo de rechazo cuando la mercancía solicitada se encuentre comprendida en la lista de productos de exportación Prohibida.

11) La asociación debe someter a las Órdenes de Embarque aceptadas a un sistema selectivo para determinar las mercancías que serán objeto de aforo físico, en un porcentaje no mayor de diez por ciento (10%). Efectuada la selección el personal de aduana estampará un sello con la inscripción «SUJETA AFORO FISICO» en el recuadro incidencias o «NO SUJETAS AFORO FISICO» en el recuadro de «Verificación de Aduanas» de la respectiva Orden de Embarque entregando al interesado el original y cuatro copias para que proceda a ingresar las mercancías al recinto aduanero, reservándose una copia para el archivo del Área de Numeración. Los listados con la relación de las órdenes de embarque seleccionadas para el aforo físico son publicadas por la aduana el mismo día de su presentación para conocimiento de los usuarios y a la vez son escaneadas y colgadas en la Página Web de E-Commerce.

12) El personal administrativo procede a fechar y numerar las Órdenes de Embarque con el número asignado por el SIGAD (Sistema de Gestión Administrativa) y ordena la documentación a efectos de su distribución. Seguidamente el operador de cómputo remite los reportes de las Órdenes de Embarque admitidas con la siguiente información: número y fecha de la Orden de Embarque, nombre del agente de aduana o despachador oficial, nombre y dirección del exportador, descripción de las mercancías (cantidad, clase de bultos y peso), valor FOB. Estos datos deben registrarse en la Página Web de E-Commerce para su monitoreo y control. Luego se emite un listado de las Órdenes de Embarque seleccionadas para reconocimiento físico, que será entregado al Jefe del Departamento.

13) Del reconocimiento físico como consecuencia del aforo físico se desprenden dos situaciones:

a) Reconocimiento Físico Sin Incidencia.- Practicado el reconocimiento, el personal técnico de aduanas procede a colocar los sellos y precinto de seguridad a las mercancías, y procede a ingresar la información correspondiente a SIGAD, y a diligenciar la Orden de Embarque en el recuadro «verificación de Aduanas» devolviéndole al personal administrativo del Control de Embarque.

b) Aforo Físico con Incidencia.- Cuando el personal técnico de la aduana constate diferencia con lo declarado y lo reconocido suspende el aforo y formula el parte correspondiente para las responsabilidades del caso. De declararse improcedente el embarque el personal de aduana procede a cancelar y legajar la Orden de Embarque quedando las mercancías sujetas a las disposiciones legales vigentes.

14) Cuando las mercancías requieran verificación de valor y/o análisis químico el personal de aduanas procederá a remitir las muestras de las áreas correspondientes, sin interrumpir el despacho. Dichas Aéreas deberán remitir los informes pertinentes en el plazo máximo de 24 horas. Esta información también debe ser grabada en el registro respectivo en la Página Web de E-Commerce tomando en cuenta el nro. de transacción de exportación generada en la página Web respectiva.

15) Respecto al Control de Embarque: Las mercancías deberán ser embarcadas dentro del plazo máximo de 15 días calendarios contados desde la fecha de numeración de la orden de embarque. El Agente de Aduana o Despachador Oficial podrá solicitar dentro del plazo señalado la prórroga del embarque en casos debidamente justificados indicando la fecha del embarque, dicho acto será autorizado por el jefe del Área de Exportación de la Aduana. Si la mercancía no fuera embarcada dentro del plazo señalado, el Agente de Aduana o Despachador Oficial deberá solicitar la anulación de la Orden de Embarque previa certificación de la entidad depositaria.

16) La Cía. Transportadora bajo firma de su representante deberá dejar constancia en la Orden de Embarque en el rubro «Verificación Cía. Transportista», la cantidad de bultos efectivamente embarcados, señalando fecha y hora de dicho acto. Esta información también debe ser grabada en el registro respectivo en la Página Web de E-Commerce.

17) Acciones posteriores al embarque: Al igual que el paso anterior, estas acciones son realizadas por el Agente de Aduana o Despachador Oficial. Declaración para exportar a la sola presentación por parte del Agente de Aduana o Despachador Oficial de la Declaración para exportar debidamente autorizada para el embarque de la mercancía amparada por el documento «ORDEN DE EMBARQUE».

