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Según el Reglamento Técnico y de Prestación del Servicio de
Telecomunicaciones por Satélite, aprobado por Real Decreto 136/1997, se
requiere la previa obtención de autorización administrativa para la
prestación de servicios de difusión de televisión digital por satélite.
La consecución de dicha autorización esta sujeta a varios requisitos:
a) la programación deberá respetar los principios contemplados en el
artículo 4 de la Ley 4/1980, de 10 de enero, del Estatuto de la Radio y
la Televisión (objetividad, veracidad e imparcialidad de las
informaciones; separación entre informaciones y opiniones;
identificación; respeto al pluralismo político, religioso, social,
cultural y lingüístico; respeto al honor, la fama, la vida privada de
las personas y cuantos derechos y libertades reconoce la constitución;
la protección de la juventud y de la infancia y el respeto de los
valores de igualdad recogidos en el artículo 20 de la Constitución).
Así mismo, la programación está sometida a lo dispuesto en la Ley
25/1994, por la que se incorpora al ordenamiento jurídico español la
Directiva 89/552/CE sobre coordinación de disposiciones legales,
reglamentarias y administrativas de los Estados miembros relativas al
ejercicio de actividades de radiodifusión televisiva, modificada por la
Ley 22/1999, de 7 de junio.
b) El cumplimiento de lo dispuesto en la legislación nacional y
comunitaria en materia de propiedad intelectual.
c) El interesado deberá comunicar a la Comisión del Mercado de la
Telecomunicaciones, cuando se produzcan, los cambios de operador que
prestará el servicio portador de telecomunicaciones por satélite.
d) En virtud de lo dispuesto en la Disposición adicional séptima de la
Ley General de Telecomunicaciones, las redes de transmisión digitales
deberán tener la capacidad de distribuir los servicios de formato ancho.
La cuestión que se puede plantear es la posible cesión de la titularidad
de dicha autorización y si lo es, en que condiciones se admite.
Podemos utilizar como guía y modelo una de las múltiples resoluciones de
la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones.[1] Y para que todo
sea más concreto, tomemos el ejemplo de dos sociedades, una Europea
(cedente) y la otra Estadounidense (cesionaria).
El primer paso que se debe dar es solicitar el cambio de titularidad de
la autorización administrativa habilitante para la prestación de
servicio de difusión de televisión digital por satélite a la Comisión
del Mercado de las Telecomunicaciones.
Esta solicitud debe ser acompañada por una serie de documentos:
- Un escrito por el que se identifica el cesionario (nacionalidad de la
empresa, domicilio, fecha de constitución, leyes aplicables).
- Un escrito en el que el futuro cesionario manifiesta asumir
íntegramente los derechos y obligaciones propios de de la autorización
cuya titularidad ostenta el cedente (descritos anteriormente) y una
declaración responsable asumiendo formalmente la responsabilidad sobre
el contenido editorial de la programación emitida o difundida, de
acuerdo con la Ley 25/1994, de 12 de julio.
- La comunicación del nombre del operador habilitado para la explotación
de redes públicas basadas en satélites que prestará el servicio portador
de telecomunicaciones por satélite.
- La documentación en la que consta el tipo de satélite que se
utilizara.
- La capacidad individualizada de dominio público radioeléctrico que el
operador mencionado en el tercero apartado pondrá a disposición del
prestador del servicio de difusión.
Una vez reunidos estos requisitos, se procede al cambio de titularidad y
el cesionario queda subrogado en todos los derechos y obligaciones
dimanantes de la autorización transmitida.
La duración de la autorización empezará a contabilizarse desde el día en
el que se otorgó la misma al cedente, y no desde la fecha en la que se
produce el cambio de titularidad.
Vanessa Stiennon Ibáñez & Almenara Abogados y Economistas Aap2arrobaialmenara.com www.ialmenara.com Aportado por: Liliana Navarro Kai Marketing & Comunicación Ibáñez & Almenara Abogados y Economistas marketingarrobaialmenara.com www.ialmenra.com
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