a) La Declaración para Exportar debidamente llenada suscrita por el Agente de Aduana o Despachador Oficial que tramitó la Orden de Embarque salvo casos de fuerza mayor que serán calificados por el administrador de la Aduana respectiva. La Asociación de Pymes y Mypes debe tener la Declaración para Exportar en original y cuatro copias con sus respectivos sobres deberán ser presentados en la Aduana donde se tramitó la Orden de Embarque con la Guía de Entrega de Documentos (G.E.D.) dentro del plazo de 15 días útiles contados desde la fecha de numeración de la Orden de Embarque. En caso de incumplimiento, el Agente de Aduana o Despachador Oficial será suspendido de sus actividades de conformidad con el inciso a) y c) del Art. 197º y el Inc. g) del Art. 197.Aº de la Ley General de Aduanas. Las Declaraciones que no fueran presentadas de conformidad serán objeto de rechazo por la Aduana devolviéndose a la asociación de Pymes y Mypes indicando el motivo del rechazo. De la Numeración: El personal de Aduana Recepciona y verifica la Declaración para exportar y los documentos que amparan el despacho, procediendo a su numeración. Si del reconocimiento y verificación de la Declaración para exportar se concluyera que ésta no se encuentra conforme, la Aduana notificará al Agente de Aduana o Despachador Oficial para su regularización, previo pago de una multa equivalente a 0.10 de la U.I.T. la que será cancelada en el plazo de diez días computados desde el día siguiente de su notificación; vencido dicho plazo la deuda será exigible coactivamente.

b) De la cancelación de la Orden de Embarque, Derogados los tributos dispuestos por varias normas legales; según el D.S. Nº 049-91-EF (pub. 17.03.91), por lo tanto NO SE PAGA NINGÚN TRIBUTO PARA EXPORTAR. Lo que sí se debe tener en cuenta es el D.S. Nº 070-93-EF (pub. 30.04.93) y el Manual de Procedimiento Automatizado de Exportación.

c) De la Fiscalización de la Aduana: Las Declaraciones para Exportar que amparan el despacho de mercancías incluidas en la lista de Productos Tradicionales, así como todas aquellas mercancías que requieran verificación y/o análisis químicos, serán objeto de la verificación correspondiente. Previo al embarque el personal de Aduanas constata que los sellos y precintos de seguridad estén correctamente colocados y que no hayan sido manipulados o alterados. La Cía. Transportista verifica el embarque de las mercancías y anota la cantidad de bultos, señalándose fecha y hora de dicho acto en el recuadro respectivo de la Orden de Embarque. Trámites Bancarios Cumplidos los pasos siete y ocho anteriores, el Agente de Aduana o Despachador Oficial entrega al exportador la documentación de embarque para su negociación ante el Banco del Exportador.

18) La asociación que está asumiendo el rol de exportador presenta los documentos de embarque: Factura Comercial, Conocimiento de Embarque y/o Guía Aérea, Nota de Pesos Certificados, Demás documentos solicitados. Se presentan los documentos de embarque para su negociación al Banco local debiendo conocer lo siguiente: Si hay carta de crédito irrevocable y no hay discrepancias, el pago es a la vista. Si hay carta de crédito y hay discrepancias en el embarque, la documentación pasa a consulta para la aprobación del importador vía Banco del Exportador al Banco Corresponsal.

Si no hay carta de crédito (cobranza), la documentación pasa a consulta para la aprobación del importador vía Banco Corresponsal. El importador cancela la factura al exportador remitiendo las divisas vía Banco Corresponsal al Banco del Exportador. Toda la información relevante se escanea y cuelga en la Página Web de E-Commerce.

Obviamente habrá algunas variantes en el proceso de exportación dependiendo del país, pero al margen de ese pequeño detalle, todo este proceso de exportación debe ser asumido por la asociación que está reuniendo a las Mypes y Pymes del País. Sólo así se podrá cristalizar el anhelado deseo de hacer que se exporte sus productos con la garantía que brinde la asociación y sobre todo que debe manejar todo el proceso de exportación desde la captación de los clientes hasta la entrega de los productos siguiendo el engorroso proceso de cumplir con todos los pasos de exportación según sea lo requerido. Lo más importante es que para cada transacción comercial de exportación usando la Página Web de E-Commerce se registrará todos los documentos utilizados y es la asociación la que monitoreará y controlará todo el proceso de exportación vía E-Commerce.

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Chavez Monzón Carlos. (2009, abril 22). Cómo usar e-commerce para fomentar la exportación de Pymes. Recuperado de https://www.gestiopolis.com/como-usar-e-commerce-para-fomentar-la-exportacion-de-pymes/
Chavez Monzón Carlos. "Cómo usar e-commerce para fomentar la exportación de Pymes". gestiopolis. 22 abril 2009. Web. <https://www.gestiopolis.com/como-usar-e-commerce-para-fomentar-la-exportacion-de-pymes/>.
Chavez Monzón Carlos. "Cómo usar e-commerce para fomentar la exportación de Pymes". gestiopolis. abril 22, 2009. Consultado el . https://www.gestiopolis.com/como-usar-e-commerce-para-fomentar-la-exportacion-de-pymes/.
Chavez Monzón Carlos. Cómo usar e-commerce para fomentar la exportación de Pymes [en línea]. <https://www.gestiopolis.com/como-usar-e-commerce-para-fomentar-la-exportacion-de-pymes/> [Citado el ].
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